Buenas tardes, soy Julio López, tutor del Centro Asociado de Calatadín de la asignatura Microeconomía y Consumo del Grado de Economía. En la tutoría de hoy vamos a ver el tema 2, la restricción presupuestaria. Bien, estos son los apartados que veremos en este tema. Comenzamos por la restricción presupuestaria. Con este tema lo que hacemos es empezar con el estudio de la conducta del consumidor. Este consumidor dispone de un determinado nivel de renta para gastar y está en condiciones de adquirir ciertas cantidades de bienes en el mercado pagando los precios que tengan esos bienes. Este hecho se materializa en lo que se conoce como la restricción presupuestaria del consumidor y que es el objeto de estudio de este tema. Entonces, nosotros para estudiar la conducta del consumidor vamos a considerar cestas de bienes como podría ser la cesta X que estaría constituida por una cierta cantidad de bienes. Entonces, tenemos dos bienes, el bien 1 y el bien 2. y la cantidad que consumiría de cada avión sería X1 y X2. Los precios suponemos que serían P1 y P2, los vamos a anotar así, y M, que aparece en la expresión de la restricción presupuestaria, es la renta monetaria de la que disfruta el consumidor. La restricción presupuestaria a la que se enfrenta la restricción presupuestaria a la que se enfrenta el consumidor cuando decide qué cesta de bienes va a consumir, viene dada por esta desigualdad. P1 y X1 más P2 y X2, menor o igual que M. P sub 1, X sub 1 es el importe total de lo que gasta el consumidor en el bien 1, o sea, el precio de cada unidad multiplicado por el número de unidades de ese bien. Más P sub 2, X sub 2 es lo que gasta el consumidor en el bien 2 multiplicando el precio de ese bien por las unidades que consume. ¿Qué consume? La suma de esos dos gastos tiene que ser menor o igual que la renta de la que dispone. O sea, no puede, la suma del gasto en un bien y el otro no puede ser superior a la renta de la que dispone. Puede ser menor o igual. El conjunto presupuestario, que lo tenemos aquí representado, es el conjunto de cestas de bienes que satisfacen esa restricción presupuestaria. Esto es el conjunto de cestas de bienes que son asequibles por el consumidor, teniendo en cuenta la renta monetaria de la que dispone el consumidor y los precios a los que se enfrenta, los precios de los bienes que quiere adquirir y que son los vigentes en el mercado. ¿Se entiende? Continuamos con el gráfico. Hemos visto lo que es la restricción, el conjunto presupuestario. Entendemos por recta presupuestaria el conjunto de bienes, el conjunto de testas de bienes que satisfacen estrictamente la restricción presupuestaria. Es decir, las restricciones presupuestarias se transforman en una igualdad. Entonces, las testas de bienes que cumplen esa condición son las que se sitúan a lo largo de la recta presupuestaria. ¿Qué características tiene esa testa? Pues que el consumidor gasta toda su renta. Nosotros en este curso vamos a considerar siempre una economía de dos bienes, sin embargo a veces supondremos que el segundo bien que estamos considerando es un bien compuesto, esto es, está constituido por un conjunto de bienes cuyos precios relativos permanecen constantes, con lo cual puede funcionar como un único bien. Bien, y consideraremos que el precio de ese bien, de ese segundo bien es la unidad, de forma que éxito sería el gasto que realiza el consumidor en la adquisición de ese bien compuesto. La ecuación de la recta presupuestaria que tenemos ahí, la podemos reescribir si despejamos x sub 2 como la forma en la que lo estamos representando en un eje de coordenada en la que x sub 1 está en el eje de artisa y x sub 2 en el eje de ordenada. x sub 2 es la variable dependiente y x sub 1 la variable independiente. x sub 2 nos dice el nivel de ordenada y x sub 1 el nivel de artisa. Tal y como lo tenemos así representado, vemos fácilmente cuál es la pendiente de esa recta presupuestaria porque esa expresión es una línea recta. La pendiente sería la derivada de x sub 2. respecto a x sub 1 y es el coeficiente de la variable x sub 1. O sea, la pendiente en valor absoluto sería p sub 1 partido por p sub 2. Se cumple que, en esta misma situación que tenemos ahí, que con esta restricción presupuestaria, que la derivada de x sub 2 con respecto a p sub 1 es la pendiente y en este caso concreto que tenemos aquí con unos precios concretos p sub 1 a 5, p sub 2 igual a 100 y m igual a 100 la pendiente de la resta presupuestaria sería un medio, ¿vale? Es la que tenemos aquí. Esta pendiente que tenemos ahí puede interpretarse como el número de unidades del bien 2 a las que es preciso renunciar para poder adquirir en el mercado una unidad tradicional del bien 1. Es decir, la pendiente de la resta presupuestaria nos indica el coste de oportunidad en términos del bien 2. ¿A cuántos tendremos que renunciar? para adquirir en el mercado una unidad tradicional del bien 1. O sea, si partimos, por ejemplo, de 4 unidades del bien 1, de acuerdo con la regla presupuestaria, consumiríamos 8 unidades del bien 2. Si incrementamos en una unidad de 4 a 5 el bien 1, vamos a tener que disminuir el consumo de éxitos en media unidad. Pasaremos a consumir 7,5. Pasamos al siguiente apartado. Bueno, un momento en este. Lo que... bueno, mejor casi en el... Lo que nos interesa cuando estemos trabajando con la recta presupuestaria son una serie de puntos. Por un lado, la pendiente, que ya hemos visto cómo la obteníamos. Y por otro lado, los puntos de corte con los ejes. El punto de corte con el eje de X sub 1 es M partido por P sub 1. O sea, en ese caso, el consumidor está gastando toda su renta en el bien 1. Con lo cual, ¿cuántas unidades adquirirá del bien 1? Pues su nivel de renta dividido por P sub 1. M partido por P sub 1. Hola, buenas tardes. Hemos empezado hace un poquito. Estamos por el primer apartado, explicando lo que es la recta presupuestaria. El otro punto que es interesante y hay que conocer es el punto de corte con el eje de oscelada. En ese punto, el consumidor gasta toda su renta en el bienes. Entonces, ¿cuántas unidades como máximo puede consumir el consumidor de ese bien 2? Pues toda su renta M dividido por el precio que tenga ese bien, es decir, M partido por P2. Esos tres puntos son los que nos interesa conocer y manejar ahora cuando en el siguiente apartado veamos lo que sucede con la recta presupuestaria cuando varían los precios y la renta. O sea, nos tendremos que fijar en el corte de la recta presupuestaria con el eje de ordenadas, con el eje de aptizas y con la pendiente, esos tres puntos. Entonces, dependiendo de lo que varíe, sabremos si cambia la pendiente, si cambian los puntos de corte. Vamos a ver, partiendo de una situación inicial, cómo afectan a la restricción presupuestaria variaciones en los precios y en la renta. El primer caso que vamos a ver es un aumento del nivel de renta. Inicialmente la renta era m, pues ahora la renta va a ser m asterisco, que es mayor que la renta inicial. Tal y como os he comentado antes, la pendiente es menos p sub 1 partido por p sub 2. Si varía m, lo que vemos es que la pendiente no se ve afectada, porque en la pendiente no aparece m, no aparece el nivel de renta, solo aparecen los precios. Solo se modificará si se modifica cuando se modifiquen los precios. Entonces, ¿a qué va a afectar? Pues va a afectar a los puntos de corte con los ejes. En este caso, como la renta final es mayor que la inicia, en ambos casos está aumentando el numerador, con lo cual aumenta el valor del punto de corte con los ejes, manteniéndose constante la pendiente. Es decir, se desplaza paralelamente hacia afuera la pendiente ante un aumento de la renta. Una disminución de la renta la desplazaría en sentido contrario, acercándola al origen del corte. Otra posibilidad es que varíe un precio. Bueno, se pueden dar todas las posibilidades. Que varíe un precio, que varíe el otro, que varíen los dos precios a la vez, que varíe también la venta y un solo precio. O sea, en un ejercicio nos pueden poner las modificaciones que sean. Vamos a ver las más sencillas. En este caso vamos a considerar que varía el precio del bien uno. ¿Y qué sucede con ese precio? Pues que aumenta. Porque P1 asterisco es mayor que P1, que es el precio inicial. Entonces, aquí teníamos el valor de la pendiente, menos P1 partido por P2, que ese es el de la curva roja porque es la inicial y aquí tendríamos menos P1. Asterisco partido por P sub 2. Pues si varía P sub 1, lo que sí sabemos es que no varía el punto de corte con el eje de ordenado. Sí que va a variar la pendiente y sí que va a variar el punto de corte con el eje de abdichas. Como el precio es mayor, el denominador que aparece en el punto de corte con el eje de abdichas, P sub 1, es mayor. Con lo cual, ese valor va a ser menor. Con lo cual, se produce, se aporta, se disminuye lo que es el conjunto presupuestario. Y la pendiente aumenta en valor de la persona. En la pendiente, como es negativa, muchas veces hablaremos de ella en valor absoluto, porque si pasamos de la recta presupuestaria roja a la azul, vamos a decir siempre que tiene más pendiente la recta azul que la recta roja. Pero eso numéricamente nos coincide cuando hablamos de la renta en valor absoluto, porque si no, como tiene signo negativo, no coincidiría lo que vemos gráficamente con lo que sucede numéricamente, si le damos valores numéricos. Entonces, la pendiente aumenta en valor absoluto. Si descendiera el precio del bien 1, pues la recta presupuestaria se pivotaría sobre el eje de ordenadas haciéndose más horizontal. Disminuiría la pendiente en valor absoluto. Y si variara el precio del bien 2, y partimos de la recta presupuestaria roja, pues si el precio del bien 2 aumenta, pues pivotará sobre el eje de artesas y se hará más horizontal. O sea, aquí se puede jugar con distintas variaciones. En un ejercicio, pues además de variar, por ejemplo, el precio del bien 2 que disminuye, podría aumentar la renta o cosas así, ¿no? Entonces tendríamos que ver cómo afecta cada una de esas variaciones a la recta presupuestaria. Cuando aumenta el precio, disminuye el conjunto presupuestario, disminuye el número de textas accesibles al consultor. ¿Y qué sucede si ambos precios aumentan en la misma proporción y el nivel de renta también? O sea, si se aumenta el nivel de precios y la renta, los multiplicamos por... El mismo valor por alfa. Pues la pendiente, como multiplicamos el denominador por alfa, nos queda igual y lo mismo sucede con los puntos de corte con los ejes. Con lo cual, si multiplicamos 3.060 por el mismo número, la recta presupuestaria no varía en absoluto. Esto es un poco lo que sucedió cuando pasamos de la peseta al euro. Pero allí en ese caso, el valor en pesetas lo dividimos, tanto la venta como los precios, por 186 con 386. Pues en esa circunstancia... podíamos seguir adquiriendo los mismos bienes, tanto por Andaluz como en Pechitas, porque no se había modificado el conjunto presupuestario. Si ambos precios, si la renta se mantiene constante y ambos precios se modifican en la misma proporción, pero la renta la mantenemos idéntica, entonces si duplicamos, por ejemplo, ambos precios, tanto la ordenada como la fisa no origen de la recta de balance se van a reducir a la mitad. O sea, en ese caso... Que multipliquemos por 2 los dos precios, la recta presupuestaria se desplazaría paralelamente hacia adentro. Bueno, aquí no está exactamente dibujada. Simplemente quiero que veáis que sería un desplazamiento paralelo. Bueno, sería el mismo caso que si se redujera la renta a la mitad. O sea, es lo mismo multiplicar los precios por 2, ambos precios, que dividir la renta por la mitad. En ambos casos, el resultado gráfico y numérico sería el mismo. Únicamente hay que tener en cuenta que no siempre que multiplicas los precios por un valor se desplaza hacia adentro. Porque si tú multiplicas por alfa y alfa está comprendida entre 0 y 1, o sea es menos que 1, pues entonces el desplazamiento se da hacia afuera. Esto hay que tenerlo en cuenta. No siempre que multiplicas los precios la recta presupuestaria se desplaza hacia el interior. Porque si lo multiplicas por un número menor que 1 está disminuyendo los precios, con lo cual se desplazaría hacia el exterior. Bueno, estas serían las modificaciones básicas de precios exentas. Entonces vamos a ver cómo afectan los impuestos, las subvenciones y el racionamiento a la recta presupuestaria. Vamos a hacer los mismos casos que en el avanzado anterior. Se van a modificar precios o se van a modificar exentas dependiendo del tipo de impuesto. Entonces va a haber desplazamientos paralelos o va a pivotar y van a modificarse la pendiente. Lo que sí que vamos a ver son distintos tipos de impuestos, cómo afectan a la recta presupuestaria. Las subvenciones son impuestos negativos, con lo cual lo mismo que decimos para los impuestos va a valer para las subvenciones lo único que cambiaremos de signo el impuesto. O sea, esa variable que da el impuesto al ser subvención va a ser con el signo contrario. Si era más, ahora será menos y viceversa. Bueno, vamos a ir viendo diferentes casos. Bien, en cuanto tanto los impuestos como las subvenciones lo que hacen es alterar la restricción presupuestaria, bien afectando a los precios de los bienes. cuando se trata de impuestos o subvenciones indirectas o bien afectando a la renta disponible del consumidor cuando se trate de impuestos o subvenciones directas. Entonces, vamos a estudiar tres clases de impuestos. Unos afectan a la venta y otros tenemos que afectar a la renta. En cuanto a los que afectan a la venta, vamos a considerar dos clases. Por un lado, que sea de cuantía fija y por otro lado, que sea proporcional. Y luego veremos impuestos sobre la cantidad e impuestos sobre el valor o al valor. Vamos a comenzar con el impuesto sobre la renta En concreto, el impuesto sobre la renta de cuantía fija. Aquí tendríamos la recta presupuestaria inicial, que es la que está dibujada en azul. Es P1, X1 más P2, X2. Un impuesto de tasa fija o un impuesto sobre la renta, pero de cuantía fija, no afecta al precio de los bienes, sino tan solo disminuye la renta disponible del consumidor. Lo contrario sería si se trascase de una subvención o de una devolución de un impuesto. Entonces estaría sumando. El impuesto de cuantía fija es este T mayúscula que está restando renta, está disminuyendo la renta. ¿Qué consecuencia tiene la disminución de la renta? Pues ya hemos visto antes que cuando disminuía la renta del consumidor se mantenía la pendiente de la recta presupuestaria y esta se desplazaba paralelamente hacia adentro y estos serían los nuevos puntos de corte con los ejes y esta que tendríamos aquí sería la nueva recta presupuestaria pero el impuesto sobre la renta puede ser proporcional y de hecho cuando nos hablan de impuestos sobre la renta lo primero que se nos viene a la cabeza es que es proporcional porque por el día de ayer, ¿no? Entonces, la variable o la letra con la que identificamos ese impuesto proporcional, en este caso es con la letra fi, y la recta presupuestaria que incluiría un impuesto proporcional sería este, f1, f1 más f2, f2 es igual a m por 1 menos fi. Aquí también se produce una disminución de la renta y los precios se mantienen alterados, con lo cual en este caso también hay un desplazamiento paralelo hacia adentro. O sea, tanto sea fijo o proporcional, ese impuesto sobre la renta produce un desplazamiento paralelo. ¿No oyes? Pues aquí sí que me marca sonido. Vale. Bueno. Entonces decía que un impuesto sobre la renta, tanto sea de cuantía fija o proporcional, produce un desplazamiento paralelo de la recta presupuestaria. Lo único que va a cambiar va a ser la expresión de la recta presupuestaria y los puntos de corte con los ejes. Vamos a pasar ahora a... a otro tipo de impuestos que esto te afectan a lo que es el precio vamos a empezar con un impuesto sobre la cantidad es un impuesto que en este caso lo vamos a notar con la letra de minúscula que grava el consumo del bien ya que el individuo debe pagar al estado debe pagar un impuesto que es una cantidad fija por cada unidad que consuma del mismo con lo cual el precio de ese bien va a ser de sub 1 el precio que tuviera en el mercado ese producto más el impuesto que tiene que pagar un ejemplo de este tipo de impuestos que pagamos es el de la gasolina, de los hidrocarburos. Nosotros cuando compramos, cuando vamos a una gasolinera, el precio de un litro de gasolina tiene un impuesto, pero ese impuesto es fijo. O sea, yo pago por un litro de gasolina, pues en el año 2017, que no tengo apuntado aquí, ese impuesto de gasolina era de 40,25 céntimos por litro de gasolina. Es decir, independientemente de cuál fuera el precio final, yo pago en la gasolinera, igual me da que fuera un euro como que fueran dos euros, de ese impuesto que yo he pagado por ese litro de gasolina, 40 con 25 era el impuesto que cobraba el Estado. ¿Qué supone para el consumidor? Esto pues supone lo mismo que un aumento en el precio del bien que estemos considerando, en este caso del bien X1, pero en el presente que también se puede modificar el precio del bien 2. 2. Si en lugar de ser un impuesto fuera una subvención al consumo de ese bien, pues en lugar de estar sumando, pues sería, estaría restando. Como en este caso lo que hace es aumentar el precio del bien 1, la recta presupuestaria pivota sobre el eje de ordenada y se hace más vertical en valor. Y el otro tipo de impuesto es lo que se llama el impuesto sobre el valor o as valores, que lo denotamos aquí con la letra tau. Es un impuesto sobre el precio del bien, no sobre la cantidad que se compra del mismo. Entonces, se suele expresar en términos porcentuales y el ejemplo más conocido que tenemos es el del IVA. Es un impuesto que afecta al precio. Si cambia el precio del bien... aumente o disminuye el impuesto que yo pago porque es un porcentaje de ese precio, ¿vale? Si yo ahora compro, por ejemplo, un litro de aceite pues si ese litro de aceite me cuesta 5 euros pues yo pagaré un 21% de impuestos sobre esos 5 euros. Si el precio del aceite pasa a ser de 10 euros el litro estaré duplicando el impuesto porque ahora es un 21% de esos 10 euros. No es como en el caso anterior que independientemente del precio final que tenga en el mercado el producto, como la gasolina lo que va destinado al impuesto es la misma cantidad. O sea, en este caso afecta al precio y para el consumidor supone también si se establece un impuesto un incremento de su precio. La nueva recta de balance que tendríamos sería la que tenemos aquí y pues como en ese caso también es un aumento del precio del bien 1, pues la recta presupuestaria vuelve a pivotar sobre el eje de ordenadas, aumenta la pendiente en valor absoluto y disminuye, se reduce el conjunto presupuestario con relación a la situación inicial. Bueno, ya hemos visto los diferentes tipos de impuestos. Pues vamos a ver ahora otras posibles situaciones que van a afectar al conjunto presupuestario. Vamos a comenzar con una situación que se puede dar en la economía que sería el racionamiento. ¿Qué significa el racionamiento? Pues que el consumidor, en este caso el bien que está racionado es X1. El consumidor, por mucho que tenga renta o por mucho que quiera, no puede consumir más de X1 barra unidad. Entonces, en este caso la recta presupuestaria sería la normal. p sub 1, perdón, p sub 1, x sub 1, más p sub 2, x sub 2, igual a m, como el anterior. Lo único que tendría una condición, que sería para todo, x sub 1, menor o igual que x sub 1, barra. O sea, esa recta presupuestaria solo sería la que tenemos ahí, la que he marcado. El tramo de la recta presupuestaria sin tener en cuenta los guiones, ¿vale? La zona de los guiones no es accesible para el consumidor, no porque no tenga renta, sino porque, por ejemplo, el Estado no le permite adquirir esas cantidades. Lo que hay que tener en cuenta es que la recta presupuestaria, en este caso, es solamente el tramo que voy a marcar en azul, ¿vale? Ese tramo de aquí. El tramo que voy a marcar en negro, que está aquí marcado, ese tramo vertical que indica el máximo que yo puedo adquirir del bien 1, no es recta presupuestaria. O sea, sí que señala cestas, las cestas que están situadas aquí en cualquier punto. Son accesibles al consumidor, las puede comprar porque consume una cantidad de X2 y lo máximo que puede de X1, pero no pertenecen a la recta presupuestaria. ¿Por qué? Porque hemos definido la recta presupuestaria como la que está formada por todas aquellas cestas en las que el consumidor gasta toda su renta. Entonces, las cestas que están incluidas en la línea vertical son accesibles para el consumidor, pero en el caso del consumidor no gasta toda su renta. Entonces, de acuerdo con la definición que hemos dado de recta presupuestaria, pues no formarían parte de la recta presupuestaria. He comentado antes que las subvenciones serían los mismos casos que los impuestos, pero con el signo cambiado. Y tendríamos los mismos casos, subvención de cuantía fija, que sumaría renta, subvención de cuantía proporcional, tendríamos también una subvención a la cantidad, que en este caso disminuiría el precio, y una subvención sobre el valor, que también disminuiría el precio. O sea, provocaría el efecto contrario al que han provocado esos mismos impuestos. Bien, con esto habríamos en principio terminado el tema. Aquí hay una serie de ejercicios sobre este tema que podéis ir atiendo. En este caso, supongamos que los precios de los bienes son 5 y 10, la renta 200, establecen un impuesto sobre la renta de 100 euros. Se están combinando distintas posibilidades. Un impuesto sobre la cantidad de tanto y una subvención de tanto. Pues bueno, ¿cuál sería la expresión de la recta presupuestaria? Tendríamos que ir viendo cómo afecta a cada variable, ¿vale? Hay un impuesto sobre la renta, pues bueno, eso va a afectar al parámetro M. Pues si hay un impuesto sobre la renta de 100 euros, la situación final será aquí de 100, ¿no? Porque disminuimos 100 unidades por el impuesto. ¿Qué consecuencia tiene? Pues que disminuye, en ese caso, la renta, ¿eh? Pues con esos datos habría que, con estos datos iniciales, podemos escribir la renta, o sea, la renta, la recta, la ecuación de la recta presupuestaria. ¿Qué consecuencia tiene? Pues que disminuye, en ese caso, la renta, la ecuación de la recta presupuestaria. por X1 más 10 por X2 igual a 200. Esa sería la recta presupuestaria inicial. Pues con los datos finales yo voy a poder construir también la recta presupuestaria final, ¿vale? Bueno, eso se podría hacer. Estos también, estos son ejercicios de exámenes de años anteriores, ¿eh? Está marcada la respuesta. Este es otro también con varias variaciones y creo que añadiría aquí el final. No, con esto hemos dado, sí, porque habían ahí unas cuestiones finales, pero esas ya no están, digamos, en el tema. Entonces, esto sería todo el tema 2. No es un tema que sea excesivamente complicado. Hay que saber cuestiones teóricas de lo que es la restricción presupuestaria, hay que saber lo que sucede cuando varían precios o venta y luego cuando se introducen los diferentes impuestos o subvenciones o el traccionamiento, lo que se explica en este tema. Y con eso sería, las preguntas esas son concretas para este tema, porque luego la restricción presupuestaria la utilizamos para obtener el equilibrio del consumidor, pero de otra forma, ¿vale? Con las culpas de indiferencia que hablemos, lo obtendremos luego en lo que es el equilibrio del consumidor. Pero este tema, con esto, lo tendríamos acabado, ¿vale? Bien, entonces ya no sé si tienes alguna consulta. Si acaso para no alargar la grabación de lo necesario, voy a pasar la grabación ahora y luego vemos.