Pues entonces, clase adicional. Vamos a hacer una luca, igual una hora un poco larga, para ir avanzando. Hemos preguntado del temario, no tenemos ninguna pregunta. La persona que está conectada tampoco parece que tenga ninguna pregunta. Si queréis, avanzamos. Entonces, lo que quería ver hoy, en esta clase adicional, ya os digo, era como mínimo las Cortes Medievales. Si podemos, veremos también, si vemos que no estamos muy fatigados, veremos también un poco la Administración Central y ya nos quedaría para el martes, la última clase, que haría la número 13, que veríamos, concluiríamos la Administración Central y veríamos Administración Territorial y Administración Local. Los temas estos de Hacienda... De Hacienda y de Fiscalidad, del Ejército y eso, lo miráis por vuestra cuenta. Entonces, las Cortes Medievales. He querido meter este tema adicional primero porque lo que nos queda de ver, hay algunas cosas que son muy importantes a nivel concreto y a nivel abstracto, es decir, a nivel concreto, que son muy importantes en la materia, a nivel abstracto, que son muy importantes dentro de la historia de España, dentro de la historia del derecho, lo que ha acabado siendo España, y porque además son de estos temas que yo digo, que os he comentado siempre, donde yo puedo intentar ayudaros un poco más. Son temas, no sé si de comprender o más difíciles de aprender. Entonces, las Cortes Medievales. ¿Qué son Cortes Medievales? En general... Tenemos un moderno intento de vincular estas Cortes Medievales con el moderno parlamentario. Un intento de vincular las Cortes de León, por ejemplo, de 1188 o la Carta Magna de Juan Sin Tierra con el moderno parlamentarismo. No tiene nada que ver. Vamos a ver cómo no tiene nada que ver. ¿Qué son las Cortes Medievales? Básicamente, una cosa, la entrada de los burgueses en la Curia. La entrada de los burgueses en la Curia. Ni más ni menos. ¿Por qué? Porque es cuando no hay cortes medievales. No hace el concepto cortés. Antes existía otra cosa, ligeramente distinta. ¿Vale? Entonces, vamos a ver qué es la Curia, vamos a ver cuándo entran los burgueses, vamos a ver de qué manera, etcétera, etcétera. La Curia. La Curia Regia. ¿Os acordáis de la Curia Regia en los Visigodos? Esa camarilla de colegas que rodeaba al monarca. ¿Sí? ¿Os acordáis? Y que era el primer momento, el primer estrato de... ...consejo, el primer estrato de ayuda. Eso es la Curia Regia. ¿Qué es lo que pasa? Que con el paso del tiempo, con el transcurrir del tiempo, esta Curia Regia se divide en dos. Vamos a tener dos tipos de Curia. La Curia Regia Ordinaria y la Curia Regia Extraordinaria. Es lo que su propio nombre indica. La Curia Regia Ordinaria es la de todos los días. Los colegas que están en todo momento encima del monarca. Su familia, los asesores directos, el día a día. Y luego tenemos la Curia Regia Extraordinaria, que como su propio nombre indica, es cuando el monarca, por X razones, solicita a más gente que venga para ayudarle, para auxiliarle, para aconsejarle. ¿A quién solicita el monarca que venga? Pues a los grandotes del reino. A los tíos importantes. A la alta nobleza y al alto clero. ¿Sí? Entonces, por pura lógica, estos dos organismos, la Curia Regia Ordinaria y la Curia Regia Extraordinaria, derivan en dos cosas distintas. ¿La Curia Regia Ordinaria en qué derivan? Los consejos. El Consejo del Rey. Los coleguillas que tiene todo el día alrededor. ¿La Curia Regia Extraordinaria en qué deriva? En las Cortes. Vamos a ver que tienen atribuciones muy parecidas. Las Cortes y la Curia Regia Extraordinaria. ¿Vale? La Curia, antes de existir las Cortes, tenía tareas legislativas. Era la encargada de jurar al monarca. Era la encargada de marcar la sucesión del monarca. Tenía también tareas de tipo judicial. Era una especie de tribunal de alta instancia, donde se juzgaba a la alta nobleza. Una especie de tribunal supremo. Esta Curia Regia se reunía ¿dónde? Donde estaba el Rey. Normalmente en el Palacio Real. O en un Palacio Real, mejor dicho. O en una iglesia importante. Pero donde estaba el Rey. Ni más ni menos. Sabéis que no había el concepto de capitalidad que tenemos ahora. Si habéis estado, por ejemplo, en el Naranco, al lado Oviedo, la iglesia grandota, la de Santa María el Naranco, era un sitio de reunión de la Curia. Era una iglesia, una iglesia-palacio del monarca y allí se reunía la Curia. ¿Vale? Claro, entonces dices tenemos la Curia Regia Extraordinaria a la cual acuden los nobles y alta nobleza y alto clero. Entonces, ¿cuándo entran los burgueses? ¿Cuándo entran las ciudades? ¿Cuándo entran los territorios? Coño, cuando el Rey necesita algo que ni la alta nobleza ni el clero le pueden dar. En las primeras Cortes, que son las Cortes de León que vimos, el monarca convoca a las ciudades luego veremos a qué nos referimos con ciudades por una sencilla razón. ¿Por qué? Porque necesitan pasta. ¿Y cómo se obtiene la pasta? Mediante impuestos. ¿Y quiénes no pagan impuestos? Ni la nobleza ni el clero. Por lo tanto, la Curia Regia Extraordinaria no nos sirve para esto. Si solamente tenemos nobles y cleros no nos sirve para hablar de impuestos. Coño, si ellos no pagan. Entonces, ¿el monarca qué es lo que hace? Hace llamar a la burguesía a las ciudades, a los territorios. ¿Sí? Esto es en León. Lo voy a hacer en las Cortes de la Corona de Castilla. Las Cortes de la Corona de Aragón son ligeramente distintas. ¿Por qué? Porque allí, dependiendo también de los territorios pero por norma general, el monarca tiene menos libertad. En las Cortes de Castilla en las Cortes de la Corona de Castilla primero en las Cortes de León luego en las Cortes de la Corona de Castilla el monarca dice a todos que salten y todos saltan. A una. El monarca dice vamos a hacer esto y todos aplauden. Las Cortes de Aragón no. Podemos hablar de pacto entre rey y cortes. Podemos hablar de una ¿Cómo se llama? De un equilibrio de poder entre el rey y las Cortes. Bueno, es muy osado. Pero vamos a ver cómo por ejemplo en Cataluña exista algo de este exista algo de este estilo. Vale, lo vamos a ir viendo. Entonces el monarca llama. ¿A quién llama? A quien le sale las narices. No hay derecho a ser llamado cortés. El monarca llama a quien quiere. Con el paso del tiempo se van estableciendo unos criterios y se va estableciendo un listado de territorios de ciudades Burgos, Valladolid Zamora León, todas estas cosas ¿no? Toro Pero el monarca llama a quien quiere De hecho si al monarca lo que ha hecho una ciudad no le gusta deja llamarla. La ciudad de Palencia tuvo una movida interna entre el obispo y lo que llamaremos hoy en día el ayuntamiento y el monarca por castigo dejó llamarles. Nadie tiene derecho a que le llamen Lo que tienes es obligación de acudir ¿Por qué? Porque hay un deber de consejo al monarca Hay un deber de consejo al monarca Periodicidad Abierta Sin ella en Castilla En Aragón En la corona de Aragón sí que hay más tendencia a la regularidad En Cataluña primero es anual luego va a ser cada tres años En Valencia también cada tres años ¿Y qué funciones tienen estas Cortes? La principal en la teoría, no la principal la principal en la teoría asesoramiento al monarca es todo el deber de asesoramiento el deber de consejo luego todas las demás que son más importantes producción normativa y aquí hay nuevamente diferencias en la corona de Aragón las leyes se hacen con las Cortes En la corona de Castilla las leyes se hacen en las Cortes ¿Veis el matiz, no? Se aprueban en las Cortes En Aragón se aprueban con las Cortes Promulgan el derecho Esto sí que tiene muchísima importancia. ¿Os acordáis lo que vimos el último día, el martes pasado sobre las Cortes de Alcalá? ¿Os acordáis de los órdenes de prelaciones de fuentes? Lo importante es que dijimos que eran porque dependiendo de cómo lo hicieras entraba el derecho común o no Eso lo hacen las Cortes y eso tiene mucha importancia Las Cortes controlan los pedidos económicos del monarca Las Cortes intentan territorializar el derecho Las Cortes juran al rey Las Cortes juran al sucesor Y las Cortes establecen también como os digo como una especie de tribunal superior Tribunal supremo En las Cortes se juzgan los delitos de los grandotes del reino ¿Vale? Véis que es como un tribunal pero fuera de la planta judicial Como os digo, particularidad La mayor particularidad de todos los territorios cristianos peninsulares sin duda en Cataluña ¿Por qué sin duda en Cataluña? Porque en Cataluña tienen más fuerza los brazos los estamentos con respecto al monarca De tal forma que en Cataluña las Cortes van a aprobar dos tipos de leyes Los Capitols de Corts y las Constitucións de Corts Los Capitols de Corts ¿Qué son? Propuestas de las Cortes aprobadas por el monarca Las Constitucións, al revés Propuestas del monarca aprobadas por las Cortes Esto no existe en Castilla En Castilla te llevan un papel y te dicen firme usted la línea de puntos ¿De acuerdo? Vuelvo a decir que en Aragón tenemos la particularidad de que tenemos Cortes de la Corona y Cortes de cada uno de los reinos ¿Vale? Tenemos Cortes de la Corona de Aragón a las cuales acudirán normalmente se celebran en Monzón a las cuales acudirán representantes del Reino de Aragón, del Reino de Valencia y de Cataluña incluyendo el Reino de Mallorca cuando Mallorca entre dentro de la órbita aragonesa y luego tendremos Cortes de cada uno de los reinos Tenemos Cortes de Aragón, Valencia y de Cataluña ¿Vale? También habrá Cortes en Navarra Entonces ¿Quiénes van a las Cortes? Como os digo ningún derecho para que te llamen Tenemos los Nobles y el Claro que no es nada difícil y luego los Burgueses ¿A qué nos referimos con Burgueses? Normalmente vamos a hablar de los tres brazos de Cortes Veis que esto llega hasta la Revolución Francesa ¿Os acordáis, no? La Revolución Francesa del Tercer Estado se queja porque los otros dos porque los votos, perdón cuentan uno por cada estado Entonces, Nobleza y el Claro siempre ganan porque votan juntos Este es el origen Vamos a ver como en algunos sitios hay cuatro brazos incluso ¿De qué estamos hablando? Estamos hablando de Procuradores Los Procuradores son los representantes de las ciudades, de los territorios en las Cortes A los Procuradores se les escoge en Consejo Se les escoge en Consejo cerrado mediante una votación en esos territorios Evidentemente los Procuradores son gente importante No veamos aquí ningún tipo de democracia medieval ni gaitas en vinagre Normalmente van a ser altruistas altísima burguesía Normalmente van a ser altísima burguesía ¿De acuerdo? Como digo, estos Procuradores juran ante sus territorios que harán defender sus sus intereses, etcétera En teoría el Procurador defiende los intereses del territorio al que representa ¿Vale? Lo cual es beneficioso si el Procurador representa un territorio del cual tú eres capital del Procurador de Burgos si eres de Burgos y lo cual es perjudicial si el Procurador representa un territorio que está a tomar por culo Por ejemplo estas tierras estaban representadas en Cortes por el Procurador de Burgos Entonces el Procurador de Burgos tiraba más por Burgos que por Vallecahuárniga ¿Vale? De pura lógica eso Entonces ellos juran hacer cumplir el mandato y luego llegan a las Cortes básicamente pues eso no es lo que diga el monarca Eso en Castilla, decíamos tres brazos Pobreza, clero, tercer estado, burguesía ciudades, como queráis llamarlo Normalmente le vamos a llamar ciudades porque la representación viene así viene por villa El Procurador de Burgos, el de Ávila En la Corona de Aragón hay menos representantes de las ciudades pero además hay una particularidad y es que el último brazo se divide Entonces vamos a tener cuatro Tenemos los eclesiásticos Perdón, el brazo de la nobleza Tenemos los eclesiásticos, tenemos los ricos hombres que es la alta nobleza Tenemos los caballeros o la baja nobleza Y tenemos los llamados síndicos o universidades que es la burguesía Y dices, bueno peor ¿no? Para... para... Digamos para las universidades, para las ciudades para la burguesía ¿no? Ahora tienen tres brazos contra uno Aquí ¿qué pasa? Que como hay un equilibrio mayor de poder entre el monarca y las cortes sí que se asiste a una auténtica negociación a una auténtica no voy a hablar de ley paccionada pero sí a un cierto pacto Entonces las cortes funcionan En Cataluña lo mismo, tres brazos el estamento eclesiástico el brazo militar o señorial los militares por la importancia de las órdenes militares en territorio catalán y el brazo de las universidades En Valencia lo mismo Eclesiástico, noble y el brazo de las ciudades o el brazo real En Navarra lo mismo Vale ¿Cómo se constituyen las cortes? ¿Dónde se celebran? Lugares de celebración claros o más o menos definidos en Aragón y nada definidos en Castilla En Castilla se celebran donde estuviera el monarca ni más ni menos Por eso tenemos cortes de Briviesca, Cortes de Salamanca Cortes de Alcalá Cortes de Medina En Aragón aunque no se celebran siempre allí sí que tenemos más o menos sede fija Las Cortes de la Corona de Aragón en Monzón Las Cortes del Reino de Aragón en Zaragoza Las Cortes de Cataluña en Barcelona Las Cortes de Valencia en Valencia capital Entonces, nosotros somos el monarca llamamos a cortes a todos los que invitamos a venir vienen porque no es una invitación sino una obligación porque están obligados a darnos consejo y los cortes son para aconsejar al monarca oficialmente vienen todos y el monarca os acordáis lo que hacían los reyes visigodos al principio de los concilios de Toledo que leían el Tobus Regis y decía bueno buenos días a todos, gracias por venir sois todos muy majos y tal y luego decía me gustaría que hablasis de estas cosas pues el monarca hace lo mismo el discurso inicial y me gustaría que hablásemos de esto me gustaría que hablásemos de este nuevo impuesto me gustaría que hablásemos de esta petición que hago a las cortes me gustaría que debemos hacer un nuevo orden de prelación y a partir de ahí va a haber dos tipos de sesiones las ordinarias y las extraordinarias dependiendo si está el rey delante perdón, las solemnes o las ordinarias dependiendo si está el rey delante o no normalmente no va a estar ya os digo en castilla a nivel legislativo y a nivel de voto de los impuestos de hacienda las cortes aplauden al monarca ni más ni menos y bien se van a encargar los monarcas cuando no aplaudan a las cortes de hacer que les aplaudan vale esto lo vamos a ver en la otra asignatura pero cuando Carlos I ve que las cortes no le bailan cuando él pide cuando él pide servicios para hacerse coronar como emperador lo que hace es cepillarse a los procuradores que hay esto no me conviene mandadme otros pero eso es en castilla, en Aragón no insisto en Aragón sí que hay un cierto he usado un montón de veces la palabra equilibrio de fuerzas y no quiero usarla pero que entendamos la idea sí que hay un cierto debate vale, en Aragón se hacen cosas en castilla se hacen cosas pero después de hacer lo que mandó hacer el monarca el monarca te dice apruebame este nuevo impuesto tú lo apruebas y ya después haces tus cosas vale en Aragón en Aragón no y luego tenemos ya vamos acabando con este tema vamos a ver eh un organismo que va ganando importancia con el tiempo que acaba teniendo una importancia fundamental en la edad moderna y que se adapta también a órganos a instituciones más chiquititas que es la diputación la diputación de cortes ¿qué es la diputación de cortes? vale, entendemos que las cortes son un montón de gente un montón de gente ciento, cien, ciento cincuenta que se reúnen en un momento dado a lo mejor están reunidos seis o siete meses ahí discutiendo y aprueban ponen que aprueban catorce cosas aprobamos el impuesto no sé qué aprobamos este orden de aprobación de fuentes aprobamos la reforma de la novísima del código de las siete partidas con los siguientes términos aprobamos, aprobamos, aprobamos Entre que el monarca te vuelva a llamar y no te vuelva a llamar. La diputación. La diputación de cortes. La diputación de cortes es el organismo que mantiene el funcionamiento de las cortes entre reunión y reunión. Y además tiene una particularidad. Igual que las cortes son de un montón de personas, la diputación de cortes no. Es algo muy reducidito. Ocho o diez personas. Bueno, ocho o diez diputados. ¿Vale? Entonces, lo bueno y lo malo. Es un organismo muy funcional. Porque ocho personas se ponen de acuerdo mucho más fácil que ciento cincuenta. Entonces, la diputación de cortes realiza regulaciones sobre el comercio. Realiza regulaciones sobre la moneda. Representa al reino ante el monarca. Y el monarca es quien eleva las peticiones del reino al rey. Tiene además competencias a nivel político, a nivel fiscal. Pero además. Lo menos positivo. Es que es mucho más fácil de meter mano. Es mucho más fácil meter mano a ocho que a ciento cincuenta. Entonces, si unimos las dos cosas. Que funciona. Que es muy efectivo. Es muy funcional. Y es más fácil meter mano. La idea clara es que los monarcas, con el transcurso del tiempo, cuando llegue al estado moderno, cuando se acabe la Edad Media, con el transcurso del tiempo, lo que van a intentar es que tenga cada vez más poder la diputación y que tenga cada vez menos poder las cortes. Porque a ellos les conviene. Lo entendemos, ¿no? Mucho más sencillo. Es mucho más sencillo. Bueno. Nuevamente, esto es distinto en Cataluña. En Cataluña la diputación, que se llama Generalitat de Cataluña, ahí el nombre, tiene una capacidad y una individualidad mayor. Está menos sujeta al monarca. No lo hemos dicho. Pero cuando desde el principio hemos señalado que en Cataluña el monarca tiene mucho menos poder con respecto a las cortes, ¿a qué puede ser debido? ¿A qué se os ocurre? ¿A que son más listos allí o es menos listo el monarca de Aragón? Por la influencia de Trump. Por la influencia del feudalismo, exactamente. Es un territorio feudal. Fue un territorio feudal y en el feudalismo funcionan distintas las cosas. Funcionan distintas. El monarca en el feudalismo no tiene por qué ser el puto amo que es en Castilla. ¿Vale? Aunque tengas que apoyarte en los Mendoza y en los de La Vega y en los de Luna y en todos estos. ¿Vale? Es que el monarca en el feudalismo a lo mejor es un segundón. ¿Sí? Hemos visto lo de las cortes y lo hemos pillado. Vale, guay. Pues venga, veamos el siguiente tema del administración central para que veáis cómo eran los funcionarios en la Edad Media. Seguro que alguna acabáis de funcionario. Y ya lo dejamos aquí. ¿Vale? Eso no... Vamos a estar un poco más de una hora, pero vengo con los dos temas que quería. ¿Vale? El oficio público. La administración central. Vamos a ver eso. Luego veremos el martes la administración territorial y la administración local. La figura del oficial público aparece en un primer momento, si os acordáis, muy ligada o mejor dicho, muy difícilmente desligada de la figura del oficial del rey. ¿Os acordáis cómo los funcionarios con los visigodos se confundían? Y teníamos un tío que era funcionario público, pero que era el encargado de probar la comida del rey. Y otro que era el encargado de limpiar los establos del monarca y el mayordomo, el que le hacía las camas y todas estas cosas. Bueno, pues en la Edad Media se sigue manteniendo esto, se sigue manteniendo el oficio palatino, el palatium que tenían los visigodos de una forma bastante sostenida. ¿Qué es lo que pasa? Que con el paso del tiempo, con el transcurrir del tiempo y sobre todo a partir de la recepción del derecho común, esta historia del oficio público se empieza a institucionalizar. Vamos a ver que de forma paradójica y de forma no muy lógica, por usar la rima interna, en algunos casos. Pero se intenta institucionalizar al menos. ¿Vale? Características básicas del oficio palatino, sobre todo durante la Baja Edad Media. Cuatro cositas. oficio como sinónimo de servicio al monarca. ¿Sinónimo de monarca? De servicio al monarca. Ah. Sí. La idea es que no eres oficial del rey, no eres oficial del rey. ¿Vale? Que parece lo mismo, pero no lo es. ¿De acuerdo? No somos oficiales del Estado, somos oficiales de Juan II o de Enrique IV, el impotente. ¿Vale? Segunda característica. Muy frecuente desvinculación del título con la persona que realmente lo ejerce. Dicho de otra forma. A ti te nombran mayordomo del rey porque eres el duque de no sé cuánto, pero tú tienes ese título y lo que haces es subarrendarlo. Vale, yo quiero esto, pero yo no voy a ser el mayordomo del monarca ni nada. Entonces te lo subarrendo a ti. Yo cobro mi renta y tú haces esto. ¿Vale? Tercera característica, evidentemente, nombramiento real. Y cuarta característica, esto lo vamos a ver después más extenso. Control. Control directo sobre el oficio. Control directo sobre el funcionario. Vamos a ver cómo, en teoría, vamos a ver lo que pasaba en la práctica. El funcionario, el oficial público, el oficial del rey, estaba mucho más controlado de lo que podríamos pensar. ¿Vale? Pero hasta extremos minuciosos. Vean. Requisitos para ser oficial del rey, para ser funcionario público en la Baja de Medina. Todos son excusables menos uno. ¿Vale? Entonces tienes que ser mayor de edad, pero a veces no es necesario que seas mayor de edad. Tienes que ser natural del reino. Es decir, si estás en Cataluña, catalán. Si estás en Aragón, aragonés y tal. Pero a veces no es necesario que seas natural del reino. Tienes que ser católico, pero a veces tenemos judíos y ningún tiene problema. Tienes que ser laico, pero a veces tenemos eclesiástico. Tienes que ser libre, pero a veces tenemos siervos. Y el único que no puedes salvar, ¿qué nos queda? Tienes que ser hombre. ¿Vale? Este sí que no falla. Igual que os he dicho a veces, que las mujeres en la Edad Media seguramente tenían más libertades de lo que pensamos hoy en día. Aquí no hay tantas. ¿Vale? Mejor dicho, ciertas mujeres tendrían más libertades que no todo el mundo era Leonor de la Vega. Vean. Entonces, tenemos un tío. Lo importante esto debe ser un tío. Que es laico. Que es noble. Que es no sé qué. Que es no sé cuánto. Le ha nombrado el monarca. ¿Cómo se lleva a cabo el control sobre su ejercicio? Imaginaos que le ha nombrado corregidor. Algo que vamos a ver después. O sea, es el tío que controla un territorio que se llama corregimiento. Lo que sería el presidente de una diputación de hoy en día o de una comunidad autónoma. ¿Vale? O del municipio. Depende del corregimiento. Entonces, yo que soy el monarca. Te nombro a ti corregidor por cinco años del corregimiento de la merienda de Campo. El de aquí abajo. ¿Vale? Tú tienes una serie de... Tienes un mandato. Tienes una serie de atribuciones. De cosas que tienes que hacer y de cosas que puedes hacer. Vale, ya lo veremos. Esto va a ser concreto. Ya os adelanto. En este caso tienes todas. Porque estamos en la Edad Media. Y lo de la división de poderes es una cosa que viene en el siglo XIX. ¿Vale? En el XVIII avanzado. Entonces. Vale, tú haces esas cosas. Pero hemos dicho. Estaban sujetos. Estos tíos al control también. Estaban sujetos al control mediante... Sobre todo dos figuras. Hay una tercera que son las pesquisas. Son investigaciones ya directas. Podríamos decir que son investigaciones de tipo penal. Pero son muy extraordinarias. Sobre todo hay dos figuras. ¿Vale? Sobre todo hay dos figuras. La primera son los juicios de residencia. Y la segunda son las visitaciones. O visitas. Bien, vamos a ver lo que es la teoría y vamos a ver lo que es la práctica. Porque la teoría nos va a sonar a gloria bendita. Y la práctica vamos a ver que no tanto. Bien. Explicamos las dos figuras. Juicios de residencia. Particularidad. Aparecen siempre. Por sistema. En el momento que un funcionario cesa en su función. Cesa en su puesto. Por el transcurso del tiempo. El funcionario entrante. El que le sustituyen. Le hace un juicio de residencia. Siempre. Es obligatorio. Un juicio de residencia ¿en qué consiste? Mira Pepito. Según los datos que nos diste. Cuando entraste en tu puesto. Según el juicio de residencia que le hiciste al anterior tuyo. Resulta que en la bolsa. Había diez cuando entraste. Ahora hay ocho. ¿En qué gasto los dos que faltan? Y Pepito dice. Pues mira me gasté uno en hacer un puente. Un puente sobre el río Ijar. Estamos en el campo. Un puente sobre el río Ijar. Y luego adecente un poquitín la carretera que lleva al hueso. Mira Pepito. Hemos estado mirando datos. Y han ido a chancillería. Un montón de homicidios más. En estos cuatro años. Que en los cuatro años anteriores. Explícame por qué Pepito se intenta explicar. Pues hemos tenido banderizos. Porque no sé qué y no sé cuánto. Vale Pepito. Correa la mira tal. He estado mirando. Donde antes teníamos una producción. De quinientas cincuenta fanilas de trigo. Ahora hemos tenido trescientas. ¿Por qué? Y todo eso se fiscaliza. Vale. Y si se considera. Que el funcionario saliente. En este caso el corregidor saliente. Hemos puesto un ejemplo. Si se considera que el oficial saliente. Ha cometido. Negligencia. No ha hecho las cosas como debía. Ha metido la mano en la bolsa. Paga y devuelve. Si estos dos. Se demuestra que no han ido al puente. Y al camino. Estos dos lo pones tú. Vale. Insisto. Se hace siempre. Siempre. Claro. Vale. Luego explicamos la pega de esto. Eso es el juicio de residencia. Y luego los segundos son juicios de visitación. Una visita, una visitación, un juicio de visitación. ¿Esto qué es? A ti directamente. En mitad. De tu oficio. En mitad de tu cargo. Imaginaos el cargo es por cuatro años, el tercer año. Te viene desde la capital. Desde Madrid entre comillas. Ya sabéis que la capital no era Madrid. Además Madrid era muy poco importante. Pero la capital era itinerante. ¿Dónde estaba el rey? Me viene desde Madrid un tío. Que le ha mandado la administración central. Que le ha mandado el rey. Para que investigue algo. La ciudad de Campo nos han contado que hiciste un puente y el puente se cayó al segundo día. O nos han contado que han aumentado mucho los incendios en el pueblo. O nos han contado que... ¿Vale? Particularidad. Evidentemente esto es extraordinario. Lo otro era ordinario. Pasa siempre. Esto no. Entonces, ¿funcionan estas figuras? La segunda sí. Pero es que la segunda es extraordinaria dentro de lo extraordinario. Dicho de otra forma y siendo claros. ¿Qué tan gorda la tienes que estar liando? En Reynosa. Para que se enteren en Madrid. Y te manden un tío a investigar. Entonces, ¿cuántas veces pasa eso? Pues muy poquitas. Ahí se sanciona. Al oficial, coño claro. Pero insisto, porque la está liando gordísima. Porque es una cosa enorme. Que no pasa desapercibida. Pero eso pasa muy pocas veces. Entonces, ¿visitación funciona? Sí, pero es extraordinario. ¿Residencia, que es el ordinario, funciona? No. Sobre el papel nos mola, ¿no?, la idea. Joder, claro, el que entra fiscaliza al que sale. Y si ha hecho algo malo... Pala. Estamos hablando de administración general del Estado. Estamos hablando de alta administración. ¿Alta administración quién accede? Acceden los mismos días. Accede alta nobleza, accede alto clero y acceden personas con estudios superiores. Que son cuatro. Entonces, dos peligros. Primero que tú le hagas un juicio de residencia a un colega o un paisano, le sanciones, le declaras culpable y el día de mañana a ti te haga juicio de residencia un tío que es de su misma orden religiosa o un tío que es de su misma familia. ¿Vale? Ese es el peligro. Y segundo, coño, si es que somos un círculo muy reducido. Si es que los corregidores, por ejemplo, en el ejemplo que estamos poniendo, era casi un oficio que pasaba de un sitio a otro. O sea, el corregidor de Campo estaba cuatro años en Campo, luego cuatro años en Villarcallo, otros cuatro años en León, otros cuatro años en Ponferrada... ¿Vale? Somos un círculo muy reducido de, insisto, altísimos profesionales. Y en un círculo muy reducido todos nos conocemos. Porque todos tenemos la misma afiliación. No es difícil, o mejor dicho, es muy fácil que la alta nobleza tenga lazos entre ella. Es muy fácil que las altas dignidades militares tengan lazos entre ellos. O que se conozcan o que hayan tenido relación. Es muy fácil que, fijaos, los cuatro que han podido estudiar tengan relación entre ellos. Que compartan maestro, que sea un discípulo común. ¿Entendéis? Entonces, entre que no te quieres arriesgar y que los lazos son muy intensos, ¿cuál es la conclusión? Que juicios de residencia con sanciones tenemos muy, muy poquitos. Los que hay pues que saltan a la vista. Entonces, igual que os dije que las visitaciones son muy útiles, juicios de residencia no tanto. Es una idea muy chula sobre... Es una idea muy chula sobre eso en la teoría pero en la práctica no tanto. ¿Vale? Entonces vamos acabando ya con este tema y lo dejamos aquí. Oficiales de la Administración Central los podemos dividir entre en primer lugar Administración Doméstica del Palacio, seguimos con esa idea con esa indiferenciación entre el Oficial de la Administración General del Estado y el Mayordomo del Rey. ¿Vale? Estos son los menos importantes aunque en ocasiones tienen mucha importancia por estar muy cerca del monarca. Y luego oficiales destinados a la gestión documental y jurídica Oficiales destinados a la asistencia religiosa y oficiales destinados a la coordinación de la propia Administración. ¿Vale? Es en este momento y es en este contexto en el que surgen también la otra cara de lo que vimos al principio de la clase, por eso he intentado seguir hasta el final. Vimos las Cortes que es la Curia Regia Extraordinaria la evolución ahora nacen también los Consejos que es la Curia Regia Ordinaria ¿Os acordáis, no? Los Consejos que es los colegas que rodean al monarca la Curia Regia Ordinaria que es los colegas que rodean al monarca familia, la reina, los coleguillas más cercanos Curia Regia Extraordinaria cuando el monarca pide venir a gente porque necesita auxilio, porque necesita su ayuda, necesita su consejo eso deriva, como digo en las Cortes entonces van surgiendo diferentes consejos con el paso del tiempo, en la edad moderna al régimen de la monarquía española se le denominará polisinodial ¿Por qué? Porque multiplica los consejos, multiplica los sínodos multiplica los consejos, multiplica los sínodos y ¿qué hace? hiperfuncionalizar la administración burocratiza todo excesivamente de manera que la administración española durante la edad moderna es un monstruo un dinosaurio enorme que puede con todo pero que se mueve muy despacito ¿vale? aquí es el comienzo, ¿por qué? porque se van a crear consejos de un montón de cosas, va a haber consejo de guerra con el tiempo habrá consejo de indias va a haber un consejo de Flandes también con el tiempo, va a haber un consejo de Hacienda va a haber un consejo de órdenes militares va a haber un consejo de Inquisición va a haber un consejo de Castilla un consejo de Aragón un consejo de Valencia, va a haber de todo entonces ¿qué hacen los consejos? primero tienen cierta actuación gubernativa pueden hacer cosas en el ámbito ejecutivo incluso tienen cierta actividad normativa sobre todo ¿qué hacen? aprueban normas las ordenanzas las aprueba el Consejo de Castilla participan también en los ordenamientos de cortes en la elaboración de los ordenamientos de cortes luego tienen en segundo lugar una capacidad en dos direcciones buscan proteger la jurisdicción real ¿con respecto a qué? con respecto a la jurisdicción señorial puede haber intromisiones de la jurisdicción señorial en la jurisdicción real va a haber un tío que haya dictado una norma que afecta a un monte que es del rey y no del conde de no sé qué ¿vale? defiende la jurisdicción real pero también el Consejo es el encargado de gestionar las peticiones de reparación de agravios por parte de los súbditos ¿vale? que a mí me ha pasado esto hacen también un control tanto sobre los oficiales públicos sobre los funcionarios como sobre la administración territorial las villas, los municipios las ciudades, etcétera, etcétera y el Consejo de Castilla perdón los consejos en este caso el Consejo de Castilla tiene la máxima atribución en materia de mantenimiento a los del público ¿vale? va a ser el encargado de gestionar la policía por así decir y tiene también por último una cierta capacidad judicial capacidad judicial que le transfieren y que establece que tenga formato de tribunal tanto de primera como de segunda instancia formato de tribunal de primera instancia en materia de orden público delimitación de jurisdicciones deslindes y en caso de segunda instancia o apelación mejor dicho de segunda instancia o apelación en caso de alcaldes de casa y corte ¿vale? vamos a ir más rápido de lo que yo pensaba ¿lo hemos visto? ¿sí? ¿ha sido muy duro? como siempre vale ¿tenemos alguna pregunta, alguna cuestión? lo que has pasado de teoría del derecho de un enlace perdón no sé qué pasó yo no sabía yo no... ¿sería Mario o no? ¿a Marcos también? sí, a Marcos también vale, pero es que esa es una profesora que se ha pedido a Marcos es otra cosa bueno, dejo aquí esto cierro el vídeo lo tenéis subido a partir de mañana o igual a partir del lunes porque no sé si se gestionará esto