Bien, estamos grabando. Empieza aquí la tutoría de Historia de las Ideas Políticas II, del grado de Ciencias Políticas, y empezamos un poco donde lo habíamos dejado el último día. El último día habíamos estado todavía en Historia de las Ideas Políticas I, que llegaba hasta el Renacimiento, y hoy entraremos en Historia de las Ideas Políticas II, dos que básicamente desde finales del Renacimiento, desde finales porque nos vamos a ocupar hoy de un autor que todavía está situado en la última mitad del siglo XVI, que es Jean Boudin, y empezaremos con el siglo XVII, el siglo del triunfo del absolutismo, explicando un poco los condicionantes y cómo va a influir en la teoría política, y cuáles son los autores que van a poner las bases precisamente para ese refrendo teórico de un régimen democrático. De facto, que va a ser las monarquías absolutistas del siglo XVII, y lo haremos a base de estos dos autores que tenéis aquí un poco a modo de pareado. Por un lado, Jean Boudin, situado, como digo, en los últimos años del siglo XVI, no llegará a conocer el siglo XVII, pero ya un poco antes, y plenamente situado en el XVII, Thomas Hobbes, Thomas Hobbes que será el otro gran teórico de este concepto de monarquía, monarquía absoluta y del concepto de soberanía como pieza fundamental de este concepto de monarquía absoluta, monarquías que caracterizarán tan claramente el siglo XVII. Con figuras como Luis XIV, que todos tenemos un poco ya en nuestra mente y nuestro imaginario personal. Y vamos un poco ahora ya a explicar, dar una visión un poco general, contextual, histórica. Del siglo XVII. Habíamos visto ya en la última clase una introducción general al siglo XVI y al Renacimiento, viendo un poco los distintos elementos que estaban, un poco cruciales que había y que caracterizaban un poco a este siglo XVI, este siglo XIX de Renacimiento. Y aquí os traigo a colación esta imagen precisamente para hacer un contraste con esos otros elementos que algunos parten de ese siglo XVI, de problemas no resueltos del siglo XVI, como por el enfrentamiento entre católicos y protestantes y otros que parten de una continuidad, como por ejemplo esa creación del Estado moderno que ahora en el siglo XVII va a sentarse dando lugar a incluso esa ideología refrendadora del Estado moderno y de las monarquías modernas que es el absolutismo. Hay elementos que continúan tanto en uno u otro siglo y que cubrirán toda la edad moderna, como por ejemplo esa idea de contraste. Entre una movilidad social por motivos económicos y otro tipo y una sociedad organizada rígidamente en unos compartimentos estancos mediante ese sistema estamental, los que el clero, la nobleza, el pueblo llano, tercer Estado y que en cierta forma irán articulándose esta dicotomía no resuelta hasta finalmente que acabe la edad moderna. Cuando ya con la revolución francesa y la desaparición, la desaparición del antiguo régimen, pues entremos en un mundo como es el nuestro en el que el único criterio de movilidad social precisamente es el económico y no otros aspectos de desigualdad jurídica, económica o de estatus social como ocurría en el sistema estamental. Pero bueno, esto como digo no lo vamos a tratar demasiado porque digo que son los elementos que tienen continuidad prácticamente en toda la edad moderna y ya desde la época medieval. El poder esencial por un lado, como digo, en nuestra exposición va a ser esa idea del Estado moderno. El Estado moderno que en algunos países europeos, no en todos, va a tener un proceso de involución. Ese sistema de concentración del poder en el monarca, esa creación de un aparato estatal del monarca en detrimento del poder de la nobleza, de la antigua nobleza feudal, en algunos países, pero van a ser países realmente de mucha importancia a lo que vamos a ver en esta tutoría y la siguiente, va a haber un proceso de... de vuelta atrás, va a haber un intento de la nobleza de recuperar poder esquilmando un poco ese poder que había amasado la monarquía. Va a haber en el caso por ejemplo de Francia, monarcas débiles y va a haber un intento de la nobleza amparada en esos conflictos religiosos de sustraer poder al aparato de la monarquía francesa. El caso de Inglaterra, que veremos más detalladamente con Hoth, es un caso particular en el que se puede decir que el sistema absolutista finalmente será derrotado y quien triunfará precisamente serán los partidarios de una visión un poco más equilibrada y repartida del poder político y no esa idea de surdista en que todo el poder, al menos teóricamente, está en manos del soberano y del estado que le sirve de máquina. Eso por un lado. Hay un intento en algunos países europeos, Francia, el sacroimpero hermano germánico, de hecho, el poder de los emperados alemanes queda reducido a un primus inter pares sin más y lo que terminará triunfando serán los príncipes territoriales. Pero el caso de Francia especialmente, en definitorio, porque a ese intento de recuperación, a ese intento de volver a adquirir cierto poder de la nobleza, va a seguir terminar las guerras religiosas, un reforzamiento todavía más acentuado del poder real de la autoridad de la monarquía sobre los antiguos poderes territoriales y femenales. Por lo tanto, esos elementos van a ser importantes y van a estar un poco en la discusión que vamos a ver un poco en estas tutorías. Y por otro lado, el problema del conflicto religioso. Conflicto religioso no resuelto, la dicotomía europea entre católicos y protestantes, países de confesión católica, países de confesión protestante, pero también países donde hay minorías de la autoridad de la monarquía. Incluso, minorías dentro de esas confesiones religiosas. En el caso de Inglaterra, por ejemplo, la minoría religiosa de los puritanos calvinistas van a entrar en conflicto con la iglesia protestante anglicana inglesa, la iglesia un poco oficial del estado. En el caso de Francia va a ser conflicto entre los hugonotes, también de adscripción calvinista y los católicos. Estos dos bandos van a ser los que van a enfrentarse en este conflicto. Esta guerra religiosa, pero también guerra civil, será una auténtica guerra civil dentro del Reino de Francia que va a ser las guerras religiosas entre 1562 y 1598, a finales del siglo XVI. Pero que marcarán, en cierta forma, la evolución posterior de la monarquía francesa y, como digo, ese retorno a un poder todavía más reforzado del monarca, precisamente después de este periodo de debilitamiento del poder real. Otro caso. En el caso de estas guerras civiles religiosas, el caso de la guerra civil inglesa, en la que se enfrentarán, por un lado, contra el poder absoluto del monarca, pero también contra por cuestiones religiosas y saldrán triunfadores, en cierta forma, una facción religiosa muy concreta, capitaneada por Cromwell, que se basa en los puritanos que durante un tiempo, en la época de la Commonwealth, en la época de la mancomunidad, podríamos traducir como república también, van a hacerse con el control del gobierno. Luego sucederá la restauración absolutista, pero a su vez después habrá una revolución, la llamada Revolución Gloriosa, que eliminará de nuevo, pese al tibio intento de absolutismo que se dio durante ese periodo muy breve de restauración de los estuartos. Y en el último caso, la guerra de estas guerras civiles religiosas va a ser la guerra de los treinta años, que va a ensangrentar prácticamente a toda Centroeuropa, teniendo como epicentro el Sacro Imperio Romano Germánico, ya situando a finales de la segunda mitad, prácticamente hasta mediados del siglo XVII, y que va a marcar, después de esa paz de desfalia que va a poner fin a esta guerra de los treinta años, va a marcar un poco el concierto y el orden europeo general y el equilibrio entre las distintas potencias europeas a posteriori de lo que queda de siglo hasta prácticamente el siglo XVIII. Por lo tanto, en el siglo XVII podemos decir... Simplificando, que va a ser un siglo de crisis y inestabilidad. Va a ser un siglo de crisis por las guerras, guerras tanto en las distintas potencias europeas como estas guerras civiles por motivos religiosos que se van a dar en estos casos que hemos comentado. También va a haber epidemias, epidemias con el retorno de la peste negra que llegará hasta mediados del siglo y asolará de nuevo con una mortandad catastrófica el continente europeo. Va a haber hambrunas, facilitadas por una coyuntura climática desfavorable, la llamada pequeña edad de hielo, un periodo especialmente frío que también durará aproximadamente buena parte de la segunda mitad del siglo XVI hasta mediados del siglo XVII y que generará malas cosechas y grandes hambrunas que diezmarán la población europea. Y fruto de todo esto va a estar... También una visión más pesimista y más negativa del mundo y del ser humano. Frente a ese optimismo renacentista vamos a tener esa mentalidad del barroco del siglo XVII que es esa mentalidad tenebrista, que está pensando en la muerte, pensando en la decadencia, pensando en cuestiones y defendiendo muchas veces, como veremos en el caso de Hawks, una visión del ser humano profundamente negativa y poco desde luego optimista sobre el carácter del ser humano. Como ente de la naturaleza y el papel del ser humano e incluso un carácter bastante negativo de cómo se origina la sociedad. Y por otro lado, contrastando con esto, va a ser el momento de reforzamiento del Estado y también va a ser, en el siglo XVII, el momento de desarrollo de la ciencia. Frente a esa intolerancia religiosa, a esa censura de corrientes de pensamiento, va a haber también un gran desarrollo de la ciencia. fundamentalmente, de manera más general y filosófica, por los movimientos como van a ser el empirismo, en el caso inglés, y el racionalismo, en la reciente francesa. Figuras como Newton, Descartes u otros grandes científicos que van a hacer avanzar la ciencia profundamente durante todo el siglo XVII. Y al mismo tiempo de esto, también va a haber una crítica a la tradición clásica. Una crítica que se va a situar en el ya llamada querella de los antiguos y los modernos, en la cual se van... A contrastar la literatura de los antiguos, la literatura de los autores desde momentos modernos, la filosofía de los antiguos, la filosofía de los modernos. El sistema de Descartes no deja de ser un sistema filosófico de pensamiento racionalista alternativo a los sistemas de pensamiento de la antigüedad, como por ejemplo el de Aristóteles. Y en cierta forma, esta crítica y este no seguidismo a los moldes clásicos, a esa antigüedad que en los recientos se entendía casi como un canon. Y superable va a ser importante para el reforzamiento de la idea de modernidad, para dar sus caracteres definitorios a la modernidad como periodo. Cuando esas características de la edad moderna se separan un poco de esa idea simplemente de imitar, de clonar, de hacer regacer ese pasado de la antigüedad clásica y adquieren una autonomía y adquieren unos caracteres realmente originales. Por lo tanto, como veis, es un siglo muy complejo. Y partimos para hablar de este periodo absolutismo de un autor que no verá este siglo, que morirá prácticamente cuatro años antes de que empiece el siglo XVII, que es Jean Baudin. Pero Jean Baudin es un autor que no solo va a poner las bases para la teoría de la monarquía absoluta que luego va a desarrollar más sistemáticamente con otro tipo de elementos maquinistas y en cierta forma un poco más cientificistas. Pues no solo va a poner las bases para esa teoría de la monarquía absoluta, sino también va a ser un autor de transición en todos los aspectos. Baudin es un autor polifacético, es un auténtico polífrago que escribe sobre economía, es uno de los primeros que se entiende como uno de los primeros teóricos de la teoría económica moderna que tiene una serie de estudios sobre la fluctuación de los precios de la moneda. Es un teórico político que pretende ser, en cierta forma, aunque al final terminamos siendo un pesador excesivamente original, pretende ser, en cierta forma, el Aristóteles y que su obra, las seis libros de la República, sea la política del siglo de su época, pretende hacer la misma fundamentación de la ciencia política que había hecho Aristóteles en la antigüedad. Pero al mismo tiempo, al mismo tiempo que tiene estos aspectos que nos llevan a la modernidad, también tiene dos aspectos tremendamente anclados en la tradición e incluso en el mundo medieval como, por ejemplo, el hecho de que haya sido autor de un manual de la persecución de las brujas, la famosa demonomanía de las brujas, de los hechiceros. Es un manual en el que se da credibilidad absoluta, a pesar de ser un pensador racionalista, plenamente renacentista, que incluso avanza determinadas cosas del siglo XVII, pues a pesar de ser... Tener ese carácter racionalista, Poudin es una persona que cree fervientemente en la existencia de la magia, de la brujería, de la intervención del demonio y de entes sobrenaturales y escribe un tratado en la más típica tradición tardomedieval de esos tratados para la persecución y el descubrimiento de las brujas como es este demonomanía de Sorciers. Por lo tanto, vemos que es un autor tremendamente complejo y tremendamente, en cierta forma, paradójico y que se define muy bien esa idea de que es un autor que está a medio camino, es un autor que está, podemos decir, hace un poco de engranaje de llave entre un siglo y otro. Y también se va a ver en su trayectoria política, en su trayectoria política en la cual, siendo un ferviente católico, ese tratado de brujería cuadrado bastante con la religión, con la religiosidad fundamentalmente ultracatólica, bueno, ultracatólica, casi podríamos decir fervorosamente católica que tenía Bodín, pero al mismo tiempo va en los aspectos políticos y con respecto a ese problema de las guerras de religión tiene una posición bastante pragmática y bastante moderna en el cual entiende que hay que, en cierta forma, desligar las cuestiones religiosas de este conflicto civil y que lo importante es el interés público y eso le lleva a adoptar la corriente de los llamados políticos, los políticos que eran intelectuales pensadores fundamentalmente católicos, pero que a pesar de su catolicidad estaban a favor de una cierta tolerancia religiosa hacia los protestantes. No era una tolerancia por convicción porque ellos consideraban que la creencia de los protestantes era legítima, de hecho eran católicos asérrimos y pensaban que los protestantes obviamente estaban equivocando, estaban errando, tenían unas creencias falsas, pero consideraban que por la estabilidad del reino, por el interés público, por evitar el conflicto civil que luego se daría en estas guerras de religión era necesario tener cierta tolerancia y reconocer una tolerancia, por lo menos por ese motivo práctico a los protestantes. Ellos veían ya, en cierta forma, pragmáticamente, ese problema que existía de facciones nobiliares asociadas a estas ideologías religiosas que luego llevaría a esas guerras de religión a enfrentamientos entre esas dos facciones, los hugonotes y la facción de los católicos. Pero detrás de la cual no solo estaba el conflicto religioso y la ascripción religiosa de un determinado señor feudal, de un determinado noble a una creencia, sino también un intento de la nobleza de reducir ese poder consolidado que había tenido durante la época de Francisco I la monarquía francesa. Era un poco un intento de recuperar un cierto poder de la nobleza. No solo en el bando de los hugonotes protestantes sino incluso los nobles católicos que intentaron con estas guerras de religión esquilmar un poco ese poder del aparato estatal. Por lo tanto, va a ser un hombre que, teniendo sus creencias, va a tener en el sentido político una visión pragmática. Y eso se va a reflejar también muy bien en su obra, en la cual es una obra en la que no abandona esa idea de que los monarcas y la monarquía es una institución querida y, en cierta forma, garantizada por el beneplácito de Dios, pero no la justifica con argumentos teológicos. Va a hacer una justificación puramente secular basada en argumentos históricos, basada en argumentos jurídicos y basada en argumentos derivados de la propia y dura razón deductiva o inductiva. Por lo tanto, va a plantear una explicación secular que va a reformular como veremos, esa teoría medieval en la que el soberano era depositar la soberanía en cierta forma por delegación divina. Él va a dar una justificación de esta teoría de la monarquía pero en base a elementos plenamente seculares y que caracterizan este movimiento de la modernidad. Del que, por lo tanto, pues, en cierta forma, ya es un primer abanderado. A pesar de, en otros aspectos, ser profundamente tradicional. Por lo tanto, hay que entender como digo, que este enfrentamiento que va a vivir Bodín, estas guerras de religión, que durante sus últimos años va a ver los horrores de estas guerras de religión y el daño de sangre que va a causar en el reino de Francia y que prácticamente, siendo una de las grandes potencias europeas se va a ver durante este periodo alejado de cualquier papel en el plano internacional europeo simplemente por sus propios problemas internos. Y ve el peligro que existe y el peligro de facto que se da durante estas guerras de religión de ese debilitamiento del poder real. Que una monarquía débil no es capaz no puede garantizar esa estabilidad y esas guerras de religión son, en cierta forma, ese enfrentamiento entre bandos, entre facciones de la nobleza son el resultado de esa incapacidad de los monarcas, de una monarquía débil por controlar y mantener ese orden y por lo tanto esa paz dentro del reino. Por lo tanto, estas dos ideas ese shock que provoca las guerras de religión y esta idea de que la única forma de restaurar la paz, el equilibrio el orden en el reino y evitar ese conflicto civil sangriento es, de nuevo, reforzar el poder noble para estar en la base y en la finalidad de su tratado, de su obra política. Como resultado de esto, el tema recurrente el tema básico, el tema central del Bodwín va a ser el tema de la soberanía. La soberanía que es un concepto que, en cierta forma en sentido moderno, se puede decir que él prácticamente acuña frente a esos tratados medievales sobre la monarquía como por ejemplo podría ser el de Dante como por ejemplo podría ser el defensor Pachis de Marsillo de Padua Bodwín va a plantear un concepto de la soberanía plenamente moderno y que luego servirá de base para la elaboración que hace Hobbes que es, en cierta forma, discípulo indirecto, o bastante directo podemos decir de Bodwín en muchos aspectos. ¿Y qué define a esta soberanía? ¿Este concepto de soberanía? Pues básicamente la soberanía, en términos de Bodwín es el poder absoluto e ilimitado que tiene un soberano el sujeto que tiene el gobierno que, en el esquema ideal de Bodwín preferiblemente es una monarquía es un monarca, es un único titular de esa soberanía, pero que también admite, siguiendo la estelada de Aristóteles que pueda haber casos en que el titular de esa soberanía sea el pueblo en conjunto o que sea un grupo del pueblo como un grupo determinado social del pueblo, como puede ser el caso de un gobierno aristocrático, en el que el titular de soberanía es ese grupo de aristócratas, o bien, en un gobierno democrático, lo que él llama gobierno popular el titular del conjunto de la soberanía es el pueblo subconjunto. Pero, obviamente según Bodwín, la forma más perfecta de gobierno soberano es precisamente el gobierno de uno solo, porque es el que evita que surjan esas disensiones que en los otros dos casos, en el gobierno aristocrático y en el gobierno popular siempre pueden aparecer por distintos intereses particulares de unos u otros. Y la segunda idea es que ese poder es absoluto y limitado, y que el monarca es el garante del orden y la paz. Es el garante del orden y la paz, e incluso podríamos decir más, el monarca es el garante de la existencia de la sociedad, de la sociedad como comunidad política. Si no hay monarca, la comunidad política no existe. De hecho, es lo único la figura de ese monarca de los poderes ilimitados, lo que garantiza que los sujetos en este caso los grupos familiares, que para él van a ser la base de la comunidad política son los únicos ese único elemento que hace que se mantengan unidos dentro de una comunidad política. Si no, se enfrentarían entre ellos y entraríamos en un estado de anarquía que él ve a través de esa imagen de las guerras de religión. Por lo tanto, como digo influencia de Aristóteles y también es muy importante su formación como jurista. Hay muchos detalles de erudición de precisión de un concepto u otro discusiones que hace Bodín muy detalladas de determinados elementos determinados elementos de casi podemos decir, de detalle que están precisamente determinados por esa formación esa profunda formación como jurista. Jurista y también historiador porque Bodín, como digo, fue un hombre un auténtico polígrafo que escribió sobre teoría de la historia método científico demonología, todo tipo de capos. Un auténtico hombre racentista. Y esta idea de soberanía es importante y recibe la influencia de Aristóteles. Toma un poco a Aristóteles como modelo, pero obviamente adaptándolo al contexto de los estados modernos, de las monarquías modernas que son podemos definir con esa idea de monarquías compuestas que no vamos a explicar ahora aquí. Por lo tanto entiende Bodín que hay que adaptar esa teoría de Aristóteles pensada para la ciudad-estado, ciudad antigua adaptarla a un contexto muy distinto como son los estados territoriales de la edad moderna. Aquí tenemos una frase de Carl Smith, un jurista que reclama un poco la paternidad, ese concepto de soberanía por parte de Bodín y explica un poco ese contexto en enfrentamientos por consolidación del poder monárquico en el que lo atesta. Carl Smith va a recuperar en su teoría del derecho a Bodín y a Hobbes, pero bueno, ya sabemos por dónde cojeaba ideológicamente Carl Smith y porque le interesaba precisamente defender esa idea de soberanía, de poder ilimitado que defendían Hobbes como Bodín, fundamentalmente por su ascripción al régimen nazi, como jurista de cabecera prácticamente de los nazis que era Carl Smith. Por lo tanto defendía esa idea del estado absolutista trasplantado y traducido a el contexto nazi, pues hizo que Carl Smith prestara especial atención a este autor. Pero el análisis de Smith no deja de ser interesante en algunos puntos como cuando señala y analiza ese concepto de poder extraordinario que tanto Bodín como Hobbes confieren al gobernante, al monarca. Y como digo su obra principal en este sentido de teoría política va a ser los llamados seis libros de la república publicados en 1576 y en el que plantea esos seis libros una serie de cuestiones. Básicamente os voy a hacer una síntesis aquí, aunque también incluye otros aspectos como por ejemplo la influencia del clima en la formación y en el carácter de unas sociedades de otros y del tipo de gobierno que hay en una sociedad de otras, que no vamos a tratar aquí, queda un poco más exóticos a nuestro tema. Pero sí que vamos a destacar aquí una serie de temas que están contenidos en estos seis libros. Por un lado, y un poco lo que va a tratar en el primer libro es el problema de la definición, cómo se define la república, el gobierno, la comunidad política cuáles son sus orígenes y cuál es la finalidad de esta comunidad política, de esta república. Y para ello va a tomar una visión realista y basada en datos empíricos. Y en esto parte de la misma idea que había tomado Aristóteles. La idea de que no vamos a mirar construcciones ideales como Platón o como en el caso de Bodín, Tomás Moro, Campanella u otros autores que planteaban esas sociedades ideales con gobiernos perfectos, sino que él se va a ceñir a los realmente existentes. Se va a ceñir al marco constitucional de Francia y se va a ceñir a ejemplos del derecho antiguo, del derecho de su época que nos definen formas de gobierno realmente que existen o que han existido y que pueden servir de base para un análisis real de cómo funciona el poder político y cómo funciona el gobierno. Otros temas que son importantes. Las bases de la comunidad política. Aquí hay una influencia de Aristóteles. Él entiende como Aristóteles que la comunidad política se forma sobre una base previa prepolítica que es la familia. En caso de Aristóteles también pasaba lo mismo. El oikos, la casa, la familia formaba la unidad por la cual como agregación se formaba después esa comunidad superior que era la comunidad política. El tema de la familia lo va a enlazar Bodín con el tema de la propiedad. La propiedad es entendida como propiedad de sujetos que forman parte de una familia. Por lo tanto la familia y la propiedad privada irán unidos. Bodín entenderá que hay ámbitos públicos, que hay ámbitos que son propiedad de todos. Las calles, el territorio de un país, todos los elementos que forman parte de lo público pero que al mismo tiempo no se puede eliminar ese elemento privado que está formado por la familia y sus posesiones es decir, por la propiedad privada. No se puede eliminar la propiedad privada porque en cierta forma es la base sobre la que se construye la comunidad política. Idea que también estaba Aristóteles. No se podía reducir a ese estado comunitario que planteaba Platón, como decía Aristóteles porque eliminaríamos las propias bases sobre las que realmente se forman las comunidades políticas que son esas unidades particulares privadas que son las familias y sus propiedades asociadas. Por lo tanto hay esos elementos que en cierta forma quedan resguardados de la invasión de lo público, de la invasión de lo común, que son la familia y la propiedad privada. Y eso se verá muy claramente por ejemplo en la cuestión de los impuestos. El poder del monarca es absoluto pero el monarca no puede exigir al pueblo el cobro de impuestos. Tiene que ser autorizado por el pueblo representado en los parlamentos, en los estados, los llamados estados de las distintas regiones de Francia o en los estados generales que representan a todo el reino de Francia y cuya función en la práctica era aprobar los impuestos que el monarca proponía o no que el monarca proponía. ¿Cuál es la justificación de esto? Que el cobro de impuestos era un ámbito en el que la monarquía, el poder, el estado, entraba en el ámbito privado, en el ámbito de la propiedad porque esos impuestos se pagaban con las posesiones como resultado de la riqueza que derivaba de las posesiones de ese grupo familiar de esos sujetos particulares que pagaban los impuestos. Por lo tanto necesitaban la aquiescencia de esos sujetos que aceptaban o no, a través de sus representantes en esos estados generales en esos parlamentos, pagar los impuestos o no pagar los impuestos que el monarca les exigía. Esto es una cuestión que veremos un poco más en detalle después. Características del poder soberano otro elemento. ¿Cuáles van a ser las características que definen este poder? Y, derivado de esto si el poder soberano es legítimo obviamente la respuesta de Bodín va a ser que obviamente el poder del soberano es siempre legítimo. Y, de hecho, no hay posibilidad de cuestionar esta legítimidad del soberano y no se puede incluso revelar el pueblo contra un soberano injusto. Porque, como el soberano en cierta forma es el garante del orden social ir contra el soberano, aunque fuera un soberano tiránico e injusto llevaría a un mal mayor que sería la ruptura del orden y de la estabilidad. De cierta forma, Bodín pensaba lo que también dijo Goethe en esa frase de prefiero la injusticia al desorden. Pues, Bodín traumatizado en cierta forma por esta religión prefería incluso que hubiera un soberano injusto a que hubiera ese desorden social que él traía inmediatamente esa imagen de ese baño de sangre de las guerras civiles y el enfrentamiento entre bandos en las guerras civiles. Y también un último elemento distinguir a distintas formas de gobierno basando también en el molde aristotélico. Aristocracia democracia, lo que él llama gobierno popular y por otro lado monarquía. Y también definir un poco cuál de ellos es el más apropiado. Y obviamente el más apropiado según Bodín es la monarquía en la que solo hay uno que gobierna. Y aquí vemos la definición que en este primer elemento da Bodín. La república es un recto gobierno de varias familias la república es una agregación de familias, unidades familiares y de lo que es común entre ellas. Tiene que haber un ámbito común. Hay el ámbito particular de la familia y hay un ámbito que es común, que define por ejemplo las fronteras de un país, la plaza de una ciudad, las calles, los caminos, todos esos elementos que no pertenecen a nadie pero pertenecen a todos. Lo que es común entre ellas entre los grupos familiares lo que está en medio, lo que está en el espacio público con poder soberano. El poder soberano es lo que define como veremos el gobierno. Y luego esta frase de que definitivamente no quiere diseñar una república ideal sino ver los casos concretos de la realidad política. Por lo tanto, la visión realista de la política, la familia como elemento prepolítico de base, la propiedad y de nuevo lo que comentaba, la imposibilidad de eliminar la propiedad porque en cierta forma es necesario esa existencia de la propiedad porque es una de las bases en la que está asentada la propia familia y además entiende con ese argumento de la tragedia de los comunes que también estaba en Aristóteles que de hecho los ciudadanos particulares no tenían interés por preocuparse por lo común. No tenían interés por preocuparse por lo común y si dependiera de la buena voluntad de los ciudadanos atender a las cosas comunes, a lo público, de hecho como ellos están más interesados en sus intereses particulares, no atenderían y quedaría en cierta forma todo eso desatendido. ¿Cuál es la única forma, cuál es lo único que permite atender a ese interés público a ese bien general, ya que no son los ciudadanos particulares ya que no son esos grupos que forman la sociedad por la existencia de un poder soberano que se ocupa de garantizar ese bien público ese bien común. Y que por lo tanto, ese elemento podemos decir que es lo que da existencia lo que da coherencia y lo que da cohesión realmente a la comunidad política republicana. Por lo tanto, en la idea de Bodin no hay comunidad política sin Estado. Esa idea que tenemos ahora a través del conocimiento antropológico de esas sociedades sin Estado, para Bodin habría sido totalmente totalmente absurda, no cabría en la cabeza de Bodin, que pudiera haber sociedades con una organización política pero sin Estado. Por lo tanto, para Bodin, el Estado y el poder soberano que este personifica son lo que define la propia comunidad política. Y frente a eso lo único que está es un Estado casi naturaleza en que cada familia vive a su libre albedrío y no hay nada que las una todas entre ellas. Un poco recordando también esa idea de Hobbes. La república sin el poder soberano no existe. Y de hecho, da igual cuál sea la forma, el tamaño y el número de miembros de esta comunidad política. Puede ser una comunidad política enorme, puede ser un imperio, puede ser una ciudad o una pequeña villa o incluso una aldea. Incluso él dice, un ejemplo un poco extremo, que tres familias podrían formar una comunidad política, formar una república. Lo único que haría falta es que unos determinados por lo menos uno o dos de estas familias mandasen, tuvieran poder sobre los demás. Si existe un poder de uno que gobierna sobre los demás, ya existe comunidad política porque es lo que da un poco el cemento a la comunidad política. Por lo tanto, si hubiera una comunidad política, según este ejemplo un poco hiperbólico de Bolín, que solo hubiera tres familias, si uno de una familia gobernara simplemente sobre las otras dos. Ahí ya tendríamos una comunidad política muy, muy, muy, muy mínima. Y dice, de hecho, que no es que una república formada por tres familias es tan perfecta como puede ser todo un país o como pudiera ser un gran imperio. Y esta idea de que el poder soberano, la existencia de un poder soberano, de un poder de alguien que gobierne y al cual están sometidos los miembros de esa comunidad política, es lo que define la propia comunidad política, es lo que le permite distinguir y lo que le lleva a distinguir en cierta forma motivado por esa idea de seguir Aristóteles, pero al mismo tiempo teniendo que adaptar Aristóteles a otro contexto muy distinto como es el de la edad moderna. Le lleva a plantear la diferencia entre ciudadano y súbdito. ¿Qué está detrás de esta idea de ciudadano y súbdito? Pues súbdito, súbdito, según Bodín, es todo sujeto que está sometido al poder de otro, a un poder soberano. Hay que distinguir poder soberano de poderes secas. Lo pone al inicio del libro 1, Bodín compara un poco antitéticamente el poder soberano al poder de una banda de ladrones que a través de las armas, de la coacción simplemente, tienen un poder de atemorizar a sus víctimas. Pero eso no es poder soberano. Porque el poder del soberano no es sólo poder de coacción, no es sólo poder utilizar la violencia, sino también es un poder legítimo, un poder que está basado en el derecho en la legislación. Y de hecho el papel del rey es precisamente garantizar ese orden legal. Por lo tanto es un poder que tiene legitimidad frente al poder que simplemente es el poder de la fuerza o de la mera cohección. Por lo tanto, el que está sometido a un poder soberano es súbdito. De resultado, ¿cuál es la definición de ciudadano según Bodín? Pues el ciudadano es un súbdito, pero de condición libre. Es muy distinta en realidad que la definición que daba de ciudadano por ejemplo Aristóteles o todos los autores de Antigüedad Clásica en que el ciudadano es un sujeto titular de derechos políticos. Aquí el ciudadano no es titular de derechos políticos porque el poder político está en manos del soberano no el ciudadano. El ciudadano está sometido a ese poder político, pero conserva una serie de derechos que constituyen esa capacidad de ser libre. Y es interesante porque esto, el ciudadano es un súbdito libre, pero súbdito y ciudadano no son equivalentes. Todo ciudadano obviamente es un súbdito de condición libre, pero al mismo tiempo hay súbditos que no son libres y por lo tanto no son ciudadanos. El caso, por ejemplo, que pone Bodín partiendo de Aristóteles, y de hecho retoma un poco la discusión de Aristóteles si la esclavitud es natural, llegando a la conclusión obviamente como autor cristiano que la esclavitud no es natural no hay seres humanos que sean esclavos por naturaleza es una cosa construida posterior y no forma parte de la esencia de algunos seres humanos ser esclavos como defendía Aristóteles. Pero bueno, vamos al tema. Los dos ejemplos que pone. El esclavo está sometido a un poder está sometido al poder de su amo que no es un poder soberano. Es un poder de un amo sobre algo que es su propiedad por lo tanto implica una coacción. Pero el esclavo, dentro del territorio de un país, dentro del territorio de un reino dentro de un imperio reino, tiene que cumplir las leyes de ese reino, que están garantizadas precisamente por el poder soberano. Por lo tanto, no sólo está sometido al poder no soberano de su amo, sino también está sometido al poder soberano del rey que impera en ese territorio en el que esclavo vive. Y al mismo tiempo, un extranjero que no es ciudadano de ese reino, que no es que no forma parte de ese reino, cuando está en el territorio gobernado por un rey tiene que someterse al poder y la autoridad de ese rey. Si comete un crimen, va a ser juzgado por los oficiales de justicia de ese rey y va a ser juzgado y prendido por la policía de ese rey. Por lo tanto, está sometido, también es súbdito de ese poder soberano. Aunque no tiene los derechos de un ciudadano no tiene esa condición libre bajo las leyes de ese rey. Por lo tanto, esa diferencia entre súbdito y ciudadano. Ellos llevan también a una diferencia en la cual entraremos en el caso de Bodín que es la diferencia entre quíbitas, ciudad, entendida como la ciudad-estado, comunidad política tipo ciudad-estado y por otro lado república. Él va a distinguir república de quíbitas, ciudad-estado contrastando un poco con lo que pasaba en el mundo antiguo que quíbitas polis eran sinónimos de república pues aquí no, aquí república va a ser el reino de Francia, por ejemplo, va a ser una república y dentro del reino de Francia va a haber territorios como por ejemplo el ducado de Uvernia determinadas ciudades que tienen un estatus especial que van a ser quíbitas, van a ser estados con sus propias leyes, algunos con sus propios parlamentos, pero que van a formar parte desagregado de esa monarquía compuesta que es la francesa en la cual hay una misma cabeza y un mismo aparato estatal que se impone bajo esos regímenes civiles particulares de regiones, ciudades también entra aquí la idea de privilegio, determinados grupos de la ciudad que tienen un estatus privilegiado que por lo tanto tienen unas características legales diferentes, pero que no obstante están siempre sometidos a ese poder de la república, ese poder del soberano, ese poder del estado pero bueno esto es algo que no entraremos, que ya es un poco más complejo, por lo tanto hay una distinción entre libertad plena y una libertad limitada, la libertad en una sociedad política siempre va a ser una sociedad limitada por dos elementos uno porque el sujeto está sometido a aceptar las leyes, las normas de esa comunidad y porque está sometido a obedecer al poder soberano que garantiza la obediencia de esas leyes ¿la libertad plena dónde se da? la libertad plena se da en ese estado en que solo existían las familias esto lleva a plantear una dicotomía entre lo público y lo privado el ámbito privado, el ámbito de la familia es el ámbito de una cierta libertad privada que tienen los miembros de una familia para llevar sus asuntos particulares y en la cual normalmente el soberano no debe interferir, salvo que tenga que interferir por el interés público pero cuando el ciudadano abandona el grupo y entra, sale de casa y se encuentra en la plaza pública entra en el ámbito de lo público, de lo común y allí es súbdito y dependiente de otros por lo tanto está limitado y están limitados en esa condición de súbdito por lo tanto todo ciudadano es súbdito a estar disminuido a su libertad por la majestad de aquel a quien deben obediencia, y este es un elemento importante a quien deben obediencia la ciudadanía es la obediencia y reconocimiento de súbdito libre hacia el príncipe soberano y a su vez el príncipe soberano en contrapartida tutela, ejerce la justicia y defiende al súbdito por lo menos idealmente también se puede dar la circunstancia de que exista un soberano injusto o tiránico que no cumpla estos deberes morales que tendría que tener el soberano pero que no obstante como la soberanía corresponde en que el súbdito se someta y debe someterse al poder del soberano no está contemplado la posibilidad de que incluso en ese caso de que el soberano falte a esas obligaciones morales de su cargo el súbdito pueda rebelarse pueda enfrentarse contra él, porque va contra la propia idea y esencia de soberanía, y la soberanía como dijimos pues es la piedra fundamental la piedra angular sobre la que descansa todo el edificio de la comunidad política en el esquema de gobierno, por lo tanto no se permite el derecho a rebelión y mucho menos el tiradicidio de autores de su época autores de su época a los cuales Baudin critica porque piensan que de cierta forma dan alas y están favoreciendo precisamente esa sedición de esas facciones religiosas que están enfrentando al reino de Francia que están cuestionando el poder del monarca viendo a Baudin, a Hobbes y a otros autores de la época nos da la impresión muchas veces de que todos los autores de la época todos los pensadores políticos de la época pensaban lo mismo pero de hecho hay que señalar eso que hay también autores no solo en Francia sino en otros países europeos como por ejemplo Suárez o posteriormente el padre Mariana que defenderán precisamente el derecho de rebelión del pueblo contra un monarca injusto e incluso un autor interesante autor interesante aunque el libro es un poco mínimo, es un pequeño ensayo, de hecho el autor era amigo personal del autor de los ensayos de Montaigne compartir pantalla la servidura voluntaria de Tien Boliti, otro autor que vivirá la religión, aunque vivirá más bien ya en parte también en el siglo XVII contemporáneo y a mí me parece que es un gran amigo de Montaigne y que planteará el mensaje contrario el mensaje contrario a Godín él no planteará la necesidad de someterse al monarca sino incluso le parecerá que ese sometimiento al poder del monarca es negativo y es una especie de esclavitud, de servidumbre a la que no se sabe muy bien porque nos vemos sometidos por nuestra educación nuestras costumbres por lo tanto hay que dejar eso claro que también había autores a los cuales está respondiendo y en los cuales se contextualizan este tratado de Godín que planteaban ideas totalmente contrarias a las que está sosteniendo Godín y esa idea de ese poder al cual no te puede revelar que tienes que estar sometido es precisamente una idea que está centrada precisamente como respuesta a esas ideologías a esas ideas políticas esas filosofías políticas que él considera peligrosas y que defienden esa posibilidad de rebelión contra el gobernante injusto y esa idea incluso de tiranía por lo tanto, volvemos un poco a lo que estábamos propiedad limitada dicotomía entre la libertad privada familiar aquí también entra el ocuparse de sus propios asuntos cada uno en base a sus propios bienes, es decir, su propiedad propiedad privada y el ámbito público donde el individuo de la familia, del grupo familiar está sometido a las leyes ¿y quién garantiza las leyes? pues el que garantiza las leyes es el poder del monarca, el poder del Estado el poder soberano, es el único que garantiza las leyes porque volviendo a la argumentación que habíamos visto de Godín, los ciudadanos o mejor dicho, los súbditos no aceptarían las leyes por propia voluntad o por propia decisión racional, tienen que ser en cierta forma obligados por ese poder soberano que los suplica cuando el jefe de familia sale de casa deja a los jefes cerca, el general despoja el título de amo, de jefe y de señor ese compañero igual a otros y allí está sometido compañero igual al resto de los ciudadanos pero es súbdito del monarca el soberano, el que gobierna la comunidad, y el ciudadano no es otra cosa que el súbdito libre dependiente de la soberanía de otro esa mínima república con tres familias, con que uno mandara sobre los otros dos los otros grupos familiares, pues ya tendríamos un gobierno un gobierno, una comunidad política y esto le plantea a Bodín, a plantear incluso una teoría del origen del Estado en base a esta idea de sumisión a un poder en base a lo que considera ejemplos históricos de la antigüedad que de hecho no son no están basados en ninguna entelequia, sino que son lo que enseña con palabras literales del propio Bodín lo que enseñan los ejemplos de la antigüedad y lo que le enseña la propia realidad política al momento, que es una teoría del origen del Estado, de la comunidad política en la guerra él entiende que al principio existían los grupos familiares cada uno tenía sus intereses y este es el segundo momento que chocaron chocaron por la avaricia, los intereses particulares las ambiciones y esto generó obviamente imagen a imagen de las guerras civiles que él está contemplando un gran enfrentamiento un gran enfrentamiento en que se hicieron alianzas y que para triunfar en ese enfrentamiento unos se sometieron al poder de otro al poder de otro que los dirigió y cuando se produjo el fin y un bando venció al otro desapareció esta igualdad, esta libertad plena primitiva y los que habían sido aliados se convirtieron en ciudadanos que estaban sometidos al que habían escogido como jefe pero conservaban la libertad y los que eran los enemigos se vieron convertidos esclavizados y convertidos en suptos sin libertad por lo tanto se crea en este momento de resultado de la guerra ese enfrentamiento de todos contra todos la figura del soberano la figura del poder soberano es una idea, es una teoría que recuerda mucho a la idea de guerra de todos contra todos de Hawks con la diferencia de que Hawks no entendía la guerra de todos contra todos como una guerra entre grupos familiares sino como una guerra entre puramente individuos aislados todos contra todos que prácticamente una lucha casi podíamos decir darwinistas enfrentaban entre todos y al final surgía esa figura que ganaba garantizaba de nuevo la estabilidad que era la del Leviata en cierta forma este fragmento está ya prefigurando lo que luego desarrollará un poco más profundamente Hawks en su Leviata por lo tanto tenemos una influencia directa aquí de Bodin en Hawks que veremos el próximo día en más detalle y eso le lleva a definir que de hecho lo que ha dado lugar a los estados a las comunidades políticas a las repúblicas no es ningún fin astrato de buscarse el bien o todo esto ni ningún principio teológico si las formas de gobierno son queridas por Dios una argumentación típicamente agustiniana para que sobrevivan los seres humanos pero realmente la razón práctica la razón última la razón que de facto ha dado lugar a las comunidades políticas es precisamente la guerra la violencia y para evitar esa guerra y esa violencia se ha creado precisamente esa comunidad política y para evitar esa guerra y esa violencia las comunidades políticas siempre están caracterizadas por la existencia de un poder soberano que impide precisamente por su propio poder extraordinario que se dé de nuevo ese estado anárquico de lucha de todos contra todos vemos un poco esa idea obviamente está ahí la imagen de las guerras de religión de masacres como la noche de San Bartolomé que dejan un pozo muy importante en la mentalidad de este autor y de todos sus contemporáneos características del poder soberano hemos visto como aparecía ese poder soberano que definía a la comunidad política a la república cuáles son las características y hemos visto que está definido por esa soberanía y cuáles son las características de esa soberanía pues básicamente Hobbes digo perdón va a entender que el poder soberano es básicamente lo que define al poder absoluto al poder que luego se entenderá bajo ese rótulo de absolutismo es perpetuo por lo tanto no es por un tiempo limitado lo cual le hace distinguir el poder de los monarcas del poder de los magistrados antiguos que eran escogidos para ejercer un cargo durante un cierto tiempo y tenían durante tiempo ciertos poderes pero que le entiende que no son iguales a los monarcas no sólo porque su duración sea limitada sino también porque eso deriva de que realmente no son titulares de la soberanía en las repúblicas antiguas en las repúblicas populares en las repúblicas en las repúblicas aristocráticas el titular de la soberanía era el pueblo o la aristocracia y la cedían a un magistrado y cedían determinados poderes a un magistrado pero sin perder la propiedad la titularidad de esa soberanía lo único que tenía ese magistrado era una cesión del poder en cierta forma sería igual que cuando el soberano delega determinadas funciones en sus funcionarios funcionarios de justicia de policía y otros elementos pero eso no supone que ese juez o ese algoacil tenga soberanía tenga capacidad soberana el que tiene la capacidad soberana es ese estado que delega determinados poderes emanados de soberanía en sus funcionarios podríamos decir por lo tanto el monarca el soberano es titular de la soberanía el magistrado antiguo no era titular era un concesionario de otro titular que le cedía determinados poderes asociados a su soberanía por lo tanto el poder soberano es siempre perpetuo esto no te sea perpetuo tiene dos implicaciones es perpetuo ante la vida de un rey pero obviamente es perpetuo más allá de la vida de un rey la figura del monarca la figura de la monarquía trasciende la propia mortalidad de su titular la idea de esa frase tan típica de los ingleses el rey ha muerto viva el rey pues aquí está en cierta forma ya anunciado una cosa es el monarca como sujeto físico que ocupa esa función y otra cosa es el monarca como entidad que en cierta forma se trata que es titular de soberanía y que se encarna por una determinada cuestión del linaje genético en una determinada familia y unos determinados individuos por una serie de leyes de sucesión en esa familia otro elemento el poder soberano es limitado ¿eso qué significa? pues básicamente que el poder del rey no está sometido a las leyes el rey tiene que garantizar el soberano tiene que garantizar el marco legal que garantiza la paz la convivencia entre los sujetos pero al mismo tiempo Bodín entiende que ya que el rey tiene que garantizar sí estoy de vuelta ¿se escucha? bueno nos quedan dos minutos no sé si se cortó bueno parece que la grabación sigue se cortó solo la conexión bueno voy a intentar dar lo que me queda en este segundo que nos queda y terminamos a Bodín el próximo día y ya nos metemos con Hobbes bueno por lo tanto el monarca se me escucha ¿no? sí sin problemas el soberano no está sometido a las leyes no está sometido a las leyes porque tiene que dar leyes a la sociedad por lo tanto y porque tiene que garantizar entiende que estas dos características dar leyes y garantizar esas propias leyes sitúan al soberano fuera del del ámbito de la propia ley el soberano está más allá de la ley ¿por qué? porque según Bodín entiende que el soberano si está sometido a la autoridad de las leyes no puede modificar las leyes y por lo tanto queda invalidada su capacidad de modificar crear la legislación nuestro cita en varios párrafos que os tengo aquí que voy a pasar un poco de leer porque no nos va a dar mucho tiempo anular en medida las leyes considerar si las leyes son justas o injustas y por lo tanto cambiarlas y todo eso sitúa al soberano con una capacidad que se actúa más allá de lo legal lo que está más allá de lo legal es lo que permite en la teoría de Bodín precisamente garantizar y dar lugar a la aparición de la ley es el argumento precisamente del que tirará Cade Smith en su intento de recuperación un poco forzada de Hobbes y Bodín intentando un poco también justificar ese régimen ilegal que es el régimen de los nazis que suprimen la república de Weimar por lo tanto una reinterpretación malinterpretación interesada de Smith en su época de Bodín y de este carácter ilimitado y no sometido a las leyes del monarca que él trasplantaba un poco al Führer alemán bueno cosa que tenía Smith y entiende que la ley es el acto supremo de la voluntad del soberano si la ley es el acto supremo de la voluntad del soberano por lo tanto la ley es únicamente lo que decide y que ejecuta el soberano obviamente no puede estar sometido contra su propia voluntad no puede querer una cosa y al mismo tiempo estar condicionado por otra ley que ha aprobado antes y que contradice él decide en cualquier momento según es su criterio que según Bodín pues tenderá a seguir la justicia no plantea la posibilidad de que el soberano sea injusto deja un poco ambiguo la posibilidad de que haya un soberano injusto y que por lo tanto actúe contra la justicia de las leyes y que por lo tanto no escoja las leyes más justas sino las leyes injustas o que modifique leyes justas en un sentido injusto Bodín deja un poco eso en oscuro no quiere meterse en ese jardín en cierta forma porque dejaría un poco cojo su argumento y esto le ayuda también a establecer una distinción entre derecho y ley él entiende que el derecho no es igual a ley la ley es la voluntad soberana del monarca lo que el monarca decide por lo tanto es lo único que tiene estatus propiamente de ley y el derecho es un principio más bien abstracto y de tipo moral el derecho corresponde según él a la equidad el derecho es dar a cada uno lo que merece según sus según unos principios de justicia ¿no? pero claro esto obviamente es un principio abstracto moral que se aplica a través de unas leyes que en último extremo no son más que la voluntad del soberano de tomar una determinada decisión en ese sentido hacia justo pero que también puede ser injusta cosa en la cual Bodin no se quiere meter esa posibilidad y no por lo tanto no puede estar sometido a las leyes si las leyes son su propia voluntad uno no puede hacer cosas contra su propia voluntad uno no puede contradecirse a sí mismo por lo tanto lo que es la voluntad del rey en un momento no puede estar coartada por la voluntad del rey en otro momento o por la voluntad de antepasados de ese rey en ese momento continuo o tampoco puede o tampoco los sucesores de un determinado monarca están constreñidos por las leyes que ha aprobado ese monarca pueden como la ley es simplemente su voluntad pueden voluntariamente cambiarla cuando quieren y por otro lado entiende que el poder es perpetuo ilimitado y también indivisible no se puede dividir el poder el poder del soberano tiene que estar todo concentrado en la figura del que lo ostenta el que tiene actividad independientemente de que sea el monarca ideal de Bodín de que sea un grupo aristocrático un gobierno aristocrático una república aristocrática o que sea en un gobierno popular re eh, democracia el pueblo en general por tanto la soberanía es indivisa no puede repartirse esa teoría de la división de poderes en el esquema de Bodín sería un poco paradójica entendería que realmente no hay una división de poderes entendería simplemente que hay una concesión de determinadas atribuciones de ese poder soberano pero que realmente el poder del soberano no, nunca se divide realmente por el contrario a la teoría de la división de poderes de Montesquieu y de todo el liberalismo y de la ilustración que defenderá por contrario la necesidad de dividir de parcelar de separar los poderes que la teoría de la política del absolutismo entendía como reunidos en una única figura que ejercía esos poderes a través de los funcionarios del Estado y plantea igualmente que el rey como garante del orden legal pues no puede estar muchas veces sometido a las propias leyes y pone el ejemplo muy claro de el derecho de coercio el derecho de monopolio y la violencia las leyes pueden decretar que no se pueden portar armas que no se puede matar que no se puede ejercer la violencia pero el rey para garantizar precisamente ese no portar armas esa no agresión esa no violencia esa paz pública precisamente tiene que tener la potestad de ejercer esa violencia pública de portar armas de ejercer la violencia contra los criminales es por ejemplo que el poder es el poder por ejemplo que los estados modernos tienen las fuerzas de orden público pueden portar armas pueden ejercer la violencia en determinados supuestos precisamente para mantener ese orden para mantener las leyes son por lo tanto una excepción para garantizar precisamente la ley de la cual son excepciones esa es la idea un poco de voto bueno esto tiene muchos matices aquí el Estado de Derecho pues obviamente el poder de coerción el poder el monopoder de violencia tiene que estar regulado y de hecho Bodín deja bastante en en oscuro con su carácter voluntarista de este poder ilimitado y soberano pues precisamente esas posibles limitaciones que debería tener esa capacidad de coerción él entiende que no hay básicamente entonces por lo tanto no se mete en disquisiciones en este terreno y básicamente indivisible poder absoluto la indivisibilidad del poder también le lleva a negar la teoría una de las teorías más interesantes de Aristóteles que es la teoría del gobierno mixto esa idea de que ningún gobierno realmente forma de gobierno realmente existente es una forma pura no hay gobiernos puramente aristocráticos no hay gobiernos puramente democráticos no hay gobiernos puramente monárquicos todos son una combinación de ambos de los tres principios y hay instituciones que responden más bien a aspectos democráticos otras que responden más bien a aspectos aristocráticos y otras más bien a aspectos monárquicos ese carácter indivisible de soberanía hace que Bodín niegue esto de plano entiende que no puede haber ese gobierno en el que haya distintas entidades con distintas parcelas de poder porque realmente todo el poder tiene que estar concentrado en unas únicas manos que son las del soberano y por lo tanto entiende que de plano por fin su propia definición el gobierno mixto es un imposible lo cual podría ser muy matizable precisamente desde la propia teoría aristotélica y entiende al igual que Aristóteles que existen tres formas de gobierno según la titularidad según quien tenga la propiedad de esa soberanía la aristocracia en la que un grupo de la comunidad política tiene la titularidad de soberanía son los que tienen ese poder de gobierno lo que él llama gobierno popular es decir la democracia en que el pueblo en general tiene a través de las instituciones representativas la titularidad de esa soberanía y la monarquía en la que uno solo por principio hereditario tiene su único titular en esa comunidad política soberanía él entiende que obviamente la forma de gobierno más perfecta es la monarquía porque es la que no da lugar a disensiones a creación de vantos y a enfrentamientos dentro de la comunidad política una democracia puede aparecer infinidad de vantos enfrentándose entre ellos en una aristocracia puede haber distintos bandos dentro de la nobleza que se enfrenten por el poder en cambio un monarca no se puede enfrentar a sí mismo por lo tanto la voluntad del monarca es única y por lo tanto es la forma más perfecta porque aquí solo hay la voluntad de un individuo ejerciendo esa voluntad soberana por lo tanto según Bodil pues sería el ideal político claro todo esto es un esquema de justificación de ese poder absoluto comoใ una estabilidad que se vio coartada con esas guerras de lesión plantea también en el final de los últimos años de la república Bodil una serie de cuestiones sobre la posibilidad de distintos tipos de monarquía distingue por ejemplo la monarquía en la que el soberano no es un soberano justo que va contra las leyes de Dios y la naturaleza la ley de Dios y la naturaleza en Bodil van siempre juntas es prácticamente como si la ley natural y la ley divina lo que Dios decide y lo que el orden ese orden de la noteza que él no acaba de decidir nunca siempre lo deja un poco como presupuesto no se mete nunca a pesar de que lo está citando constantemente pues ese monarca que va contra la justicia es el tirano que obviamente es una forma negativa degenerada de monarquía pero contra la cual a pesar de esto los súbditos no pueden rebelarse precisamente por esa ruptura del orden político y social otra forma de gobierno una forma de gobierno en que el monarca actúa como propietario del territorio y de sus súbditos un monarca tiene un carácter patrimonial que por lo tanto los súbditos no tienen carácter libre sino que son más bien como esclavos de su propio soberano podríamos por ejemplo poner en la época de Bonir las ideas tópicas del desbotismo oriental del imperio otomano como gobiernos en el que el sultán pues era amo y señor de sus súbditos que realmente no eran súbditos libres sino que prácticamente tenían una servidumbre total con respecto a su monarca y por último el gobierno el monarca perfectamente legítimo el monarca real según un término de Bodic monarca legítimo o real que es un monarca que está de acuerdo con los principios de la ley natural y la ley divina ley natural y divina siempre unidos estos términos y que garantiza precisamente ese orden legal el tirano está al margen del orden legal no respeta la justicia es arbitrario el monarca legítimo aunque tiene un poder absoluto y puede hacer excepciones con respecto a la ley y modificar la ley es un monarca que garante el sistema legal por lo tanto es el que garantiza legal y que garantiza los derechos y las libertades de sus súbditos a través de estos poderes y ahora hemos terminado nos vemos dejamos aquí y el próximo día terminamos de hablar de Bodín y de algunas limitaciones que tiene este concepto teóricamente perpetuo ilimitado e indivisible de monarquía que no obstante pues va a plantear Bodín una serie de limitaciones que cambian un poco y dan un aspecto un poco más pragmático su teoría lo dejamos aquí y el próximo día continuamos