Buenas tardes, soy Julio López, tutor del Centro Asociado de Cala Cayu. Estamos en la asignatura de Microeconomía y Consumo del Grado de Economía. En la tutoría de hoy vamos a ver el capítulo 2, la restricción presupuestaria. Los apartados que veremos en este capítulo son la restricción presupuestaria, variaciones de precios y rentas a partir de una situación inicial, y luego cómo afectan impuestos, subvenciones y estacionamiento a la recta presupuestaria. Comenzamos con la restricción presupuestaria. Esto ya se vio el año pasado, con lo cual en parte ya es conocido y es un poco a recordar lo que se vio. Con este capítulo comenzamos el estudio de la conducta del consumidor. Este consumidor tiene un determinado nivel de atenta, que nosotros denotaremos con la letra M. Esa renta la tiene para gastar y está en condiciones de adquirir cantidades de ciertos bienes, que son X1 y X2, pagando por ellos un precio de mercado que es P1 y P2 respectivamente. Esta situación en la que la renta tiene que ser suficiente para cubrir, el gasto que se haga en la compra o en la adquisición de esos productos, es lo que se denomina la restricción presupuestaria del consumidor. Y esto es lo que vamos a estudiar en este capítulo. La restricción presupuestaria a la que se enfrenta el consumidor, cuando decide qué bienes quiere adquirir, viene dado por esta desigualdad que tenemos aquí. P1 por X1, más P2 por X2, menor o igual que M. Esta expresión lo que nos dice es que si el consumidor gasta P1, X1, unidades monetarias para adquirir el bien 1, y P2, X2, unidades monetarias para adquirir el bien 2, la cantidad total, va a ser siempre menor o igual, no puede superar nunca lo que es la renta monetaria M. Entonces, esta expresión que tenemos aquí, si la representamos gráficamente convirtiendo esa desigualdad en igualdad, tendríamos esta en rojo lo que sería la recta presupuestaria y el triángulo formado por la recta presupuestaria y los ejes sería el conjunto presupuestario. Este conjunto presupuestario sería el conjunto de todas las cestas de bienes que son accesibles al consumidor, es decir, que cumplen esa restricción presupuestaria. El conjunto presupuestario sería el triángulo incluido también la recta presupuestaria justo que esas cestas que forman la recta presupuestaria también son accesibles para el consumidor. Entonces, el concepto con el que nosotros vamos a trabajar más es el de recta presupuestaria que son el conjunto de cestas que cumplen estrictamente la restricción presupuestaria. P1X1 más P2X2 igual a M. Es decir, en las cestas que están situadas sobre la recta presupuestaria, sea cual sea, en ella se cumple que el consumidor gasta toda su renta. Este matiz es importante. En la recta presupuestaria siempre están las cestas en las que el consumidor gasta toda su renta. Nosotros estamos considerando siempre los bienes. Unas veces lo que se puede considerar es que el segundo bien es un bien compuesto formado por el resto de bienes cuyos precios relativos se mantienen constantes. Por eso podemos dar un precio fijo a ese conjunto de bienes restantes. Esa ecuación de la recta presupuestaria en la que las variables son las cantidades demandadas de cada uno de los bienes, porque los precios y la renta son parámetros estandados, la podemos expresar despejando X2, que sería la variable que colocaríamos en ordenadas, y nos quedaría esa expresión M partido por P2, que sería la ordenada en origen, menos P1 partido por P2 por X1. P1 menos P1 partido por P2 sería la pendiente de la recta presupuestaria. Ya que se cumple que la derivada de la función de X2 con respecto a X1, la derivada en la recta presupuestaria, que es esta expresión que tenemos aquí, es menos P1 partido por P2, y en el caso que pongo aquí numérico sería menos un medio. Esto sería el caso de si la recta presupuestaria, que tenemos aquí, P1 fuera igual a 5, P2 igual a 10, el nivel de renta fuera M, pues esta sería en este caso concreto la expresión de la recta presupuestaria. Y en ese caso la pendiente sería un medio. Esta pendiente de la recta presupuestaria puede interpretarse como el número de unidades del bien 2 que hay que tener para conseguir una unidad más del bien X1. Por tanto, la pendiente de la recta presupuestaria nos indica también el coste de oportunidad en términos del bien 2 de adquirir en el mercado una unidad adicional del bien 1. Por ejemplo, en este caso que tenemos aquí, pasar de 4 a 5 unidades del bien X1 nos obliga a extendernos de 0,5 unidades del bien 2, que es precisamente el valor de la pendiente, un medio, el valor absoluto, 0,5. Bien, por último, vamos a recordar los valores que nos quedan de la recta presupuestaria, que serían las cantidades máximas que puede adquirir el consumidor de cada uno de los bienes y que estarían en el punto de corte con los ejes. Tendríamos la cantidad máxima que puede adquirir del bien 2 cuando gasta toda su renta. Ese bien es la renta. Dividido por el precio de ese bien, o sea, M partido por Pesum 2. Y la cantidad máxima que puede adquirir del bien 1 es M partido por Pesum 1. Con estos tres valores, la pendiente y los puntos de corte, las cantidades máximas que pueda adquirirse ese bien, con esos valores son con los que tenemos que trabajar para ver lo que sucede cuando varía la renta o los precios. . Ejemplo numérico. La renta es 100 menos el precio del bien 2, que es 10. O sea, que el punto de corte con el que lo hacen nada es 100. Y 100 dividido entre 5, 20. Bien, vamos a ver ahora qué es lo que sucede en esta situación que nos hemos planteado cuando varían precios y renta en primer lugar. Cuando varían los parámetros que estamos consiguiendo en la recta presupuestaria. Vamos a considerar en primer lugar que varía la renta. Y vamos a considerar que se produce, en el ejemplo, un aumento del nivel de renta del consumidor. Eso significaría que la renta actual M asterisco es mayor que la renta inicial M. Los puntos de corte no se modifican. O sea, perdón. Los puntos de corte se modifican, pero no hacen que varié la pendiente. Porque aumenta tanto el punto de corte con el eje de ordenadas como el punto de corte con el eje de abdichas. Porque el numerador es mayor. Y en la pendiente, como no aparece P1, o sea, como en la pendiente no aparece el nivel de renta, pues aquí vemos que la pendiente es menos P1 partido por P2. Los precios no han variado, con lo cual en la nueva recta presupuestaria la pendiente sigue siendo la misma. Menos P1 partido por P2. Entonces, la recta no altera la inclinación porque no varían los precios y se desplaza paralelamente hacia afuera, aumentando el conjunto presupuestario. Ahora, si en lugar de aumentar la renta disminuyese la renta, el desplazamiento sería en sentido contrario, reduciendo lo que es el conjunto presupuestario. Vamos a considerar ahora que varía uno de los precios. Vamos a considerar que se produce, a ver si cambia, que se produce un aumento del precio del bien 1. Entonces, bueno, ya ha pasado. P1 asterisco es mayor que el precio inicial, P1. ¿Qué sucede en este caso? El punto de corte con el eje de ordenadas no varía porque no aparece P1 y M y P2 no varían. Sí que varía el punto de corte con el eje de ordenadas, puesto que aumenta el denominador, el valor del punto de corte con el eje de abscisas se reduce y la pendiente sucede lo mismo porque teníamos, aumenta la pendiente para no caer solo, ¿eh? Porque tenemos menos P1 partido por P2. Ahora la nueva... Bueno. La nueva recta presupuestaria va a ser P1 es mayor que P2. O sea, P1 asterisco es mayor que P1 porque se incrementaba el precio. Con lo cual la pendiente en valor absoluto aumenta, ¿eh? El valor absoluto de la pendiente es mayor. Si en lugar de aumentar el precio disminuyera el precio del bien 1 la recta presupuestaria pivotaría sobre el eje de ordenadas haciéndose más horizontal, reduciendo la pendiente en valor absoluto. ¿Qué sucede si varían la renta y los precios en la misma proporción? Pues si multiplicamos los precios y la renta por el mismo valor alfa, los precios y la renta pues la situación de la recta presupuestaria no va a variar porque no van a variar ni los cortes con los ejes ni la pendiente. Esto sería el caso, por ejemplo, de una inflación perfectamente equilibrada de forma que afectase igual el incremento de la inflación a los precios y la renta se incrementara en esa misma proporción. También podría darse el caso de que aumente simultáneamente los precios de los bienes. Si los precios de los bienes aumentan en la misma proporción y la renta no, por ejemplo multiplicamos los precios por alfa tanto la ordenada como la abscisa en origen se... Bueno, si los multiplicamos, vamos a poner el delicado por todos la ordenada en origen y la abscisa en origen se reducirían a la mitad. Es decir, se desplazaría hacia adentro la recta presupuestaria y si disminuyeran los precios se desplazaría hacia afuera. Bueno, perdón, disminuyendo los precios no estamos hablando de multiplicar a menos precios por un número. Entonces aquí sí que lo que es importante es saber el valor por el que multiplicamos. Es decir, si alfa, el valor por el que multiplicamos está comprendido entre 0 y 1, o sea es un valor menor que 1 la recta presupuestaria se va a desplazar hacia la derecha. Pero si alfa es mayor que 1 la recta presupuestaria se desplazará hacia adentro. Eso en el caso de que varíen los precios en la misma proporción y la renta no se modifique, o no se modifique en la misma proporción. Bien, estas serían un poco las variaciones de los parámetros que estamos utilizando. Pero hay otros hechos económicos que afectan a la recta presupuestaria porque afectan o bien a los precios o a la renta que son los impuestos, las subvenciones o el caso del racionamiento. Nosotros vamos a ver tres tipos de impuestos. El impuesto sobre la renta el impuesto sobre la cantidad y el impuesto sobre el valor o ad valorem y vamos a ver cómo afecta a la recta presupuestaria la introducción o la modificación de estos impuestos. El impuesto sobre la renta puede ser de cuantía fija o proporcional. Vamos a comenzar con el impuesto de cuantía fija. Bueno, las subvenciones que los nombrados van a afectar a la recta presupuestaria de la misma forma que los impuestos pero en sentido contrario. Son como impuestos negativos, las subvenciones. Entonces lo que decimos para impuestos nos va a valer para subvenciones pero en sentido contrario en el caso de las subvenciones. Bueno, comenzamos con el impuesto de cuantía fija sobre la renta. Bien, es un impuesto directo que no afecta a los precios de los bienes solo afecta a la renta del consumidor. Lo anotamos aquí con una T mayúscula. Lo que hace es disminuir la renta disponible del consumidor. Si la renta disminuye por ese motivo, por el impuesto pues la recta presupuestaria se va a desplazar hacia adentro tal y como habíamos visto antes en el caso de una modificación de la renta por cualquier otro motivo. La nueva recta presupuestaria sería la que tenemos aquí. P1X1 más P2X2 es igual a M menos T mayúscula. Este impuesto de cuantía fija es cuando el Estado pone un impuesto de una determinada cantidad que le cobra al consumidor independientemente del nivel de renta que tenga. Otro impuesto sobre la renta puede ser un impuesto proporcional como sería el caso, por ejemplo, del impuesto sobre la renta de las personas físicas que tiene un tipo proporcional a la renta. Tienes más renta y de acuerdo con ese tipo tú vas a pagar más impuestos. En este caso, la nueva recta de balance sería la que tenemos aquí. P1X1 más P2X2 es igual a M por 1 menos Fi, que sería el tipo proporcional de la renta. En la práctica, la recta presupuestaria va a destratarse de la misma forma que en el caso de un impuesto sobre la renta de cuantía fija. Es decir, se va a desplazar hacia adentro si hay un aumento del impuesto. Los puntos de corte con los ejes ahora variarían y serían los que tenemos aquí, incluyendo el impuesto. Si bajaran los impuestos pues el desplazamiento o si bajara el tipo, el tipo proporcional, el desplazamiento sería hacia afuera. Otro tipo de impuestos que afectan ya a las cantidades o a los precios de los bienes son el impuesto sobre la cantidad, que es el que veremos en primer caso. Es un impuesto indirecto, que lo denotaremos con la letra T minúscula y que daba el consumo de un bien, ya que el individuo ha de pagar al Estado una cantidad fija por unidad consumida del mismo. A ver si pasa la pantalla. En ese caso, el precio del nuevo bien sería P1 más T. O sea, el precio se ha incrementado. El precio del bien 1 es al que le han impuesto, le han puesto el impuesto sobre la cantidad, incrementa el precio del T, de ese bien. Un ejemplo de impuesto sobre la cantidad es el impuesto sobre, el impuesto especial de la gasolina. Nosotros cuando compramos gasolina pagamos 1 o 20 euros el litro. Bueno, pues dentro de ese precio hay una cantidad fija, que es el impuesto de la gasolina, ¿vale? Concretamente en 2017 eran 40,25 céntimos por litro. O sea, si yo pagaba a 1,20 el litro, pues 40,25 era el impuesto sobre la cantidad. Si el precio de la gasolina bajaba un euro, pues de ese euro, pues 40,25 también era el impuesto. Son impuestos que afectan a la cantidad. O sea, es independiente del precio. En la práctica supone un incremento del precio. Si a mí me ponen ese impuesto sobre la cantidad, el precio que tenía ese bien en el mercado, yo ahora tengo que pagar además el impuesto. Por lo tanto, eso supone un incremento del precio que haría pivotar la recta presupuestaria hacia adentro. Aquí tendríamos la recta presupuestaria nueva y los puntos de corte con los ejes que ha cambiado el punto de corte con el eje de artista. Si fuera una subvención a la cantidad, sucedería lo contrario. En ese caso estaría restando el precio. O sea, si yo de la gasolina, por ejemplo, a 1,20 a mí me dan una subvención de 10 céntimos por litro, pues yo voy a pagar 1,10. Con lo cual la recta presupuestaria se desplazaría. Los efectos de impuestos y subvenciones son siempre contrarios. Y el último caso que tendríamos de impuestos sería el impuesto sobre el valor o al valor. Es un impuesto sobre el precio del bien. Por ejemplo, es el caso del IVA. Es un impuesto que afecta al precio del bien. El precio de un bien tiene... Por ejemplo, si un café tiene un valor como tal de 1 euro, cuando le aplicamos el IVA, si por ejemplo le aplicamos el 21%, pues ese café pasa a valer 1,21. Si el café valía 2 euros, pasará a valer 2,42. Lo que hacemos es multiplicar el precio del bien por ese impuesto que suele expresarse en términos también porcentuales, como el IVA. El 21, el 10 por 100... La expresión de la recta presupuestaria sería la que tenemos aquí. 1 más tau, que sería el impuesto sobre el valor o al valor multiplicado por P1X1 más P2X2 2 igual a M. El efecto gráfico es el mismo que un incremento del precio. La recta presupuestaria pivota hacia adentro y el punto de corte con los ejes, con el eje de abscisas, pasa a ser M partido por 1 más tau por P1. Aquí la pendiente obviamente ha aumentado en valor absoluto y se ha reducido el conjunto presupuestario. Y por último tendríamos aquí el caso del fraccionamiento. El fraccionamiento consiste en que se establece una determinada cantidad máxima de un bien que se puede consumir. Por ejemplo, en este caso hay un fraccionamiento y no se puede consumir más de X1 baja, unidades del bien X1, aunque tú pudieras o quisieras comprar más de ella. Con lo cual el conjunto presupuestario queda reducido a esa pregunta porque este triángulo que tenemos ahí a la derecha no lo puede comprar el consumidor porque la cantidad máxima que puede comprar X1 es X1 baja. . Lo que es importante tener en cuenta es que la recta presupuestaria, en base a lo que os he comentado en la definición de recta presupuestaria, es el tramo que marco en verde. Ese tramo es la recta presupuestaria. No es recta presupuestaria ni los tramos de guiones ni la línea vertical. ¿Por qué? Porque hemos definido la recta presupuestaria por aquella recta formada por las cestas de bienes en las que el consumidor gasta toda su renta. ¿Y qué sucede en la línea vertical roja? Pues que ahí el consumidor no está gastando toda su renta. Por eso no forma parte de la recta presupuestaria. Sí del conjunto presupuestario, pero no de la recta presupuestaria. Y la línea de guiones por lo mismo porque esas combinaciones no son accesibles. Bueno, las subvenciones, como os he comentado, se pueden considerar como impuestos negativos. No es algo que sea totalmente diferente sino que va a producir efectos contrarios a lo que hemos estado viendo como impuesto. Entonces, también nos vamos a encontrar subvenciones de tasa fija, subvenciones sobre la cantidad y subvenciones sobre el valor. Y a ver si pasa el pantalla y tendréis ahí las diferentes rectas presupuestarias que tendríamos en el caso de subvenciones. Son iguales en el caso de los impuestos, pero en ese primer caso que he marcado la subvención de cuantía fija aumenta la renta disponible. La proporcional lo mismo. La subvención a la cantidad disminuye el precio del bien y la subvención sobre el valor también lo disminuiría. Estas serían en el ejemplo subvenciones que como veis son contrarias a los impuestos. Y por último, aquí tendréis en las páginas siguientes ejercicios relacionados con el tema que hemos visto y que han aparecido en exámenes de años anteriores. Vamos a ver si pasa algo. Lo que hemos visto hasta ahora digamos que es lo básico. Un aumento de la renta, una disminución de la renta, un impuesto a cuantía fija, una subvención... Luego se pueden combinar distintos movimientos. O sea, puede haber un aumento del precio del bien 1, puede haber luego una disminución del precio del bien 2, que simplemente es la renta, en fin. Entonces, por ejemplo este es un ejercicio en el que se producen diferentes variaciones. Con lo cual complica un poco más la cosa. Vamos a hacer este porque los que nos están preguntando cuál es la expresión de la nueva renta presupuestaria. Supongamos que los precios de los bienes son 5 y 10 y la renta 200. El gobierno decide establecer un impuesto sobre la renta que en euros, un impuesto sobre la cantidad del bien 1 de 5 euros y una subvención al bien 2 de 5 euros. ¿Cuál es la expresión de la nueva recta presupuestaria? Bueno, pues vamos a poner en primer lugar la recta presupuestaria inicial que de acuerdo con los datos que tenemos aquí sería 5X1 más 10X1 es decir, X2 igual a 200. Esta es la recta presupuestaria inicial que despejando X2 sería 200 partido por 10 lo simplificaríamos menos 5 partido por 10 X1 que es igual a 20 menos 0,5X1. Vale. Bien. Este cuadro que hay aquí lo he puesto un poco para no viene del ejercicio, este lo he puesto aquí para resolverlo sin viaje. Aquí tenemos en esta columna las cantidades iniciales la renta, los precios, los puntos de corte con los X y la pendiente. ¿Cuál es la situación final? Que la renta, noticia que establece un impuesto sobre la renta de 100. Como es a 200, 200 menos 100, la renta final es 100. Peso 1, el precio del bien 1. Se establece un impuesto sobre la cantidad del bien 1 de 5. El precio del bien 1 era 5, como lo incrementa en 5 euros el precio final del bien 1 ahora es 10. Y el precio del bien 2, que antes era 10 ahora tiene una fuente de 5 euros con lo cual el precio del bien 2 pasa a ser de 5. Los puntos de corte con los X vendrían dados por el cociente entre L y cada uno de los precios 100 dividido entre 10 a 10 y 100 dividido entre 5 a 20. Y la pendiente nos quedaría como el cociente de los precios 10 entre 5 a 2 en valor absoluto. ¿Vale? ¿Qué ha sucedido con, esto digamos añadido, aprovechando el ejercicio para comentar? ¿Qué ha sucedido con la renta? Pues que la renta ha disminuido. El precio del bien 1 ha aumentado. El precio del bien 2 ha disminuido. El punto de corte con el eje de artisa ha disminuido. Y el punto de corte con el eje de ordenadas se mantiene igual. La pendiente ha aumentado. La expresión, que es lo que nos preguntan, de la recta presupuestaria es con los datos que tenemos ahí 10X1 más 5X2 es igual a 100 y despejando y simplificando, despejando el pictógrafo nos quedaría 20 menos 2X sub 1 El 20 es el punto de corte con el eje y 2 la pendiente. Puesto que el punto de corte con el eje de ordenadas no ha variado, la recta presupuestaria por un lado ha pivotado Sí, únicamente ha pivotado porque el punto de corte con los ejes se ha El punto de corte con el eje de ordenadas se mantiene constante. Bueno, pues esta sería un poco la forma de resolver este tipo de ejercicios. Luego a continuación tenéis más ejercicios. Y al final, bueno, algunos están marcados la respuesta. Cuáles son los temas para hacer la siguiente estándar. Bueno, pues con esto hemos acabado ya la tutoría de este tema, del tema 2. El próximo día pasaremos a ver dentro de dos semanas el tercer tema del curso que es el de las preferencias. Hasta entonces, un saludo. ¡Gracias!