Entonces, me interesaba ver, por ejemplo, lo que vimos el otro día, lo de las fuertes, que si os fijáis, ahí sí que os podía ayudar algo, ¿no? Desentrañando un poquitín cómo llegan los burgueses a la furia y tal y cual. Y aquí en la Administración Territorial, sobre todo en la Administración Territorial, yo creo que también. Yo creo que también, que también os puede ayudar algo. Y luego veremos de los aspectos que nos quedan, de la planta judicial, de la fiscalidad y tal, veremos lo que nos dé tiempo, pero yo doy por concluido el tema. Entonces, Administración Territorial y Local en los reinos cristianos peninsulares. Sobre todo, mejor dicho, durante toda la Edad Media, pero vamos a fijarnos sobre todo en la Baja Edad Media. ¿De acuerdo? El otro día vimos la Administración Central, hoy vemos la Territorial y la Local. Vamos bajando un poquitín. ¿Por qué digo que sobre todo durante la Baja Edad Media? Bueno, porque durante la Alta Edad Media, lo que se va a asistir, o lo que vamos a asistir, es a un descuartelamiento, perdón, descuartizamiento de la Administración Territorial visigoda. Y el surgimiento de una nueva Administración. ¿Qué es lo que ocurre? Que es una nueva Administración Territorial muy cambiante. Y es muy cambiante porque estamos en un momento en el cual el territorio es muy cambiante, el territorio de los reinos. Estamos en un momento de continuas expansiones y contracciones. Entonces, es muy dinámico en este sentido. Primera división, y la que va a ser fundamental, la que es fundamental durante la Edad Media, y va a ser fundamental hasta el siglo XIX. Ya lo vimos en su... La división entre territorios de demarcaciones reales, donde manda el rey, y demarcaciones de tipo señorial, donde mandan los señores jurisdiccionales. ¿Os acordáis lo que son los señores jurisdiccionales? ¿No? La persona que en un sitio ostentaba una, varias o todas de las atribuciones de carácter jurisdiccional. No el tío que tenía una finca grande, sino el tío que gobernaba o juzgaba, o ponía al jefe de policía, o en una finca grande. Una finca grande que puede ser una finca, que puede ser un valle, que puede ser un barrio, que puede ser una ciudad. ¿Os acordáis de todo esto? Entonces, a partir de esta división fundamental, y teniendo en cuenta que todo lo que digamos a partir de ahora está trufado de esta división fundamental, es decir, cualquier mapa que nosotros nos imaginemos en la cabeza, tenemos que entenderlo lleno de islitas. De señorío. ¿Vale? Entonces, vamos a hablar de corregimientos, de merindades, de tenencias, de condados, y tenemos que pensar que todos estos espacios están llenos de pequeñas islitas de señorío. ¿Vale? Imaginemos, por ejemplo, que hablásemos de la medida de campo, de lo que hoy en día es campo, ¿no? A partir de Pescara para abajo, toda la parte sur de Cantabria. Nosotros hablamos de eso, tenemos el mapa en la cabeza. Bueno, pues tenemos que pensar que ahí eso... Hay pequeñas islitas, la zona coctible, de Espinilla, zona de San Miguel de Aguayo, zonas de Valdeolea, que son pequeños espacios de señorío. ¿De acuerdo? Entonces, asimilado esto, ¿cuáles son las circunsticiones territoriales que surgen en la Alta Edad Media y cómo van evolucionando hasta la Baja Edad Media? Lo primero que surge es un régimen condal, un régimen de condes. ¿Vale? Donde surgen circunsticiones territoriales, tanto en León como en Castilla como en Navarra, que continúan en parte la división previa visigoda y que a su vez se dividen en mandaciones y tenencias. La agrupación de varias de estas mandaciones o tenencias dará lugar a los condados y a su vez cada una de estas mandaciones o tenencias estará compuesta, estarán compuestas por diferentes... circunsticiones territoriales más chiquititas. ¿Veis que es como una pirámide, no? Tenemos el reino que es lo más grande, el reino se divide en condados, cada condado se divide en tenencias o mandaciones, cada tenencia o mandación se divide en alfoces, en valles, en mayordomados... ¿Vale? Y al frente de cada una de estas jurisdicciones, tanto de las más grandes como de las más pequeñas, habrá un delegado del monarca. Este es el primer momento. ¿Vale? La evolución, ¿cuál va a ser? Pues va a seguir manteniéndose todo exactamente igual, pero cambiando nombres. Digamos que la idea básica que os he dicho, lo del sistema piramidal y lo de que al frente de cada jurisdicción, al frente de cada entidad territorial, hay un delegado del monarca, se mantiene. Se va a mantener. ¿Qué es lo que pasa? Que van a cambiar nombres. A partir del siglo XII, entrando ya en la Baja Edad Media, tanto en Castilla como en Navarra, van a aparecer las llamadas merindades y los adelantamientos. ¿Cuál es la diferencia entre ambos espacios territoriales? Es una diferencia netamente geográfica. Los adelantamientos son los territorios que están adelantados, los que están en la frontera. Por lo tanto, el adelantamiento es móvil, porque la frontera de ahora puede no ser la frontera dentro de 20 años. ¿Y las merindades? ¿Qué son las merindades? Son una circunscripción territorial, o mejor dicho, son la circunscripción territorial en la que se divide el Reino de Castilla, después la Corona de Castilla y el Reino de Navarra durante la Baja Edad Media. Pequeñas, diríamos hoy en día, provincias, pequeñas comunidades autónomas, estamos haciendo un salto competente, o sea, una ficción, pero es para entendernos. Al frente de las cuales el monarca sitúa a un merino mayor o a un merino. ¿Vale? ¿Por qué digo merino mayor o merino? Porque con el tiempo en Castilla se crea la llamada Merindad Mayor de Castilla, que es una agrupación de merindades. ¿Qué es este merino y qué hace? Bueno, pues el que es es muy sencillo, es colega del monarca, ni más ni menos. O sea, es un delegario, es un delegado directo del monarca. Su único mérito es ser delegado directo del monarca. A veces será un militar, a veces será un jurista, pero el único mérito, insisto, que tiene es que lo ha puesto hoy el monarca a dedazo. A dedazo. ¿Y qué hace este merino? ¿Qué atribuciones tiene? Bueno, pues directamente todas. Estamos en la Edad Media, ¿verdad? ¿Vale? La división de poderes es algo muy del siglo XIX, muy de época liberal, y aquí el merino hace todo. Todo. Desde juzgar y hacer cumplir lo juzgado, hasta dictar normas, recorrer la mojonera del término, ser el entre comillas jefe de policía, encargarse del abastecimiento del lugar, encargarse de que los caminos estén limpios, de que las fuentes estén desembarazadas, es el jefe máximo militar, encargarse de la defensa, encargarse de que las fuentes estén desembaraçadas, encargarse de que las torres defensivas estén operativas, etcétera, etcétera, etcétera. Absolutamente todo. ¿Vale? Otras circunscripciones, las llamadas juntas. Las juntas son las entidades institucionales territoriales que gobiernan el señor Ibizcaya, Guipúzcoa y Alba. ¿Vale? Una reunión de los diferentes territorios que componen cada uno de estos espacios con capacidad ya no autonormativa, sino legislativa y con capacidad de autogobierno. Y por último, esto decíamos que era la Baja Edad Media, frisarlo, el tránsito de la Baja Edad Media a la Edad Moderna va a surgir la figura de los corregimientos y los corregidores. Los corregimientos y los corregidores es una figura antigua. Una figura que se inventa Alfonso XI. Lo que pasa es que quien la reimplanta en Castilla, que es Isabel la Católica, lo hace con otros matices. Alfonso XI ¿qué hace? En un momento dado él cuando una ciudad tiene problemas de gobernación manda a una persona de su entera confianza para que vaya a la ciudad a co-regir. No corregir. No es de voltear lo que está mal, sino co-regir, de gobernar junto a los regidores. ¿Vale? Los regidores son la capacidad suprema del gobierno en las villas y ciudades. También en los concejos, en los pueblos. Normalmente son dos. Digamos que son los alcaldes. Entonces, imaginaos que la ciudad de Salamanca está algo alborotada. Pues el rey lo que hace es mandar allí a una persona de su completa confianza para que co-rija. Para que rija y gobierne junto a los regidores. ¿Vale? ¿Qué es lo que pasa? Pasan dos cosas. Primera, esa persona no solamente va a co-regir, no solamente va a gobernar la ciudad de Salamanca, sino que va a gobernar todo el Alfort. Todo el municipio, diríamos hoy en día. No solamente la ciudad, sino un espacio más grande. Y segundo elemento, que funcionan. Los corregidores funcionan en este sentido. ¿Y por qué funcionan? Porque evidentemente entenderemos que si hay un tío que el monarca demanda para que gobierne con otros dos y el tío va enviado directamente por el monarca, los otros dos son dos pintamanas. ¿Quién va a gobernar? El que acaba de enviar el monarca directamente, ¿no? Tú, Pepito Pérez, vas a Salamanca. Entonces, de facto, claro que funciona eso. Funciona en el sentido de que se vuelve a hacer lo que quiere el monarca. Porque está hablando por persona interpuesta. De esto se acuerda Isabela Católica cuando a finales de la Edad Media, principios de la Edad Moderna, ella lo que quiere es reorganizar la administración territorial en Castilla. Las merindades ya le suenan algo antiguo. Las merindades se han quedado obsoletas. Y dice, vale, pues vamos a hacer una cosa. Vamos a dividir el reino en corregimientos. Corregimientos. Cada corregimiento que tenga una realidad territorial. Lo que digamos es de una provincia, de una comunidad autónoma. Lo mismo que hemos dicho antes, ¿vale? Evidentemente más pequeños. Y al frente de cada uno de esos corregimientos mandamos a un corregidor. ¿De acuerdo? Atribuciones del corregidor. Exactamente las mismas que las del merino, todas. Los corregimientos vienen a sustituir a las merindades. Absolutamente todas. ¿Vale? Bueno, no he dicho antes. ¿Por qué necesita el monarca de estas cosas? Porque hay momentos en los cuales el monarca tiene una finca tan grande que no llega. No llega a gobernarla directamente. Si nosotros tenemos una huerta tan grande que no podemos plantarla entera. Y entonces le arrendamos un cachito al vecino de al lado. Pues esto es exactamente igual. El monarca tiene una finca tan grande que no llega a todo. ¿Vale? Y al monarca, ¿a qué le jode no llegar? ¿A que no se cumplan sus leyes? ¿A que sea un sitio levantisco? ¿A que por la noche se maten muchas personas? Bueno, eso le fastidia porque son monarcas. Son tíos chulos. Pero sobre todo les fastidia no llegar a qué. Ese es el origen de la administración territorial. Por eso cuando tenemos reinos muy chiquititos no necesitamos una administración territorial. ¿Vale? O no necesitamos una administración territorial tan fuerte. Esto en cuanto a Castilla, a León, a la corona de Castilla y también a Navarra. En la corona de Aragón las circunscripciones territoriales más importantes eran los honores y las tenencias, que es exactamente lo mismo. Lo mismo que en Castilla. Lo mismo que en Castilla las mandaciones y tenencias, aquí los honores y las tenencias. Y a partir del siglo XIII en Aragón surge una figura que se llama las juntas. Las juntas tienen una particularidad. Y es que en un principio son uniones espontáneas de municipios, de consejos, de pueblos. Y después será el propio monarca el que empuje a los municipios, a esas uniones, con el fin de poder mejor gobernar a varios pueblos a la vez. ¿Vale? En primer lugar lo hacen de forma espontánea. ¿Por qué? Porque si nosotros somos, yo qué sé, los cuatro municipios de... Cuatro municipios. o veinticinco concejos de un valle determinado, imaginaos que somos los veinticinco concejos... Somos los ocho concejos del Valle de Valdariga. Pues nosotros evidentemente tenemos una serie de necesidades y una serie de ambiciones y una serie de problemas que son comunes a todos. Porque el río que nos atraviesa es el mismo, porque el espacio territorial es el mismo, porque los impuestos son los mismos, porque las tierras son idénticas. Porque cuando hay nieve en las cumbres es la misma nieve para todos. Entonces nosotros de forma natural nos unimos para mejor gestionar todas esas cosas. Porque de nada nos sirve tener limpito el camino al paso por un pueblo si en el siguiente pueblo el camino vuelve a estar embarazado. ¿Vale? Y en albardas. Entonces esto, en un primer momento, como os digo, en Aragón es espontáneo, Castilla se mantiene esta idea durante toda la Edad Moderna y después es el propio monarca el que empuja a que existan estas uniones de municipios. Y luego, por último, en Cataluña lo que se van a distribuir son una serie de condados, los condados clásicos de los condados catalanes, que a su vez se dividen en vicarías y veguerías vicarías o veguerías, mejor dicho, porque no coinciden las dos cosas, que a su vez se dividen en bailías. Bailías es la administración local. Es decir, condados, más abajo vicarías y veguerías, más abajo bailías. ¿Vale? Administración municipal. Vamos a bajar un poquitín más abajo. Administración puramente municipal. Al frente de los concejos de las villas de las ciudades van a estar los alcaldes o regidores. ¿Vale? Van a estar los alcaldes o regidores. Y van a estar los alcaldes o regidores auxiliados por una serie de oficiales de número e identidad cambiante a lo largo del tiempo y entre los distintos pueblos. Es decir, podemos tener un pueblo con X oficiales y el pueblo de al lado con otros distintos. ¿Por qué? Porque vamos a tener un pueblo con unas ordenanzas concejiles y el pueblo de al lado con otras. Con otras. Las ordenanzas concejiles son el documento jurídico que regula por completo la vida local. Absolutamente toda. Hasta las más mínimas, hasta los más mínimos detalles. Entonces, al frente, como os digo, los alcaldes o regidores, normalmente dos. Uno noble y otro no noble, villano, pechero. Formato de elección, casuística pura y dura. ¿Por qué casuística pura y dura? Porque estos son cargos de carácter honorario. No se cobran. Entonces, entenderemos que es muy distinto acceder a una regiduría así, a ser regidor en una gran ciudad, volvemos a poner el ejemplo antes, en Salamanca que en un pequeño pueblo aquí de la montaña de Cantabria. Entonces, allí, en Salamanca, va a surgir lo que se llama un concejo cerrado. ¿Concejo cerrado qué es? ¿Historia? ¿Historia de derecho? Claro. ¿Concejo cerrado qué es? La reunión de los diferentes vecinos. Este caso es nuestro ejemplo de la ciudad de Salamanca que se divide en barrios, en calles, en distritos y cada uno de esos distritos elige a un representante. Exactamente igual que hoy en día. Pero los representantes se llaman concejales. Y esos representantes son los que eligen a los regidores. Insisto, entenderemos que aunque no cobres ser regidor de la ciudad de Salamanca, te cunde, ¿no? Es muy diferente el caso si estamos en un pequeño pueblo. Imaginaos que estamos en Royd, lo mismo en Valdáliga. ¿Vale? De primeras, aquí no hay un concejo cerrado, hay un concejo abierto. Acuden todos los vecinos. No necesitamos que haya representantes porque podemos acudir todos. Vamos a ser 20, 30, 40 tíos. Tíos, siempre masculinos. En segundo lugar, aquí nadie va a querer ser regidor. Porque si no cobramos, toda la influencia que podemos trincar en Salamanca, en Royd no la tenemos. Entonces, no es que no cobremos, es que perdemos tiempo. Porque el tiempo que estemos dedicando a las labores del concejo no se lo dedicamos a las labores del campo. ¿Lo entendemos o no? Perdemos tiempo que es perder dinero. Entonces, igual que en estos concejos cerrados, la cosa va vía elección. En los concejos abiertos puede ser vía elección o cualquier otra vía, por insaculación. Por ejemplo, insaculación que es que ponemos un saco, metemos las manos dentro y al que saque el grano negro le toca ser regidor. ¿Vale? El regidor saliente designa al entrante. Los más viejos del lugar designan al regidor. O directamente por turno. Imaginaos que somos nosotros. Un año soy regidor yo, el año siguiente es ella. Bueno, él porque tiene que ser hombre. Hacemos esta ficción. Al año siguiente tú, al año siguiente tú. ¿Vale? En el gobierno de las grandes ciudades, estos regidores estarán auxiliados y tutelados normalmente, normalmente, por representantes del poder real. Por los corregidores, incluso por los merinos. ¿Vale? Esto ocurre exactamente igual en el caso de los espacios de señoría. O sea, los espacios de señoría de los pueblos funcionan exactamente igual, en los espacios de señorío, las circunscripciones territoriales funcionan exactamente igual. ¿Cuál es la diferencia? Que el merino, el corregidor, o como queramos llamarlo, en vez de ponerle a dedo al monarca, le pone a dedo al señor jurisdiccional. ¿Vale? Es decir, el tío que gobierna la liébana, en vez de ponerle al monarca, es decir tú, a la liébana, a gobernar, le pone el duque al infantado. Pero es exactamente igual. ¿Vale? Exactamente igual. Y a su vez, como os digo, estos pueblos se organizan internamente en lo que se va a llamar concejos. Concejo es la evolución del conventus publicum o del concilium visigodo. ¿Vale? Básicamente, que es la reunión de todos los vecinos del lugar. De todos los vecinos del lugar que se reúnen para la redundancia de forma periódica para discutir y decidir cosas tocantes al común de todos. Cosas tocantes al común de todos. ¿Vale? Entonces, particularidades. Primera. Todos los vecinos del lugar. El concepto de vecindad que es fundamental. Si es fundamental en la Edad Media va a ser fundamental en la Edad Moderna. El concepto de vecindad ¿por qué es fundamental? Primero, porque te permite una participación de carácter político. Es decir, acudir a concejos. Eso nos importa tres huevos. Segundo, esto es lo importante. Porque te permite una participación de carácter económico. Económico. El manual nos explica cómo funcionan las cosas en Salamanca, en Ávila y en Segovia. La mayoría de los sitios no son Salamanca, Ávila y Segovia. La mayoría de los sitios son Los Tojos, Esbiso, Roel que hemos dicho antes. En los pequeños pueblos, muy especialmente en los pequeños pueblos del norte peninsular, con esta idea del minifundismo que ya está bastante aceptado. ¿Os acordáis que vimos el origen? Que estaba en la parte de la geografía, pero estaba en el propio proceso de lo que se debe llamar reconquista. En estos pequeños pueblos es imposible sobrevivir. Cuando digo imposible, lo digo a sabiendas. Imposible sobrevivir si no formas parte del concejo. Si no participas de los bienes comunes. Si no puedes llevar tus animales. Si no puedes llevar tus animales al monte común. Si no puedes disfrutar de las aguas comunes. Si no puedes recoger castañas del bosque común en otoño. Si no puedes recoger setas. Si no puedes recoger rojo del suelo. El rojo es lo que se coge del suelo para hacer fuego. Si no puedes recoger leña, etcétera, etcétera. ¿Vale? Entonces ser vecino es absolutamente fundamental desde esos dos puntos de vista. El político-administrativo y el económico. Requisitos para ser vecino. Ser un hombre, ser varón. La mujer puede ser vecino a efectos económicos positivos y negativos. ¿Vale? O sea, ella puede cobrar eso... Puede tener esos beneficios que os he descrito. Está obligada a colaborar con el concejo. Por ejemplo, a limpiar las calles y cosas por el estilo. Lo que se llaman las sextaferias. Pero nunca puede intervenir en el concejo. Afectos administrativos y políticos siempre están proscritos. ¿Vale? Que no nos cuenten historias sobre las democracias rurales y todas estas rejas porque es mentira. ¿Vale? Las viudas por... Las viudas, por su parte, eran medio vecinos. Se les consideraba medio vecinos. Si yo como hombre tengo derecho a los árboles a laña, a cortar los árboles del monte común, las viudas tienen derecho a tener a un único árbol. ¿Vale? Las viudas son aquellas para las que se les han muerto los maridos, o que siguen... Que siguen solteras a los 40 años. Se les tiene en consideración jurídica de viudas. Esas mujeres ya. ¿Vale? Entonces, vecino, varón, con casa propia. ¿Vale? Con casa propia y con condición de vecindad. Con una especie de ligazón. Y me explico lo de casa propia por qué es. Porque si nosotros la calidad de vecinos nos permite disfrutar de los bienes comunes del concejo, necesitamos que esos bienes comunes se mantengan más o menos equilibrados entre un número más o menos equilibrado de vecinos. ¿Sí, no? Dicho de otra forma, que cada una de las familias tenga un único vecino. El cabeza de familia. Esto se ve muy bien en Navarra. Porque a los vecinos se les llama fumazos. Por donde sale... el humo. Tú no eres vecino, por donde sale el humo. No eres vecino tú, sino la casa. Fumazos. F-U-M-A-Z-G-O-S. Por donde sale el humo. ¿Vale? No eres vecino tú, sino la casa. Y decíamos, ligazón de vecindad. Ligazón de vecindad puede ser que seas hijo de vecino. O sea, natural del lugar. Que te hayas casado con una vecina. O directamente que hayas comprado la capacidad de vecindad. ¿Vale? ¿Cómo se compra la capacidad de vecindad? Normalmente de dos formas. Combinando ambas formas. Con un acto que podríamos considerar medio simbólico. Es invitar a un cestón a todos los vecinos. ¿Vale? Todos comen en el mismo sitio. Todos beben en el mismo sitio, etcétera, etcétera. Y con un segundo acto que es puramente práctico. Que es que pongas en movimiento económico una parte de... El espacio común. ¿De acuerdo? Si nosotros tenemos un monte que dividimos en 14 parcelas al año. Si tú llegas y eres el número 15. Lo que tienes que hacer es poner en movimiento económico la decimoquinta parcela. ¿Sí? ¿Lo vemos? Tenemos un monte brozado entero. Lleno de barba. Lleno de escajo. Y tú lo que tienes que hacer es poner en movimiento económico esa decimoquinta parcela. De tal forma que cuando vamos... Las suertes, las azas que se llaman anuales. Sigamos tocando lo mismo. ¿Vale? El concejo es una reunión de carácter periódico. Normalmente se celebra los domingos a la salida de misa. Se toca el toque a campana tañida. ¿Vale? Un toque largo y dos toques cortos. En el caso de Cantabria. Y se reúnen allí todos los vecinos. ¿Vale? Evidentemente. Cada vez hay una mayor intervención. Dice vuestro manual. Monárquica de rey y señorial en los concejos. Evidentemente no dice ninguna mentira el manual. Pero se queda en la superficie. Nuevamente nos habla de manera exclusiva de los concejos de las grandes ciudades. Nos está hablando otra vez de Salamanca. ¿Por qué digo eso? Porque en el concejo de Reus, en el concejo de Cávieres, en el concejo de Cártes. No importa. No le importa. No le importa al rey. Y no le importa al señor qué es lo que ocurre. ¿Vale? Hay una libertad casi absoluta para hacer y deshacer. Si te pasas de listo, te vienen a reprimir. Te vienen a que repiensen las cosas. Pero, ya os digo, en pequeños sitios no se llega. No llega la influencia. ¿Vale? Y como os comentaba, al frente del gobierno del lugar van a estar los regidores. ¿De acuerdo? Con el paso del tiempo, estos concejos se irán agrupando cada vez en espacios territoriales mayores. Es decir, los pueblos se agruparán en valles, en jurisdicciones mayores. En hermandades, por ejemplo. Estos espacios mayores se agruparán a su vez en juntas. Las juntas pequeñas se agruparán a su vez en juntas más grandes. Pero eso lo veremos de forma más extensa. En la siguiente asignatura. Y tampoco nos vamos a meter mucho en la harina porque es algo que nos puede liar bastante. ¿Vale? Bien, nuevamente estábamos hablando de manera fundamental de Castilla y de Navarra. ¿Qué ocurre con la administración local en Cataluña, en Mallorca y en Valencia? En Cataluña vimos que... Teníamos los vallillos, ¿os acordáis? Es el equivalente a los concejos. El baile o vallet va a tener jurisdicción, va a tener competencia sobre el vallillo, evidentemente. Va a ser la persona que tenga competencia sobre ese espacio. En Mallorca, a mediados del siglo XIII, se va a dividir en seis jurisdicciones. Las jurisdicciones van a ser juradas como órganos de la administración local. Y también se va a crear un consejo que va a estar formado por los jurados y los prehombres de los importantes de Mallorca. Y la particularidad, casi si queréis simbólica, de la aparición tanto en Aragón como, de una forma mucho más reducida, en Navarra, de la figura del Zalmedina o Zabalmedina, que es una especie de gobernador municipal cuya particularidad, insisto, es más simbólica que otra cosa, es que es una de las pocas huellas de derecho musulmán que permanecen en los reinos cristianos peninsulares. ¿Os acordáis cuando vimos el derecho musulmán? Que os dije que como estamos estudiando la historia del derecho, lo que estudiamos es lo que ha tenido huella y lo que vemos aún hoy en día en nuestras jurisdicciones, en nuestras instituciones, hemos visto cosas que aún se mantienen. Si estuvieramos estudiando lingüística estaríamos hablando muchísimo de los musulmanes, de Al-Ándalus y tal, pero como estudiamos derecho prácticamente no vemos nada. ¿Os acordáis que lo dijimos? Este es uno de los muy reduciditos espacios donde en los reinos cristianos peninsulares se mantienen figuras, de origen musulmán. ¿Vale? Bien, ¿alguna pregunta? ¿Alguna cosa? Dime. ¿Lo puedo hacer? Claro. Vale, en la matriculación de esta prueba se podrá utilizar el programa oficial de la Asamblea de Madrid que era la que le hiciste partícipe a Anastasia. El programa. No, no, el programa. El programa, de hecho, si no me equivoco, aparece en la propia guía. O hay un programa extendido, me parece, para orientarte. Para que cuando en el examen te ponga los bailíos, te va a poner los bailíos tema no sé cuánto, epígrafe no sé cuál. Entonces... Vale, vale, vale. Puedes decir, mira Juan, pues sí, está aquí la administración local y más o menos te estructuras todo. No, no te sirve de nada. O sea, puedes ir perfectamente sin él. Yo te recomiendo que vayas con él porque en un momento dado te puede... Yo cuando era estudiante yo trabajaba mucho con memoria visual. ¿Vale? Entonces tú lo vas viendo dónde está esto y te vas acordando de las cosas, de cómo estaban escritas y tal. Llévate siempre el programa. Si puedes llevártelo, bueno, es que no te va a salvar de... Si estás en una hoguera, el programa no te salva. ¿Vale? Pero vamos, ¿qué es eso? No es ni manual ni nada. Vale. ¿Puedo hacer otra pregunta? Puedes hacer las que quieras. Por eso estamos. Vale. Yo... Yo no entiendo cómo hace el comentario. No entiendo nada. Realmente directamente no entiendo nada de nada de nada. Vale. Es como... A mí es una audiencia. Vale. Vamos a ver, como hemos... O sea, porque no sé cómo... O sea, es que... Mi última. Como voy a... Porque no lo he mirado, lo voy a bloquear y no lo hago. Hemos acabado el tema de la administración territorial y local, que es lo que me interesa la cámara. ¿Vale? Respondemos a la compañera entonces con toda la amplitud que haga falta. Primero por lo último. No te bloquees si no lo hagas. ¿De acuerdo? No nos rendimos de salida ni mucho menos. Eso también es importante en los exámenes, ¿eh? Porque es... No te voy a decir que es lo habitual, pero no es infrecuente leer algo y decir... ¡Bum! No me suena de nada. Y luego vas escarbando la memoria y te sale. Segundo... No creo que ya tengas acabado. Que sí, sí la tienes. Lo que pasa es que... Lo que pasa es que la tenemos todos. En serio. Segundo... El examen. Esto del examen del comentario del texto. ¿Dices que has visto las clases? Sí. ¿La del comentario del texto la viste también? Sí, sí. Vale. Es que tú empiezas a hablar y yo... No, que igual me expliqué yo mal. Bueno, pero... Primero de todo... La práctica de historia del derecho es una aplicación directa de la teoría. Entonces, si nosotros hacemos una teoría, la práctica la vamos a clavar sin problemas. Ya, pero yo... Mi peor opinión es que el comentario del texto es una aplicación directa de la teoría. No, o sea, no entiendo cualquiera... Es que no me entiendo. Te van a poner un texto. ¿Busca exámenes anteriores? Ya, ya te he buscado. Son esos textos los que te voy a poner. Es un texto muy cortito. Tres, cuatro líneas como... ¿De dónde están esos textos? De cualquier sitio, de cualquier fuente. Puede ser una fuente de creación o una fuente de conocimiento. Puede ser una ley o puede ser tu propio manual. O puede ser un libro de Cervantes. Puede ser el Quijote. Y te pone un texto pequeñito. Y es un texto referido a algo de la asignatura. ¿Vale? Imagínate que alguien escribe lo que he estado yo diciendo antes. ¿Vale? Sobre los consejos. Alguien lo escribe y te ponen ese texto. Y te dicen, examina usted ese texto. ¿Vale? Y entonces dice, bueno, lo primero... ¿Qué es lo primero que tenemos que hacer? Tenemos que decir lo primero de todo si es fuente de creación o fuente de conocimiento. Hacer un análisis externo e interno. Del comentario de texto. Entonces, el análisis externo, lo primero. Fuente de creación o de conocimiento. Tenemos que decir si el texto ha estado en algún momento vigente. Ha sido ley o no. No, no, no. Es que mi problema es que yo no... O sea, no sé cómo desarrollarlo. Sí, sí, la plantilla te lo estoy diciendo. Solo vamos a hacerlo... Ya, pero años atrás... Tiempo más o menos no diciendo. O sea, no entiendo cómo desarrollarlo. Exacto. No, no entiendo. Vale. Mira, ya verás. Hacemos el comentario externo. Eso lo entiendes, ¿no? Lo que es el comentario externo. Tenemos que escribir el texto. Y el texto lo escribimos en base a cuatro criterios. Si es fuente de creación o de conocimiento. El criterio cronológico. De cuándo es el texto. O sea, como el examen de la actividad. Claro. El criterio territorial. ¿A qué territorio se refiere el texto? ¿Por dónde ha estado vigente? En el caso de que sea una fuente de creación. Y el criterio personal. ¿A quién va dirigido el texto? Esto es importante. Si nos cae, por ejemplo, lo que os decía. Un código visibólico. Visibótico. ¿Vale? Y luego tendríamos el comentario interno. El comentario interno, ¿qué es lo que nos piden? No nos piden que resumamos el texto. No nos piden que expliquemos el texto. No nos piden que digamos el texto con otras palabras. Porque eso ya lo hemos dicho. Ya lo sabemos todos. El comentario interno es decir, mira. Analízame este texto. ¿De qué te está hablando? Entonces yo siempre os digo. Tenéis que explicarme de qué habla el texto. El antes y el después. ¿Vale? Y nos estamos poniendo en un examen. O sea, en una análisis de texto perfecto. Entonces, si tenéis el texto del examen. Y no podéis ir hacia atrás y luego hacia adelante. No nos ponemos nerviosos. ¿Qué es la diferencia entre fuente de conocimiento y fuente de conocimiento directo? Fuente de creación y fuente de conocimiento. ¿Vale? Fuente de creación es aquello que ha estado vigente en un determinado momento, en un determinado lugar. ¿Vale? Claro. El... La Nueva Constitución Antoniniana de Caracas. La Concesión de Ciudadanía. Y fuente de conocimiento es cuando San Isidoro de Sevilla escribe sobre el código dúrico. ¿Vale? O cuando yo hablo aquí en clase. Eso sería fuente de conocimiento. Y entonces decíamos, no tenemos que ir para atrás y para adelante. Imagínate. Fíjate, vamos a poner un ejemplo... O sea, ¿te puedo decir una cosa? Sí, dime. Dime. Imagínate, tu recomendación es eso de este aula, ¿no? ¿De? De este aula. Sí. O sea, yo por ejemplo... Yo no lo resumo, pero es como que yo vuelvo a lo que yo veo. Sí, pero cuidado. Es que es muy cortito. Es que es muy concreto lo que te vas a poner. No, pero yo diciendo, pues, el aula que yo veo se puede decir el aula que yo veo. ¿Se puede poner lo que tú crees? No. No, ya verás. No entiendo. ¿Ves? Sí o no? Me ahoga. No sé cómo desarrollárselo. A ver. No, no. Vamos. San Isidoro. Ébrico. Por ejemplo, con este sistema que te he dado hoy, en vez de hacer un montero... Claro. ...puedes hacer uno que te da alquiler para reposar. Por eso es que aquí me lo he hecho. Yo recuerdo que lo hago con un esquema. Sí, eso sí. Pero yo... Mi problema es el aula de eso. De decir... Pues si lo que yo estoy viendo ahí. De extraer la información. Vale. Mira. Muy fácil. Te lo estoy intentando buscar a ver si tenía el concreto, pero no me aparece. Fíjate. Vimos en clase un texto que era de San Isidoro de Sevilla y decía más o menos... Tiro memoria, ¿eh? Entonces, no lo voy a decir al pie de letra, pero la idea era esta. Era algo así como... Este rey eurico fue el primero que decidlo entre los reyes visigodos. O algo así. ¿Vale? Era un poquitín más largo, pero la idea era esa. Entonces, primero... Van a ser cosas muy cortitas, muy breves y muy concretas. ¿Vale? Entonces, imagínate que solamente nos hacen analizar esta frase. Este rey eurico fue el primero que decidlo entre los visigodos. ¿De qué nos explica? ¿De qué está hablando San Isidoro de Sevilla? Comentario interno. El momento. ¿De qué nos está hablando? El código eurico. ¿No? Entonces, para nosotros decir eso, nosotros hemos tenido que estudiar. Y tenemos que saber que existen códigos visigodos y que el primero fue el código eurico. El primero entre paréntesis. Porque luego vamos a ver que podemos ir para atrás y para adelante. Del código eurico. Entonces, Isidoro de Sevilla se refiere en este texto a la existencia del código eurico que estuvo vigente... Bla, bla, bla... Como es un código visigodo y nosotros hemos estudiado los códigos visigodos, aprovechamos. Aprovechamos y metemos la teoría de la personalidad y la teoría de la progresiva territorialidad de los códigos visigodos. Que también la hemos estado viendo, ¿vale? Entonces decimos, según una teoría el código eurico se aplicaba solamente a los visigodos. Según otra teoría el código eurico era la aplicación territorial, etcétera, etcétera, etcétera. Y eso sería el análisis, digamos, el central. Y entonces decíamos, si nos vamos adelante y hacia atrás. Si nos vamos atrás, decimos, San Isidoro de Sevilla dice que Eurico fue el primer legislador entre los visigodos. Pero nosotros sabemos que existieron previamente unas leyes teodoricianas que solamente se aplicaron, bla, bla, bla... Dictado por el rey Teodorico. Es todo aplicar la teoría. Es todo. No hay ni trucos, ni esquemas, ni nada. Es aplicar la teoría. Nos hemos ido atrás. Hemos explicado el centro. Nos hemos ido atrás y nos vamos hacia adelante. El código eurico fue el primero de los códigos visigodos, entre paréntesis, copiando las leyes teodoricianas y posteriormente llegaron los siguientes. Había previas, no sé qué, no sé cuánto. Y decimos cada uno de ellos a quién se aplica y a quién no. ¿Vale? La idea es que de lo que nos hable, de lo que nos hable el texto, nosotros digamos, oye, ¿de dónde viene este? ¿Qué significa este texto? ¿De dónde viene este texto? ¿Y qué influencia tiene a posteriori? ¿Vale? Si tenemos un texto que nos habla... Fíjate, imagínate que nos ponen un texto que es... No lo le van a poner porque sería muy complicado, pero vamos a poner un ejemplo complicado. Que es una... Una presula. ¿Os acordáis de lo que eran las presulas, no? Las concesiones de terreno en las primeras repoblaciones que son espontáneas en la zona norte, etcétera. Imagínate que nos ponen una presura. ¿Vale? Pues explicamos. Este texto se corresponde a una presura. Una presura es esto, esto y esto. Se da en este momento, en este lugar, y tal y cual. Y nos vamos hacia atrás. ¿De dónde vienen las presuras? Eso es ir hacia atrás. Y explicamos por qué aparecen las presuras. Y explicamos por qué aparecen las primeras repoblaciones. Y explicamos por qué en esas primeras repoblaciones, la forma de conceder el terreno... Tienen que ser esas presuras. ¿Os acordáis que eso lo hicimos todos? Dice, oye, mira, es que tenemos aquí una bomba demográfica brutal. Pero claro, la gente no quiere irse a la frontera. Porque en la frontera te pueden cepillar. Vale, todo esto lo ponemos bien. No ponemos ni bomba demográfica, ni frontera, o sea, ni cepillar, ni tal. Pero la idea es esa. Lo mismo que os expliqué yo. Entonces hemos explicado el meollo y nos hemos ido hacia atrás. ¿Qué son las presuras? Análisis interno. De dónde vienen y a dónde van. Dice, ¿a dónde van las presuras? Pues explicamos las otras repoblaciones. Los otros tipos de repoblación. ¿Os acordáis que lo vimos? En un primer momento, repoblación espontánea, las presuras. En un segundo momento, el monarca encarga a los concejos que repueblen. Y tenemos pueblos que mandan una serie de vecinos a repoblar. Tercer momento. ¿Os acordáis que dijimos que era entre el Duero y el Cajo? Más o menos eso. Las presuras, todo el Valle del Duero, al norte. Y os acordáis que dije, las primeras están aquí. De 20 años después aparecen aquí. Las segundas, repoblación de tipo concejil, entre el Duero y el Cajo. Las terceras, las terceras repoblaciones, orientadas o encargadas, mejor dicho, a órdenes militares. Y os dije, por eso en Castilla-La Mancha tenemos un montón de salidas que son no sé qué de Calatrava, no sé cuánto de Calatrava, no sé qué de... ¿Vale? Y esto es el valle entre el Cajo y Eguadalquivir, Sierra Morena. Y las últimas, las últimas repoblaciones que son ya las del territorio que hoy en día es Andalucía y que se encargan directamente a los nobles. Eso sería una análisis de texto. Una análisis de texto perfecto. Pero eso ocupa cuatro hojas. Claro que ocupa cuatro hojas. Por eso te digo que es perfecto. Yo te estoy diciendo... Habrá una, habrá un mínimo o algo. O yo puedo escribir... No, no hay. No hay ni mínimo ni máximo a no ser que te lo ponga el examen. Pedid siempre todo el papel que os haga falta a ceros. Ceros, perdón. Todos los esquemas que os hagan falta. Empezad a veces que os haga falta y tirad los papeles al suelo a veces que os haga falta. No nos volvemos locos. Entonces. Eh... Lo que yo te acabo de explicar. Yo te tengo que explicar cómo es el análisis de texto perfecto. Con su análisis externo, con su análisis interno, con su antes, con su después. Y nos podemos ir mucho más allá. Fíjate es que de lo del código numérico nos podemos cascar todos los visigodos. Si queremos. Pero eso es el máximo. Aquí no te van a pedir eso para aprobar. Pero yo te tengo que explicar cómo está bien hecho entero. No te van a pedir eso. ¿Vale? Entonces. Aplicamos la teoría, pobre y dura. Si nos trae el texto de presuras, aplicamos lo que sepamos de presuras. Y lo contamos. Si nos trae un texto de ciudadanía romana, como el que me enviaste tú el otro día. Aplicamos lo que sabemos de la ciudadanía romana. Y entonces. Si tenemos el conocimiento en la cabeza. Nos van a ir surgiendo cosas paralelas. Porque si nosotros hablamos de ciudadanía romana. De forma natural. Vamos a hablar de latividad también. De forma natural. Porque para explicar lo que es un ciudadano romano. Vamos a explicar lo que es un latino. Y de forma natural. Para explicar lo que es un latino. Vamos a explicar lo que es un bárbaro. Y vamos a decir todo eso. Y si nos cae el texto de Caracalla. De la nueva constitución. De forma también natural. Si lo hemos estudiado. Vamos a decir, bueno. Pero es que realmente. Esta concesión de ciudadanía. Por parte de Caracalla. No tuvo tanta importancia. Porque ya todos los importantes. Ya eran ciudadanos romanos. Y porque la gente que no era ciudadana romana. Y vivía en el agro. No le interesaba ser ciudadano romano. No le importaba estar igual. ¿Vale? Es una pura aplicación de la teoría. Entonces. Yo es lo que os digo siempre. La ventaja de este análisis de texto. Y de estas prácticas. Es que si te sale la teoría. Lo vas a sacar. En ese sentido vamos completamente relajados. Si nos cae. Un análisis de texto. De un tema que hemos estudiado. Y que conocemos la teoría. Lo sacamos. Mejor. Peor. Con más o menos trabas. De forma más elegante. O menos elegante. Pero lo sacamos. Y sacamos un comentario de texto. Sobradamente aprobado. Si nos cae un comentario de texto. Sobre un tema que no le sabemos. Porque nos lo hemos saltado. Porque se nos ha olvidado. Porque ya nos podemos saber perfectamente. Ya puedo ir yo. Y decirte. Y estar ahí soplándote. Cómo es el esquema. Y lo que tienes que hacer primero. Después y después. Que no le sacamos. ¿Vale? Entonces. Vamos a emplear esto. Como un elemento. Que nos quite nervios. ¿Vale? El hecho de que la práctica. Sea una aplicación directa de la teoría. Chicas. Voy a ir más allá. Pensad que tenéis. Tres preguntas teóricas a escoger dos. Planteadas de una forma. Y una pregunta teórica obligatoria. Planteada de otra. Porque esto es lo que vais a tener. ¿Vale? Insisto. Vuelca todo lo que sepas de teoría. Todo lo que tenga relación con el asunto. Claro. Pero. Claro. Pero si es un comentario. Si no tienes otro comentario. No te lo van a conocer. ¿Cómo? Si no tienes la estructura o el comentario. A ver. Que no puedo ponerla. Yo si. Claro. Pero la estructura. Te casco ahí todo lo que tú quieras. Pero si no tienes. La estructura es la que te acabo de explicar. Primero el comentario externo. Y el comentario externo. Lo hacemos en base a cuatro criterios. Lo que te he dicho. Tienes que poner. Si es fuente de creación o el conocimiento. Tienes que poner. El criterio cronológico. El criterio territorial. Y el criterio personal. La delimitación. Eso es el comentario externo. Como tal. Estás describiendo el texto. Y el externo es lo que te acabo de decir. Analizar. Oye. ¿Qué nos cuenta este texto? Y lo decimos tal cual. No nos paramos en los verbos. Ni en las perífrasis. Ni nada así. No es un comentario de esos. ¿Qué nos está explicando este texto? Con lo que yo he estudiado. ¿Qué me está explicando? Si San Isidoro me dice que hoy. Durico fue el primer legislador. De los visigodos. ¿Qué me está explicando a mí? Que yo ya he estudiado. Me está explicando. La existencia. Me está plasmando la existencia del código durico. Y entonces yo sí empiezo a hablar del código durico. Porque lo que no puede ser es que yo diga. San Isidoro aquí nos está hablando de que existe un código durico. Y que fue el primero de todos los códigos de los visigodos. No. Eso es insuficiente. Pero. Una vez que a mí me ponen un texto. Que me pone. Me dice. Este rey durico fue el primer legislador. Entre los reyes visigodos. Abajo. San Isidoro de Sevilla. Etimologías. Lo que voy a tener que hacer es. El comentario externo. La descripción. Y después. Exactamente lo mismo. Que si me ponen una pregunta. Que me pusiera el código durico. Ni más ni menos. Porque si a mí me ponen una pregunta. Que me pone el código durico. Pues también me puedo ir adelante y hacia atrás. Adelante y hacia atrás. Perdón. Vale. De todas formas. Hasta el día del examen. El correo mío lo tienes. O deberías tenerlo. Porque está por ahí. Me puedes mandar. Alguna pregunta concreta. O me mandas un comentario hecho. Ponte a hacer un comentario. Como más o menos. En atención a lo que has tomado aquí. En esta clase conmigo. Haces un comentario. Pero envías. Y me dices. Mira Marcos. Esto está bien. ¿Cómo lo ves? Y tal. Yo te le corrijo. Y te voy redirigiendo. O me haces preguntas concretas. No he entendido lo que has dicho. Sobre no sé qué. No he entendido. Y yo te lo redirijo. Y te lo corrijo. Y vamos viéndolo juntos. Vale. ¿Puedo hacer una cosa? Sí. Mira Marcos. Los reyes no han sido llamados porque el origen de los ángeles. Lo son porque significan. Si los reyes de la tierra. O sea, por ejemplo. Yo escribí ahí. Eso es lo que me viene. ¿De qué? Te tiene que poner debajo. San Isidro. El origen. Vale. Psicología. San Isidro. San Isidoro. No. San Isidro. ¿A qué se refiere? A los reyes visígodos. ¿Qué es lo que estamos viendo ahí? Pues que tengo que decir lo que digo yo. Tienes que explicar la monarquía visígoda. ¿Qué hacen los reyes visígodos? Y ahí te pone que los reyes rigen. Los reyes gobiernan. Es decir, tienen el poder ejecutivo. Y te hace una referencia a los sacerdotes. Los reyes tienen también una unción real. ¿Os acordáis cuando hablamos de la caracterización de los reyes visígodos? Que os dije que era como el rey de la baraja. De la baraja de cartas. Que llevaba el manto armiño. Que llevaba no sé qué. Que llevaba el cetro. Todo eso lo puedes decir. De verdad. No le ves más importancia a la que tiene. Es una pregunta más. Bueno, pero en serio. No le ves más importancia a la que tiene. ¿Vale? Bueno, entonces. Cerramos la sesión de hoy. Que ya nos hemos pasado un poquitín. Ánimo con lo que queda de estudio. Mañana tenéis ya el vídeo de esta última sesión. Y nada. Ha sido un placer y suerte.