Puedo subir al día siguiente por la mañana, o sea, este año está funcionando todo bastante bien. Vale, buenas tardes a quienes estáis aquí, a los que estáis, todos chicas, a quienes estáis también al otro lado, siete al final estamos. ¿Alguna preguntita? ¿Alguna cosa, alguna cuestión? ¿No? Ni sobre exámenes ni nada, ¿no? Aparte de cómo subiría todo esto, nada más. ¿Toda la diversidad? No. Vale, me vale como pregunta. Consejito. Sí, por favor. Dos cosas que os dije el primer día. La asignatura es muy bonita y es muy chula, es muy variada. Se puede... Se puede estudiar casi como si fuera una historia, como si fueran cuentos, ¿vale? No como capelucita ni cenicienta, esto no tiene contenido moral, pero se puede estudiar como si fuera una historia. ¿Qué significa estudiar como si fuera una historia? Que lo podéis leer y ir asimilando lo que leéis. ¿Qué significa eso? Segunda cosa. No hace falta que memoricemos todas las fechas y todos los paisanos que nos vayan saliendo. ¿Vale? ¿Por qué? Porque no nos interesa específicamente. ¿Se acuerdan lo que os dije del tema segundo? Que había 256 autores. Y yo dije, mira, yo esto no tendría que decir, pero a lo mejor, oye, teniendo en cuenta el número de preguntas que hay en el examen y el esfuerzo que os puede suponer memorizar 256, pues... ¿Vale? Las fechas importantes. Y los autores importantes las vais a retener por pura matraca. O sea, a base de Erdogan. A base de Erdogan. A estas alturas ya el primer código de 1822 le tenemos tatuadísimo. ¿Por qué? Porque habló yo de él 72 veces. ¿Vale? A estas alturas Jeremy Benson también nos suena. O Becaría o... Gente que igual no nos sonaba. No nos sonaba de nada al principio. Entonces, lo que sí os diría es eso. Podéis leerlo. Es eso, como si fuera una historia, que es lo que realmente es. No atendiendo tanto al detalle específico, sino a lo que nos cuenta la historia. Y, tercera recomendación. Antes de ponernos a estudiar, descargar los exámenes de otros años. Y ver qué se presenta. ¿Cómo se pregunta y cómo se pregunta? ¿Vale? El qué y el cómo. Y las opciones que os dan en la respuesta. ¿Vale? O sea, primero, os va a quitar miedo. Porque vais a ver que no somos puñeteros. Nadie os va a poner... ¿Qué día entra en vigor el código penal de 1822? ¿El 1 de junio, el 2 de junio, el 3 de junio o el 4 de junio? ¿Vale? No somos puñeteros. Y segundo, vais a ver cómo son las respuestas. Las posibles respuestas. Cómo son las preguntas, cómo están expresadas. Vais a ver la ponderación. Cuántas preguntas hay de esto, cuántas de esto, otro. Y vais a ver cómo son las posibles respuestas. ¿Vale? Dime, perdón. Sí, un apunte. Yo pienso que todo se implementa mucho con los códigos. Hombre, es que los códigos... Códigos estamos viendo en prácticamente todos los temas. Si os fijáis. ¿Cuántas veces hemos visto ilustración y codificación? Cada vez que empieza un tema. ¿Por qué? Porque os lo dije. Este manual está escrito por diferentes personas. Y cada persona, cada autor hace una ilustración. Es una introducción. En buena lógica. Porque no puedes entrar aquí como un elefante en cacharrería. Entonces con eso jugamos también. ¿Por qué? Porque no lo sabemos de memoria. De pura repetición. Entonces descargar los exámenes. ¿Cómo funciona? ¿Cómo preguntan? Etcétera, etcétera. ¿Vale? Y sin miedo. Es una asignatura con un porcentaje aprobado muy alto. ¿Vale? Eh... ¿Cómo se aprueba? Es de estas que yo lo digo con tranquilidad. Como profesor lo digo con tranquilidad. Si la estudias, la apruebas. Puedes estar malito ese día. O que tengas gripe o lo que sea. O cruzarte. Hay excepciones y no pasa nada. Nos puede pasar a todos. Lo más lógico es que estudiando esta asignatura se apruebe. Y tampoco sin meter unas horas brutales. Esto no es una oposición. ¿Vale? Para meteros miedo ya están... Ya habrá otros profesores. Y a mí no me... No me ha molado lo de... Lo de meter miedo. ¿Y cuándo nos recomiendas que empecemos a estudiar desde a jueves? Eso... A ver... Generalmente. Recomendación, claro. Aquí por otra parte es que yo soy un cínico en este sentido. Porque claro, yo digo no... Te lo digo con sinceridad. Lo chulo sería que la llevarais un poco a la semana. Porque si no... Si llegáis los últimos días y os lo metéis todo entonces sí que vais a tener problemas con conceptos, vais a mezclar cosas y tal. Pero ¿por qué te digo que es cinismo y que no me gusta hacerlo? Porque esto te lo digo yo. Luego tienes otra asignatura conmigo y te digo lo mismo en la otra asignatura. Tienes dos con otro profesor y te dice lo mismo. Todos decimos que la nuestra hay que estudiarla a la semana. No hay uno que te diga, no, la mía es una puta mierda. La estudié dos días antes. Entonces somos muy cínicos en ese sentido. Lo que yo sí... Fíjate, yo soy realista. Yo sé que no estudiáis todos los días y no podéis estudiar todos los días. Porque esto no es una oposición. Cuando hagáis la oposición, estudiáis todos los días Pero esto es la carrera, tenéis que salir, tomar dos copas, leer, ir al cine y lo que sea. Y no voy a ser yo precisamente el que os diga lo contrario. Pero sí que os digo una cosa y os lo dije el primer día y no porque sea más o menos tiempo porque engaña... La propia definición. Yo empezaría a estudiar antes de Navidad por una cosa. Porque os lo dije. Los exámenes de febrero empiezan en enero. Entonces, si los exámenes de febrero empiezan la tercera semana de enero como mucho te vas a examinar la primera semana de febrero. Como muy tarde. Primera semana de febrero. Las navidades acaban el día 10. Las navidades no acaban el 31. Pero sabemos todo. Y luego viene Reyes, y luego... Acaban el día 10. Si te examinas como tarde el 7 de febrero te quedan cuatro semanas. ¿Te da tiempo de estudiar mi asignatura? Es hora. ¿Te da tiempo de estudiar todas las asignaturas que tengáis que no sé cuántas son pero sé que la mía sola no es? No. ¿Vale? Entonces... Joder, no te digo que estés todas las navidades ahí chapando pero que no dejéis todo para empezar después de navidades porque fíjate... Voy a ir un poco más allá en el cinismo. A mí no me importa que suspendáis mi asignatura si aprobáis cada cual. No sé cuántas tenéis. Seis. Las que tengáis seis. Si suspenden la mía y apruebas cinco te digo, joder, has hecho un cuatrimestre cojonudo. ¿Por qué os digo lo de no dejarlo todo para después de navidades? Porque en ese caso es muy fácil colapsar. Y... Yo también he sido un estudiante y decir, mira, hoy voy a estudiar dos temas de este, dos de este, dos de este. No llegas a los dos de este. Empiezas a colapsar y lo mandas tú a tomar por culo y no te presenta ninguna. Y yo es lo que no quiero que hagáis. ¿Vale? Os digo, si suspendéis la mía y si la mía la dejáis y aprobáis cinco esto decís seis y tú también. Joder, capitán general. Ya tendréis las... Julio para sacar la mía el año que viene o cuando sea. Lo que no puede ser es que tengáis seis... Fíjate. Si tenéis seis y se os ha muerto el perro y suspendéis las seis, es algo inolvidable. O sea, no podéis evitarlo. Pero si es porque lo hemos ido... Hemos hecho mal los cálculos y nos hemos desanimado y para el día quince ya hemos quitado tres. Para el día veinticinco hemos quitado... Ahí ya no. Porque entramos en un círculo vicioso súper chungo. ¿Vale? Por eso os digo, que intentáis intentáis, perdón, empezar a estudiar antes de... antes de navidades. ¿Vale? Y luego ya si es enero, pues es de clavascodos. Pero tened en cuenta lo que os digo. Febrero, en la UNED empieza en la tercera semana de enero. Que si tenéis... Ya terminamos con esto. Jugamos con que tenemos dos semanas para hacer los exámenes. Tenemos un montón de asignaturas y hacemos tres... Tres una semana y tres la otra. Bueno, es que la primera semana las tres asignaturas de la primera semana las vamos a tener igual el veinticuatro de enero. Es que del veinticuatro de enero a Reyes no hay nada. Por eso os digo que no lo dejéis. Dicho lo cual, eso. Es muy cómodo que yo os dé os dé consejos y os diga cuando tenéis que empezar porque ya no tengo que... Porque ya no tengo que hacer. ¿Vale? Cada cual lo suyo. Lo que sí os digo es que yo por mi parte en lo que os he puesto antes en los correos sigo trabajando hasta el último día y también navidad y todas estas cosas. Si tenéis cualquier duda... Es más, se lo he dicho antes a un alumno. Si estamos de vacaciones y tenéis una duda muy concreta y dices oye mira el tema 2 no sé qué que no he entendido. Igual no esta asignatura más de la otra, de la introducción. Dice el tema 7 que no entendía muy bien. Es decir, escribimos un correo o me escribís un correo. Os lo intento resolver así, escrito. No lo entendemos. Escribimos un correo, nos hacemos una aula o nos hacemos un zoom o lo que sea y lo explicamos en 20 minutos y a tomar por saco. Sabemos hoy en día que tenemos todos con el riesgo de la pandemia lo tenemos muy interiorizado todo este tipo de cosas. A mi no me importa. Pero no os cortéis. ¿Vale? No os cortéis. No digáis, joder es que a este hombre le voy a molestar y tal. Si me molesta ya os digo que lo hacemos mañana o pasado o cuando sea. Pero no os cortéis. Tirad el profesor que cobra de eso. La cobra para hacer esas cosas. No para escucharse. ¿Vale? Bueno. No sé ni qué tema es. Tema 7. Política penitenciaria en la democracia. Recordaréis, ¿no? Habíamos estado viendo la política penitenciaria al final del régimen de Franco. Vimos el comienzo de la política penitenciaria con los gobiernos del PSOE y tal. Y vamos a ver ahora la consolidación de la política penitenciaria en los gobiernos del PSOE. ¿Vale? Vale. De primera, en los primeros momentos del gobierno socialista se produce una reforma. Una reforma no tanto penitenciaria como penal que lo que hace es dejar en libertad a más de 5.000 personas que estaban a la espera de juicio. ¿Dónde estamos? Estamos en las últimas modificaciones de consolidación del gobierno penitenciario del PSOE. La política penitenciaria en los gobiernos del PSOE. Las primeras cosas que hacen, eso. Se produce una reforma de tipo penal. Más de 5.000 personas que están a la espera de juicio en las cárceles se ponen en la calle y se van en libertad. Y 1.000 reos alcanzan también la libertad mediante la reducción de penas. Una política de reducción de penas. Fijaos, esto es muy sutil porque se produce una consecuencia muy clara. Mejor dicho, se produce una consecuencia real pero no por las causas que se aluden. La oposición alienta una especie de psicosis. Hemos puesto en la calle a un montón de delincuentes y han aumentado muchísimo los delitos. Todo desde un punto de vista con una intencionalidad política. ¿Cuál es la sutileza que os decía? Que esto es cierto. Aumentan un montón los delitos. Y sobre todo, aumentan además los delitos que más en relación están con el ciudadano medio. Son los pequeños hurtos. ¿Qué es lo que ocurre? Está demostrado que los delitos no aumentan por la gente que se pone en libertad, sino que aumentan por otra cosa que vimos el otro día que es el aumento en la incidencia de la heroína. Os acordáis cuando hablamos del delincuente heroinómano que era totalmente reincidente, que sobre todo tenía delitos muy pequeños, muchas veces aparejados también con la prostitución, etcétera, etcétera. A medida que la heroína se va extendiendo el índice de delitos de este tipo afortunadamente vosotros sois más jóvenes que yo, pero a gente de mi edad no hace falta que se le explique esto. El índice de delitos de este tipo se extiende un montón, no tiene nada que ver con la gente que va a la calle durante este... a raíz de esta política de reducción de penas y es la pescalla que se muerde la cola porque, aun con todo, se utiliza como un elemento de corte político. Se aumenta también el número de prisiones, es decir, se construyen nuevas prisiones y se cumplen los diez años de vigencia de la Ley Orgánica General de Prisiones. ¿Análisis o consecuencias o dictámenes de esos primeros diez años? Bueno, pues generalmente o de forma mayoritaria digamos que no alcanza los objetivos que se había propuesto por diversas razones. En primer lugar, pese a los intentos sigue habiendo problemas con la población presa. Hay problemas en las condiciones de los presidios, hay problemas incluso de alimentación a veces, etcétera. Segundo, posiblemente el problema más importante de la época, la existencia totalmente extendida de droga en el interior de las cárceles. ¿Vale? Que no solamente conlleva los problemas sanitarios que podéis imaginaros, sino que directamente se carga cualquier atisbo de reeducación y reinserción. ¿Vale? Cuando introducimos la problemática de fuera, dentro de las cárceles, lo tenemos fastidiado en ese sentido. ¿Vale? Otro análisis de estos diez años se revela como deficiente la clasificación de los reclusos. Se revela como deficiente también el trabajo dentro de las cárceles. Si nosotros buscamos una reeducación y una reinserción, el proporcionar trabajo a los reos dentro de las cárceles, un trabajo variado y un trabajo que esté al alcance de su mano, es muy importante. ¿Vale? Que no haya ¿Cómo se llama? Lista de espera para entrar en un trabajo en condiciones. Y además en el caso de las mujeres, en el caso de las prisiones femeninas, aún nos encontramos con peores condiciones. En estos momentos solamente hay tres cárceles que sean exclusivamente femeninas. En Madrid, en Barcelona y en Valencia. ¿Vale? En Madrid, en Barcelona y en Valencia. Claro, de todos estos problemas el que os he dicho que es el más importante, el más llamativo o el que más consecuencias acarrea es el de la drogadicción. ¿Por qué? Porque es nuevamente la pesquería que se muerde la cola. Estamos hablando de una serie de delincuentes que son multireincidentes y que por lo tanto provocan otros problemas acarreados. ¿Vale? Dicho de otra forma la población reclusa cada vez es mayor y es una población reclusa que podríamos decir que es prácticamente flotante. ¿Vale? Porque hay un montón de gente que está en la calle un poco de tiempo. Entonces, si las cárceles tienen problemas de superpoblación y se va aumentando cada vez más el problema de drogadicción, ¿vale? Es la pesquería que se muerde la cola. Pesquería que se muerde la cola entre otras razones porque la respuesta que se da es una respuesta de corte penal y no de corte sanitario. Se intenta combatir un problema sanitario un problema casi médico podríamos decir, como es la drogadicción mediante una respuesta única y exclusivamente penal. ¿Vale? Entonces si a esto le añadimos la existencia totalmente generalizada de drogas dentro de las cárceles entendemos que el sistema por aquí está fallando. No hay posibilidad alguna de reeducación y revisación. Añadamos un elemento adicional de malignidad podríamos decir, que también se va incrementando a lo largo de los años 80 como es la extensión paulatina del SIDA. El virus de inmunodeficiencia humana. Entonces ya tenemos un problema que va mucho más allá. Un problema que va mucho más allá. Por muchas cárceles que se hicieran nunca eran suficientes en este sentido. Y añadimos también hoy estamos totalmente cínicos un elemento adicional. Y es el estigma particular que arrastraban los adictos a la heroína. Tan diferente de la imagen prácticamente triunfadora que otras drogas como la cocaína tienen en los años 80. ¿Vale? La heroína se consideraba una droga del lumpen y por lo tanto se le trataba como una enfermedad del lumpen, una enfermedad de los barrios bajos mientras que la cocaína era casi un símbolo de estatus social. No sé si habéis leído o si no lo podéis leer cualquier día La novela esta de British Tonellis American Psycho ahí se ve cómo la cocaína es un bravo estatus y el que tenía la cocaína mejor pues era el que estaba más arriba en el escalafón social, etc. ¿Vale? Entonces aquí es como un juego de tiras y aflojas el asunto este de la drogadicción Fijaos que cuando decimos cuando le explicamos todo esto tenemos que tener en cuenta que no solamente estas situaciones van en perjuicio de la población presa por asuntos relacionados con la drogadicción, fundamentalmente insisto, con la heroína, sino que van en perjuicio del conjunto de la población presa ¿Vale? Desmontan o dificultan el funcionamiento de todo el sistema ¿Vale? Pues si nosotros tenemos las cárceles superpobladas, no podemos hacer un tratamiento personalizado, etc. ¿Vale? Y otro problema que aparece también en esta época es el comienzo de la política de dispersión penitenciaria para terroristas de dispersión para los terroristas ¿Os acordáis como en los primeros momentos de la democracia en los primeros momentos de la transición los presos de los diferentes grupos terroristas lo que hacía era mandárseles a todos, a las mismas cárceles entonces los presos de ETA estaban en unas cárceles particulares los de extrema derecha en otra los del grapo en otra hicimos como por ejemplo los de extrema derecha estaban en una cárcel donde la vigilancia era, por así decirlo, deficiente y que uno de ellos fue participó en el crimen de los abogados laboralistas de Atocha porque se fugó y todas estas cosas ¿Vale? Esto cambia a finales de los años 80 hasta ese momento hasta que fracasan las conversaciones de Alger que son las conversaciones que tiene el gobierno socialista con representantes de la banda terrorista ETA hasta ese momento se sigue haciendo exactamente lo mismo ¿Vale? Se concentran los presos de las diferentes si queréis facciones terroristas en los mismos sitios se sigue o se mantiene la idea que ya hay y que se está llevando a cabo en otros países de nuestro entorno en Francia, en Italia de meter a todos los presos de la misma banda o de la misma facción en el mismo sitio ¿Vale? Pero como os digo a raíz del fracaso de estas conversaciones de Alger el gobierno socialista cambia por completo la política penitenciaria y divide a los presos etarras en dos categorías los más beligerantes y aquellos que se considera que tienen más posibilidad de reinserción A estos últimos se les mantiene en cárceles de la zona norte ¿Vale? Por así decir A estos últimos se les mantiene de la del cumpliendo la política penitenciaria más básica la más lógica, la que nos aplicarían a nosotros ¿De acuerdo? En cambio a los más beligerantes se les dispersa por cárceles muy alejadas ¿Por qué? ¿Cuál es la explicación que se da? Esto no es caprichoso No digo que sea efectivo o no efectivo no soy yo quien para decirlo pero no es caprichoso. La explicación que se da es que en este tipo de organizaciones la presión social es tan grande que cuanto más alejes a la persona al antiguo delincuente de esa presión social, más posibilidades hay de reinsertarlo ¿Vale? Insisto, no digo que sea ni efectivo ni no efectivo digo que es la explicación que se da. Claro Se hizo con los presos de una banda terrorista y se hizo también con los presos del Graco Consecuencias trágicas ETA empieza a atentar contra funcionarios de prisiones y los presos del Graco inician una huelga de hambre Una huelga de hambre que además supone todo un desafío para el Estado de Derecho porque se debate incluso en el propio Tribunal Constitucional si es constitucional o no alimentar obligatoriamente a un preso en huelga de hambre Se establece en aquel momento que sí y se les obliga a comer Se les introducen nutrientes en contra de su voluntad Aun con todo hay un preso que fallece Y aun con todo la reacción de los Graco es matar, asesinar a uno de los médicos que había contribuido a alimentar en contra de su voluntad a este tipo de presos ¿Vale? Todo esto las reacciones de las dos bandas y también el aumento de conflictividad en el interior de las cárceles lo que genera es la aparición de una figura especial que son las llamadas FIES Las Fichas Internas de Especial Seguimiento Que son una base de datos, de seguridad y control que se hacen sobre diversos reclusos Solo sobre diversos reclusos ¿Fichas internas de quién? Especial Seguimiento ¿Vale? ¿Cuál es el problema? Que en la práctica lo que se consigue con estas FIES es una especie de régimen alegal no contrario a la legalidad pero sí al margen de ella basado en las mismas que restringe o mejor dicho que ampara la restricción de todo tipo de derechos a estos presos ¿Vale? Como os digo, a estas fichas o respecto a estas fichas existen críticas desde el primer momento por su dudosa legalidad por ser incompatibles con los criterios de reeducación y reinserción que nunca me canso de repetir que están establecidos constitucionalmente y por ser además incompatibles con el principio de dignidad humana ¿Vale? Y, siguiente paso Aprobación del Código Penal de 1995 y del Reglamento Penitenciario de 1996 Aquí es donde nos vamos a detener hacemos un pequeño una pequeña puntualización previa Código Penal de 1995 Reglamento Penitenciario de 1996 ¿Sabéis que el reglamento es una norma que desarrolla una anterior? Normalmente un reglamento desarrolla una ley Es como la norma técnica Las leyes son normas más abstractas Los reglamentos son normas más técnicas más concretas ¿Cuál es la particularidad aquí? Que evidentemente el Reglamento Penitenciario desarrolla el Código Penal en la parte penitenciaria pero el Código Penal dedica un gobierno el último gobierno socialista José María González y el Reglamento Penitenciario le dicta el primer gobierno del Partido Popular de José María Aznar Entonces ahí hay una dicotomía y lo vamos a ver bien La reforma del Código Penal está en 1995 ¿Por qué viene marcada? Bueno, en primer lugar viene marcada por un fortísimo ambiente electoralista un ambiente electoral político ¿Vale? En aquel momento el PSOE lleva un montón de años en el poder encadenando mayorías absolutas y tal y cual pero las sufre un desgaste del poder y las encuestas abren la posibilidad o dan casi segura la posibilidad de que el PP alcance la mayoría en las siguientes elecciones Por lo tanto hay un marcado pulso electoralista hasta tal punto que este Código Penal durante la votación del mismo el PP a la bancada popular en el Congreso se abstuvo ¿Vale? Se abstuvo porque le consideraba demasiado suave pretendía un endurecimiento de penas y pretendía además la posibilidad de un cumplimiento íntegro de las penas en algunos delitos ¿Por qué? Porque hemos dicho el Código Penal en primer lugar por el electoralismo en segundo lugar evidentemente por el terrorismo la influencia del terrorismo ¿Vale? El principio de los 90 no son años tan duros como el principio de los 80 no son los años tan de plomo como el principio de los 80 pero siguen siendo años muy duros con el terrorismo fundamentalmente ya casi en exclusiva por la banda terrorista Y en tercer lugar y esto es más incomprensible y es un problema que todavía arrastramos la creación y la elaboración de este Código Penal está marcada profundamente por un crimen muy concreto sin mayor importancia a nivel general pero con un respaldo mediático absoluto que es el crimen de Alcácer ¿Vale? El crimen de Alcácer es cuando se populariza por completo la crónica negra cuando la crónica negra salta desde el caso hasta las cadenas privadas de televisión y nunca está de más decir el nombre de la primera pecadora es cuando Nieves Herrero cubre el entierro de las niñas de Alcácer ¿Vale? Y empieza a hacer bueno pues todo este asunto de telebasura mezclado con intención política y se empieza a intentar legislar desde las cadenas de televisión y cuando las cadenas de televisión legislan lo hacen en el mejor de los casos desde las tripas y no desde la cabeza ¿Vale? Dicho de otra forma a la hora de elaborar un Código Penal no se puede atender fijaos lo que voy a decir porque es muy feo pero eso sí declaro no se puede atender a lo que dicen los familiares de unos pobres muchachos que acaban de matar ¿Vale? Porque esa gente no está hablando ni desde el mundo del derecho ni desde el mundo de la inteligencia está hablando desde el mundo de los sentimientos y las tripas ¿Vale? Entonces cuando nosotros ponderamos por encima del mundo del derecho el mundo de los sentimientos estamos teniendo un problema ¿De acuerdo? Lo digo así de claro y de esta forma tan brutal y si queréis y no creo estar siendo deliberadamente cruel pero lo digo así de claro porque es que se ha seguido haciendo esto con perdón cada vez que desaparece una muchacha o cada vez que desaparece un menor tenemos una retaíla de gente en las cadenas de televisión pidiendo la vuelta a la pena de muerte pidiendo la vuelta a no sé qué y eso que es totalmente comprensible si a mí me pasara también lo pensaría seguramente ¿Vale? Tenemos que entender que quien legisla es el Estado no los sujetos concretos y el Estado no puede arrogarse el Estado con todo su poder no puede arrogarse ese tipo de sentimientos ¿Vale? Porque el Estado es prácticamente omnímodo Entonces no podemos hacer estas cosas Lo digo porque es que lo veis y lo vais a seguir viendo desde otro punto de vista además ahora sois especialistas o sois técnicos de este tipo de cosas y lo vais a ver desde otro punto de vista ¿Vale? Insisto no significa no compartir el dolor no significa no entender perfectamente el no razonamiento de esas personas porque no hay nadie o es de aplaudir que alguien pueda razonar en esa situación lo normal es lo otro pero hasta ahí no puedes ir más no puedes ir más allá en ese sentido ¿Vale? Por lo tanto, dime El Estado puede hacer caso al público lo que no tiene es que hacer caso a los casos concretos que únicamente atienden a los sentimientos La reflexión jurídica tiene que estar por encima de estas cosas porque la reflexión jurídica vamos a poner un ejemplo concreto el que hemos dicho antes la reflexión jurídica no atañe al desgraciado y al mal nacido que mató a las niñas de Alcácer la reflexión jurídica atañe a mucha más gente y muchos más años entonces no podemos individualizar si no podemos caer en esa trampa os voy a poner otro ejemplo muy sencillo y es el ejemplo brutal siempre lo tengo guardado todos los años le pongo y la gente se asusta a la hostia y es un ejemplo que pongo cuando hablamos de la pena de muerte la reflexión nuestra como jurista cuando nos pregunta la pena de muerte la salida fácil la salida a los tontos la salida a los que no piensan es decir o estoy a favor de la pena de muerte que yo solo lo contemplo o la pena de muerte es que es injusta lo de las pelis la peli esta de Clint Eastwood y si matas a un inocente esa es la reflexión fácil la reflexión difícil es no no oiga la pena de muerte es justa aun matando al culpable tenemos un tío que ha cogido una niñuca le ha hecho todas las barbaridades que os entren en la cabeza las más horribles que imagináis y luego lo hemos detenido ¿está bien que ese tío le mate el estado? es que sería la vida fácil matarle yo no sé si es la vida fácil o no yo lo que te digo es que la reflexión que tenemos que hacer con respecto a la pena de muerte o con respecto a la pregunta que haces tú no es la reflexión sencilluca es decir, no no mira es que es como las pelis yankees el pobre hombre que está ahí por un error judicial vamos a pensar en el monstruo en el tío que le tenemos metido en la cárcel nosotros como estado nos detenemos que cepillar esa es la reflexión que tenemos que hacer no sé si me explico ¿vale? entonces dime lo que digo es que en el caso de matar el castillo sí que se consiguió la presión normalmente revisable porque está mal hecho porque no podemos hacer circunstancias, no podemos hacer tipificaciones genéricas en base a circunstancias particulares a circunstancias personales yo no digo que esté mal lo de la prisión permanente revisable ni no, yo estoy en contra filosóficamente estoy en contra a mí me dices tú como jurista qué piensas yo te digo que estoy en contra pero yo no digo que esté ni bien ni mal yo lo que digo es que no podemos legislar en base al caso como dices tú de Marta el Castillo ¿vale? que ni siquiera lo tengo ahora en la cabeza pero me imagino cómo pudo ser ¿qué pasa? que esa muchacha ese día tiene la suerte de llegar a casa y la legislación es distinta dale la vuelta, no tiene lógica no tiene lógica o en vez de yo qué sé en vez de ser esa muchacha es otra no nos enteramos y la legislación es distinta no podemos caer en eso porque al final lo que haces es acabar legislando con las tripas y con las tripas se escribe con las tripas se habla y con las tripas se siente y ya entiendo perfectamente vuelvo a decirlo por descontar a los familiares, a los padres a todos estos, pero entiendo también a la gente que piensa lo contrario, lo contrario es lo que pienso yo ¿cómo no lo voy a entender? lo que creo es que una reflexión legislativa o una reflexión normativa y una reflexión jurídica en sentido amplio debe de cubrir otras cosas y eso lo creo porque es un producto de una cierta reflexión de pensarlo esto que ocurrió aquí en el 95 le he puesto nombre porque es algo y tú lo has puesto un magnífico ejemplo que se sigue viendo cada vez que pasan estas cosas se sigue viendo abrimos ahí una espita se abrió una puerta a que los medios de comunicación tuvieran un acceso a los sentimientos de determinados momentos ¿vale? te voy a poner un ejemplo si tú entrevistas a un tío que le acaba de morder un perro, posiblemente te diga que a los perros no le gustan ¿vale? te estoy poniendo un ejemplo muy nadie y si tú... a mí me encantan los perros pero yo estoy así tocando un perro yo toco a todos los perros por la calle estoy así tocando un perro, me muerde a lo mejor le pego a un hostiano así si tú con la cámara vas a pillarme a hacer esas cosas dicho de otra forma si tú emites en directo en horario de máxima audiencia el entierro de tres pobres muchachas ¿qué cojones quieres que te diga la gente? entonces cuando eso es un es una creación mediática monstruosa y ya por sí no debería existir, pero bueno las teles son empresas privadas y cada cual ofrece lo que quiere ofrecer cuando eso que es una construcción mediática monstruosa lo dejamos que entre en el debate político o en el debate, fíjate ni siquiera político, sino jurídico ¿vale? yo admito todas las opciones y todas las opiniones somos aquí X, cada cual tiene su opinión a mí me las decís, yo las admito todas las discutimos pero las discutimos con elementos jurídicos ni siquiera políticos ¿eh? el jurista no tiene por qué ser político estaría bien que algún político fuera jurista pero el jurista no tiene por qué ser político a mí me decís cualquier cosa y con elementos jurídicos lo debatimos ¿vale? y jugamos a esto al juego de que yo intento convencerte a ti tú intentas convencerme a mí pero oye, con elementos jurídicos es a lo que me refiero entonces, consecuencia de toda esta situación un código penal extremadamente duro ¿vale? un código penal extremadamente duro incremento de penas en los delitos más frecuentes en delitos de robo en delitos de tráfico de drogas supresión, eso sí de la pena mínima de menos de seis meses supresión de la redención de penas por trabajo tampoco está nada mal y fijaos, a raíz de lo que decíamos del terrorismo la doctrina a efectos de beneficios penitenciarios no a efectos de cumplimiento de la pena sino de beneficios penitenciarios de la acumulación de penas totales y no del máximo de pena potencial dicho de otra forma si nosotros somos estos casos de terrorismo que hay un montón de muertos y se les condena 800 años de cárcel ¿vale? a efectos de beneficios penitenciarios hasta este código penal a efectos de beneficios penitenciarios se consideraba la pena máxima que podían cumplir en cárcel, 25 o 30 años a partir de este código se consideran los años totales es decir, 800, 900, 700 ¿veis la jugada? entre comillas, como una trampa ahora ha bajado esto evidentemente y luego además nos pegó un tirón de orejas Europa con la doctrina Parot que es algo muy posterior pero que funciona más o menos en la misma dirección aprovecho para decir en contra de lo que estoy comentando ahora es que lo dije antes en una clase cuando digo que nos pegó un tirón de orejas Europa España es uno de los países que menos tirones de orejas le da a Europa, jurídicamente el tribunal europeo de los derechos humanos y el tribunal superior de justicia europea que es lo que pasa que algunas veces son muy mediáticas y las conocemos muchas pero parece que nos están dando collejas todos los días y no es así somos uno de los que menos collejas recibimos aunque en este caso, ya te digo lo de la doctrina Parot por ejemplo nos dieron una y muy gorda y luego decíamos código penal muy duro reglamento penitenciario bajo el gobierno del PP todavía más duro profundiza en el principio la individualización de las penas potencia y diversifica la oferta en cuanto a tratamientos tratamientos médicos dentro de las cárceles redefina el régimen cerrado ¿vale? y facilita el acceso a las prisiones públicas ¿vale? y pondera los trabajos de asistencia penitenciaria ¿vale? ¿alguna pregunta sobre esto? una explicación de este tema, ya lo siento nada, vale bueno pues tema octavo ahora vamos a por una serie de temas ya por así decir más variados aquí vamos a ver la jurisdicción militar vamos a ver un día la pena de muerte vamos a ver otro día las prisiones netamente femeninas otro día veremos el duelo las pistolas y la esgrima y todas estas cosas y empezamos en este tema octavo con la jurisdicción militar jurisdicción militar en España hasta la constitución de 1978 veamos un poco la introducción que nos quedan diez minutitos lo dejamos aquí ya ¿qué significa jurisdicción militar? significa que los militares tienen fuero están aforados tiene una jurisdicción propia, una jurisdicción particular cuya existencia histórica sostenida a lo largo del tiempo tenemos noticias tenemos fuentes que nos hablan de jurisdicciones militares ya en la edad media el código de las siete partidas de Alfonso XI el sabio nos habla de una jurisdicción militar ¿vale? claro evidentemente esto es una jurisdicción evidentemente esto es una jurisdicción particular esto es una jurisdicción extraordinaria ¿qué significa la existencia de jurisdicciones extraordinarias? significa que hay personas que en atención a su nacimiento en atención a la actividad que ofrecen en atención a su cargo no son regidas por las mismas leyes ni son juzgadas por los mismos tribunales que el resto de la población ¿vale? esto es muy habitual insisto, a lo largo de la historia las jurisdicciones especiales son numerosísimas y a lo largo de la historia hemos tenido jurisdicciones especiales para los militares pero también para el clero hemos tenido jurisdicciones especiales para los comerciantes hemos tenido también jurisdicciones especiales en atención a la raza los visigodos tenían una jurisdicción especial para los judíos ¿vale? todo esto evidentemente tiende a desaparecer y con el siglo XIX con el liberalismo con la igualdad de todos ante la ley estas jurisdicciones especiales desaparecen desaparecen todas, desaparecen todas menos la militar la constitución de 1812 establece que todos los españoles son iguales ante la ley establece la igualdad con la excepción de la jurisdicción militar la jurisdicción militar evidentemente tiene más o menos importancia dependiendo de los vaivenes absolutos pero sigue existiendo siempre la revolución gloriosa en 1868 lo mismo, unifica todos los fueros es decir fuera jurisdicciones especiales con una excepción la jurisdicción militar que sigue existiendo ¿vale? la segunda república lo mismo, sigue existiendo la jurisdicción militar no digo nada ya durante la guerra civil y el franquismo con más o menos alcance con más o menos competencias ¿por qué nunca se mete mano en la jurisdicción militar? coño, porque se tiene miedo porque se tiene miedo estamos hablando del siglo XIX estamos hablando de un momento que os expliqué en 100 años tenemos 200 golpes de estado entre los que se llevan a cabo los que no los que se descubren, etc, etc entonces se tiene miedo al estamento militar porque el estamento militar quiere seguir conservando su fuero quiere seguir conservando su jurisdicción propia porque eso es tener un enorme poder sostener un enorme poder ¿vale? claro dices, y ya con esto terminamos dices oye igual es que a mi no me parece tan mal esto pues al final que los militares se gobiernen ellos mismos y que los militares se interpongan sus propias penas y tengan su propio su propio procedimiento y que el procedimiento militar sea más rápido que los otros y tal, el procedimiento sumario que lo vamos a ver ya os digo la semana que viene a mi a lo mejor no me molesta me parece incluso lógico al final es casi entre comillas como un colegio profesional ¿no? podríamos decir el problema es cuando esta jurisdicción particular con jueces particulares y normas particulares no solamente cubre al estamento militar y no solamente cubre actividades propias del estamento militar sino que va más allá y vamos a ver también como este ir más allá se expande y se contraiga a lo largo de la historia, pero este ir más allá puede ir o puede representar tanto desde cubrir delitos grandes delitos contra la patria un delito de sedición, un delito de terrorismo hasta cubrir delitos que hagan personas que no sean específicamente militares pero que sean igual la mujer de un militar o el hijo de un militar o el contratista de obras que hace un cuartel o la chica que limpia en un cuartel y ahí ya es cuando tenemos jurídicamente debemos de tener en buena lógica una cierta prevención porque esto es expansivo al final se está saliendo de lo que ellos mismos dicen vale esto ya os digo, la semana que viene lo vemos y continuamos a partir de aquí alguna pregunta, alguna cuestión ya lamento haberme puesto tan serigantes pero es que ya sabéis que a mi no me gusta pero bueno