Hola, buenas tardes. Soy Marcos Pareda y voy a ser vuestro tutor en esta asignatura de Derecho Administrativo Europeo. Estoy emitiendo, como va a suceder todas las semanas a esta hora, desde el Centro Asociado de la UNED en Cantabria. Sabéis que esta asignatura se puede ver en directo, por vídeo, podéis también acudir quienes viváis. Por aquí podéis acudir en un número determinado a las clases presenciales y adicionalmente habéis estado colocando o gestionando unas cosas para poder grabar esta clase. Voy a grabar todas las clases de la asignatura y las tendréis disponibles a partir del día siguiente, dos días después, algo por el estilo. Tarda un tiempecito en habilitarse, por así decirlo. Vale, vamos a hacer una pequeña presentación sobre la asignatura, sobre el formato de las clases, etcétera, etcétera. Y después nos metemos con la propia explicación. Decíamos lo primero de todo que vamos a dejar colgadas las clases en formato de vídeo. Así vais a poder verlas las veces que queráis. Yo las dejaré colgadas hasta el final del video. Del año, del cuatrimestre. Así podéis verlas las veces que queráis y además, si no me equivoco Inteka os deja la posibilidad de no solo verlas sino también descargar únicamente el audio, por si queréis solamente ver el audio. ¿Por qué os digo esto? Pues porque fundamentalmente las clases van a consistir en esto, en una explicación de tipo teórico. Me apoyaré en un PowerPoint, me apoyaré en un PDF. Algo muy sencillito que únicamente va a servir para que no me veáis a mí todo el rato ajeto, ni más ni menos. Porque lo que me interesa es explicaros el contenido de la asignatura. En cuanto a la bibliografía básica. Nosotros vamos a seguir el manual del profesor Fuente Taja Pastor. El manual del profesor Fuente Taja Pastor tiene una serie de ventajas. Está editado por la URAEF, es un manual muy claro, es un manual que sigue el temario que nosotros vamos a seguir. Es un manual que está perfectamente actualizado y sobre todo, la mayor ventaja sobre todas las demás, vuelvo a decirlo, es que el profesor Fuente Taja Pastor es también el encargado de vuestro equipo docente. De hecho, de otra forma, el profesor del manual es la persona que os va a hacer el examen. Por lo tanto, vuelvo a decir que no se nos pasa por la cabeza utilizar otro manual y desde mi punto de vista no se debería pasar por la cabeza ni siquiera la revisión a otro manual. El manual del profesor Fuente Taja Pastor, ya os digo, es un manual muy claro y es un manual bastante... ¿Cómo se llama? Bastante bien estructurado. Lo cual no significa que sea fácil, porque la asignatura en ocasiones es algo farragosa, en ocasiones es algo complicada, en ocasiones nos va a resultar intrincada. ¿De acuerdo? No difícil por los aspectos que vamos a ver ahora fundamentalmente, pero sí algo intrincada. Decíamos, el profesor Fuente Taja Pastor será la persona que os ponga el examen, que ¿Qué os voy a decir con respecto al examen? Pues básicamente nada. Y me explico, no os puedo decir si va a ser un examen desde vuestra casa o si va a ser un examen presencial. Y no os lo puedo decir porque todavía no se ha comunicado. La comunicación seguramente la conozcáis vosotros a la vez que yo mismo. La comunicación se llevará a cabo a partir de... seguramente mediados de marzo, a partir del 10, 15 de marzo empezaremos a saber algo. Tenemos que ver cómo se produce la evolución. De la situación sanitaria y aún establecida esa comunicación que se dé, pongamos una fecha, en la segunda quincena de marzo tendremos que estar siempre a resultas de que las condiciones sanitarias cambien o evolucionen en un sentido u otro para que exista un cambio en esa perspectiva del examen. ¿Vale? Entonces, no os puedo decir cómo va a ser el examen, si lo vais a hacer desde casa o si lo vais a hacer en nuestro centro asociado. Si os puedo decir cómo va a ser el contenido del examen, a no ser que cambie también derivado de esto que acabamos de comentar. Sabéis que en ocasiones se han cambiado el formato de los exámenes debido a estos aspectos. ¿Vale? El examen. ¿Cómo ha sido en otros años? Bueno, pues tres ideas fundamentales. Examen de tipo test. Examen de tipo test. Cuarenta preguntas. ¿Vale? Cuarenta preguntas a contestar. Son noventa minutos. Entonces, son muchas preguntas para un tiempo relativamente breve. Para un tiempo relativamente breve. Además, cada pregunta acertada vale cero coma veinticinco puntos, evidentemente. Pero ojo, cada pregunta que fallemos vale cero coma uno. Entonces, resta. Entonces, resta. ¿Vale? Únicamente tenemos tres opciones de respuesta, no cuatro como suele ser lo habitual en estos test. Y segundo elemento más importante del examen. Es un examen en el cual se permite el uso de uno. ¿Y? Insisto en la palabra. Un único material escrito. Es decir, podéis utilizar un libro. Nuevamente, vuelvo a decir que la recomendación, diría que es una recomendación total y absoluta para el cien por cien de vosotros, es que utilicéis el manual del profesor Fuente Caja Pastor porque de ahí van a haber salido las preguntas porque de ahí podréis sacar las respuestas. Ojo, hemos dicho cuarenta preguntas para noventa minutos. Son muchas preguntas para un tiempo relativamente breve en este, en este sentido. No penséis que por llevar el libro tenéis el examen aprobado. Tenéis que tener muy estudiado el libro. Pero tenéis que tenerlo estudiado desde un punto de vista comprensivo. Lo que tenéis que tener claro en la cabeza es el esquema, la estructura de la asignatura. Para saber perfectamente dónde ir a buscar esa pregunta concreta, tenéis que tenerlo muy estudiado. Y lo que es muy importante es que no os quede en la cabeza. Que se os hace en el examen. ¿Vale? Habrá cosas que podáis, si estudiáis habrá cosas que podáis responder sin recurrir al material escrito pero habrá cosas que tengáis que consultar. Y ahí va a ser importante que vayáis a tiro hecho. Sepáis en qué tema aparece qué pregunta es correcta o en epígrafe a ser posible aparece aquello que estoy buscando, porque de lo contrario no os da tiempo. De lo contrario, palmáis. Palmáis porque además os vais a volver completamente locos. Insisto, es una asignatura que a ratos puede resultarnos o nos puede parecer complicada, enmarañada, embrollada. Entonces, examen, insisto, de otros años. Resultas de lo que pueda ocurrir con la evolución sanitaria este año si se cambia algo del formato examen, etcétera, etcétera. Examen, 40 preguntas, hipotés, con tres respuestas cada pregunta. Pregunta acertada, 0,25 puntos. Pregunta. Pregunta fallada, menos 0,1 puntos y os permiten llevar un único, os permiten utilizar un único material escrito, un único texto que, insisto, debe de ser, forzosamente diría yo que el manual del profesor, fuente, taja, pastor. ¿Supone el conjunto de la nota este examen? Bueno, pues sí y no. Dicho de otra forma, tenemos prueba de evaluación continua. En esta asignatura, ¿sabéis que la prueba de evaluación continua es optativa? Si optáis por no hacerla, concurrís a la misma nota potencial que los compañeros que hagan la prueba de evaluación continua. Dicho de otra forma, si vosotros no hacéis la prueba de evaluación continua, vais al examen y aceptáis 40 preguntas de 40 posibles en el examen, tenéis un 10. Matrícula o no. Cerrado. ¿Vale? Pero también podéis optar por hacer la prueba de evaluación continua. La prueba de evaluación continua cuenta hasta el 30%, hasta el 30% de la nota final. ¿Vale? Pero claro, cuenta hasta el 30% de la nota final siguiendo con un cierto truco, si queréis verlo así. Para que os cuente la prueba de evaluación continua, tenéis que tener aprobada la evaluación continua y tenéis que tener aprobado el examen. ¿Vale? Es decir, vosotros podéis tener perfecta la evaluación continua, la prueba de evaluación continua, que si en el examen sacáis un 2, no se os cuenta. No se os suma. Ahora bien, imaginaos que tenéis en el examen 6 puntos y la prueba de evaluación continua 3 puntos, tenéis un 9. 6 puntos sobre 7 el examen, se sobreentiende, ¿no? Que se hace así el... La traslación, ¿vale? Se suma. Entonces, ¿en qué consiste la prueba de evaluación continua? Bueno, pues el equipo docente ha tenido la amabilidad de colgarla ya desde muy pronto, ¿vale? Es más, se puede ya realizar, podéis realizarla desde ayer y la fecha máxima para su entrega es el 30 de abril, de este mismo año, ¿vale? A las 11.55. Lo estoy cotejando ahora mismo para no equivocarme, ¿vale? Entonces, tenéis hasta finales de abril. ¿En qué consiste la prueba de evaluación continua? La tenéis en vuestro espacio de ALF, ¿vale? Y es el estudio de la ejecución de los fondos europeos para la recuperación. Un asunto, como comprenderéis extraordinariamente... De actualidad, ¿vale? La recuperación de los golpes del COVID, ¿vale? Entonces, a este respecto, el equipo docente os ha puesto un par de enlaces a sendas normativas dentro del marco europeo. El llamado plan para la recuperación de Europa. ¿Vale? Recuperación para Europa, perdón. Y a normativa en el marco nacional. ¿Vale? Con esta cosa, con estos dos aspectos, tenéis que hacer una reflexión, una valoración sobre este tema. ¿Vale? Sobre los fondos europeos para la recuperación. Reflexión, valoración, que no tiene específicamente... Ni mínimo ni máximo de caracteres o de páginas, que una extensión no fijada, pero que sí que se os solicita que sea una valoración. En primer lugar, original, que nos dediquéis a cortar y pegar de internet. En segundo lugar, reflexionada. Y en tercer lugar, aplicando los elementos adquiridos, los conocimientos adquiridos a lo largo... ...de esta asignatura. ¿Vale? De tal forma que adicionalmente se tendrá en cuenta tanto el enfoque elegido como la sistematización del mismo, la elegancia a la hora de exponer, etcétera, etcétera. ¿Vale? Lo entendemos, ¿no? No es solamente, insisto, que volquéis ahí cosas, sino que lo hagáis desde un punto de vista con una cierta... No sé si deciros originalidad, pero con una cierta sistemática. ¿De acuerdo? Bueno, en cuanto a las clases, van a seguir el formato que estáis viendo ahora, es decir, una clase de carácter teórico, con la cual yo vengo e intento explicaros los elementos que yo considere... ...en los que yo considere que es más útil una... ...una explicación, una aclaración por parte del tutor. Yo me voy a remitir siempre al manual del profesor Santiago Pastor, porque, insisto, tenemos la suerte de que os dejan tenerlo en el examen... ...y de que además sabemos que las preguntas del examen van a salir de ahí, por lo tanto no me voy a dejar absolutamente nada de ese documento teórico, por así decir. Y lo que voy a hacer es intentar, pues eso... ...explicar, extender, aclarar los elementos que yo considere pueden ser bien de más importancia o bien y sobre todo más oscuros para vosotros como alumnos. ¿De acuerdo? Mi labor aquí es única y exclusivamente ayudaros. Adicionalmente, y en esa labor de ayuda, nosotros tenemos un foro. Un foro de las asignaturas. Es que hay diferentes foros de las asignaturas. Nosotros somos el grupo de tutoría número 5 y yo ya he abierto ahí un foro, ¿vale? Ya he abierto un tema y he puesto ahí, pues, los saludos, etcétera, etcétera. En ese foro podéis plantearme cuantas dudas tengáis. ¿De acuerdo? Sin ningún tipo de cortapisas. ¡Ojo! Tenéis que tener siempre en cuenta... ...que la única respuesta válida respecto a aspectos de evaluación de la asignatura, formato de examen, formato de la prueba de evaluación continua, etcétera, etcétera... ...son las respuestas que os da el equipo docente. No las quedo yo como tutor. Insisto, seguramente ya me enteré del formato del examen. De si lo hacéis por AVEX o lo hacéis en el centro asociado al mismo tiempo que vosotros. Entonces, cualquier pregunta en ese sentido se la planteáis al equipo docente que es quien os tiene que responder. Cualquier pregunta sobre el temario... ...habéis visto un vídeo y no os ha quedado claro. Hay una cosa que yo he explicado y que a lo mejor os he contribuido a liarla más. Todo eso me lo podéis preguntar a mí. Y me lo podéis preguntar bien por el foro de la asignatura o bien por correo electrónico. ¿Vale? ¿Cuál es mi correo electrónico? mpereda.santander.uned.es Lo veis ahí, ¿no? mpereda.santander.uned.es Ahí me podéis plantear las preguntas que queráis. Insisto. Varias opciones, tanto para ver la clase como para plantear las preguntas. Para ver la clase podéis venir aquí y verla en directo. Tenemos un número de clausos, pero somos pocos compañeros, pocos alumnos en esta asignatura que es muy particular. Y no vamos a tener problemas en ese sentido. Las clases se llevan a cabo presencialmente en el centro asociado de la UNED en Cantabria. Todos los martes de 7 de 19 a 20 horas. Las podéis ver también online, en directo. ¿Vale? Tal y como las estamos viendo ahora, os conectáis en cualquier sitio, lo veis en directo y tenéis aquí la posibilidad de hacerme preguntas o aclaraciones o plantear cuestiones por el chat. De una forma más directa. Y luego la vais a poder ver también en vídeo, grabada. Tanto insisto, en vídeo. Como, o sea, tanto verla en vídeo como descargarla. O incluso descargar única y exclusivamente la voz, el sonido. Para que podáis verlo, hay que ser un reproductor, escuchar a un reproductor de MP3 o lo que sea. Que cada vez hacéis más los alumnos. ¿Vale? Y... Yo creo que nada más, ¿no? Ah, bueno, sí. Para ver estas clases podéis buscarlas en el repertorio de audiovisuales de Inteka. Entráis allí, ponéis en el buscador mi nombre, que es Marcos Pérez. Y os van a aparecer todas las clases que... Todos los vídeos que yo he subido y todas las asignaturas que he tutorizado. Allí buscáis la que os interese y vais, eso, viéndolas, descargándolas como prefiráis. ¿De acuerdo? Un último elemento. No creo que nos haga falta porque el temario tampoco es excesivamente extenso. Pero a mí sí que me gusta señalar una cosa. Nosotros tenemos previstas 12 horas, tenemos previstas 12 sesiones de una hora con esta asignatura. Insisto, en teoría nos va a dar tiempo bien. Pero yo en ningún momento voy a... Explicar a más velocidad o de forma más acelerada a como yo considere. ¿De acuerdo? Es decir, si yo necesito dar 13, 14 o 15 horas, las voy a dar. Me vengo aquí otro día, quedamos para que lo podáis ver en directo o me grabo. Y grabo una hora, dos o tres adicionales. Yo no tengo problemas. Lo que no voy a hacer es dar la asignatura a una velocidad que a mí... Me parece que no es útil. Porque insisto, mi única labor aquí es ayudarlos. Si yo vengo y voy a toda la hecha, no os estoy ayudando. ¿Vale? Es una advertencia que seguramente en esta asignatura no tenemos que llevarla a cabo. Pero que me gusta hacer por si acaso. Que tengáis esa seguridad. De que nos vamos a ir metiéndoos prisa para ir más rápido. Por mi parte eso no va a ocurrir nunca. Ni en esta asignatura ni en cualquier otra que yo tutorice. Bueno, así que por mi parte no hay ninguna pregunta. Así que si queréis empezamos con el temario. Y empezamos con el temario. No sé si nos va a dar tiempo a ver el tema primero. Hoy, si no vamos a dejar bastante avanzado. Empezamos con el temario por... Precisamente, evidentemente, el tema primero. El tema primero que es un tema prepedéutico. Es un tema introductorio. Es un tema en el cual aclaramos algunos conceptos. Antes de meternos después ya plenamente al análisis de los mismos. Aquí nos vamos a dedicar a aclararlos. Y es un tema que tenéis que tener bastante claro antes de avanzar con los demás. ¿Por qué? Porque cae más veces en el examen o porque caen más preguntas. No. Porque es un tema en el cual, insisto. Vamos a ir manejando y vamos a señalar el significado de ciertos conceptos. De ciertos conceptos teóricos. Que de aquí en adelante vamos a considerar como sabidos. ¿Vale? Vais a ver que son cosas muy sencillitas, muy básicas. Pero tenemos que tener eso en cuenta. Lo vamos a considerar como sabido. Y un concepto teórico que vamos a considerar como sabido es... El título del tema. El título de la asignatura. Derecho administrativo europeo. ¿Vamos a considerarlo como sabido? Bueno. Vamos a considerar como sabido el significado. La orientación que le vamos a dar nosotros. ¿Por qué? Porque el concepto de lo que es el derecho administrativo europeo es algo muy, muy complicado de establecer. Y es muy complicado de establecer porque no tiene un solo significado. Es una expresión polisémica. Derecho administrativo europeo será una cosa u otra distinta según el ámbito al cual nos refiramos. Y vamos a señalar tres. Vamos a señalar tres de estos ámbitos. Vamos a hacer también mención a cuál va a ser el significado de ese derecho administrativo europeo que vamos a utilizar nosotros en la asignatura. Vamos a ver los tres y luego vamos a decir cuál es el que vamos a usar. Vamos a hablar del tercero. Vamos a decir cuál es el que vamos a utilizar nosotros en la comprensión y en la explicación de la asignatura. Bien. Primer ámbito. Primera explicación de lo que es el derecho administrativo europeo. Por derecho administrativo europeo entendemos al derecho de la ejecución del derecho europeo. ¿Vale? Derecho administrativo europeo. En tanto en cuanto... Derecho de la ejecución del derecho europeo. En un sentido amplio, aquí estaríamos hablando del régimen jurídico europeo de la administración europea. Y también el régimen jurídico de las administraciones nacionales como ejecutoras directas del derecho europeo. ¿Veis aquí, no? Administración europea ejecutando el derecho europeo. Administraciones nacionales ejecutando derecho europeo. Dos elementos que vamos a evaluar mucho sobre ellos. ¿Vale? Administraciones nacionales ejecutando derecho europeo. Hablamos del llamado principio de administración indirecta. ¿Vale? Principio de administración indirecta. Mejor dicho, hablamos del principio... Hablamos erróneamente del principio de administración indirecta. En tanto en cuanto deberíamos hablar del principio de ejecución. Ejecución indirecta. Lo vamos a ver, insisto, a lo largo del curso. Y en segundo lugar, también relacionado con estas administraciones nacionales ejecutando derecho europeo, tenemos que señalar aquí el llamado principio de autonomía de los estados. El principio de autonomía de los estados es aquel que nos dice que existe libertad dentro de los estados para decidir qué órgano ejecutar. Ejecuta el derecho administrativo europeo. Y siguiendo qué procedimiento se va a llevar a cabo tal ejecución. ¿Vale? Entonces vemos... Los estados pueden decidir qué órgano ejecuta el derecho europeo. Y tenemos un principio de administración indirecta, que debería ser de ejecución indirecta, que nos dice que parte del derecho europeo lo ejecutan directamente los estados. Claro. Pero esto puede conllevar, puede arrastrar o puede llegar a convertirse en una enorme diferenciación de un derecho que debe ser europeo dentro de cada uno de los estados. Por lo tanto, esto tiene que tener un límite. ¿Cuáles son los límites a estos dos principios? Al principio de ejecución por parte de los estados y al principio de elección del órgano y el proceso de ejecución del derecho europeo. Los límites van a ser la uniformidad del derecho europeo. No solamente va a existir una norma común, sino que va a existir necesariamente una interpretación común a esa norma y además va a existir también una interpretación uniforme sobre esa norma. Por lo tanto, lo que se va a producir es una predeterminación y un condicionamiento del régimen jurídico nacional de ejecución sobre el derecho europeo. El régimen jurídico nacional va a ejecutar el derecho europeo, pero con un precondicionamiento, con una predeterminación de cara a esa ejecución del derecho europeo. ¿Vale? Esa es la primera explicación con respecto a la expresión derecho administrativo europeo. Dijimos que vamos a ver tres. ¿Vale? Y dijimos que además la tercera va a ser la que vamos a utilizar nosotros de forma habitual. La primera, ¿qué era? Derecho de la ejecución del derecho europeo. La segunda, derecho administrativo europeo como resultado de la europeización de las administraciones de los Estados miembros. Es que tiene bastante relación con lo que vimos en el punto anterior. Derecho administrativo europeo como resultado de la europeización de las administraciones de los Estados miembros. Es decir, de la progresiva uniformización dentro de un esquema europeo para las administraciones de los Estados miembros. Y, tercera explicación de esta expresión de derecho administrativo europeo. ¿Vale? Primera, dijimos, derecho a la ejecución del derecho europeo. Segunda, progresiva europeización de las administraciones de los Estados miembros. Tercera, que es la que vamos a utilizar nosotros en el curso, en las explicaciones. Derecho administrativo europeo, en tanto en cuanto, derecho de la administración europea. ¿Veis que es un sentido mucho más restringido? Es la explicación, es el ámbito en el cual estamos restringiendo más este elemento. Por administración europea que comprendemos todos los órganos y organismos de la Unión Europea. Más estrictamente, por administración europea, ¿qué entendemos? La estructura orgánica encargada de ejecutar a escala europea, el derecho y las políticas de la Unión Europea. El derecho y las políticas de la Unión Europea. Insisto, esta es la acepción que vamos a utilizar en la asignatura. Así que... Hemos visto lo que es derecho administrativo europeo, hemos visto que es una expresión polisémica, hemos visto cuál de esos significados es el que nosotros vamos a utilizar. Vamos a pasar a la siguiente definición. Y la siguiente definición nos habla de la administración europea. La misma administración, perdón, europea. La necesidad de la aplicación uniforme y eficaz del derecho europeo acarrea, en su propia definición, reanalizad la frase, aplicación uniforme y eficaz del derecho europeo. Acarrea, insisto, en su propia definición, la necesidad de crear una estructura de tipo supranacional, mejor dicho, una estructura administrativa de alcance supranacional que asuma esa ejecución. Una estructura administrativa de carácter supranacional que asuma... Esa ejecución. Es, por tanto, la administración europea una creación que viene propiciada por la misma necesidad. Por la necesidad. Con todo, es una creación tardía. Y es una creación tardía, que ha llegado tarde, debido a diversas causas. Una de ellas es el retroceso en la individualización de la función ejecutiva europea. Por ejemplo, vamos a deber enfrentarnos, por lo tanto, a una figura particular en este sentido, que es el llamado déficit ejecutivo europeo. ¿Qué es el déficit ejecutivo europeo? Bueno, os vamos atrás en la historia. Vais a ver que muchas veces vamos a remitirnos a momentos históricos para explicar algunos de estos aspectos. Por déficit ejecutivo europeo. A lo largo del... Durante la década de los 80, durante la década de los 80, la llamada administración indirecta del derecho europeo se revela como insuficiente. Administración indirecta del derecho europeo, ¿qué significa? Que la Unión Europea, entre comillas, legisla y los encargados de aplicar esta, entre comillas de nuevo, legislación son los Estados miembros. Única y exclusivamente. ¿Qué es lo que ocurre? Que esto, ya os digo, en los años 80 se revela como insuficiente. ¿Por qué? Porque existe una desconfianza, o mejor dicho, la consecuencia es que existe una desconfianza en los Estados miembros para la creación de una administración europea. No quieren ceder el estatus de su autonomía, ¿vale? Bueno, esa desconfianza lo que provoca es que la Comisión Europea asumiese diversas tareas de forma inadecuada, diversas tareas de forma inadecuada. ¿Problema? La integración europea se ha visto siempre como un proceso puramente legislativo y aquí estamos hablando de procesos de tipo ejecutivo. O dicho de otra forma, la ejecución europea, además de ser un proceso legislativo, tiene que ser adecuadamente complementada. ¿Por qué? Porque el surgimiento de una función administrativa europea vendrá provocado por la, vendrá provocado por el mismo surgimiento de una función ejecutiva europea. ¿Vale? Son dos procesos paralelos. Tradicionalmente, los ámbitos del poder europeo son cada vez más y más decisivos. En parte porque la propia credibilidad de la Unión Europea va a depender, en buena medida, de los medios con los que cuente para la aplicación y para la obligación al cumplimiento tanto de sus derechos, de los derechos reconocidos, como de sus políticas. ¿Vale? Claro, nuevamente, no hemos definido todavía lo que es la administración europea y no lo hemos definido adecuadamente porque es un concepto elusivo, es un concepto complicado. En ocasiones es difícil distinguir entre instituciones y administración europea. Es más, este propio concepto, el de administración europea, era negado a priori. Durante la articulación constitucional del derecho europeo, ¿os acordáis que hubo una articulación constitucional del derecho europeo que finalmente no se llevó a cabo? Vamos a ver cómo se salió de esa problemática. ¿Vale? Pues en esos momentos, la administración europea, el propio concepto era negado. ¿Vale? Bajo el término de administración europea, habremos hoy en día de situar tanto la administración de las instituciones, instituciones europeas, como también los órganos y organismos creados para la realización de diversos actos administrativos. Por ejemplo, el Banco Centro Europeo, por ejemplo, las diversas agencias europeas, etcétera. Todo esto lo vamos a ir viendo detenidamente en siguientes temas. Dentro de las propias instituciones, lo que vamos a tener que hacer es distinguir por así decir, dos categorías. En la primera se sitúan la comisión y el consejo y en la otra el resto. La comisión y el consejo son especiales y en la otra están el resto. En un sentido amplio, administración europea la entendemos como una abstracción de todos los aparatos de tipo administrativo que surgen en las instituciones. ¿Vale? En los órganos y en los organismos de la Unión Europea. Eso en un sentido amplio. En un sentido estricto, administración europea será la estructura orgánica encargada de ejecutar a escala europea derechos y políticas de la Unión Europea. ¿Vale? Bien. Pasamos. ¿Cuáles son los elementos del derecho administrativo europeo? Vamos a ver cuatro elementos del derecho administrativo europeo y con esto tendríamos terminado el tema primero. No nos dé tiempo, pero por lo menos veremos un par de ellos. Primer elemento del derecho administrativo europeo, las competencias de la administración europea. Competencias que son de tipo ejecutivo y competencias que les han sido sustraídas por la Unión Europea. Por lo tanto, estamos hablando de una decisión política y estamos hablando de una decisión política que, vuelvo a decir, debe de ser articulada desde un punto de vista legislativo. Debe ser articulada legislativamente. Para identificar estas competencias tendremos que acudir a cada uno de los sectores materiales. Podemos hacer un listado completo de ellas porque sería prácticamente... Obviamente inabarcable. Segundo elemento del derecho administrativo europeo, la organización administrativa europea. Atribuidas una serie de competencias a la Unión Europea, como acabamos de ver ahora, lo siguiente es distribuir el ejercicio de esas competencias entre los órganos de la Unión Europea. Los diferentes tratados, y vais a ver que nos vamos a hacer, vamos a seguir haciendo mucha referencia a los mismos, a lo largo del curso, los diferentes tratados establecen una serie de criterios básicos y el legislador va a decidir posteriormente la atribución de esas competencias y en su caso la creación de nuevos órganos que considere como necesarios para asumir dicha atribución de competencias. Nuevamente todo esto lo vamos a ir viendo a lo largo del curso. Tercer elemento del derecho administrativo europeo, el régimen jurídico de funcionamiento de la administración europea. Problema básico, y nuevamente nos vamos a encontrar con él a lo largo de todo el curso, es un problema enorme. No existe ninguna normativa general en la mayoría de las instituciones. No hay una normativa general en la mayoría de las instituciones. Entonces vamos a ir a sectorialización. Es más, vamos a ir a una aproximación que podríamos llamar de pura casuística y por lo tanto una aproximación que es muy poco eficaz. Aproximación en cuanto a principios y derechos. Principios y derechos que además no están articulados procedimentalmente. Principios y derechos que no están articulados procedimentalmente. Los tratados han ido aportando cuestiones orgánicas, soluciones. En unos casos más o menos amplias. Pero en ningún modo soluciones de tipo general. Queda, por lo tanto, la necesidad de hacer una sólida construcción de tipo teórico y dogmático que pueda ser llevada con posterioridad a la práctica. Y por último, con esto acabamos el tema primero y la clase, tercer elemento, el derecho administrativo europeo. La ejecución del derecho europeo por parte de la administración europea. Otro elemento muy importante. Otro elemento con muy escasas regulaciones positivas. Vais a ver que en esta asignatura, en esta temática, tenemos muy pocas regulaciones de tipo positivo. La mayor parte de las construcciones vienen desde un punto de vista, si queréis, jurisprudencial. ¿De acuerdo? No tenemos un componente teórico y dogmático excesivamente amplio en este sentido. A la hora de la ejecución del derecho europeo van a converger las dos acepciones del derecho administrativo europeo. En tanto en cuanto, en la administración europea va a concurrir, según la distribución, ¿De competencias? O mejor dicho, la administración europea va a concurrir según la distribución de competencias con las administraciones nacionales. Es decir, vamos a ver la concurrencia, la unión, el nexo entre la administración europea y las administraciones nacionales. Vale. Con esto terminamos el tema primero. Por mi parte no quiero avanzar más. no sé si tenéis alguna duda alguna cuestión este vídeo estará esta clase estará colgada a partir de mañana pasado no sé cuando se ejecutará el asunto porque es algo tarda unas horas no sé si tenéis alguna cuestión, alguna pregunta si no hay nada por mi parte lo dejamos aquí no, no, no es interrumpir podéis hacer las preguntas que podéis hacer las preguntas que queráis no sé si tienes alguna pregunta si prefieres ver antes el vídeo y me lo haces la semana que viene no sé si lo que prefieras en 15 días no, en principio la semana que viene si no me equivoco ya te digo, yo creo que es la semana que viene ¿vale? exactamente día 23 son las mismas horas te conectas y podemos hablar a través del chat, etcétera ¿tienes alguna preguntita más? sí, el examen lo hemos comentado al principio no solamente lo que os puedo decir es lo que aparece ahora mismo en la guía de la asignatura por lo tanto consulta la guía de la asignatura que te lo va a poner más claro pero en principio va a ser un examen de tipo test 40 preguntas 3 opciones de respuesta y podéis llevar al examen un manual yo os recomiendo que sea el manual del profesor Fuente Taja Pastor acceder fácil a la clase grabada sí, entras en Inteka vas al repositorio de clases grabadas y pones mi nombre yo soy Marcos Pereda entonces ahí buscas la clase que sea correspondiente a tu asignatura ¿vale? yo soy este señor Marcos Pereda ¿vale? exactamente ¿tienes alguna pregunta más? vale, bueno pues entonces cerramos el el vídeo, nos vemos la semana que viene cualquier pregunta me la podéis plantear por el foro, por el correo electrónico y nada, ánimo con la asignatura venga, muchas gracias