Hola, buenas tardes. Soy Julio López, tutor del Centro Asociado de Calatayud de la asignatura Introducción a la Microeconomía del Grado de AR. En la tutoría de hoy vamos a ver ejercicios sobre el tema 3 de la restricción presupuestaria. Están todos, digamos, explicados en las pantallas, por si no, no te da tiempo a acabarlo. Nos va a servir también un poco para repasar los conceptos del tema y ver si hay alguna cosa que no comenté o para aclarar alguna duda. Los ejercicios son, como veréis, muy parecidos unos a otros. Hay cosas muy concretas que son las que se preguntan y de cada fin de curso, a exámenes, la recta presupuestaria se utiliza en otros temas más adelante. Con lo cual, las preguntas que se hacen sobre este tema suelen ser como pocas o muy concretas. Entonces, a lo mejor un problema principal del examen no sería solo sobre... sobre la recta presupuestaria, puesto que si tratas la curva de demanda o el equilibrio del consumidor, ya tienes que tratar este tema también. Con lo cual, se puede aprovechar para hacer una pregunta de un tema más amplio. Bueno, entonces ya veréis que aquí nos vamos a reducir a ver pendientes, a ver consumos máximos, a ver posibilidades de consumo y a ir manejando, sobre todo, todo lo que tenemos, que es la ecuación de la recta de balance que tenemos aquí. Que es la básica, lo que vamos a utilizar y los puntos clave que veíamos gráficamente, el punto de corte con los ejemplos de ordenadas y la pendiente. ¿Vale? Bueno, pues entonces comenzamos primero con esto. Bueno, en los ejercicios, los que se refieren a la restricción presupuestaria tendremos que identificar los dos bienes y tendremos dos bienes y dos precios de un nivel de renta, probablemente. Esos serán los datos que nos aparezcan. Aquí ya nos dicen que el bien 1 es el número de habitaciones que se aloja en un hotel y P1 es el precio por noche de ese alojamiento que es 50. Y el bien 2 va a ser excursiones embarcadas. Y el precio de ese bien va a ser de 60 euros. Y la renta es de 1.000, ¿vale? De 1.000 euros, que es lo que se puede gastar en vacaciones. Bueno, entonces nos dicen que se quiere alojar en un hotel 20 días. ¿A cuántas excursiones puede apuntarse? Pues partimos de la recta presupuestaria que tenemos abajo y sustituimos los datos que nos dan. Precios del bien 1,50. Y noches que se alojan en el hotel, como nos dice que son 20, más 60, que es el precio del bien 2. Esto es lo que nos están preguntando. ¿Cuántas excursiones? Y tenemos la restricción de que la renta total es 1.000. Bueno, pues en este caso, el gasto que hace en el bien 1, 20 noches a 50 euros, pues ya le supone todo el consumo de todas sus rentas. Con lo cual, no va... a destinar nada a consumir en excursiones. Si despejamos X2, nos va a quedar que X2 es 0. ¿Por qué? Porque gasta toda su renta en el bien 1. Es un resultado posible. Con lo cual, la respuesta correcta es la D. Pasamos al siguiente. Espero que esto no... no empeore. Vale. Bueno. Otra persona. Sergio. Tiene un presupuesto de 1.000 euros también. También, el bien 1 es el precio por día de habitación. Perdón. El bien 1 es el número de días que se aloja en un hotel. Precio 50. Y aquí las excursiones son las 60. Bueno. Y entonces, ¿cuál es el problema? Pues que desea pasear 5 horas en góndola. ¿Cuántos días como máximo podrá permanecer alojado en el hotel? Con lo cual, sobre la recta presupuestaria básica, sabemos que va a pasear 5 horas. Con lo cual, ya tenemos este nivel de gasto comprometido. Lo que no sabemos es el número de días que va a poder alojarse. Despejando ahí esa ecuación de primer grado, nos da que X1 es igual a 14. Como veis, en principio, los ejercicios si se refieren exclusivamente a la recta presupuestaria, pueden ser sencillos. El siguiente. Bueno. Don Vicente se gasta cada año 850 en las vacaciones. Ese sería la renta. Se aloja 5 días en un hotel a un precio de 50 y realiza 10 excursiones a un precio de 60. Este año las condiciones han cambiado. Cambia la recta presupuestaria. ¿Por qué? Porque la renta disponible, para las vacaciones, aumenta en 150. Bueno, pues yo, dentro de los datos de este ejercicio, ya sé que la renta actual es de 1.000 euros. Antes tenía 800 y ha pasado a 150. Y el precio de las excursiones se ha reducido hasta los 10 euros. El precio de las excursiones era 60, ahora ha pasado a 10. Y lo que me preguntan es cuál sería ahora la máxima cantidad de días que se podría alojar si renunciara a las excursiones. Bueno, pues aquí, si renunciamos a las excursiones, si no nos planteamos que haya que, que tenga que haber algún consumo o un consumo concreto del otro bien, cuando me preguntan por la cantidad máxima, me están preguntando por, digamos, el punto de corte con el eje correspondiente, el eje de aptilla, si es de X1 o el de ordenador, si es de X2. ¿Cuál es la cantidad máxima de días que se puede alejar? Si dedica toda su renta a alojamiento. Pues va a ser igual a la renta que tenga finalmente, que al final es de 1.000 euros, dividido por el precio de ese bien, que es 50. Pues entonces la cantidad máxima sería de 20. Lo que me están preguntando, si yo representara gráficamente la recta presupuestaria, una recta presupuestaria podría ser esta, por ejemplo. Vale, esto sería X1. Lo que me están preguntando es este punto. La cantidad máxima que puedo consumir del bien X1, si no consumo nada del otro bien, si renuncio a las excursiones. Y eso ya vimos que ese punto era M partido por P1. Dividir el ingreso total por el precio por unidad. Siguiente. Bueno, esto está en la crisis. El gobierno ha decidido incrementar el IRPF, el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Nos preguntan qué consecuencias tiene el aumento impositivo. Ahí os he puesto el gráfico que utilizamos en la tutoría anterior. Vale, el impuesto sobre la renta de las personas físicas. En principio es un impuesto proporcional que lo denotamos con la letra fi y que hace disminuir la renta disponible para el consumidor. Vale, entonces gráficamente vimos en la tutoría anterior que se desplazaba paralelamente la recta presupuestaria hacia el interior. Se desplazaba paralelamente la pendiente, se mantenía constante porque no variábamos los precios. Y estos eran los puntos de corte con los ejes. Vale, vamos a ver las posibles respuestas que dan al ejercicio y vamos a ir analizando un poco, ¿no? Se incrementa la cantidad máxima consumible de todos los bienes. La cantidad máxima consumible de todos los bienes. La cantidad máxima consumible de todos los bienes son los puntos de corte con los ejes. Vale, entonces si se desplaza hacia adentro no aumentan, están disminuyendo. La B es la que es correcta. Disminuye la cantidad máxima consumible de todos los bienes. La C sería altera los precios relativos de los bienes. Eso implicaría cambios en la pendiente de la recta presupuestaria. Y la última. No afecta a la cantidad demandada de los bienes. Pues sí que afecta porque desplaza la recta presupuestaria y al desplazarse la recta presupuestaria resulta que hay una parte del conjunto presupuestario, que es el que estoy marcando ahora, que no es accesible ya al consumidor. Bueno, siguiente. Bueno, con el fin de cumplir con esto, estas van de impuestos. Bueno, ahora nos habla de un impuesto que es el IVA. Vale, es un impuesto que es sobre el valor. Es un impuesto al valor. Bien, aquí va a aparecer un término que a lo mejor no lo expliqué en la en la tutoría anterior, pero que hay que conocerlo. Bien, estamos hablando del IVA, que es un impuesto sobre el precio de un bien determinado. En este caso, el precio al que afecta el IVA, el impuesto es X sub 2. Vale, entonces, la ecuación de la recta presupuestaria con el cambio y con la variación del precio es esa que tenemos aquí. Esto es igual que en la tutoría del día anterior, pero en lugar de ponerlo con relación al P sub 1 lo pongo con relación a P sub 2. Y la recta presupuestaria, puesto que establecen un impuesto, va a implicar que como es X sub 2 el bien al que afecta la variación del precio, va a pivotar sobre el eje de abscisas y va a disminuir su pendiente en valor absoluto, va a reducirse el conjunto presupuestario. Vale, bueno, entonces, con relación a las respuestas que dan aquí. Bueno, un incremento de la cantidad. Esto se va a traer en un incremento de la cantidad máxima consumible de todos los bienes, dado el nivel de renta monetaria. El nivel de renta monetaria. Es el. Espera. El término que os iba a decir sale más adelante, que es el de renta real. Aquí estamos hablando de renta monetaria. Renta monetaria es el valor numérico de la renta en los ejercicios anteriores. Por ejemplo, decíamos la renta del consumidor es 1000. Ese es su nivel de renta monetaria. Entonces, la primera respuesta que la introducción del IVA supone un incremento de la cantidad máxima consumible de todos los bienes, dado el nivel de renta monetaria. No. Dado el nivel de renta monetaria significa que no varía el nivel de renta, pero se está reduciendo el conjunto presupuestario. La segunda, una disminución de la cantidad máxima consumible de todos los bienes. Aquí está en principio, podría parecer que es una respuesta válida, pero nos está hablando de una disminución de la cantidad máxima consumible de todos los bienes. Y sí que disminuye la cantidad máxima disponible del bien 2, pero la cantidad máxima disponible del bien 1 se mantiene constante. Con lo cual la B tampoco es correcta. La C no afecta a la cantidad máxima consumible de los bienes. No es cierto porque disminuye el bien 2 y la D altera los precios relativos de los bienes. Ya lo han explicado más, por lo cual lo hacen más fácil. Altera la pendiente de la recta presupuestaria. Y eso sí que es totalmente cierto, ¿vale? O sea, aquí habría que tener cuidado con la pregunta B, la respuesta B y la respuesta D. La respuesta B es cierta parcialmente, pero como da el matiz de que disminuye la cantidad consumible, máxima consumible, los bienes, entonces ya no es correcta esa respuesta. Siguiente, el 6. Bueno, esta es una pregunta de teoría. La restricción presupuestaria ¿cómo se define? Pues ahí está dibujada el gráfico que utilizábamos y gráficamente era el triángulo ese coloreado junto con la recta que lo limitaba. Entonces hay que ver cuál de las respuestas se ajusta a la definición que hemos visto. La respuesta A es, dice, las combinaciones de bienes a las que se puede acceder para cualquier renta y valor de los precios. Para cualquier renta y valor no, porque para cualquier renta pues implicaría que yo puedo acceder, por ejemplo, a una combinación de bienes situada ahí. Con lo cual la A no es correcta. La A se aplicaría a todo el cuadrante. La B, las combinaciones de bienes accesibles para el individuo dada una renta monetaria disponible para el gasto de unos precios de los bienes. Bien, esta podría ser una respuesta que tendríamos que mirar un poco más adelante. Vamos a ver la C. Las combinaciones que vienen que dada la renta monetaria disponible para el gasto, de unos precios de los bienes, cuestan exactamente la citada renta monetaria. Esta es la definición de la restricción presupuestaria. El interior del triángulo este es el conjunto presupuestario, pero la restricción presupuestaria es exclusivamente la línea, la frontera que separa al conjunto presupuestario del exterior. Y la D no tiene mucho sentido. Con lo cual la respuesta correcta es la C. La B sería la respuesta si nos preguntaran por el conjunto presupuestario. Bueno, pasamos al siguiente, esta es una pregunta de teoría. Una con impuestos, una subida del IRPF sin que varíen el resto de los impuestos. ¿Qué va a producir? Pues este es el mismo gráfico que habíamos puesto antes. Una subida del IRPF que es un desplazamiento hacia adentro paralelo de la recta presupuestaria porque disminuye la renta disponible. Con lo cual la respuesta correcta es la A. Esta ya la habíamos visto en el otro ejercicio. Ya veis que son muy similares las preguntas. A ver, otra. Esta. Aquí sale ese término que os decía, que igual no había nombrado, que es el de renta real. Vale. Bueno, dos bienes, el cine X1 y el teatro X2. Si el gobierno sube el IVA del cine, o sea, va a aumentar el precio del cine con la renta dedicada a estas actividades del precio del teatro constante. O sea, se mantiene constante. Se mantiene la renta y el precio del bien X2. Y ahora pregunta con relación a la renta real. ¿Qué es la renta real? La renta real se define como la cantidad máxima que se puede comprar de un bien con la renta monetaria disponible. Vale. O sea, la renta real sería dividir la renta monetaria M por el precio del bien. Con eso tendríamos la renta real. Con eso tendríamos lo que se llama el poder de compra del individuo. Vale. No importa tanto la renta nominal, sino lo que realmente importa es la renta real, el poder de compra. Vale. Si, por ejemplo, a ver, cogemos en España a alguien que tiene una renta nominal. De mil euros. Y. Otra persona de otro país europeo tiene la misma renta monetaria de mil euros. Va a haber diferente renta real en función de la cantidad de bienes que pueda consumir con esa misma renta monetaria. Y eso va a depender de los precios de cada país. Si en España los precios de los bienes son más altos que en otro país, con esa misma renta monetaria tenemos menos capacidad de compra. Nuestra renta real sería menor. Vale. Entonces, renta real es eso. Es la cantidad máxima que se puede consumir de un bien con la renta monetaria. Digamos que nos estamos situando en el punto de corte con el eje de ordenada. Esa es la capacidad adquisitiva del consumidor. Y esa es la renta real del consumidor. Bueno, entonces, volviendo en este caso, lo que ha subido es el precio del bien 1. Inicialmente la renta real del individuo, la cantidad máxima que podía comprar de M sub 1 era. De X sub 1 era M partido por P sub 1. Vale. Y ahora con el establecimiento de un impuesto proporcional como el IVA sobre un impuesto a valores, pues resulta que el precio ha pasado a ser 1 más tau por P sub 1. Entonces el denominador es mayor, con lo cual este término de la izquierda es menor que el de la derecha, con lo cual la renta real, la capacidad de compra, el número máximo de unidades que puede adquirir de ese bien, ha disminuido. Su renta real en términos de CINE, que es el bien 1, ha disminuido. Disminuye la renta real en términos de CINE. O sea, la respuesta correcta es la A. Siguiente. Bueno, imaginemos un individuo con una renta de 1000 euros. Número de noches, el precio por día es de 40 o por noche. Adicionalmente quiere apuntarse a excursiones a un precio de 20. Eso sería las excursiones, sería el bien 2. Y entonces el gobierno autónomo establece una subvención del 50 por ciento sobre el precio de la habitación, sobre el bien 1. ¿Cuál sería el número de noches que se aloje el individuo si está interesado en 20 excursiones? Bueno, pues aunque ahí pone muchas cosas, lo que tenemos que hacer es utilizar la recta presupuestaria. Tenemos la recta presupuestaria básica. P sub 1 más X sub 1 más P sub 2 X sub 2 igual a M. Y luego tenemos que introducir, lo único que es nuevo, es una subvención del 50 por ciento en el precio de la habitación. ¿Vale? Eso era como un impuesto negativo. Se disminuye el precio en un 50 por ciento, con lo cual la recta presupuestaria es 1 menos S por P sub 1 X sub 1. Más P sub 2 X sub 2. El caso contrario, que sería un impuesto del 50 por ciento, sería 1 más T por P sub 1 X sub 1, con lo cual sustituimos los valores 1 menos 0,5. En tanto, por 1 hay que ponerlo, el 50 por ciento es 0,5 por 40 X sub 1. Y como nos dicen que está interesado en 20 excursiones, que es X sub 2 a un precio de 20, pues ya sólo nos queda una ecuación en X sub 1. Resolviendo, respuesta C, X sub 1 igual a 30. Bueno, otra. El conjunto presupuestario está formado por el conjunto de sectas de consumo que satisfacen la siguiente condición. También es una pregunta de teoría. El conjunto presupuestario es el triángulo más la frontera, más la recta presupuestaria. Con lo cual, la respuesta correcta es que el gasto total P sub 1 X sub 1 más P sub 2 X sub 2 tiene que ser menor o igual, que sería la respuesta C, que la renta. Si es menor, estamos en el conjunto presupuestario y si es igual, estamos, además del conjunto presupuestario, en la recta presupuestaria. O sea, esta es también pregunta de teoría. Siguiente, 11. Para el consumidor, ¿cuál es el coste de oportunidad de adquirir una unidad adicional del bien 2? Bueno, pues el coste de oportunidad de la recta presupuestaria. Ya vimos que era la pendiente de la recta presupuestaria, con lo cual sabemos que la pendiente de la recta presupuestaria es menos P sub 1 partido por P sub 2 o P sub 1 partido por P sub 2 en valor absoluto. ¿Vale? Es el número de unidades que hay que renunciar. Perdón, porque aquí, ojo con este ejercicio, cuando lo expliqué en la tutoría anterior, como habla sobre un bien concreto, decíamos que la pendiente era el número de unidades del bien 2 que tenías que renunciar para aumentar en una unidad adicional el bien 1. Pero aquí nos están preguntando cuál es el coste de oportunidad de adquirir una unidad adicional del bien 2. ¿Vale? Entonces es el inverso de la pendiente, que es la respuesta D. Esto que quede claro, a ver, supongamos que partimos de una situación así e incrementamos en una unidad, por ejemplo, esto, en este caso, que es en el que hablaba en la tutoría anterior, cuando incrementamos en una unidad el consumo del bien X sub 1, tenemos que renunciar a menos P sub 1 partido por P sub 2 unidades del bien 2. Pero aquí nos están preguntando que a cuántas unidades del bien 1 hay que renunciar para adquirir una unidad adicional del bien X sub 2, con lo cual hay que renunciar al inverso de la pendiente. Entonces, como la pendiente es P sub 1 partido por P sub 2, para saber el coste de oportunidad de adquirir una unidad adicional del bien 2, es el inverso de P sub 1 por P sub 2, que es P sub 2 partido por P sub 1. En este ejercicio, ojo, porque tiene ahí su miga con lo del bien 2. Bueno, pasamos. Bien, si la renta del consumidor aumenta, la red extra presupuestaria se desplaza hacia la derecha. Esta es una pregunta muy fácil, esta la teníamos que saber perfectamente. Pasamos. Siguiente. Bueno, la siguiente, que es esta, lo mismo, es la contraria. Si la renta del consumidor disminuye, la recta se desplaza paralelamente acercándose al origen de coordenadas. Estas ya son como muy fáciles. Vale, siguiente, es más un problemilla. Juan tiene un presupuesto de 2.000 euros para pasar sus vacaciones en un hotel. El precio de la bici... La estancia es X sub 1, el precio por habitación por día es de 100 euros. P sub 1 es igual a 100. Y X sub 2 son excursiones a caballo y el precio es 120 euros la hora. Si desea pasear 5 horas a caballo, ¿cuántos días como máximo podrá permanecer? Pues nos ponemos la recta presupuestaria genérica, ¿vale? Y como aquí nos indica, sustituimos los valores que conocemos. Nos dicen que X sub 2 tiene que ser 5, con lo cual X sub 1 es igual a 14. Bueno, me ha pasado ya de pantalla, pero bueno, ya lo habíamos visto. Bueno, en este caso esta pregunta también tiene un poquito de miga, ¿vale? Si los precios de ambos bienes se multiplican por T, y aquí la miga está en que nos dicen que T es mayor que 1, ¿vale? Entonces la recta presupuestaria, este es el ejemplo que he puesto en la tutoría. Multiplicamos P sub 1, multiplicamos los precios P sub 1 y P sub 2 por un número T, en el gráfico es alfa. Si ese número es mayor que 1, ¿vale?, estamos aumentando los precios. Si ese número... T es menor que 1, estamos disminuyendo los precios, ¿eh? Porque si multiplicamos por un número mayor que 1 por 2, por ejemplo, duplicamos los precios, los estamos haciendo más grandes. Pero si multiplicamos por 0.5, estamos dividiendo por 2, con lo cual hacemos los precios más pequeños. Entonces, dependiendo de cuál es el valor de T, si es menor o mayor que 1, la respuesta va a ser distinta. Como T es mayor que 1, van a disminuir los puntos de corte con los ejes, va a disminuir el conjunto presupuestario, la pendiente no varía, porque multiplicamos numerador y denominador, y las respuestas... Habla de la recta presupuestaria, aumenta o disminuye la inclinación, no, porque se mantiene constante, y se desplaza acercándose al origen de coordenada, que es la respuesta C. O sea, con este tipo de preguntas, ojo con el valor que tenga T, si es mayor o menor que 1. Bueno, siguiente. En este caso, si los precios de ambos bienes y la renta se multiplican por T, aquí sí que nos da igual si es mayor o menor que 1, porque estamos multiplicando todas las variables, o los parámetros, los precios y la renta por el mismo valor. Con lo cual, multiplicamos en los puntos de corte numerador y denominador por el mismo número, y en la pendiente también, da igual que sea mayor o menor que 1, porque la recta presupuestaria no se va a alterar. Siguiente. En este caso concreto, no lo vimos en la tutoría, el precio del bien 1 disminuye y el precio del bien 2 aumenta. ¿Vale? Entonces, ¿qué pasa con la recta presupuestaria? Pues aquí tenéis dibujada en azul una recta presupuestaria inicial. Si baja el precio del bien 1, que es lo que sucede, que el punto de corte con el eje de ordenada de Aptisha se va a desplazar hasta la derecha. Y si el bien 2 crece, significa que puedo comprar menos del bien 2, con lo cual mi poder de compra disminuye, ese punto de corte con el eje de ordenada disminuye. La recta va a pivotar sobre ese punto central donde se corta, ¿no? Y lo que nos están preguntando es sobre su pendiente, si disminuye o aumenta. En este caso, disminuye la pendiente en valor absoluto, ¿vale? Se hace más horizontal, con lo cual la respuesta es la B. Vale. Esta, de la misma que habíamos hablado antes, los precios de ambos bienes, la renta no, se multiplican por un número T que es menor que 1. En ese caso, la recta presupuestaria se desplaza hacia afuera. ¿Vale? Entonces, ojo con ese matiz. Siguiente. Vale. ¿Cuál de estas afirmaciones es incorrecta? Ojo también en los exámenes cuando preguntan por lo que es incorrecto. Respecto a la restricción presupuestaria del conjunto presupuestario, un incremento del 10% de todos los precios, o sea, multiplicar los precios por un número, desplazará la restricción presupuestaria a la izquierda paralelamente a la original. O sea, aumentamos todos los precios en una cantidad, pues la recta presupuestaria se desplaza hacia adentro, con lo cual eso es correcto. La B. Si se doblan los precios de los dos bienes con la renta inalterada, ese es el mismo caso, se desplaza hacia la izquierda, la pendiente no se altera. Correcto. La C. Si se doblan los precios de los dos bienes y la renta, la recta presupuestaria se desplaza a la derecha y arriba. No es cierto porque estamos multiplicando por un número, nos da igual si mayor que 1 o menor que 1, tanto los precios de los dos bienes como la renta, con lo cual se mantienen alterados. Siguiente y ya la última pregunta de test y luego ya pasamos a los exámenes, a los problemas. ¿Qué ocurre con la recta presupuestaria si se duplica P1 y se triplica P2 permaneciendo en la renta constante? Bueno, pues esto hay que hacerse un gráfico. Estamos multiplicando, estamos aumentando ambos precios, con lo cual yo sé que al aumentar los precios el punto de corte con los ejes se va a reducir, con lo cual la recta presupuestaria se va a desplazar hacia adentro. Pero como el número por el que multiplicamos no es el mismo, el desplazamiento del punto de corte no va a ser igual en los dos, con lo cual la pendiente, también va a variar, porque estamos pasando de una pendiente que era P1 en valor absoluto partido por P2 a una que es 2P1 partido por 3P2, con lo cual la pendiente sí que va a variar. Va a variar los puntos de corte, van a disminuir la cantidad máxima que yo puedo adquirir de cada uno de los bienes y va a variar también la relación de precio entre los bienes. Va a variar también la pendiente y en este caso se vuelve más horizontal, como vemos aquí. Podemos ver numéricamente, podemos ver que la pendiente, si prescindimos de P1 y P2, sería 1 partido por 1 y en el otro tendríamos 2 partido por 3. ¿Cuál es mayor? La pendiente es mayor de 1 que de 2 tercios, que es 0,67. Vale, y el siguiente. Bueno, esto ya pasamos con problemas. La gente acude a la Playa de la Lanzada, tiene una renta de 100 euros, tiene un bien, que es el bien X1, que vale 20, que tiene un precio de 20, y otro bien, que es el X2, que es el de los paseos en barca, con el mismo precio, P2 igual a 20, ¿no? Entonces, la recta presupuestaria ya la tendríamos, ¿no? P1X1 más P2X2 igual a 100, la recta presupuestaria. Entonces, pregunta el problema. Si el gobierno gallego quiere desaconsejar los paseos en moto acuática, de tal forma que en ningún caso puedan superar las 4 horas, nos preguntan que cuál será el precio. ¿Cuál será la cuantía del impuesto directo sobre la renta que consiga el propósito del gobierno? Vale. Esto puede parecer complicado inicialmente, pero vamos a ver gráficamente un poco a qué nos estamos refiriendo. Vale, tenemos el eje de coordenadas, tenemos una recta presupuestaria, y el que queremos reducir es el bien X1, ¿vale? Tenemos X1 en actitas, y lo que queremos, por ejemplo, es que la cantidad máxima que podamos consumir de X1 sea 4 unidades, ¿no? 4 horas, ¿vale? Entonces, ¿qué es lo que...? Lo puedo hacer de varias formas. Por un lado, puedo plantear la ecuación de la recta presupuestaria en el que X1 sea 4, ¿vale? Pero también, como me están pidiendo la renta que me hace falta, o la renta que tengo que tener para consumir 4 como máximo, pues ese valor, ese punto de corte con el eje de actillas, ¿dónde se produce? Cuando divido la renta por el nivel de precios. X1 máximo tiene que ser 4, y eso tiene que ser igual a la renta, que la renta es M por 1 menos T, porque es un impuesto sobre la renta, un impuesto proporcional, porque nos lo piden en porcentaje, con lo cual es M por 1 menos T, dividido por el precio que tenga, que el precio no ha variado. Entonces, yo aquí tengo ya una ecuación de primer grado, donde el tipo impositivo es la incógnita, ¿vale? Y entonces ahí me da un resultado del 20%. Esto lo he hecho yo simplemente buscando el punto de corte con el eje de actillas, de forma que el resultado sea 4, el P1 sea 20, la renta sea 100, y le aplique un impuesto de 1 menos T. Porque en situación normal sin impuesto, si tenía 100 entre 20, esto sería 5, ese punto de ahí, ¿vale? Pues para que sea 4, tengo que quitarle el 20% de la renta. Bueno, vamos a adelantar, que si no, no nos va a dar tiempo, aunque hay unos que son muy similares, con lo cual pasaremos más rápido. Siguiendo con este mismo problema, nos plantea qué impuestos valoren sobre las motos acuáticas tendría que aplicar para conseguir el mismo resultado, ¿vale? Pues si la cantidad máxima, o sea, si yo quiero consumir como máximo 4 unidades de ese bien, el impuesto al valor sería, que es el que aumenta el precio, es 1 más T por P1 X1, igual a M. Entonces, si la cantidad máxima es 4, ya me queda una ecuación... Es lo mismo que he hecho antes, ¿eh? M igual... Perdón, M no. Lo que había puesto antes era X1 máxima, que era igual a 4, era igual al cociente entre la renta, que es M, partido por el precio del bien que es 1 más T por P1, ¿vale? Lo mismo es ponerlo directamente así que con la ecuación que ponemos aquí abajo, ¿eh? Se pueden resolver de varias maneras. Vamos, son las mismas unas y otras, ¿eh? Como estamos haciendo. Vale. Y el siguiente es... Vale. Mantener el precio de 20 euros en los dos primeros paseos ¿Cuál debe ser el precio? De la tercera y la cuarta hora para que no haya más de 4 horas como máximo del bien 1, ¿vale? Entonces tendríamos... A ver, espera, que no veo bien esto... Vale. Tendríamos... Si gasta toda su renta en el bien X1, tendríamos por un lado que gasta 20 euros en los dos primeros viajes y luego lo que nos están preguntando es el precio que tienen que tener los paseos en moto para los dos siguientes viajes o horas de forma que como máximo de forma que con eso gaste toda su renta. Pues despejando ahí P1, P1 no está al cuadrado, ¿eh? O sea, P1 es igual a 30. P1 es el precio de la segunda y tercera hora, ¿vale? No es que esté elevado al cuadrado. Vale, este sería el primer problema. Siguiente problema. Vale, un jubilado tiene 1000 euros de renta puede elegir venir en temporada baja X1 o en temporada alta que son X2. Si los precios son 50 y 100. Quiere fomentar que los jubilados vayan en temporada baja, entonces propone subvencionar el 50% de su precio y la oposición plantea que los 10 primeros días en temporada baja sean gratuitos y para los siguientes se aplique el precio de mercado, ¿vale? Entonces lo que tenemos que comparar son las dos posibilidades. Pasamos a la siguiente pantalla que ahí las tenemos las dos. En el primer caso es una subvención con lo cual ya hemos visto en una pregunta anterior como planteábamos la ecuación presupuestaria con una subvención, ¿vale? 1 menos 5 por P1 por X1 porque la subvención es sobre el bien X1. Entonces la cantidad máxima que puede consumir de X1 que es hacer X2 igual a 0, ¿vale? Con eso gasto toda mi renta en X1 pues entonces en ese caso yo iría o pasaría 41 días en temporada baja. En el segundo caso, en el caso que presenta la oposición que propone 10 días gratis, ¿vale? ¿Cuál es la cantidad máxima que va a poder disponer? Pues una forma de resolverlos, es decir, la cantidad máxima que yo puedo va a ser la renta de la que dispongo dividido por el precio por noche más 10 días que me regalan. Entonces la renta son 1000 dividido entre 50 que es el precio por noche más 10 la que puedo estar 30 noches con lo cual la política que permitía pasar más días era la del gobierno. Seguimos. Ahora lo que cambia es que aquí nos dicen que tiene que consumir obligatoriamente 25 días en temporada baja, ¿vale? Y nos vuelven a preguntar por la diferencia entre esas políticas teniendo en cuenta que yo de X1 tengo que consumir 25. Y la pregunta es lo que me interesa saber cuál de las dos opciones es mejor para pasar el mayor número de días posible de vacaciones adicionales en temporada alta. O sea, a mí me interesa que de ambas opciones saber de X2 cuál me da un número mayor. Entonces planteo las mismas ecuaciones de la resta presupuestaria en el primer caso lo mismo 1 menos 0,5 por P1 que es 50 por X1 porque ahora yo ya sé que X1 tiene que ser igual a 25 porque ese dato es obligatorio. Ese consumo es obligatorio. Entonces me sale que podría estar 3,75 días en temporada alta. En el segundo caso lo planteo de una forma distinta a la anterior a la que hemos hecho en el primer ejercicio. Planteo una ecuación de una resta presupuestaria en la que tengo P1, P50, por X1 que es la cantidad total de días que está en temporada baja menos 10 porque esos 10 se los regalan en la oferta esa. Con lo cual realmente como consumo son 15 días, solo paga 15 días más 100 que es el precio por X2 y de ahí despejando me sale que son 2,5 con lo cual es más interesante la respuesta A porque puede estar más días en temporada alta. Y el último del programa 2 para qué número de días de los dos tipos de valores de X1 y X2 las rectas de balance de ambas políticas se cortan. Es decir, dan el mismo resultado. Bueno pues lo que me están diciendo es que tengo las dos rectas de balance que he utilizado en la pregunta anterior y lo que me piden es que resuelva este sistema de dos ecuaciones. Ese será el punto en el que se corten las dos rectas, el punto en el que se cumplan los dos valores. Y entonces en este caso resolviendo esa sería el planteamiento de las dos No lo he resuelto aquí. No lo he resuelto. Se me ha pasado la pantalla. No, no he resuelto al final cuáles saldrían. Pero lo que hay que hacer es resolver este sistema de dos ecuaciones. Un sistema de dos ecuaciones que son las rectas presupuestarias respectivas. Bueno, este ya es el tercero. Una renta mensual de 100. Las posibilidades son cine x sub 1 y conciertos x sub 2 con sus respectivos costes 5 y 10. ¿Cuál es la pendiente de la recta de balance de este individuo? Vale, la pendiente de la recta de balance la podemos sacar de la recta presupuestaria. Pero sabemos que es p sub 1 partido por p sub 2. 5 dividido entre 10 es menos 0,5 porque es negativo. Pero bueno, como las respuestas no tratan en valor absoluto, pues la pendiente 0,5. Esta es una pregunta bastante sencilla. Siguiente. Bueno, ¿quiere fomentar la asistencia al cine? El cine era x sub 1, ¿no? Sí, el cine es x sub 1. Proveedos que se acuda a ver una película al menos 10 veces al mes. Entonces, lo que plantea el Ayuntamiento es que si vas de 1 a 5 veces el precio por película va a ser de 4 euros. Si vas de 6 a 10, las 5 siguientes veces que vayas pagarás 4 euros también. Ah, no. No, pagarás 3 euros, ¿vale? O sea, los precios son de 4 euros si vas de 1 a 5 veces y de 3 euros si vas de 6 a 10. Y a partir de la undécima ya pagas 5 euros. Con lo cual, esta es una recta presupuestaria que va a tener distintos tramos, ¿vale? Me preguntan cuál es el número máximo de veces que puede asistir al cine. Pues como tiene una renta de, ¿cuánto era inicialmente? De 100 euros. O sea, si va las 5 primeras veces son 5 por 4, 20 euros lo que se gasta, ¿vale? Si va de 6 a 10 veces se gasta en cada una de ellas 3 euros. Serían 3 por 5, 15. O sea, como máximo. Se está gastando 5 por 4, 20, 35. Con lo cual, con 100 euros siempre va a ir más de 10 veces. Con lo cual, la recta presupuestaria en el caso de que puede ir más de 10 veces es la que está puesta aquí. 4 por 5 más 3 por 5 porque esos son datos fijos ya. Más P sub 1 por X sub 1 menos 10. Estas 10 son las 10 primeras veces. Porque esa es la recta presupuestaria. La recta presupuestaria las paga a 4 y a 3 euros. Más P sub 2 por X sub 2. Entonces, como me están preguntando el número máximo de veces, yo lo que hago es en esa recta presupuestaria hacer X sub 2 igual a 0. ¿Vale? No consumo nada de X2, con lo cual me da el máximo que puedo consumir de X sub 1. Con lo cual me da igual a 23. No entiendo el 0 de dónde sale. Vale. Repito. El 0 sale de que si me están preguntando cuál es la cantidad máxima de la que yo puedo disponer, del otro bien no voy a consumir nada. Voy a dibujarte aquí la recta presupuestaria. Bueno, es una recta presupuestaria que tendría distintas pendientes, pero me da igual. Aunque tenga solo una, lo que me están preguntando cuando me piden el número máximo de veces, es que le dé este valor de aquí. Y cuando consumes el máximo de X sub 1, de X sub 2 consumes 0. ¿Vale? Entonces, este término, el gasto en X sub 2 es 0. En la recta presupuestaria ya me queda solamente una ecuación en X sub 1. ¿Vale? Bueno. Y el siguiente. Si quiere... Ah. Si decide... Si quiere asistir a dos conciertos en el mes, ¿cuántas veces podrá ir al cine? ¿Vale? Tenemos la misma recta presupuestaria, pero en este caso, como nos dicen que de X sub 2 quiere consumir dos unidades, quiere asistir dos conciertos al mes, pues ese es el que sustituimos al precio del 10. Y entonces, aquí ya no hacemos 0, porque estamos consumiendo algo de X sub 1, de X sub 2. Entonces, lo que nos queda... Lo que nos queda... Un valor de X sub 1 igual a 19. Bueno, esto ya se acaba. Quedan dos problemas. Vale. Este primero preguntan por la recta presupuestaria. Esto ya lo sabemos. Vale. Este es, digamos, el mismo ejercicio que el... El mismo problema que el anterior. Me va a dar distintos precios para distintas cantidades de compra del bien y entonces, en este caso, se está refiriendo al bien 2, ¿eh? Además, en este habla... Yo creo que en este es donde el enunciado lo pone mal. Pero vamos, se puede entender lo que están preguntando, ¿vale? Porque habla de baloncesto y de teatro, y aquí está, en este apartado, habla de cine y de teatro, ¿no? Entonces, o sea, habla de cine. Bueno. La recta presupuestaria es la misma. Lo único que pasa es que el desglose ese que estamos tratando lo hacemos sobre el bien 2. ¿Vale? Estas son las tres primeras unidades que las compra a 15 euros. Las dos siguientes las compra a 10 euros. Con lo cual, al precio que me pone, que es de 10 euros, yo consumiré X sub 2 unidades menos las 5 que ya previamente he hecho. Aquí es X sub 1 el que hago igual a cero, porque me están preguntando la cantidad máxima que puedo asistir al bien 2, al teatro, y entonces despejando ahí me queda 28,5. Es lo mismo que el anterior pero referido al bien 2. Y... Si decide asistir a dos partidos... Pues en este caso queda X sub 1. En lugar de sustituirlo por cero, lo tengo que sustituir por 2. Pero es el mismo problema que el anterior. Y a ver... El siguiente... En un balneario... La pendiente de la recta presupuestaria. Eso lo sabemos ya. Si el individuo debe pagar un impuesto del 20% de la renta y se va a las 5 sesiones de tratamiento... A ver... El tratamiento es el bien 1, con lo cual de la recta presupuestaria... Que es P sub 1 X sub 1 más P sub 2 X sub 2 es igual a la renta menos 1... A la renta por 1 menos T porque he hecho un impuesto del 20% sobre la renta. Entonces son 5 sesiones de tratamiento y consumiendo 5 sesiones de tratamiento ¿cuánto puede ser X sub 2? Pues despejando nos queda eso. Y el último ya... Y con esto ya acabamos, que ya nos hemos pasado. Bien. Aquí eliminan el impuesto. No existe impuesto. Entonces dice si va a 5 sesiones de tratamiento pues este es muy sencillo. Sobre la recta presupuestaria 80 por 5 sesiones de tratamiento más 50 por la cantidad que pueda ir igual a 500 puestas X igual a 2. ¿Vale? Bueno, pues con esto ya hemos terminado todas las preguntas de este tema. En la próxima tutoría pasaremos ya al tema 4. Se utiliza restricción presupuestaria y lo que vimos de las curvas de indiferencia, la relación marginal de sustitución y todo eso. El tema siguiente es muy importante y probablemente lo veamos en dos días. ¿Vale? Bueno, pues con esto doy por terminada la tutoría de hoy. Espero que os haya sido de utilidad. Perdón, si ha habido alguna raza por ahí. Y nos vemos la semana siguiente ya empezando con el tema 4 que es importante y es muy básico en esta asignatura. ¿De acuerdo? Bueno, pues un saludo y hasta el próximo día.