antes de empezar con la explicación propiamente dicha tenemos alguna duda alguna cuestión os recuerdo que es el último de las vacaciones después de 11 de enero y no sé si tenemos alguna duda alguna cuestión como decíamos nada bueno pues si no me dice nadie nada continuamos hoy vamos a ver el tema 11 la pena de muerte en españa cambios y pérdidas desde desde el antiguo régimen efectivamente 11 y 18 enero es cuando tenemos los dos los dos las dos clases qué serán después de esta antes de bueno como digo tema 11 pena de muerte en españa un tema también extremadamente interesante y dónde vamos a ver algunas cosas muy curiosas para empezar una pequeña introducción el enfoque de estudio respecto a la pena de muerte en españa es particular es particular porque tenemos una doctrina que aún a estas alturas es escasa y se ha mostrado frecuentemente poco ambiciosa se ha mostrado frecuentemente poco ambiciosa normalmente o de forma muy generalizada la pena de muerte se ha estudiado desde dos puntos de vista distintos desde la historia del derecho y desde la historia social el problema es que quizás no ha habido un estudio conjunto un estudio interdisciplinar en este sentido que permita explicar de una forma más más completa más completa y más coherente todos los aspectos de acuerdo con respecto a lo que más nos interesa a nosotros que es el elemento puramente jurídico si queréis la historia del derecho nos ha hablado sobre todo de la pena de muerte durante el tardo franquismo nos habló también de la pena de muerte en el antiguo régimen y ha basado su reflexión en base al análisis de fuente al análisis de sentencias y también al análisis doctrinal La historia social, por su parte, ha presentado matices o ha presentado estudios diferenciados de la pena de muerte entre medievalistas, modernos y autores que estudian la historia contemporánea. De tal manera que lo que se ha acabado conformando es una perspectiva basada en tres grandes marcos teóricos. El marco económico estructural del materialismo histórico, el marco que proponen, según Beruá, Pucol y sus pupilos, sus seguidores, tiene mucha relación con la anterior, aunque es una asustación, si queréis verlo así. Y el marco que propone el llamado proceso civilizatorio de Norbert Elías. También se va a acudir, a modo de fuentes, a todo tipo de fuentes judiciales, a fuentes de tipo artístico, vamos a hablar por ejemplo de Goya, que sirve como una fuente con respecto al estudio de la pena de muerte, a fuentes literarias, a dos, Pardo Bazán, Larra, Maroja, Vicente de los Cribañes, el propio Gutiérrez Urbana, y a fuentes derivadas de la visión que sobre la pena de muerte presentaban diferentes viajeros extranjeros. A su paso por España. Hay que tener en cuenta como pórtico, antes de explicar todo lo demás, porque es lo más importante, mejor dicho, es a partir de lo cual vamos a estructurar el resto del análisis sobre la pena de muerte, que la pena de muerte fue un acto jurídico, podemos decir que es un acto jurídico, pero también es un acto político. Es una exhibición del poder del Estado. De ahí que los ajusticiamientos fueran frecuentemente públicos o fueran históricamente públicos, porque esa publicidad es lo que da sentido al ajusticiamiento. Esa publicidad es lo que estructura la pena de muerte como una... ...una exhibición, como una reivindicación del poder del Estado. Y por lo tanto, pasamos al siguiente punto, es muy importante tanto el espectáculo suplicial como la subsiguiente pedagogía del terror. El ceremonial de la pena de muerte está muy codificado, siempre con una estructura más o menos similar. En todos los sitios. Puede haber diferencias entre los reinos, pero la estructura es más o menos similar. A la pena de muerte como tal... La ejecución como tal comienza con las llamadas jornadas de suplicio. Jornadas que suponen, aunque parezca de coña, un enorme atractivo económico para el lugar donde se iba a llevar a cabo la ejecución. Durante las jornadas de suplicio se publica la sentencia, se realizan colectas de limosnas para misas por el alma del difunto, se construye el patíbulo y se produce la llegada de autoridades. Las grandes autoridades administrativas están presentes durante la ejecución de la sentencia. A la vez que llegan las autoridades con todo lo que ello representa a nivel económico, hace falta que lo expliquemos, es muy frecuente que lleguen personas de otros lugares atraídas por todo el espectáculo. E incluso no es infrecuente que alrededor de una ejecución se llegue a montar lo que llamaríamos hoy en día un mercadillo. Eso es antes. Después de la ejecución, o sea, después se lleva a cabo la ejecución y posteriormente se... proyecta la inhumanación del ejecutado. Si al ejecutado se le había que amputar diferentes miembros, esos miembros se repartían por todos los lugares donde el ejecutado hubiese delinquido. ¿Vale? Por lo tanto, la infamia no terminaba con la ejecución, sino que iba incluso un poquito más allá. Lo que hay que dejar bien claro es lo que decíamos antes, el Estado habla desde el patíbulo y por tanto un proceso de ejecución ordenado desde los días antes hasta en su caso la disgregación de los miembros por sitios donde el rey hubiese delinquido, lo que hace es suponer una metáfora. De un reflejo del orden y la seguridad que proporciona el Estado. ¿Vale? Existió incluso una llamada literatura asistencial que se distribuyó entre las diferentes cofradías, las diferentes cofradías religiosas, y lo que buscaba, y que lo que buscaba es auxiliar cristianamente al reo, ¿vale? En esta literatura asistencial se realizan diferentes sugerencias, algunas de las cuales se alejan bastante de incluso la idea que tenemos hoy en día de la pena de muerte. ¿Vale? Todo rezo al reo se le va a realizar en castellano, en su idioma natural, para que pueda entenderlo, es decir, se abandona el latín, esto es muy inhabitual en la época. Se le va a hacer acompañar siempre por un sacerdote para que siempre tenga un auxilio espiritual e incluso, digo que es una curiosidad, pero bueno, llama bastante la atención, se elimina lo que se da a llamar la última cena, esto que aparece tanto en las pelis americanas, la cena esa que quiere el día antes de ser ejecutado, se elimina esto, como os comento, por considerarlo una frivolidad. Los cabalsos, hasta la llegada del trienio liberal, el trienio liberal lleva los cabalsos a las afueras de las ciudades, los cabalsos... Los cabalsos, como os digo, se instalaban en las plazas o en los centros de las ciudades, en los sitios más famosos, en los sitios más concurridos. En Madrid, por ejemplo, el cabalso donde se ejecutaba la gente estaba instalado junto a la puerta de Toledo. En Baplona se instalaba en la plaza del Ayuntamiento, donde se hace hoy lo del chupinazo de San Fermín, para que os hagáis una idea. Una vez que estaba instalado el cabalso, como os digo, se subía al real mismo. Se le permitía confesar ante la multitud, reconocer sus pecados, etcétera, etcétera. El verdugo le pedía perdón. El verdugo pedía perdón a quien iba a justiciar. Y después... se le ajusticiaba. Esto siempre teniendo en cuenta que hablamos de reos comunes. Estamos hablando de un procedimiento militar, se va a hacer todo sin tanta pompa y sin tanta dilación. Va a ser todo mucho más rápido, mucho más sumario y mucho menos público. Posteriormente se retiraba el cadáver y se comenzaba la procesión hasta el entierro. Mientras estas cosas aberrantes y totalmente horribles iban en paradas o se encontraban en paradas en lo que podemos denominar tecnología de la muerte. Y esta insisto, que podemos denominar tecnología de la muerte avanzará poco a poco, de manera paulatina en un paradójico si queremos proceso civilizatorio. Paradójico, proceso civilizatorio. ¿Por qué digo paradójico? Porque evidentemente todo lo que sea tecnología de la muerte pues es una aberración histórica, es una aberración civilizatoria. Pero sí que es verdad que se intentó avanzar de una aberración más grande a una aberración más pequeña. Permítanse ver la expresión. ¿La idea cuál fue? La idea fue alcanzar el garrote. El garrote, que es un mecanismo de tortura y ejecución, que ya había utilizado la Santa Inquisición en el pasado, era entendido Como un método de ejecución más humano y moderno. La propia revolución francesa ponderó la posibilidad de incorporar el garrote en sus métodos ejecutarios. Finalmente se impuso la guillotina. La guillotina. Incorporar el garrote en detrimento de qué? En detrimento de lo que estaba en Francia en aquella época, lo que estaba también en España, lo que está prácticamente en toda Europa. Que era la antigua, la poco civilizada, incluso la sucia, orca. Igual que un garrote es una forma, y que se entienda bien la expresión, relativamente aséptica, la justicial a la gente, relativamente limpia, la orca es exactamente lo mismo. Lo contrario. ¿Vale? La orca es un proceso grotesco. La orca es un proceso sucio. La orca es un proceso desagradable. El ahorcado puede no morir en el momento y quedarse zarandeándose a sí mismo durante varios minutos. Al ahorcado se le sueltan los esfínteres. ¿Vale? Es una visión, insisto, contraria a cualquier mecanismo civilizador. ¿Vale? En cambio, el garrote es otra cosa. Es mucho más aséptico, es mucho más higiénico. Hay dos tipos de garrote. ¿Vale? El garrote castellano y el garrote catalán. El garrote castellano, sabéis lo que es un garrote, ¿no? Te sientas en una silla, te atan y te ponen alrededor del cuello. una arandela metálica de este grosor, y detrás te van dando vuelta a la arandela hasta que mueres por asfixia o porque te parten el cuello. El garrote castellano solamente tenía esto que os acabo de escribir, ¿vale? El garrote catalán incorporaba en la parte trasera, ¿vale? En lo que está dando vueltas, un mecanismo afilado que lo que podía hacer es desnucarte. Entonces, y yo no meto esto en explícito, pero es que estamos estudiando lo que estamos estudiando. El garrote podía propiciar una muerte relativamente rápida siempre que el verdugo tuviera la habilidad suficiente, la habilidad suficiente para colocar la arandela, para colocar el collar, podríamos decir, y para mover con la suficiente destreza, con la suficiente rapidez y con la suficiente fuerza el mecanismo situado en la parte trasera. Con la horca eso no pasa nada. Entonces, este proceso del cambio de la horca al garrote va paralelo al proceso de la discusión entre liberalismo y absolutismo que se hizo en España durante el primer tercio del siglo XIX. En 1809, los franceses, José I, José Bonaparte... implanta el garrote la horca queda olvidada como algo sucio como algo feo y solamente hay que ver los grabados que hace Goya en aquellos en aquellos años podéis verlos en el Museo de Goya en Zaragoza, para Fox solamente hay que verlo para sentir, notar, palpar la consideración que tenía la horca en aquellos instantes ¿qué es lo que pasa? que vuelve Fernando VII vuelve Fernando VII y vuelve la horca en 1822 Triano y Liberal se vuelve a imponer el garrote se elimina la horca porque se la considera como un ejemplo del antiguo régimen y se eliminan también las penas posmuertes ya no repartimos los brazos por aquí y por allá ¿vale? vuelve Fernando VII y vuelve la horca ¿qué es lo que pasa? que hay discusiones y Fernando VII que era un tío muy romántico y muy racional en 1832 como regalo de cumpleaños a su mujer le concede la abolición de la pena de horca ¿vale? ya veis el clásico regalo que todos quisieron que nos dieran dice Goya, mira cariño, pichurri como eres muy maja lo que vamos a hacer es regalarte por tu cumpleaños que ya no tengas que ver ningún arcamiento, porque sé que eres un poco suave y que te desagrada verlo y vamos a introducir definitivamente el garrote ¿vale? si os fijáis siempre he hablado de garrote, tradicionalmente había tres garrotes o tres penas de garrote mejor dicho el garrote noble, que era el que se utilizaba para el noble, sino mucho más rápido el garrote ordinario, que era el resto y el garrote vil, que era el orientado reservado para los delitos infamantes ha quedado ya el cliché de la definición de garrote vil ¿vale? digamos que son tres formas de ejecución, los dos garrotes los dos modelos eran el castellano y el catalán y también aparece por esta época en el siglo XIX la pena de fusilamiento la pena de muerte por fusilamiento una pena muy popular en el estatuto militar porque se considera más honrosa, se considera más rápida se considera también más valerosa y más heroica y que se va extendiendo poco a poco ¿vale? entonces ¿cuál es la persistencia de este castigo ejemplarizante? ponemos tanto en el castigo ejemplarizante porque insistimos la idea de la pena de muerte era mostrar el poder del Estado, no era castigar al rey, no era ni siquiera prevenir futuros delitos está demostrado estadísticamente, que los países donde la pena de muerte es más activa no son los países más seguros. Insisto, está demostrado por estudios serios. No son los países más seguros, son los países donde se mata más gente por pena de muerte. Ni más ni menos. La pena de muerte es una exhibición del poder estatal. ¿Vale? La pena de muerte en el antiguo régimen, en la edad moderna, no fue demasiado usada. Y no fue demasiado usada porque suponía una pérdida de mano de obra. ¿Para qué vamos a matar a esta gente si les podemos aprovechar? ¿Y cómo les aprovechamos? En el último tercio del siglo XVI, por ejemplo. ¿Cómo les aprovechamos? Mandando al 80% de los reyos, perdón, a galeras. ¿Se acuerdan de lo de las galeras? No, los galeotes. Si les podemos tener ahí cuatro mesucos remando, ¿para qué les vamos a matar? Solamente un 4% eran condenados a muerte. Un siglo más tarde, a finales del XVII, Solamente un 3% eran condenados a muerte. La incidencia, o sea, había un número muy bajo de condenos a muerte, aunque parezca de coña. Cuando aumenta ese número, es en el tránsito del Estado moderno, del antiguo régimen, al Estado liberal. Aparecen datos en vuestro manual. Felipe V firma 111 condenos de muerte. Fernando VI, 60. Que no está nada mal para los añitos que estuvo. Carlos III, 120. Carlos IV, 60. durante la guerra independencia se firman 183 pero podríamos llegar incluso a entender más pero aquí tenemos el salto fernando séptimo tema 259 siempre tiene muerte y saber segunda firma 221 lo isabel segunda como lo explicamos lo explicamos de una forma muy sencilla que a partir de 1848 comisario segunda había acabado peleada con más o menos todo el mundo pues tenemos un montón d podríamos decir delincuentes políticos ejerciendo el bandolerismo por toda españa delincuentes políticos que son antiguos liberales progresistas de todo tipo e incluso activos carlistas tenemos los montes que es muy difícil de otra parte con uno de estos y las cifras de muerte se reducen tanto que durante la primera república hay incluso un proyecto de código penal que suprime la pena suprime por completo está muy poco extendida la idea está extendida la idea de que hay que limitarla está muy poco extendida la idea de que hay que suprimirla es el código penal de salmerón del presidente salmerón no sale delante e incluso salmerón el presidente dimite del puesto de presidente por negarse a firmar una pena de muerte contrario a esta figura y antes que firmó una pena de muerte, él decide abandonar la presidencia de la República. Lo que sí se produce es una oposición decidida por parte de toda la intelectualidad a los llamados ajustizamientos públicos y también una oposición a ese espectáculo, a ese tener al reo durante mucho tiempo esperando, que era tan frecuente en el antiguo régimen. Todo eso sí que se va reduciendo porque hay una visión decididamente contraria. Y ya en la última terza del siglo XIX se producen las llamadas críticas. Se producen las críticas que hace Concepción Adenal, que sabéis que es una autora gallega, que estuvo viviendo también mucho tiempo en Cantabria y Llébana, y que se fija, que hace unas críticas muy sostenidas de... ...derecho penal en toda España. Dedica muchas páginas a debatir y a reflexionar sobre la pena de muerte y en parte a raíz de estas críticas, tiene muchísima influencia Concepción Adenal, en parte a raíz de estas críticas desde 1890 se implanta la llamada Ley Pulido. La llamada Ley Pulido establece una serie de criterios, una serie de características para las penas de muerte. Ejecución únicamente a garrote, la ejecución debe ser de día, debe hacerse de día, debe llevarse a cabo en prisión... Debe llevarse a cabo en un sitio adecuado para ello y además se izaba una bandera negra en la prisión y se publicaba el hecho ejecutorio en el boletín oficial de la provincia correspondiente. ¿Veis que la idea es huir de la demostración, de la exhibición del proceso? La idea es estructurar oficialmente lo suficiente el proceso como para que parezca algo entre comillas racional y la idea es judicializar y legislar por completo todo el procedimiento. ¿Vale? Se produce una reducción de ejecuciones durante las primeras décadas del siglo XX, aún con todo siguen siendo muy elevadas con respecto a lo que sucede en los países del entorno, fundamentalmente por la influencia del anarquismo. Con los anarquistas había una mano dura en este sentido de forma totalmente... Totalmente... ...definida y, como os digo, se va reduciendo el número de las ejecuciones hasta la abolición por parte de la Segunda República. La Segunda República suprime la pena de muerte en el Código Penal de 1932, ¿vale? Lo cual no significa... Que no existiese una violencia estatal cuando así lo deseaba el Estado. Los sucesos de Casas Buenas son de 1963, pero, como os digo, se suprime la pena de muerte, el Código Penal de 1962, pero la CEDA la restablece cuando accede al poder. ¿Vale? La CEDA la restablece cuando accede al poder. ¿Sabéis que la CEDA llega al poder en 1934? La CEDA es un partido muy de derechas y se decide a dar un montón de pasos atrás en todos los avances que hizo la Segunda República y uno de estos pasos atrás es el restablecimiento de la pena de muerte. Restablecido. El restablecimiento de la pena de muerte que les viene muy bien porque la utilizan profusamente a la hora de aplacar las insurrecciones que en ese mismo 1964 tienen lugar tanto en Cataluña como en Asturias. ¿Vale? El siguiente paso, evidentemente, es la Guerra Civil y aquí se produce un agigantamiento de la pena de muerte, pero agigantamiento a lo grande. Algunos autores hablan de más de 35.000 ajusticiados únicamente en consejos de guerra. Dejamos fuera a aquellos que han sido objeto de lo que usualmente se conoce como paseillo, dejamos fuera a los que fallecen en las cárceles... etcétera, etcétera. Más de 35.000 los autores más conservadores en cuanto a cifras lo dejan en 20.000, que yo creo que ya está bien, ajusticiados. ¿Vale? No hay datos oficiales de la época, así que no podemos confirmar unas cifras u otras. Esperamos, en la arquilla entre 20.000 y 36.000 lo que nos queda es una auténtica burrada. El régimen de Franco va a restituir el ceremonial y todas las cifras. Y todas las condiciones previstas en el Código de 1870 para la pena de muerte. Es decir, el régimen de Franco se va tres cuartos de siglo antes en todos estos aspectos. Durante los años finales de los 40 y principios de los 50 también se llevan a cabo ejecuciones dentro del campo de los opositores políticos y dentro del campo de los maquis. ¿Vale? De los... guerrilleros que se escondieron fundamentalmente en el ámbito rural y que permanecían, lo que aquí se llama en Cantabria, en el monte. A partir de ahí, a partir de los años 50, de principios de los 50, se produce un descenso paulatino. Entre 1952 y 1970 hay 70 ejecuciones. 1975, perdón. Fijaos, en 23 años hay 70 ejecuciones. Es una barbaridad. Es una auténtica barbaridad. Pero si lo comparamos con lo anterior, pues es un descenso acusadísimo. ¿Vale? Es un descenso acusadísimo incluso en relación con los países del entorno, que tenían cifras de ejecuciones más altas que en España. ¿Qué es lo que pasa? Que en España el gobierno era más blando. Nos portábamos todo mejor. No, ni mucho menos. Pasa que en España teníamos otros sistemas para... Eliminar a los peligrosos sociales ya fuera de manera física o de manera simbólica antes de llegar a la ejecución. ¿Cuáles son esos otros sistemas? Pues, por ejemplo, la ley de vagos y maleantes. Si nosotros queremos a todos metidos en la cárcel y les podemos meter en la cárcel cuando queramos, pues se reduce bastante. Entonces... Entre comillas, la posibilidad de una ulterior ejecución. En los últimos años del franquismo, cada sentencia de muerte iba seguida por protestas... internacionales. Protestas que se extienden también al interior a partir del llamado proceso de Burgos de 1970. Protestas que tienen su protagonista principal, mejor dicho, su protagonista más llamativo, porque es el que más llama la atención en cuanto a sus métodos, entre todas las comunidades del mundo, lo de métodos, que es la banda terrorista ETA. Las últimas ejecuciones se llevan a cabo el 27 de septiembre de 1975. Hay una dureza insólita en los últimos momentos del franquismo, en los últimos momentos antes de morir Franco, se recrudece la severidad y se aumenta la fuerza de la guerra. Y, por último, hay una dureza insólita en los franquistas. De forma llamativa en lo porcentual el número de penas de muerte, y como digo, el 27 de septiembre de 1975 se producen cinco ejecuciones de tres miembros de los FRAP y dos miembros de ETA. En 1977 se dictó la última pena de muerte, que era la última pena de muerte en España a día de hoy, que era contra los asesinatos de los franquistas. Y, por último, hay una dureza insólita en los últimos momentos del franquismo. Hay una dureza insólita en los franquistas. Y, por último, hay una dureza insólita en los últimos momentos de la guerra. Y, por último, abole la pena de muerte dentro de la justicia civil pero la deja abierta en todo lo dispuesto por leyes militares en tiempos de guerra ¿vale? no será hasta 1995 cuando la posibilidad de condenar a alguien a muerte desaparezca del código penal militar pero ojo aún sigue posible aún sigue estando potencialmente vigente la pena de muerte la constitución española insisto no suprime la pena de muerte suprime la pena de muerte en el ámbito penal civil pero la puerta al ámbito penal militar sigue abierta mañana se podría reformar el código penal militar e incorporar la posibilidad de pena de muerte en delitos cometidos en tiempos de guerra y no sería inconstitucional ¿vale? vuelvo a decir que entre todas las cosas que muy frecuentemente algunos continuos y otros sin hay se apunta que deberían ser modificadas en la constitución esta casi nunca aparece y resulta una de las más evidentes ¿vale? aunque sea si queréis una modificación de corte casi estético en tanto en cuanto de facto hoy en día no existe la pena de muerte en españa pero creo que es una reforma que habría de sería interesante encaminar de acuerdo entonces en conclusión hemos sido muy rápido en este tema que la pena de muerte tiene diversos momentos de protagonismo ciclos de en primer lugar ciclo de gran repercusión durante el siglo 19 sobre todo en la primera mitad ciclos de insurgencia y contrainsurgencia carlistas anticarlistas republicanos y un sistema de represión general durante la guerra civil y la posguerra vale esto en cuanto al estudio en abstracto perdón al estudio en concreto en cuanto al estudio en abstracto sería deseable la construcción de una nueva estructura del tipo doctrinal e incluso una nueva estructura del tipo normativo sobre esto eliminando por ejemplo lo que acabo de enseñar antes la mera posibilidad de existencia de un retorno a la pena de muerte con esto terminamos el tema 10 pero en el tema 11 tenemos alguna pregunta alguna cosa alguna historia vale gracias bien vale bueno pues entonces pasamos al tema 12 seguramente el tiempo pero os aviso el tema 12 tiene una particularidad que nos va a permitir que no sea muy sencillo y es que el tema 2 es puramente histórico nos va a hablar del delito político en españa contemporánea y para hablar del delito político en españa contemporánea se va a servir sobre todo de los movimientos históricos que se viven entre 1808 y 1977 porque porque el delito político vive en una indefinición absoluta y el delito político bueno pues depende del momento fundamentalmente delito político va a ser aquel que no le haga gracia al político de turno y si el político de turno tiene la fuerza como para elevar su fijación personal a carácter penal pues eso se va a convertir en delito entonces, dentro de esta indefinición a nosotros lo que nos sirve o mejor dicho, nosotros lo que vamos a estudiar son los movimientos, los vaivenes y los vaivenes ya no los sabemos porque los hemos visto en un montón de temas entonces este tema 12 os va a ser muy fácil de estudiar va a ser muy sencillo en su aprendizaje porque vamos a volver sobre cosas que ya hemos visto vale vamos a verlo seguramente insisto no podamos terminar este tema 12 hoy, no lo vamos a terminar lo terminaremos el primer día después de las locaciones de Navidad pero ya os digo es extremadamente sencillo una cosa se me ha olvidado antes en Navidad seguimos funcionando nosotros, vale igual que vosotros vais a estudiar en Navidad a mi me corresponde resolver vuestras dudas y vuestras preguntas entonces si es Navidad y no es Navidad durante el aprendizaje estas fiestas a partir de hoy a partir de mañana y hasta el 11 de Enero que nos volvemos a ver si os surgen algunas dudas si tenéis alguna pregunta alguna cuestión no dudéis en enviarme al correo electrónico vale porque yo voy a seguir ahí voy a seguir intentando ayudaros ¿de acuerdo? vale entonces leído político dificilísimas fronteras para delimitar delitos políticos Y derechos políticos. Los delitos políticos caen en el ámbito penal, evidentemente, y los derechos políticos caen en el ámbito de la ideología. La delimitación entre unos y otros, básicamente cuando hablamos de delitos políticos, son aquellas cosas o aquellos pensamientos políticos o ideológicos cuya mera existencia tiene facticidad dentro de un código penal. O dicho de otra forma, aquellos pensamientos por los cuales nos puede meter la cárcel. Hablando de una manera suave y clara. Entonces, ¿hasta dónde llegan los derechos políticos? Y a partir de dónde son delitos políticos es una frontera extremadamente difícil de establecer. Y es una frontera que además ha sido muy móvil a lo largo de la historia. Entonces, lo que vamos a ver es por dónde se establece esta frontera, por dónde va, hasta dónde llega en un momento y en otro. Rara vez, además, va a aparecer en el ordenamiento e incluso en la doctrina la expresión delito político. No gusta esa terminología. La caracterización sí aparece. Se caracterizan los delitos políticos, pero con otros nombres. Por lo tanto, combinando estos dos aspectos es muy difícil ver la evolución. De la figura. Es muy difícil ver la evolución de la figura. Nosotros empezamos a hablar de ella en el Estado liberal, en la formación del Estado liberal. En el Estado liberal. 1808, 1863, lo veis aquí, ¿no? Lo de siempre. Pim, pam, pim, pam. Liberalismo, absolutismo, liberalismo, absolutismo, liberalismo, absolutismo. En todos esos momentos va a aparecer la figura del delito político. Las transformaciones estatales van a cargar también transformaciones penales. Y en esas nuevas normas penales se amplían las prácticas. Las políticas permitidas. Y luego se reducen, y luego se amplían, y luego se reducen dependiendo del punto alto y el punto bajo. Esa ampliación es lógica. ¿Por qué? Porque pasamos de un concepto de súbdito a un concepto de ciudadanos. Un concepto de súbdito a un concepto de ciudadano. Este paso, que debería haber sido muy sencillo y debería haber sido muy asumido, aquí tuvo bastante complicación. ¿Por qué? Porque existía una violencia inherente en el antiguo régimen, una violencia a nivel político y a nivel estatal, pero una violencia también latente a nivel local. El antiguo régimen era un estrato muy violento, un estrato, una sociedad muy nerviosa. Todavía hostias, ahora mismo. Y además, las primeras décadas de liberalismo... Fueron muy conflictivas. Una vez que dejamos atrás definitivamente el antiguo régimen en 1863, las primeras décadas de liberalismo fueron muy conflictivas. En parte por quienes buscaban la pervivencia del antiguo régimen, pero no solo. Pero no solo. Para evolución histórica, con Fernando VII se ensancha, por ejemplo, la arbitrariedad en este aspecto de los delitos políticos introduciendo una enorme capacidad para incluir diversas actuaciones dentro de delitos de lesa majestad y de traición. Para que os hagáis una idea, podías acabar en el cadalso, en lo que hemos visto en el tema anterior, por desde planear el asesinato del monarca, una cosa muy gorda, hasta gritar en público ¡Viva la Pepa! Es una cosa bastante más suave. Durante la década dominosa, unas 20.000 personas fueron expedientadas por sus ideas políticas. Por sus ideas, por sus cuestiones ideológicas. Y esto acarreó la aparición de una serie de mártires de carácter ideológico. Espoz y Mina, en 1814. Martínez me refiero a que fueron ejecutados por sus ideas. Pozimino en 1814, la CIA en 1817, Riego en 1823. Riego en 1823 al final del trienio liberal. Que ojo, el trienio liberal también actuó contra quienes tenían ideas políticas absolutistas. Contra fundamentalmente los partidos políticos absolutistas en el norte, porque acaban siendo los carlistas. Esto se llega a recoger en el Código Penal de 1822. Aunque no se define, no se cita el nombre delito político. Lo que nos importa, hemos visto que existe. ¿Qué es lo que pasa? Que al no haber una definición cerrada, se iba regulando en relación al delito político, siempre teniendo en cuenta la orientación política que se tuviera en cada momento y las orientaciones... ...políticas que se buscase reprimir en cada momento. Los últimos momentos, los últimos instantes del reinado de Fernando VII ni siquiera satisfacen a los conservadores por todo este asunto de la ley sálica, la pragmática sanción y tal, y de ahí que a su muerte se desencadena la primera guerra carlista. Nuevamente, durante el reinado de Isabel II, hubo una indefinición del delito político. políticos a partir de 1848 se intenta distinguir de alguna forma los delitos políticos de los delitos de estado reduciéndolos a delitos de sedición y rebelión qué es lo que pasa que no acompaña tampoco el aspecto a nivel internacional y no acompaña al aspecto a nivel internacional porque en estos momentos en toda europa el delito político parece de coña pero tiene muy buena prensa tiene muy buena prensa gracias a la corriente artística del romanticismo se considera que el delincuente político lo que busca es un retorno a ideas anteriores con todo lo que yo tiene de visión romántica historicista etcétera etcétera y que en el fondo es un buscar de la libertad cuya figura es más atractiva que denigrante es más atractiva que denigrante de ello que se acarrea pues una cierta suavidad penal una cierta suavidad penal tengamos en cuenta que cuando estamos hablando de delito político dentro del liberalismo nos referimos nos referimos a estas decisiones a estos delitos contemplan o los cometen personas que tienen visiones absolutistas que quieren retornar al pasado esto es lo que el romanticismo romantiza y este es un problema ¿vale? este es un problema con todo el liberalismo lo que va a intentar es acorregir actuaciones con el fin de salvaguardar el orden social y acorregirlas de forma relativamente restringida y relativamente atenuada no va a ser tan potente no va a ser tan agravado la persecución del delito político durante el liberalismo durante eh, el sexenio evolución del delito político durante el sexenio volvemos al problema de siempre se vuelven a no definir los delitos políticos hay relaciones cambiantes relaciones complicadas hay reducciones, hay ampliaciones en todos los textos legales aparecidos durante este periodo ¿qué es lo que sucede? que los liberales más radicales podríamos decir, que son los que llegan al poder en el sexenio democrático acaban reprimiendo tal y como ellos fueron reprimidos y aquellos que los reprimieron a ellos. Normativamente es un momento muy suave, las normas son muy suaves, las normas son muy laxas en este sentido, pero en la práctica es un momento extremadamente duro. Es un momento extremadamente duro, o sea, las normas se aplican de forma bastante estricta. Durante la restauración se va a seguir produciendo, en el proceso de la restauración, la represión frente a carlistas y republicanos y además, y esto es muy importante, en 1896 se aprueba la ley de represión del anarquismo, en 1896 como digo, se derivará a los anarquistas a juicio militar la idea de la restauración es despolicitar al anarquismo tratarlo como un delincuente común. Son delincuentes comunes y no son delincuentes políticos. Otra vez lo que decíamos, hasta dónde llega el delito político, hasta dónde llega la ideología, etcétera, etcétera. Se abusaba en este momento temporal del estado de excepción y del estado de guerra contra manifestantes, contra huelguistas, etcétera, etcétera. Y hubo una enorme represión durante la huelga de agosto de 1917 convocada por la CNT. La jurisdicción militar se va a extender enormemente En los momentos subsiguientes, en la década de los años 20, durante la dictadura de Primo de Rivera. Hasta el punto en que la jurisdicción militar llega a ocuparse de cuestiones civiles. Llega a ocuparse de cuestiones civiles. Como nos quedan nada más dos minutitos, si queréis lo dejamos aquí, con la proclamación de la Segunda República, acabaremos el tema. Bueno, cinco minutos cuando volvamos después de las vacaciones y seguiremos viendo todos los temas que nos quedan. Acabaremos el tema ya sin ningún problema en las dos horas que nos quedan. No sé si tenéis alguna pregunta, alguna cuestión. Vale, eso lo iba a decir yo también. Muchas gracias a vosotros. Y son felices fiestas, estudiando un poquitín esto, pero también disfrutar y eso. Tener también una buena entrada de año. Cualquier duda que tengáis, me la planteáis. Mañana subo este vídeo y tenéis todos los vídeos de las diez primeras clases subidos. ¿De acuerdo? Pues hala, venga, hasta el año que viene.