Hola, buenas tardes. Mi nombre es Eladio Aparicio, soy el profesor tutoral encargado de esta asignatura. Esta asignatura se llama Derecho Civil 1.1 o lo que es igual, 1.1 y estamos tratando sobre la parte general y derecho de la persona. Bien, hoy es parte general, repito, y derecho de la persona. Hoy es jueves, día 13 de diciembre. Jueves, día 13 de diciembre. Estoy en el aula 1 del centro asociado de Jaén. Este centro asociado, esta sede de Jaén Capital, pertenece, está escrita al centro asociado Andrés de Valdemira de la provincia de Jaén. Bien, para mí esto es un orgullo, una satisfacción estar en esta tarde. Como siempre, todos los jueves que sean lectivos están con vosotros. De manera presencial, hay una compañera, una chica que se llama Ana y está Amador en el aula 1. Y ahora mismo, de usuario, usuarios conectados, están dos compañeras, dos compañeros. En el caso de Jacinto, me consta que es compañero, un alumno y F. Rodríguez 1163. No tengo ni la más remota idea. Vale, pues a todos bienvenido. Una cuestión. Estamos tratando, mientras estamos... Mientras estaba preparando la PEC, editándola para identificarla y luego ponerla en la página oficial de la UNED en Inteka, estábamos hablando sobre la PEC. La PEC ya está abierta y comprende entre los días 10 al 18. Entre los días 10 al 18. Y estaba mirando también la prueba de la PEC que se corresponde con respecto... a la calificación total, al 100% de la asignatura. Lo primero es voluntario. Y lo segundo, que no te puntúa negativamente. Si la haces y no la sacas adelante, no te puntúa negativamente. Bien, estupendo. Entonces, ¿qué representa la PEC? La PEC, para que te la tengan en cuenta si la realizas, es voluntaria, me repito, tienes que sacar en la prueba presencial, en la prueba escrita, en el examen, o prueba escrita, una calificación mínima de 7. 7 puntos sobre 10. Bien. Estupendo. ¿Y qué representa el examen? Si haces la PEC, la prueba presencial o el examen escrito es el 75% de la nota. Por lo tanto, en esa extensión, en esa redacción de ideas y cuantitativamente, si representa el 75%, el 25% de estante hasta completar el 100%. Es decir... El 25% se corresponde con la PEC. Bien. Y luego, si la haces. Si no la haces, el 100% de la nota de la calificación es el examen escrito o la prueba escrita. La prueba presencial. Ok. Estupendo. Bueno, pues nada. Sencillamente que fluctuamos con ese 75% de la prueba presencial si haces la PEC y el 25%. Ok. Y ahora, otra cosa. Me preguntaba... Amador, que cómo podría acceder a... Y tengo que minimizar. Tengo que minimizar porque ya tengo abierto aquí más o menos para que veáis dónde está la PEC dentro de tareas, en el icono tareas, dentro de los iconos que se corresponden con la asignatura. Con esta asignatura derecho civil 1.1. Pacte general y derecho de la persona. Entonces, voy a minimizar aquí para que en la pantalla, para que Ana y él vean en la pantalla los mismos que veo yo en la pantalla son los que ven ellos en una pizarra digital que tengo detrás. Ok. Bueno, sigo hablando pero no me vais a ver. Entonces, yo ahora me meto aquí en la página oficial identificando mi nombre de usuario para ir a la asignatura. En concreto, nombre de usuario estoy poniendo. Estoy poniendo mi contraseña. Está cargando. De vez en cuando vuelvo. Hola, sigo aquí. Me estáis escuchando. Espero que sí. Me estáis escuchando y está cargando y nos vamos a esta asignatura. Está cargando y me dice... No sé por qué ahora estaba cargando. Está cargando. Sigue cargando. Venga, vamos. Venga. Venga, ya. Mira. ¿Veis aquí en el icono de la izquierda tareas? Hoy aquí en el centro. Vea, Amador, vea las tareas en el centro. Pincha. Hoy tiene su día en navegador. O hay mucha gente metida en este mismo momento con un montón de personas que están dentro de la página oficial de la UNED. Sigue cargando. Lo tiene aquí en tarea a la izquierda o aquí, pero ya se ha abierto. Y nos vamos abajo. Nos vamos abajo. ¿Veis? Amador, es importante que tomen nota, por supuesto, pero también mire. ¿Veis aquí que pone 18 de diciembre de 2008 casi abajo? Si hubiera el daño, el penúltimo abajo. ¿Veis que pone primer cuatrimestre parte general y personal curso 2018-2019 abajo? Pincha en detalle. Se te vuelve... Está cargando. Ya se te abre. A mí me identifica como el área de aparicio, a vosotros. Y luego hay aquí, para meteros, que dice... ¿Veis? Contestar. ¿Veis abajo en azul? Contestar al cuestionario. Amador. Ana. Ana no lo ha dicho. No, no la he dicho. Bueno. Es voluntaria. He empezado a decir que es voluntaria. Pero yo os enseño como siempre. Para eso están los tutores. ¿Veis abajo que pone contestar al cuestionario? Y entonces, pues ya pincha y es un único intento. ¿Vale? ¿Veis? Le pone... ¿Qué tal activa? Vamos pues. Pues no es real del 10 al 18. Aquí pone del 12 al 20. ¿No lo veis? No lo veis aquí ni tú. Bueno, no sé si lo veo. Es que no se viene a apuntar muy bien. A ver, sí. Bueno, pero tú me tienes claro. No sé qué creer. Y está Ana también. Que está activa... Claro, yo le hago más caso a la aplicación informática en sí, más que a un documento que yo tengo. Que está activa del 12 al 20. Que tiene acceso a un único intento y que tiene 120 minutos. ¿Vale? Y el día 20, a las 23.55 termina. Del 12 al 20. ¿Del 12? Probablemente haya habido... ¿Qué pasa? ¿Habéis hecho alguna rectificación? ¿No lo veis? Sí. El único intento y son 120 minutos ininterrumpidos. ¿Vale? Bien. ¿Lo habéis tenido claro? Ahora ya salgo de aquí. Y me volverá a sacar al lugar donde hemos comenzado, dentro de la aplicación. ¿Vale? Bueno, no me quiero entretener más. ¿Eh? ¿Qué pasa? Estoy esperando. ¿Veis? Ahora ya pruebo objetiva. Ahora ya me voy a plan de trabajo. Quiero salirme. ¿Veis? Ya os lo digo. ¿Veis allí tarea? En el icono tarea. Ahí. ¿Verdad Ana? ¿Eh? Pone cuestionario, faros de debate, tablón de anuncios, tablón de pincha, tarea. Ahí. ¿Veis? Que tenéis que tener actualizado, como dice, o el Firefox, o Bozizna, o en este caso Google Chrome. Que es mi caso. ¿Ok? Bueno, pues ya está. Magnífico. Bueno, pues nada. Volvemos. Ahora sí. Ah, que cuando te conecta, en la instrucción pone de 2 al 20, pero es que cuando te conecta pone... Bueno, entonces ya me he pasado de gusto. Del 10 al 18. Bueno, ya sabemos que es del 10 al 18. Es que hasta ahora, Jacinto, hasta que no he vuelto, estaba viendo las otras pantallas, los otros pantallazos, y hasta que no he vuelto ahora. Aquí a la web conferencia y, por supuesto, a ver el chat, pues no he visto qué. Y entonces, del 10 lo definitivo. Ya nos lo está diciendo nuestro amigo y compañero Jacinto Gutiérrez. Del 10 al 18. Y los demás sí siguen siendo un último intento, 20 preguntas, 120 minutos. Del 10 al 18. ¿Bien? Estupendo. Bueno, pues nada. Pues vamos a comenzar donde nos quedamos el último día. Si os parece bien. Pues te doy 10 a la 20 preguntas que hay que desarrollar. No, no, verdadero o falso. Tipo test. ¿Verdadero o falso? Yo digo, como es el que realmente desarrolla cada pregunta. Son 20 preguntas tipo test. ¿De verdadero o falso? Nos da tiempo, ¿eh?, de tener 120 minutos. Pensadlo bien. No, no. Ya lo hacía. Había que desarrollar cada una y un poco que desarrolle te comente y empurra. Sí. Bueno, ¿dónde nos quedamos el último día? Bien. Nos quedamos el último día, os parece bien, comenzamos en la página 246. Yo siempre hablo de la última edición. La edición 24, la 24 de 2018. Vimos, estamos, empezamos en Epígrafe 2.3. Es decir, hemos visto, estamos tratando, y nunca nos han dicho, siempre hay, siempre hay una, lo diré, que he justificado donde nos quedamos en el último día. Estamos, todo nace en la página 245, el Epígrafe 2, la nacionalidad de origen. Hemos visto el 2, hablamos de las distintas modalidades de nacionalidad de origen. Vimos el 2.1, el ius sanguinis o filiación. Vimos el 2.2, el ius soli o nacimiento en España. Ius soli, derecho de sueldo. Ius soli. Y comenzamos con el 2.1, el ius sanguinis o filiación. Hoy, ahí nos quedamos en el 2.3, adopción de menores extranjeros por español. Bueno, esta sería de las cuatro modalidades la tercera dentro de la adquisición de la nacionalidad española de origen. Y entonces este 2.3, la adopción de menores extranjeros por español se le otorga a nacionalidad española de origen al extranjero menor de 18 años adoptado por un español. Menor de 18 años. Ya veremos. Bueno. Que hay otra modalidad para los adoptados, los adoptados de mayores de 18. Ya lo veremos en la adquisición de la nacionalidad española derivativa y en concreto la de opción. Pero aquí hablamos de menores de ella. Menores de 18 años. Están en el artículo 19.1. Y se adquiere esta nacionalidad, adquisición de la nacionalidad de origen se adquiere desde el momento de la adopción. Bien. Estupendo. Bien. Vamos a continuar. La cuarta y última de las modalidades de adquisición de la nacionalidad española por origen. Y vemos en el artículo 4 consolidación de la nacionalidad o posesión de Estado. Se puede adquirir, o mejor incluso, es mejor hablar, se puede consolidar, puede adquirirse o consolidarse la nacionalidad española de origen en virtud de la posesión de Estado que viene en concreto en el artículo 19.1. Ok, bueno, pues ya hemos visto esos cuatro supuestos. Hemos tratado en el último caso la posesión de Estado que recoge el artículo 18 y luego nos queda una última y tiene sentido que es relativamente reciente que sería la quinta y última, ahora sí, quinta y última de las modalidades de adquisición originaria, de origen y es la descendencia de personas exiliadas o represaliadas. La ley 52 para 2007. Esto es la ley de memoria histórica, ¿eh? Y en la exposición de motivos, en el penúltimo párrafo de la exposición de motivos, pues habla de esos descendientes hasta el primer grado de quienes hubiesen sido originalmente españoles. Bien, bueno, no me voy a detener, tiene muchísimo interés, pero tenemos que seguir avanzando en nuestra andadura del programa. Venga, más preguntas que ha hecho el equipo docente. Nos vamos a la página 247. Vamos a la página 247. Ahora estamos tratando, ¿eh? Todo viene del origen del apartado 3, la nacionalidad derivativa. La nacionalidad derivativa es algo tan elemental como que no es originario, no es de origen. Y hay tres modalidades y las tres son importantes porque las tres lo ha preguntado el equipo docente y nos circunscribimos, nos centramos en el 3.1, la opción. Hay tres modalidades de nacionalidad. Hay tres modalidades de nacionalidad derivativa. La opción, la carta de naturaleza y la naturalización por residencia. Pues vamos a la primera, el 3.1, la opción. Ha sido objeto de examen en tres ocasiones. Han preguntado la opción. Bien, vamos a hablar un poquito de la opción. Bien, la opción son para aquellas personas que carecen de los requisitos necesarios para aceptar la nacionalidad española de origen. Antes hemos visto el menor de edad. El menor de edad adquiere la nacionalidad de origen, según el artículo 19. Aquí es mayor de 18 años. Tercero, estar o haber estado el interesado sujeto a la poder protestar de un español. Bien. Y cuarto y último, las personas que sean descendientes de padres o madres que hubieran sido originales. Bien, la opción son para aquellas personas que carecen de los requisitos necesarios para aceptar la nacionalidad española de origen. Bien, vamos a hablar un poquito de la opción. Bien, ya en la página 248 vemos que la declaración de octavo de la nacionalidad española deberá ser realizada en el plazo de dos años. Es importante que sepamos en cuanto al factor tiempo esos dos años, porque va a ser una constante en la opción. Bien, la opción fundamental. en la sujeción a la patria potestad en español. Permite que los tantos puedan hacerlo con anterioridad a los 18 años. Por eso, es importante decir que la habilitación especial que nos da el artículo 22, el artículo 22, perdón, pues que el mayor de 14 años también puede formular por sí mismo la declaración de opción asistida, lógicamente, por su representante legal. Es decir, que también un mayor de 14 años, entre los 14 y los 18, puede solicitar la declaración de opción. Los plazos legalmente previstos para el ejercicio de esta opción son de caducidad. Si nos acordamos de la distancia, la diferencia entre caducidad y perfección, aquí vemos ejemplos, en el propio artículo del Código Civil, ejemplos de caducidad. Bien, estupendo. La adquisición de la nacionalidad española mediante opción ha tenido un impulso favorable en la disposición en la disposición séptima de la ley 52 barra disposición adicional séptima de la ley 52 barra 2007. También para los que padecieron persecución o violencia durante la guerra civil a dictadura. Esta disposición tiene dos apartados que tenemos que reseñar. Primero, las personas que no tienen derecho a la nacionalidad española de origen. En el plazo, ¿veis otra vez que nos encontramos? En el plazo de dos años. ¿Veis como nos encontramos dos años de nuevo? Y segundo, este derecho también se devolucionará a los miembros de todos aquellos represaliados que padecieron persecución o violencia. Bien, estupendo. Primero, los supuestos de la adquisición de la nacionalidad derivativa, la opción. Segundo, el tercero, la Carta de Naturaleza. La Carta de Naturaleza nos la encontramos en el artículo 21 primero. Fundamentalmente, en el artículo 21 primero. ¿Ok? Bien. ¿En qué consiste esta modalidad, esta opción por Carta de Naturaleza? Pues, la otorga discrecionalmente el Gobierno, el Consejo de Ministros mediante real decreto cuando los interesados, las personas tienen una circunstancia excepcional. Esa Carta de Naturaleza es una forma especial y privilegiada de un otorgamiento de la nacionalidad española por el Poder Ejecutivo, por el Consejo de Ministros, por el Gobierno, el Consejo de Ministros, los bienes, por Carta de Naturaleza. Bien. La singularidad de esta modalidad es por esas circunstancias excepcionales del interesado y por su otorgamiento discrecional, no reglado. Es un otorgamiento discrecional y es el Gobierno el que lo hace. Ese otorgamiento de la Carta de Naturaleza debe materializarse en un real decreto emanado del Consejo de Ministros. Hay un expediente, hay un expediente preparatorio y el Gobierno cuenta con este medio excepcional de otorgamiento de la nacionalidad española a las personas interesadas que tengan una circunstancia excepcional. Bien. No será mucho pero ahí está, por Carta de Naturaleza. Aquí en la página 249 las hace y como siempre con esa brillantez que le caracteriza pues por Carta de Naturaleza te cito una serie de profesionales en el deporte que en los últimos años dentro de la alta competición se les ha dado. Fijaros que hay dos jugadores de baloncesto del Real Madrid Clifford, Luis y Brabant y en los últimos años la asaltadora una asaltadora de altura que nunca ha montado si no recuerdo mal su nacionalidad de origen era cubana. Bien. Esto es un medio excepcional de otorgamiento que también se le ha concedido a todas aquellas personas que sufrieron los atentados en Madrid del 11 de marzo de 2004. Lo tenéis ahí hacia la mitad de la página 249. ¿Vale? La concesión a las víctimas de los atentados a través de la Carta de Naturaleza. Bien. Luego, un poquito más abajo también en esa ley de la que ya hemos citado el artículo, en la Ley 52-2007 de 26 de diciembre el artículo 18 por la que se reconoce a favor de todos aquellos que padecieron persecución y violencia durante la guerra civil y la dictadura. También se les concede por Carta de Naturaleza. Estamos a punto de finalizar como podéis comprobar la página 249 y el artículo 41 también de la Ley 29-2011 para las víctimas del terrorismo también se les concede por Carta de Naturaleza. Ya en la página 250 hablamos de los sefardíes las personas que tienen origen y ascendencia sefardíe. Hay una ley 12-2015 de 24 de junio sobre todos aquellos que tengan una ligazón con las personas sefardíes originarias de España. Bien, estupendo. Y esa es otra modalidad a tener en cuenta dentro de... Bien, vale, por Carta de Naturaleza. ¿Cuál es la Actividad Natural o Naturaleza según la ley 29-2011? ¿El artículo 21 primero? para las víctimas que padecieron persecución o violencia durante la vida. Es decir, si se me pasan los dos años por opción puedo optar por otra. Efectivamente. Podría hacerlo por Carta de Naturaleza. Bien, interesante tu pregunta. De todas maneras no creo que eso sea un problema incluso por opción para conceder. Sí, sí. y si hay algunos mínimos medios de prueba te la pueden conceder. Bien, estupendo. Vamos a la tercera y última de las modalidades dentro de la adquisición de la nacionalidad derivativa. Hablamos en el epígrafe 3-3 estamos en la página 250 la naturalización por residencia. ¿Dónde nos lo encontramos en el código civil? Artículos 21 y 22. Bien, aquí hablamos de uno de los supuestos más característicos que es por residencia. Por tiempo, por residencia. Tanto para todos aquellos que no hayan conseguido por las otras modalidades los otros supuestos que hemos explicado o también para patria. ¿Qué es lo que te exige por ejemplo el código civil en el artículo 22-3? Pues que la residencia ha de ser legal continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. A petición legal tu residencia ha de ser legal estamos al final de la página 250 legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Ahora hablamos de los plazos. ¿Cuáles son los plazos? Y estamos en la parte superior de la página 251. Bien, pues vemos que hay cuatro supuestos. El primero Residencia decenal Residencia de 10 años Esta dice y la salto con un magnífico criterio como siempre es costumbre que hay tantas excepciones que probablemente ni valga la pena calificar. Que hay una residencia de 10 años. Segunda B, de 5 años Residencia quinquenal Esto es normalmente para todas aquellas personas que hayan obtenido un refugio ¿Vale? 5 años B C, tercera Residencia bienal 2 años Importante, importante porque aquí nos encontramos con que son todos aquellos nacionales de origen de países iberoamericanos Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial Portugal Sephardíes y son 2 años ¿Vale? Estupendo Y luego llegamos al cuarto y último de los supuestos dentro de naturalización por residencia y es la residencia anual de 1 año ¿Cuáles son? Pues son esos supuestos que podemos ver desde la A a la F Son 6 supuestos De la A a la F Primero, el que haya nacido en territorio español Segundo, el que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar Tercero El que haya estado sujeto haya estado sujeto legalmente la facultad de acuerdo de acogimiento de la institución española durante 2 años consecutivos Cuarto El que al tiempo de la solicitud llevara 1 año casado con español o español y lo estuviera separado legalmente E, el viudo o viuda o español si a la muerte del cónyuge no existía la separación legal Y F y última Sexta, el nacido fuera de España del padre o madre o abuelo Bien, la residencia tiene que ser legal continuada inmediatamente anterior a la petición y por lo tanto no es por sí sola Es necesario según el artículo 21.2 que haya motivos razonados de orden público y de interés nacional Y el 22.4 El interesado tiene que justificar desde el turno expediente que tiene buena conducta cívica y que ha dado una integración en la sociedad española Buena conducta cívica ¿Ves? En esa naturalización ... Bien Esta concesión española por residencia es un juicio razonado por parte del Poder Ejecutivo al que se le acredita al solicitante los requisitos materiales de su inserción en la comunidad española, en la comunidad nacional ¿Vale? Esto es lo más importante porque luego ya en la página 252 pues sigue extendiéndose en los distintos apartados que corresponden al artículo 21 y 22 pero viene a decir más o menos lo mismo Bien, importante Importante porque nos vamos a la página 253 y ha sido también objeto de examen Repito, las tres modalidades de la adquisición derivativa ha sido el 3.1, 3.2, 3.3 ha sido objeto de examen en distintas ocasiones Pero el 3.4 en la página 253 ha sido objeto de examen en dos ocasiones y son los requisitos comunes de adquisición derivativa En el fondo estamos hablando del artículo 23 del Código Civil ¿Cuáles son estos tres requisitos comunes para adquirir la nacionalidad española en derivativa o por opción o por carta de naturaleza o residencia? ¿Cuáles son? El siguiente Que el mayor de 14 años que jura o conjure y lo prometa en fidelidad al rey y obediencia a la Constitución y a las leyes Segundo Que la misma persona de Cádiz que denuncia a su anterior nacionalidad Y tercero Que la adquisición se inscriba en el registro civil español Estos requisitos deben ser cumplidos por los interesados en la adquisición derivativa de la nacionalidad española y hay que inscribirlo y hacerlo partícipe al encargado del registro civil ¿O quién? Al encargado del registro civil Secretario judicial Secretario de registro civil Secretario judicial Esta modalidad de adquisición ¿Cómo se lleva a cabo? En el caso de que la nacionalidad española se haya adquirido en virtud de carta de naturaleza o por residencia el interesado dispone de un plazo de 180 días para cumplir los requisitos Tiene 180 días Este plazo es de caducidad Tanto por carta de naturaleza o por residencia Y ya el segundo nos queda la opción El plazo de caducidad es de la misma juez en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo 23 ¿Vale? Estupendo Eso es todo con respecto al capítulo 14 Capítulo 14 del manual Vámonos al 15 Al capítulo 15 Bien, importante Quiero hacer una matización Tengo Tenéis que tener claro Lo diré ¿Qué es vecindad civil? Vecindad civil no va ligada a las comunidades autónomas Si veis en la página Esto no es materia de examen Ahora os diré que ha sido materia de examen Pero para lo menos que sepáis que es la vecindad civil Está en la página 262 Apartado 1 Veis en la tercera línea de legislación civil Común o foral Faltan dos líneas para terminar el párrafo Esto es lo importante Para hablar de vecindad civil Faltan dos líneas Derecho civil común Y frente a él los derechos forales Bien Es que son las dos modalidades Y dentro de los derechos forales Nos vamos al segundo párrafo Nos faltan, yo calculo aproximadamente Nos faltan cuatro o cinco líneas ¿Veis cuáles son los territorios de derechos forales? En plan telegrama Aragón Cataluña Baleares ¿Me siguen Ana? Aragón, Cataluña, Baleares, Galicia Navarra y Eucaria Bien, y vuelvo a repetir Que es vecindad civil en el siguiente párrafo Segunda línea Vecindad civil Tercera línea Especial o especial vigente por otra Bien Importante, eso es la vecindad civil Lo normal es que luego si tú estás En Cataluña o en Baleares Tu comunidad autónoma Se corresponde con el territorio foral Con el derecho civil foral Por ejemplo los extremeños, los murcianos Los asturianos, los canarios Los andaluces Dependemos del derecho civil común El balear Es distinto al aragonés El aragonés es distinto al catalán El catalán es distinto al navarro El navarro es distinto al gallego Y el gallego Al de Eucaria Al del País Vasco, a la comunidad vasca ¿Vale? Bien ¿Dónde se regula la vecindad civil? Fundamentalmente en el artículo 14 Artículo 14 del Código Civil ¿Qué es lo que ha preguntado el equipo docente? Ahora ya sí Nos vamos Nos vamos a A página 267 Página 267 ¿Qué ha preguntado el equipo docente? El epígrafe 5-2 La opción propia de los hijos Porque esto sería Esto sería una adquisición Veis de dónde nace En la página 266 El epígrafe 5 Adquisición de la vecindad civil en virtud de opción Y los hijos Ahora veremos menores de edad Tienen opción propia Para adquirir la vecindad civil ¿Dónde se encuentra esto? En el epígrafe 5-2 En el artículo 14-3 14-3 Lo ha preguntado el equipo docente en dos ocasiones Y dice así El último párrafo del artículo 14-3 Permito a mis hijos tener la vecindad civil Que pueden optar Primero Tanto por la vecindad civil correspondiente al lugar de nacimiento De manera continua Segundo Por la última vecindad de cualquiera de sus padres Bien Estupendo Pues ya os he dicho Que con la ampliación de la capacidad de los menores Este nuevo artículo 14-3 Cuarto Permite La opción A todos aquellos que hayan cumplido 14 años Bien Y si no están emancipados Habrán de actuar Con la asistencia de su representante legal Bien El plazo de ejercicio de la opción Comienza a cumplirse los 14 años Y se extingue un año después Este plazo como siempre En estos casos es de capacidad Esa ha sido objeto de examen En dos ocasiones Vámonos al final de la página 267 Veis el apartado 6 La adquisición por residencia Pues esto Esta adquisición por residencia Lo ha preguntado el equipo docente Cinco veces La adquisición por residencia Cinco veces Y donde nos focalizamos Nuestra atención En el código civil En el artículo 14-5 Artículo 14-5 Esta residencia Tiene que ser habitual Y continuada Esta residencia La puede Como hablamos de la vecindad civil La puede adquirir cualquier español Una nueva vecindad civil Por residencia Veis Y este artículo a que se refiere Pues la vecindad civil Ya estamos en la página 268 Se adquiere primero Por residencia continuada durante 2 años Y segundo Por residencia continuada 10 años Eso son claves Aquí el computo del plazo de los tiempos es 10, 2 y 10 años Y ahora lo vamos a analizar En los próximos minutos 2 y 10 Pues este artículo Al que estamos haciendo mención Al 14-5 Pues permite la adquisición de una vecindad civil Distinta a la anterior A la que tu tenias Y cuales son Los extremos Las cuestiones que son importantes Para hablar de la vecindad civil Por adquisición por residencia Pues lo veis hacia la mitad de la página 268 Y esos extremos Son 3 A, B y C A la continuidad en la residencia El código civil Dice que si la residencia es continuada Pues estupendo Es lo habitual La residencia que debe ser inserida en un momento anterior A la emisión de la declaración Ese es el primero Vamonos al segundo Al B La declaración de voluntad positiva La adquisición de una vecindad civil distinta De forma expresa A la adquisición del interesado En un territorio de distintas vecindad civil Una vez transcurrida los dos años de residencia En dicho territorio Puede hacer la declaración cuando guste O insoluble Se producirá el cambio de vecindad civil Dos años allí Para demostrar El B El C El tercero de las cuestiones a destacar Es la residencia decenal De 10 años Y el mantenimiento o cambio de la vecindad civil Que plantea Con buen criterio Mayores problemas Es indiscutible Que quien desee mantener su vecindad civil anterior Que pueda hacerlo Y por lo tanto Mediante la oportuna declaración Ante el ejército civil En cualquier momento de ese plazo Yo quiero mantener mi vecindad civil anterior Y luego nos pregunta Una vez transcurrido El plazo decenal Sin manifestación alguna ¿Se adquiere automáticamente La vecindad civil que corresponde Por el lugar de residencia? Y la respuesta es afirmativa La respuesta Afirmativa Dicha pregunta Hay un artículo del reglamento del ejército civil En el 225 Que durante 10 años Que se supone Que efectivamente Tu quieres tener esa vecindad civil Pero fijaros Que al final del párrafo dice Muy claro ¿Vale? Bueno, es simplemente que no sepa Más preguntas que ha hecho el equipo docente Nos vamos a la página 271 Hablamos Abajo 271 Y ha sido objeto de examen Hace mucho tiempo Muchísimo En septiembre de 2012 Clases de domicilio Una vez la pregunta del equipo docente Y nos encontramos 9.2, 9.3 hasta el 9.4 Que está en primer lugar Todo esto El domicilio real o voluntario El 9.1 Se corresponde con el contenido Del artículo 40 primero del código civil Es decir El domicilio real o voluntario Es el artículo 40 primero Bien Y el domicilio real Porque nos lo vamos a encontrar mucho El domicilio real Es la residencia efectiva El domicilio real Segunda línea Tercera línea Es la residencia efectiva Y el domicilio voluntario Con el que voluntariamente Elige las personas Bien Entonces Para algunos autores ¿Qué es el domicilio real? Pues dos elementos complementarios Es la residencia efectiva Que es el elemento material Y la voluntad de residencia Y esa voluntad Sería el elemento espiritual La residencia efectiva Es el elemento material Y la voluntad Es el elemento espiritual O intencional ¿Vale? Tampoco compre que es mucho Se sigue hablando siempre De que el domicilio real Es la residencia efectiva La residencia habitual Bien, vámonos al 9.2 Están en el artículo 42 Del código CIP El domicilio legal Es lo que viene por una disposición legislativa Importante A veces El domicilio real o voluntario Que hemos explicado en el 9.1 Coincide con el domicilio legal Mi domicilio legal Coincide con mi residencia habitual Que una cosa no excluye a la otra El domicilio legal A veces también El CIP permite A Ana A Amador Y al resto A Jacinto Y al otro compañero o compañera ¿Cuáles son los casos de domicilio legal? Los 5 Prácticamente eso es De la antigua ley del juiciamiento civil de 1881 El domicilio de los diplomáticos Destinados en el extranjero Segundo El domicilio de los hijos sometidos A la muerte potestad El de los menores capacitados El domicilio de los comerciantes Donde tienen actividad mercantil Cuarto El domicilio de los empleados O del pueblo en que sepa su destino Y quinto y último Los militares o servicios activos Donde se esté ejercitando dentro del cuerpo al que pertenece ¿Vale? Domicilio legal Bien Ahora vamos al 9.3 El domicilio de los litigantes En la ley del juiciamiento civil Bueno pues es el domicilio Pues donde Se produce las notificaciones Las citaciones El domicilio de los litigantes Lo que recoge en la actual ley del juiciamiento civil De 2000 Pues los artículos sobre todo 154 y 155 ¿Vale? Las notificaciones Las citaciones Un lugar donde los litigantes Pueden estar localizados Bien De todas maneras está El procurador de los tribunales Para eso que es bueno Y luego para terminar en la página 974 El domicilio electivo Es el que uno elige De una manera excepcional Esporánica Conjuntural El ejemplo lo tenéis en el primer párrafo En la cuarta línea Por ejemplo el pago del alquiler Que puede ser que se haga en el mismo lugar Donde se realiza el alquiler O sea en ese local comercial En ese local o en ese piso Amueblado o sin amueblado ¿Vale? También puede ser por ejemplo el domicilio electivo Porque lo eligen las partes Si hay un contrato, si hay un meso obligacional Mediante transferencia bancaria O la oficina del arrendador ¿Vale? En el fondo el domicilio electivo No es un auténtico domicilio Pero en la práctica puede tener importancia Para pagar, para llevar a cabo unos paquetes En lo que se refiere al derecho mercantil Al derecho empresarial ¿Vale? Y con estas palabras terminamos Y el próximo día empezamos El capítulo 16 Del manual El registro civil Que solamente ha preguntado el equipo docente Hace muchos años Me adelanto un poquito La página 289 Página 289 Exactamente epígrafe 5 Las inscripciones registradas ¿Vale? Pues muchísimas gracias a todos Desde Jaén como siempre Un cordial saludo Mucho ánimo Con todo mi cariño y mi respeto A todos y cada uno de vosotros Buenos días, buenas tardes, buenas noches Muchos ánimos Nos vemos el próximo jueves día 20 Adiós un saludo cordial desde Jaén Adiós hasta luego