Bien, en lo que respecta al Civil Service del Reino Unido, evidentemente se trata de una institución muy singular desde un punto de vista institucional y jurídico y que también, evidentemente, responde a las singularidades, a la idiosincrasia jurídica, institucional y política del sistema británico. Bueno, de este modelo, aunque ha tenido muchísima influencia, evidentemente, en muchos países de ámbito anglosajón y, por ejemplo, en el siglo XIX, cuando se conforma el Civil Service como institución tal y como la conocemos, las bases fundamentales del Civil Service a mediados del siglo XIX, bueno, pues dentro de ese prestigio que tenía todo lo británico y, además, en un momento de consolidación del Imperio Británico, el Civil Service también fue un modelo para otros países, no solo del ámbito del Imperio Británico posterior. sino, por ejemplo, también en Estados Unidos, en gran medida se inspiró en el Civil Service británico. Bien, a nuestros efectos solamente queremos destacar algunos aspectos del Civil Service, ya digo que tiene muchísimas singularidades, muchas peculiaridades, pero bueno, para tener una visión general, pues analizaríamos los principios más estructurales y esenciales del Civil Service, los que lo caracterizan, y luego hay muy singular, pues el marco jurídico y normativo del propio Civil Service. Bien, como decíamos, el Civil Service surge a mediados del siglo XIX sobre la base del principio de mérito, incluso la creación orgánica de la Civil Service Commission, precisamente para hacer efectivo ese principio de mérito y, bueno, pues... como el criterio en el que se fundamentan en la actualidad y como surgen los sistemas de función pública, utilizando el mérito como el criterio de diferenciación a la hora de asignar los puestos de trabajo en el empleo público. Bien, bueno, pues uno de los aspectos que más llama la atención del Civil Service es la fragmentación actual de ese Civil Service en múltiples unidades orgánicas. En el caso de la fragmentación actual del Civil Service, en el caso de la fragmentación actual del Civil Service, en el caso de la fragmentación actual del Civil Service, en el caso de la fragmentación actual del Civil Service, se dota de muchísima capacidad a cada uno de estos órganos para establecer diferentes aspectos del marco jurídico y normativo del Civil Service. Con lo cual, bueno, en ese sentido, lo que se ha perdido con esta fragmentación se ha querido ganar con una serie de principios generales que, bueno, son como los tradicionales del Civil Service. Bien, pues... Es singularizado porque el propio Civil Service, pues, presume de ellos, por un lado, la neutralidad de los civil servants, de los empleados de la administración británica, la lealtad al gobierno sea cual sea, y luego también, bueno, lo que se denomina anonimato, es decir, que el funcionario responde a través de los ministros. Estos tres principios, evidentemente, tienen su propia singularidad, por ejemplo, probablemente el más característico sea el de la neutralidad, la neutralidad del funcionariado británico. Neutralidad que venía a significar en sus orígenes una auténtica esterilización política de los funcionarios a los que se negaba cualquier posibilidad o derecho de, bueno, pues, de significación política, cualquier capacidad de significarse políticamente. Precisamente, nada. Esa neutralidad por las funciones que desempeñaba, no solo de cara a las haciendas, sino también institucionalmente de cara al propio gobierno. En ese sentido estaba ahí también la lealtad como una faceta de esa neutralidad. El funcionario británico está al servicio del gobierno democráticamente elegido, sea cual sea. Y haciendo gala de esa neutralidad, también el gobierno, los gobiernos respetaban al Civil Service, y no sin misóginas. No se excluían, no digo ya en los ingresos, sino en la asignación de puestos. Evidentemente esa esterilización política, ese sentido de que el funcionario no tiene una significación política externa, por supuesto podía votar, etcétera, pero no significarse en la lucha de partidos, dependía en gran medida esa neutralidad subjetiva del propio funcionario y de la propia neutralidad del sistema, que garantizase el sistema. Bueno, pues todas unas técnicas jurídicas, sociales, políticas, que respetasen la neutralidad de los propios funcionarios. Todo esto evidentemente con el paso del tiempo ha evolucionado. Además también el Civil Service y los aparatos burocráticos en muchos países que siempre se han visto como un elemento de equilibrio de poderes, sobre todo del Ejecutivo. Entre las luchas políticas y partidistas, el Civil Service y las administraciones públicas serían como una cámara neutral, apolítica, al servicio de los intereses generales. Eso siempre tiene una relación compleja. ¿Por qué? Porque al fin y al cabo la administración sirve a los intereses generales, pero tal y como estos son definidos por el legislador, pero también por los gobiernos democráticamente elegidos, por los ciudadanos. Con lo cual es una administración al servicio del gobierno, el gobierno democráticamente elegido y políticamente responsable ante la sociedad y ante el Parlamento y las diferentes instancias, por supuesto también judiciales. Bien, por tanto estamos hablando de poder y la lógica del poder es singular. Tiene sus propias normas, sus propios criterios y en ese sentido el poder político, tiende a controlarlo todo y por ello observa con una cierta desconfianza a la función pública, al Civil Service, en este caso de este modelo. ¿Por qué? Porque es algo que teóricamente no puede controlar, porque jurídicamente, políticamente, incluso socialmente, se exige que sea respetado, que tiene sus propias normas basadas en el mérito, en la igualdad, una serie de criterios. Pero bueno, siempre está esa tendencia, esa tensión política de intervenir en la administración, en el Civil Service y por ejemplo en el sistema británico eso se ha visto con el paso del tiempo, a mediados del siglo XX o en el último tercio, por ejemplo con la creación y multiplicación de la figura de los Special Advisors, que lo que hacen estos Special Advisors, estos consejeros políticos o especiales, es sustituir en los niveles altos a los altos funcionarios, con lo cual es crear como una especie de función pública política paralela a la función pública profesional en los niveles más altos. Eso se produce en algunos países que se llaman gabinetes, de los órganos de gobierno, cuando, bueno, teóricamente, pues claro, los políticos podrían deber servir de los funcionarios neutrales. También esto lo que ocurre es que hay que entender que en ocasiones, cuando el político es nombrado porque es democrático, prácticamente elegido, y llega a una organización burocrática donde, claro, si los funcionarios han estado políticamente significados, el político observa con desconfianza la estructura burocrática. No digamos ya como por ejemplo ocurrió en el Civil Service, que es una de las razones por las que proliferaron los Special Advisors, que es el grandes periodos de gobierno, el control del gobierno de un partido político, pues imaginaos durante 15, 20, 25 años incluso, que hacen que de una manera incluso imperceptible los altos niveles de la administración sean una hechura, una cierta proyección administrativa de esos gobiernos de ese color. Lo mismo ha pasado con los gobiernos conservadores, que también con los laboristas. Entonces, claro, cuando hay cambios de gobierno después de periodos, de periodos prolongados, de gobiernos de otro color, pues claro, hay una cierta desconfianza. Eso ocurre en todos los países y entonces se tiende a eso de sustituir a los altos funcionarios para poner a los que son como más afines o se consideran más afines. Y si no se pueden sustituir profesionalmente porque gozan de inamovilidad, lo que se hace es crear una figura paralela. Entonces, bueno, pues eso un poco se generan esos... Luego también otro elemento interesante, interesante del sistema británico, es la responsabilidad. El funcionario tradicionalmente, precisamente por eso era, se respetaba su neutralidad porque políticamente quien respondía ante la sociedad y ante el Parlamento sobre todo era el ministro. Claro, aquí hay también otros problemas de delimitación. ¿El ministro debe responder por todo lo que ocurre en su ministerio? Sí. ¿Todo lo que es funcionamiento político? Funcionamiento administrativo, funcionamiento institucional. Pero por las faltas personales, por las actuaciones personales de las personas que trabajan en su ministerio, bueno, pues no debería ser responsable. Entonces eso, claro, eso en la lucha política se imputan a los ministros pues las actuaciones que obedecen a conductas subjetivas personales de los funcionarios. Entonces, ¿qué es el sistema británico? El sistema británico distingue esos dos, la accountability, que es la responsabilidad objetiva y política del ministro ante el Parlamento y la sociedad, de la responsibility, que es más subjetiva y más bien el funcionamiento administrativo del civil servant, que sí que tiene que responder ante los tribunales e incluso, esto fue una cierta quiebra a finales del siglo XX, también el funcionario responde ante el Parlamento y por supuesto ante la sociedad se le identifica y se le puede imputar alguna actuación contraria, bueno, pues a la ética y no digamos ya a la legalidad. Otra de las singularidades del civil service es la naturaleza jurídica del civil service. Hay que tener en cuenta que el civil servant formalmente está vinculado a la administración, al civil service, mediante un contrato. Es un contrato, bueno... público. Lo que ocurre es que aunque sea contractual la naturaleza jurídica, sustantivamente todos los derechos y obligaciones están determinados, bueno, pues por el legislador y no tanto por el legislador, como ahora explicaremos, como por el gobierno, ¿de acuerdo? Por tanto, es esa singularidad formalmente contractual, pero sustantivamente estatutaria. Desde el punto de vista... de las fuentes o de la normativa jurídica que regula, bueno, pues el régimen jurídico del civil service, hay que tener en cuenta que históricamente la administración es una competencia o es una parte del ejecutivo y por tanto en las luchas que desde el siglo XVIII pues mantenían la corona con el Parlamento británico lo que es el civil service, los puestos de la administración continuaron siendo una prerrogación. Una competencia de la corona, ¿de acuerdo? Y cuando a la corona ya lo sustituye más activamente el gobierno, del gobierno. Eso significaba que era el gobierno quien regulaba a través de reglamentos ejecutivos, reglamentos administrativos, orders in council y diferentes normas de naturaleza ejecutiva. Fijaos que no es hasta el año 2000, no es hasta el año 2010, hasta el año 2010 que el Parlamento no aprueba la primera ley que regula algunos aspectos del civil service. Dentro de esta secular, bueno, pues lucha de competencias entre la corona y el Parlamento, luego entre el ejecutivo y el Parlamento bueno, se llega a un punto en el que el Parlamento y la sociedad considera que se debe dotar de una base legislativa parlamentaria, por tanto, no solo al civil service, fijaos la ley en la que está ubicada la normativa o los pocos preceptos que regulan en una norma legal son muy poquitos el civil service, es la Constitutional Reform and Governance Act. Es decir, es una ley sobre el sistema institucional, sistema político británico. Se regula también el gobierno, se regulan muchos aspectos y uno de esos elementos es el civil service. Pero bueno, la singularidad de que desde 2010 hay una base legislativa muy escueta, muy básica del civil service. Deja de ser una prerrogativa absoluta y completa de la corona para tener esa base legislativa y por tanto constitucional dentro del sistema británico del civil service. Por supuesto, ostentan competencias el gobierno a través de sus ministros y también esa comisión, ese órgano que se creó a mediados del siglo XIX para hacer efectivo el principio de mérito por entonces novedoso. Bueno, pues la ley de 2010 revitaliza esta civil service comisión dotándole de competencias, por ejemplo, para regular los principios y criterios que articularán en el mérito los procedimientos de ingreso y de provisión de puestos. E incluso, bueno, pues ciertas competencias para conocer de las reclamaciones que se presenten contra los funcionarios. Dentro del marco jurídico del civil service destaca el civil service code que es como el estatuto, claro, se traduce como el código, el código del civil service y sería erróneo, sería erróneo identificarlo con esa suerte de códigos de conducta. Es un código en código ejecutivo con base legislativa hoy en día, pero aprobado por el ejecutivo que es realmente el auténtico conjunto de derechos y obligaciones de los funcionarios y por tanto también regula infracciones y sanciones y este civil service code es desarrollado por el civil service management code que ya no define o regula la relación jurídica sino que establece las reglas y principios de gestión para esa multiplicidad de competencias fragmentadas de las que hablábamos al principio en la que ministros y directores de agencias gestionan el civil service. Bueno, y finalmente este escalón, esta organización del civil service bueno, es en esas tres categorías, el senior civil service con las diferentes categorías, la más alta el permanent secretary y luego, bueno, la clase ejecutiva y la clase administrativa esto es un poco una singularidad. A efectos de conocimiento.