Y muy bien, nada, yo soy Marcos Péreda, ya me conocéis, voy a ser vuestro tutor en esta asignatura. Si os parece vamos a hacer una pequeña presentación sobre cómo va a ser el rollo, el sistema de evaluación y todas estas cosas, y después nos metemos directamente ya con la explicación del primer tema, que no nos va a dar tiempo a verlo, pero bueno, vale. Bien, primer elemento, por si alguien anda perdido o no ha tenido una persona adecuada a su lado que le indique sobre las asignaturas. Esta asignatura se llama Cultura Europea en España. No tengo ni puta idea de por qué, o sea, sí sé por qué, pero lo que no entiendo es por qué no se le ha puesto el nombre que debía tener, que es del 8 Historia del Derecho 2, ¿vale? Porque nosotros aquí lo que vamos a ver es Historia del Derecho 2, es Historia del Derecho a partir de donde trabajamos en el curso, en el cuatrimestre pasado hasta prácticamente la actualidad, ¿vale? Es decir, desde los Reyes Católicos, hasta prácticamente el momento actual, porque vamos a ver cosas incluso de la transición gracias a dos amables temas que han puesto al final del temario y que nos amplían aún más eso, pues el temario que os digo. Entonces, ¿qué os quiero decir? Si alguien no ha hecho Historia del Derecho, si alguien no ha tenido, no ha podido, ha tenido lo mejor cogida y no ha podido, no ha podido... No ha podido presentarse o a lo mejor la probó hace mucho y no se acuerda bien, ¿puede hacer esta asignatura? La puede hacer. Lo mejor es hacerlas seguidas, lo mejor es hacerlas con la otra en la cabeza. ¿Lo puedes hacer? Ya os digo perfectamente. Va a haber dos o tres instituciones sobre las cuales yo voy a referenciar lo que vimos en el pasado, ¿vale? Corregidores... Corregidores y cosas por el estilo, cosas muy pequeñitas. Y intentaré extenderme más ahí, ¿vale? Más de lo necesario por si hay alguien en ese caso. Pero vamos, que no es necesario haber cursado Historia del Derecho, aunque sí que es muy útil, ¿vale? Bueno, el formato de las clases va a ser el que estéis viendo, al que estéis acostumbrados todos. Yo voy a venir aquí todos los martes. De 20 a 21 horas voy a estar aquí dando clase. Podéis venir a la presencial, podéis venir también... Podéis verlo a través de la web. Y además las voy a grabar las clases, ¿vale? Las voy a grabar de tal forma que normalmente al día siguiente, aunque eso no es cosa mía, es un proceso mecánico, normalmente al día siguiente están subidas en Inteka. ¿Vale? Entonces en Inteka ponéis mi nombre. Podéis buscar todas las clases que yo voy subiendo, las distintas asignaturas. Subimos también únicamente el sonido, el audio, que es lo importante porque aquí prácticamente no vamos a meter... No tenemos algún PowerPoint igual, pero por entretener la visión, más que nada. Entonces podéis ir siguiendo las clases también diferido. Así que... Os pediría a quienes estéis aquí y a quienes están al otro lado que en el momento que tengamos alguna duda, no hace falta ni que levantéis la mano, interrumpís, ¿vale? Vosotros interrumpís, aprovechamos que somos pocas personas. Al otro lado lo mismo, intervenís ahí en el chat directamente. Siempre os digo lo mismo, no quiero que esperemos para hacer las dudas al final de clase, como piden algunos profesores. Yo no me acuerdo cómo lo he explicado, vosotros no os acordáis exactamente de lo que escuchasteis y no tiene sentido. Intervenimos, me interrumpís y no hay problema porque al final estamos aquí para eso. Cualquiera que quiera. Hacer una pregunta al mail, lo tiene aquí también, es mpereda.santander.net. Ya lo sabéis todos. Así que... Entiendo que muchas veces... Es tentador utilizar el mail para realizar preguntas, para aclarar cuestiones y tal. Yo encantado, pero sí que prefiero que me hagáis las preguntas, que me planteéis las cuestiones de forma directa aquí o a través del chat con una sencilla razón y es que tenemos comprobado, ya son unos cuantos años dando clases, que normalmente... Cuando un alumno tiene una duda, hay más alumnos que tienen esa misma duda. Es culpa de quien lo ha explicado, que a lo mejor no lo han hecho bien o ha dado por supuesto cosas, etcétera, etcétera. Entonces eso, yo creo que aprovechando la familiaridad del contexto, pues podemos intentar hacer estas cosas, hablar con completa libertad y no tener miedo a hacer preguntas. Bien. Esta asignatura, vamos a ver cómo se lleva a cabo la bibliografía, o sea, cuál es la bibliografía, cómo se lleva a cabo la evaluación, etcétera, etcétera. Bibliografía. Os la dejo aquí. ¿Vale? Nuevamente. El mismo manual que tenéis en el primer cuatrimestre. Curso de Historia del Derecho, José Antonio Escudero, Editorial Edisocea. El mismo manual, este gordísimo, que está en... En versión verde y en versión morada. ¿Vale? Que es lo que pasa, que esta vez tenemos de la mitad hacia delante. Ni más ni menos. Me preguntaba antes un compañero, y dice, oye, ¿por qué hay dos libros aquí? Que también tenemos un manual de... De profesor Javier Alvarado Planas y tal. Bueno, estos son manuales de comentarios de texto. Nosotros, quienes estamos en esta cuota docente, quienes nos examinamos, este año, con este manual, nos basta y nos sobra. ¿Vale? El manual del profesor Escudero siempre os digo lo mismo. Es con mucha diferencia el mejor manual de Historia del Derecho que se ha escrito. Al menos del que yo tenga noticia. Es tan bueno que el único problema que tiene es lo bueno que es. Dicho de otra forma, es un manual que en ocasiones desborda lo que es el mismo manual. ¿A qué me refiero con esto? Pues que a veces hace... Y dice, bueno, este autor opina esto, este autor opina esto otro. Hace como derecho comparado. Se va un poco más allá. ¿Cuál es la solución? Cuando vemos que Escudero se sube mucho, nosotros pasamos de ello. ¿Vale? Nosotros somos alumnos de primero y tampoco nos tenemos que exigir más de la cuenta. Vamos con este manual, que además es un manual que está muy bien escrito. Y que es muy claro, basta y sobra. Basta y sobra con una excepción. Los dos últimos temas. Los dos últimos temas no los tenemos. En este manual. ¿Vale? Porque el manual del profesor Escudero es un manual clásico que llega hasta el final del 10 iguales. Entonces, de los dos últimos temas nos han colgado, nos han colgado en dos PDFs. ¿Vale? El equipo docente, que es el que vamos a utilizar en las explicaciones y los que tenéis que estudiar. ¿Vale? Están también muy claros o muy amenos y tal. Y está muy bien. Bien. Claro. Lo de los PDFs abunda en otra cosa. Os he dicho, yo voy a venir aquí, voy a dar las clases y voy a explicarlo todo. ¿Vale? Voy a explicar al ritmo que quiera. Al ritmo que me vayáis pidiendo vosotros y al ritmo que vaya viendo yo. ¿Qué significa eso? Significa que con casi completa seguridad no voy a poder explicarlo todo en 12 horas. Yo digo, tenemos dos temas más encima. Porque yo sé que me pierdo. Empiezo a hablar de una cosa y hablo de otra y de no sé qué y de no sé cuánto. Entonces, que nadie se agobie con esto. Si yo en 12 horas no lo hago, me vengo aquí otro día, me vengo un viernes, me vengo un jueves, lo que sea, y hago una clase adicional de una hora, de una y media, de dos horas, de tres horas, o vengo dos días o lo que sea. A mí no me importa dar la asignatura en 14, en 15, en 16 horas, en vez de las 12 que son, siempre que la dé bien. Lo que no tiene sentido es que yo pille una asignatura que cubre... ...500 y pico de años de historia, de historia al derecho, y me ponga a concentrarla para que me entre en dos días. ¿Vale? Entonces, si vemos que hemos gastado ya la mitad de las horas y vamos por uno de los primeros temas, nadie se me agobia porque lo vamos a hacer de esta forma. Vamos a dar los temas de manera absolutamente adecuada. Como yo considero que es la manera adecuada. ¿Vale? Como yo considero que es la manera adecuada, ¿para qué? Aprovecho. Yo no quiero que aprendáis historia al derecho, yo lo que quiero es que aprobéis. ¿Vale? Para aprender historia al derecho ya podréis después... Quiero que aprobéis. Entonces, ¿cómo tenéis que aprobar? ¿Cuál es el sistema de evaluación de Cultura Europea en España? El mismo que en Historia del Derecho. Ni más ni menos. Un examen de... Si no me equivoco, déjame que lo consulten. 120 minutos, efectivamente. 120 minutos, 2 horas con 4 preguntas. 4 preguntas que serán epígrafes del temario. Todos los epígrafes del temario son objeto de examen. Del primero al último. Estos dos últimos temas que se han incorporado el año pasado, se incorporaron el año pasado, cayeron en el examen. ¿Vale? Entonces no nos confiamos. 4 preguntas de las cuales tenéis que responder. 3. ¿Vale? Únicamente 3. O si lo vemos de otra forma, 3 preguntas teóricas y una práctica. La práctica será un comentario de texto y la práctica la tenéis que hacer siempre. Entonces, la práctica siempre, 3 preguntas teóricas de las cuales tenéis que contestar 2. La práctica como es exactamente igual que en la Historia del Derecho. ¿Vale? Dicho lo cual, evidentemente yo voy a hacer una clase de prácticas. Explicando cómo hacer las prácticas. ¿Vale? El equipo docente ha colgado materiales. Ha colgado un vídeo de una profesora de Madrid diciendo cómo hacer las prácticas. Está de puta madre. Podéis tirar de ello perfectamente. Pero yo adicionalmente, por si hay gente que no quiere verlo o lo que sea, más o menos a mitad del temario haré una clase de prácticas. Explicaré cómo hacer las prácticas. Resolveremos aquí unos cuantos... 3 o 4 o 5 casos prácticos, etcétera, etcétera. Y sin ningún tipo de... Sin ningún tipo de problemas. ¿Vale? Adicionalmente, si necesitamos hacer más de una clase de prácticas, lo hacemos. Me lo decís y ya está. ¿Vale? Yo entiendo que una clase de práctica es suficiente. Si alguien quiere, dice Mira Marcos, tal que no me he enterado mucho. Hacemos un vídeo de una clase de prácticas. 3 cuartos de hora, 50 minutos, 35 minutos, lo que sea. Y hacemos las prácticas. ¿Vale? Evidentemente, el examen tenemos que aprobar con un 5. Evidentemente, si hacemos el examen perfecto tenemos un 10. Pero, al margen de eso, tenemos la posibilidad de acogernos a la evaluación continua. ¿Vale? La evaluación continua consistirá en la elaboración de un trabajo. Antes, justamente antes de entrar, he consultado a ver si habían subido ya el texto y todavía no lo han visto. Consistirá en la elaboración de un trabajo que otros años ha sido, por ejemplo, un análisis de una constitución o un análisis de los decretos de nueva planta. Un trabajo intenso. Otros años ha sido, para que os hagáis una idea, de un mínimo de 20 folios. ¿Vale? Hacéis el trabajo, lo entregáis, yo lo corrijo. Como mucho ese trabajo os puede reportar un 25% sobre todo. Sobre el total de la nota. ¿Vale? ¿Cuál es el truco aquí? Que para que os entre, para que os empiece a sumar la nota de la evaluación continua, que evidentemente sólo suma a partir de que esté aprobada la evaluación continua, siendo que si lo hacéis está aprobada. Para que os cuente esa nota, para que empiece a sumaros, tenéis que tener como pocos 7 sobre 10 en el examen. ¿Vale? 7 sobre 10 es una nota exigente. Entonces, ¿mi recomendación cuál es? Siempre os digo lo mismo. A mí me parece guay que hagáis evaluaciones continuas. Aprendéis un montón. Aprendéis a hacer un análisis de textos más amplio. Aprendéis a expresaros con palabras. Las palabras son las únicas herramientas que tenemos los juristas. Tenemos que aprender a usarlas. ¿Vale? A mí me parece guay. Me lo paso muy bien corrigiéndolo y tal. Siempre os digo lo mismo. Yo cobro más por corregir evaluaciones continuas. Pero yo no me sentiría bien si no os dijera el primer día, exactamente que os digo todos los putos primeros días, que si la evaluación continua nos cuenta a partir del 7, lo que no quiero es nadie, nadie que esté ahí, ahí, que me lo lleve cogiendo con pinzas y que me pierda 20, 25 o 30 horas en hacer la evaluación continua. O me invierta, no me pierda. ¿Vale? Si me hacéis la evaluación continua es porque tenéis seguro que vais a sacar más de un 8. ¿Vale? No quiero a nadie que me presente una evaluación continua y luego me palme el examen. Porque es que entonces hemos hecho una mala gestión. ¿De acuerdo? Y a mí me pone muy triste este tipo de cosas. Vale. Yo creo que nada más, ¿no? ¿Alguna pregunta? ¿Alguna cuestión? ¿Alguna cosa? ¿No? Guay. Venga, pues empezamos entonces si queréis. Sí. Vale. Con respecto a Historia del Derecho, desde mi punto de vista esta asignatura es ligeramente más sencilla. Por dos razones. Primera, contingente. Porque puede que no la tengáis todos. Porque vamos a ver cosas que ya hemos visto en Historia del Derecho. Y vamos a ver conceptos que nos van a sonar, son familiares. Segunda, porque estamos hablando de los Reyes Católicos en adelante y a nivel histórico tenemos mucho más estructurada la cabeza. Mucho más fácil que nos suene Fernando VII a que nos suene Eurico el Rey de los Visigodos. Entonces, bueno, más o menos eso lo vamos a tener estructurado. Vale. ¿Qué vamos a ver? Tema primero. Es un tema introductorio. Vamos a dividir el temario de esta asignatura en tres grandes bloques. El último bloque, ya os digo, son esos dos temas adicionales que son siglo XX. Entonces, los otros dos bloques que son más grandes son muy fáciles de dividir. Edad moderna y edad contemporánea. Edad moderna desde cada uno la pone el comienzo cuando quiere para nosotros desde el descubrimiento de América desde 1492 hasta la Revolución, la Revolución Francesa redondeando 1500-1800. ¿Vale? Edad contemporánea siglo XIX. Siglo XIX. ¿Vale? Entonces vamos a tener un tema introductorio de cada uno de los bloques históricos. De estos bloques históricos grandotes. ¿Vale? Este es el tema introductorio de la Edad Moderna. ¿Vale? ¿Qué analizamos durante la Edad Moderna? Vamos a analizar el antiguo régimen. Algunos lo llaman Estado Absoluto. A mí no me gusta porque el Estado Absoluto hay que ver cuándo empieza, de qué forma, y qué denominamos absoluto, qué no. Bueno. Antiguo régimen. Entonces, antiguo régimen. ¿Cuáles son las características del antiguo régimen? ¿De qué hablamos cuando hablamos del antiguo régimen? Hablamos de la situación jurídica y social la cual está inmersa los reinos y coronas que componen la monarquía española y luego la monarquía española. Vamos a ver por qué esta distinción durante la Edad Moderna. Es el momento de la formación del Estado Moderno. ¿Vale? Desde el punto de vista institucional, de las instituciones centrales es el momento de la aparición y el perfeccionamiento del absolutismo monárquico y es un momento de una progresiva centralización política. ¿Qué significa esto de progresiva centralización política? Vamos a ver. ¿Os acordáis cuando en la Edad Media decíamos que el rey tenía que apoyarse en un montón de gente, en los colegas, en los señores jurisdiccionales, en los nobles, en todos estos? Pues esto ya no. Estos reyes ya van a ser más potentes. Estos van a mandar. ¿Vale? Van a mandar ahí con fuerza. Desde el punto de vista económico, precapitalismo económico. Que en el caso de la monarquía española es tanto como decir nada. Vamos a ver, ¿eh? Estamos hablando de chorradas. Precapitalismo económico muy, muy modestito. ¿Vale? Seguimos trabajando igual que en la Edad Media. Desde el punto de vista religioso, el momento de la reforma y de la contrarreforma. Es decir, protestantismo y la contrarreforma fundamentalmente a partir del Concilio de Trento que lo que hace es dibujar una nueva Iglesia católica. Distinta. ¿Vale? Es más estricta, más cerrada. Vamos a ver. Desde el punto de vista jurídico, el origen del título de esta asignatura, consolidación del derecho común. ¿Por qué se llama cultura europea en España esta asignatura? Porque todo el espectro jurídico que cubre esta asignatura está dominado por el derecho común. ¿Vale? Bueno. Ya os digo, es una forma de ponerle un título como cualquier otro. Pero consolidación del derecho común. Vimos cómo a finales del siglo de la Edad Media iba introduciéndose con altibajos y con caídas el derecho común en los diferentes reinos. Y si os acordáis, vimos que era con altibajos y con caídas precisamente porque el derecho común lo que es, es centralizador. El derecho común lo que hace es dar más fuerza al monarca y arrancárselo a los nobles. Y no era fácil hacer esto en la Edad Media porque el monarca depende de los nobles. Los nobles te dan poder y te dan pasta cuando ellos obtienen algo a cambio. ¿Os acordáis que lo vimos cuando hablábamos de las siete partidas y todo este rollo? Claro, todo eso cuando cambia. Cambia en la Edad Moderna cuando los monarcas tienen toda la fuerza. Ahí ya sí que se impone el derecho común. Coño, ¿cómo no voy a imponer un derecho que me favorece a mí? Si yo no tengo nadie que me tosa. ¿Por qué no tengo nadie que me tosa? Pues porque los organigramas y las estructuras del poder son más específicas, son más efectivas, porque tenemos una mejor recaudación de impuestos, porque en el caso de España se han terminado las guerras de religión hacia el sur. Se ha terminado la mal llamada Reconquista. Entonces ya no dependemos de las mesnadas de los nobles. Ya no tenemos con quién cascarnos dentro de la Península Ibérica. Ya no necesitamos pedirle al colega las mesnadas. ¿Vale? Los caballeros. No me refiero con las mesnadas. Los soldaditos. Eso se ve perfectamente. Como aquí, por ejemplo, en Cantabria o en todo el norte, cómo la nobleza cambia arquitectónicamente. Arquitectónicamente, lo que define la nobleza en la Edad Media ¿qué es? La torre defensiva. Las torres defensivas hay un montón por ahí sueltas. ¿Por qué? Porque la nobleza de la Edad Media es una nobleza guerrera. Lo que le da dinero, lo que le da poder, es la guerra. En cambio, a partir del Renacimiento, a partir de la llegada del Estado Moderno, las torres defensivas se van a integrar en un nuevo espacio arquitectónico que es el palacio. Aquí en Cantabria lo vemos en un montón de palacios y palacetes de nobles que tienen integrado una torre defensiva. La torre defensiva donde se solía poner la cocina porque tiene unos muros muy gruesos y no tienes problemas de que se te escape el fuego y te queme el resto del palacio. ¿Vale? ¿Por qué? ¿Por qué lo hacemos? Porque la nobleza ya no es una nobleza guerrera. Es una nobleza comercial, burguesa o ganadera. ¿Vale? Entonces, cuando ya tienes todo esto controladito, pues impones el Derecho Común. ¿Cómo nos vamos a imponerlo? ¿Cuál es el origen de esto? El origen de facto que podemos decir en qué momento ocurre esto. La Guerra Civil Castellana entre Juana la llamada Beltraneja e Isabel de Castilla. Juana la llamada Beltraneja que está apoyada por gran parte de la nobleza castellana e Isabel de Castilla que acaba imponiéndose sobre todo con el apoyo del marido, ¿no? De los Trastámara de Laboreses. Entonces, una vez que la nobleza de Castilla pierde existe gran parte de la nobleza no toda evidentemente pero gran parte de la nobleza de Castilla pierde Isabel de Castilla y ahora sí impongo yo mis condiciones. Esto lo iremos viendo. Y desde el punto de vista social ¿qué caracteriza el estado moderno? La continuidad de la sociedad estamental. Seguimos funcionando en tres estamentos. Seguimos teniendo nobleza, clero y tercer estado o villanos o como queráis verlo. Los que oran, los que guerrean y los que laboran, los que curran con las manos. Y seguimos teniendo la diferenciación estamental que es Y seguimos teniendo normas específicas para cada uno de los tres estados. Y el noble no tiene las mismas leyes que el pechero o que el villano del tercer estado. Lo mismo. Y el cura no tiene las mismas leyes que el paisanuco o el pueblo. ¿Vale? Todas esas cosas. Claro, hemos dicho lo primero. Evolución hacia la monarquía absoluta. ¿De qué monarquía absoluta? ¿De qué estamos hablando? En... Te diré, hombre. Durante la edad moderna en la monarquía española ¿Quién es reina? ¿Vale? Nos vamos a encontrar con tres casas. En realidad nos vamos a encontrar con dos. Bueno, decimos tres por ser específicos. Vamos a analizar fundamentalmente dos. Vamos a tener Isabel y Fernando que duran un ratito porque hemos dicho nosotros que nos ponemos 1500 y tal para durar un ratito. Fundamentalmente ¿qué vamos a tener? Y esto es muy sencillito. Vamos a tener los Habsburgo, los Austria y los Borbones. Los Habsburgo, los Austria y los Borbones. ¿Vale? Los Habsburgo llegan al trono de la monarquía española vía unión matrimonial. ¿Vale? Felipe el Hermoso que es el primer rey Habsburgo llega vía unión matrimonial como está Juana la llamada loca, después viene su hijo Carlos etcétera, etcétera. Los Austria cubren a nivel de fechas es muy fácil esto, los Austria cubren redondeando nuevamente redondeando ¿eh? de 1500 a 1700. Si esto no me interesa nunca las fechas concretas. De 1500 a 1700 y los Austria que cubren dos siglos lo veis ¿no? dos siglos están divididos entre Austrias mayores y menores y se portan bien se portan bien porque es muy fácil dividirlos dice oye los Austria mayores son dos entonces cubren ellos dos como son mayores un siglo cada uno 50 años aproximadamente Carlos I hasta 1150 Felipe II hasta 1600 insisto redondeamos ¿eh? no pasa nada y los Austria menores dice son tres los Austria menores Felipe III Felipe IV y Carlos II como son menores cada uno de ellos cubre un tercio del siglo en vez de medio siglo como son menores cubren un tercio entonces el siglo XVII le cubren ellos ¿vale? bien eh segunda dinastía que gobierna vamos a ver luego cómo cómo llegan ¿eh? son evidentemente los borbones mediante una guerra una guerra de sucesiones etcétera eh los borbones van a cubrir la segunda parte de la edad moderna siglo XVIII ¿vale? vamos a entrar ya en la edad contemporánea y veremos cómo funciona la edad contemporánea entonces los borbones tienen diferentes diferentes reyes hay reyes que van que vuelven y tal ya lo explicaremos insisto en su segunda parte de la edad moderna los borbones en realidad son los que eh llevan a cabo el absolutismo monárquico propiamente dicho ¿vale? es un absolutismo de raíces de raíces francesas y tal bueno ya os digo lo veremos en su en este momento se va a producir también un proceso de integración territorial ¿vale? un proceso de integración territorial que viene por diferentes vías viene por las armas viene por las vías matrimoniales viene eh por las vías de otro tipo de unión etcétera integración territorial que no institucional haremos después ¿vale? integración territorial ¿qué significa? significa que por ejemplo el rey conquista Granada acaba con el dominio musulmán en la península ibérica eh Castilla conquista Navarra en 1512 acaba con el reino de Navarra y está Fernando que en aquel momento regente de de Castilla bajo lo conquista bajo el manto del del duque de del duque de Alba y luego mediante eh uniones dinásticas uniones matrimoniales etcétera eh pues se producen diferentes son uniones ¿no? en la monarquía española aparece integrado en algunos momentos eh Portugal la monarquía española aparece integrado en algunos momentos Córcega monarquía española aparece integrada en algunos momentos partes de Grecia eh Flandes evidentemente la corona de Aragón ¿vale? hay incluso uniones matrimoniales de estas que no salen bien ¿no? eh se produce una unión matrimonial entre Felipe II y eh la reina Inglaterra dispuesta pensada para la unión de ambos reinos que no sale bien ¿vale? eh esto en la primera parte si esto estamos hablando de integraciones territoriales estamos hablando de agregaciones territoriales pero las coronas siguen funcionando a su ritmo os acordáis las coronas ¿no? fundamentalmente corona de Castilla y corona de Aragón y os acordáis que funcionaba muy distinto Castilla que era centralista en Castilla las leyes eran las mismas en todos los sitios ¿vale? con excepción de eh lo que son las tres provincias vascas en la corona de Aragón no la corona de Aragón agrupaba diferentes reinos y cada reino tenía su propia eh su propia estructura institucional etcétera y sigue pasando y se produce también la gran incorporación territorial ¿no? que es la incorporación de Indias la incorporación de América en este momento es cuando se produce el descubrimiento yo creo que los que están ahí lo hubieran descubierto ya pero bueno lo que se llama el descubrimiento de América 1492 para no cojones fuera y eh se produce la incorporación paulatina de gran parte del continente americano vais a ver por qué digo paulatina y por qué digo de gran parte del continente americano se produce una incorporación a Castilla ¿vale? América pasa a depender de Castilla por eso las leyes que se aplican en América son las leyes castellanas pero no se aplican las leyes que ellos quieren eh porque las leyes eh se va llevando a cabo la elaboración de un derecho indiano que a veces es indiano de facto y a veces es indiano de hecho perdón de hecho de derecho a veces es indiano porque se se se legisla para indias para América y a veces es indiano porque tú llevas un un tú llevas una norma castellana América que dices oye macho esto no es esto no es aquello hay que cambiar cosas ¿vale? pero es castellano siempre es castellano ¿vale? o sea un tío de Zaragoza está en Perú en 1550 y es extranjero es tan extranjero como un inglés ¿vale? tanto no hay diferentes grados pero el que está allí ejerciendo el puto amo es el de Valladolid ¿dónde está la muerta? ¿vale? lo que se llama recopilación de indias si habrá derecho castellano indiano y indígena claro son las tres cosas derecho castellano que se aplica a indias ¿qué es lo que te digo? ¿vale? o sea es un derecho que se crea aquí que está vigente aquí y que se aplica también allí insisto luego se aplicará como sea pero en principio es el mismo derecho yo que sé en la villa de la vega ahí en Perro la Vega que en Lima es el derecho castellano que se aplica allí luego tenemos el derecho de indias o el derecho indiano que es el derecho que los castellanos los dirigentes castellanos dictan expresamente para indias ¿vale? o sea hay un tío aquí o allí que dicta una norma expresamente para que se aplique en el virreinato del Perú ¿vale? no se aplica en Valladolid ni en la villa de la vega ni en Santander ni en ninguno se aplica allí y luego tenemos el derecho indígena que es el derecho que existía antes de la llegada de los invasores de los conquistadores y que en parte se incorpora este tipo de recopilaciones entre otras cosas porque es derecho de raíz consuetudinaria de costumbre y el derecho de costumbre tiene dos particularidades primero funciona porque la costumbre suele funcionar porque no deja de ser lo que has estado viendo durante 500 años ¿sabes? por costumbre no hay nadie que plante maíz en diciembre puede haber un tío que quiera inventarlo todo lo reinventa dice yo soy el putao la costumbre te va a decir que plantes el maíz a mediados de abril aquí ¿sabes? entonces primero funciona y segundo ¿cuál es la otra característica del derecho consuetudinario? que es oral ¿no? ¿os acordáis? la oralidad entonces ¿la oralidad qué es? es muy fácil de modificar entonces tenemos estas dos cosas tenemos un derecho que funciona y que podemos modular de forma total totalmente sencilla y poco entre comillas cruenta porque siempre es más fácil cambiar una historia oral que una historia escrita ¿no? si tú quieres cambiar algo aquí tienes que hacer tachones y tal si tú a mí me has contado una historia y yo se la quiero contar a otro cambiándola solo tengo que cambiar las palabras ¿entiendes? por eso se incorpora el derecho indígena sin ningún problema son esas son las tres bases de las recopilaciones de indias ¿vale? que está muy bien que lo hayas preguntado porque además es algo que yo no suelo explicar mucho las recopilaciones de indias guay perfecto vale entonces ¿cómo llegan los castellanos a dominar todo esto? ¿vale? mediante los cuatro instrumentos jurídicos más golfos de toda la historia ¿vale? que son las bulas alejandrinas una bula ¿qué es? una bula es una un mandato que da el papa hoy en día el papa puede dar las bulas que quieras como no tiene poder terrenal no pasa nada en la edad media y en el renacimiento pues a lo mejor sí ¿vale? papa mandaba de cojones y el papa podía mandar mucho más sobre tierras descubiertas porque al final entendemos que si descubrimos un nuevo un nuevo territorio pues allí habrá seres humanos y el papa no deja de ser el rey de todas las almas de esa peña y tal bueno ¿qué es lo que sucede? sucede que durante el descubrimiento eh Castilla y Portugal llevaban un tiempecillo por ahí por el Atlántico eh tirando piedras a ver quién llegaba más lejos ¿no? entonces Portugal a ver andaba por las azores había hecho lo de la circunvalación de de África eh Portugal tenía un tuvo un rey que se llamaba Enrique el Navegante y era y era por algo ¿no? había habido una serie de adelantos técnicos eh si veis una carabela las típicas pinturas pues lo primero que veis es que tiene varios mástiles ¿vale? hasta entonces son las las embarcaciones sea lo excepcional muy muy muy gorditas pues tenían un mástil y tal bueno este tipo de cosas adelantos técnicos también puramente técnicos no el astrolabe y tal eh bueno y Castilla y Portugal eh llevaban muchos años ahí haciendo haciendo mandando marineros cada vez más lejos y tal y hay un momento en el cual el papa sienta a los reyes de Castilla y Portugal y les divide el mundo les dice oye ya que estáis venga a descubrir cosas vamos a dividir el mundo para que nos casquéis porque si no no siempre es tan fácil ¿no? decir quién ha llegado antes a un sitio y a otro y eh se firma el tratado de Alcazobas ¿vale? se firma el tratado de Alcazobas básicamente ya os digo divide el mundo ¿no? entonces Portugal que en ese momento tiene muy buena muy buena conexión con el con el papa eh no queda muy contento con Alcazobas y le pide al papa eh que le conceda bulas oye mira vos firmado esto pero si tú me concedes una bula ha pasado ¿no? al al lenguaje común ¿no? tienes bula para hacer esto tienes bula para hacer lo otro tú me concedes bulas y tal entonces al papa le concede tres bulas a Portugal ¿qué es lo que ocurre? que cuando Castilla llega a América en las islas ¿no? en la zona de las Antillas y tal eh a la vuelta Castilla lo que hace es presionar al papa entonces ¿vale? dice oye vamos a ver cómo nos lo montamos para que lo que hemos descubierto pues nos los queremos nosotros dice oye pero si los si los portugueses tienen bulas ¿vale? y según las bulas todo esto les correspondería a ellos dicen los castellanos dice vale portugueses tienen bulas pero eh a lo mejor el papa hace otras bulas que lleven la contraria a las de los portugueses ¿vale? entonces es un momento de especial corrupción dentro del dentro del vaticano Alejandro VI estaba lo que entre orgía y orgía pues a quien más le pagase y le pagaron mal los castellanos entonces Alejandro VI dicta cuatro bulas ¿vale? cuatro bulas yo os digo los documentos más golfos documentos jurídicos más golfos de toda la historia ya sabéis por qué eh porque tiene cosas que decir esto ¿vale? este es el el del Vale Dicta una segunda intercohétera Entre los cielos Que está fechada el 4 de mayo De 1493 ¡Hostia! ¿Cómo trabajaba el papá? Se tiró dos días Sin dormir De esta bula sabemos hasta la fecha Y esta bula se escribe El 28 de junio de 1493 Lo que pasa es que Para no dejar espacio A un vacío jurídico La antedata ¿Entendéis lo que os quiero decir? El tío escribe la bula El 28 de junio El tío no escribe ninguna bula porque estaba todo el día castaña Pero quien tuviera que escribirle la bula La escribe en junio de 1493 Y le pone fecha de dos meses antes ¿Vale? Bien Esta es la bula fundamental ¿Vale? Porque es la bula que anticipa el Tratado de Tordesillas ¿Qué es lo que hace? Primero responde a otra bula portuguesa Evidentemente para cepillársela Y lo que hace es dividir Traza una línea divisoria En el Atlántico Que divide Los dominios castellanos y portugueses ¿Vale? Que está no sé cuántas millas Al oeste de Madeira O de Azores ¿Vale? Y que casualmente La bula que anticipa Casualmente o no casualmente Porque hay teorías para todos Y parece bastante raro Es una línea que, insisto, casualmente Deja toda América para Castilla Salvo el Gran Brasil Pues en Brasil hablan portugués ¿Vale? Porque el tío que dibujó la bula Ha sido casualmente 200 millas al oeste O 200 o 200 millas al oeste Y ahora sí Que dices, oye Pues parece mucha casualidad Para que los portugueses se quedasen tranquilitos Bueno Bajamos ahí Bien Tercera bula Esta es todavía más golfa Porque se llama la eximia de De Gotionis Se escribe Después de la segunda Pero se antedata Antes de la segunda Se escribe en julio Y se antedata el 3 de mayo ¿Veis que del 3 de mayo tenemos dos bulas? Y del 4 de mayo otra ¿Vale? ¿Veis la jugada? ¿Veis por qué os digo lo de la corrupción y todo este rollo? ¿Para qué sirve esta bula? ¿Qué hace la eximia de De Gotionis? De 3 de mayo Reafirma Confirma La primera bula La intercohétera primera Que también es de 3 de mayo ¿Veis? Ninguna, ¿no? Es como decir Oye, mira que esto ¿Vale? Y luego tenemos la cuarta y definitiva bula Que es la Dudus y Cuiden Que está ya directamente desde el 26 de septiembre Está con la exedata porque no tiene ni puta falta Y que lo que hace es Ampliar las concesiones en las indias Lo que se llamaba las indias orientales A los reyes católicos ¿Vale? Les dicen Ya no solamente sois los soberanos Sino que podéis dominar, gobernar No sé qué, no sé cuánto ¿Vale? Esas son las bulas Las bulas alejandrinas Esto ha caído algunos años en exámenes Realmente Es realmente Interesante ¿Vale? Claro Esto provoca Una consecuencia posterior O sea, estamos Está claro Que todo lo que se va descubriendo Insisto, menos el Brasil Pertenece a Castilla Y a los reyes católicos Pero no está claro Bajo qué concepto ¿No? ¿Por qué? Porque tenemos un problema Claro, hay un momento en el cual Que se entienda bien la expresión Ahí no llega a 20 años Un poco más de una década En el cual Lo que van descubriendo los europeos allí Se piensan que son monos Que no son seres humanos Lo cual a ellos les viene de puta madre Porque si no son seres humanos Les podemos hacer todas las perrerías Que queramos Porque si son animales No tienen alma ¿Eh? Entonces, ¿cuál es el problema? Cuando alguien dice Chicho, cuidado Que estos tienen alma Que tienen alma Que tenemos aquí un Un problema Porque si tienen alma ¿Quiénes somos nosotros Para irles arrebatando movidas? ¿Vale? Y entonces se produce La llamada discusión La reunión de la Junta de Burgos ¿No? La Junta de Burgos Que dice, vale Vamos a hacer una cosa Esta peña como tiene alma No les podemos arrebatar las cosas Entonces nosotros vamos a ir detrás ¿Vale? Y lo que hacen es crear También otro de mis Textos jurídicos preferidos de toda la historia Que es el requerimiento ¿El requerimiento qué es? El requerimiento es algo Que los los castellanos tienen que leer a todos los nuevos pueblos indígenas que vayan descubriendo, ¿vale? En castellano, claro. Entonces ellos llegan donde el pueblo indígena, sale un paisanuco, el que sea, cacique o el más viejo, o quien sea, y ellos en castellano le dicen, oye, mira, mira, que si aceptas someterte a la soberanía de los reyes de Castilla y a partir de la soberanía de los reyes de Castilla nosotros vamos a gobernar esto, vamos a explotar las minas, vamos a llevarnos los plátanos y vamos a traer... ¿Vale? El otro le mira así, silencio positivo, a tomar por culo. Eso es el requerimiento. ¿Vale? Es una forma de salvar legalmente todos estos problemas porque hay demás, pero si nosotros tenemos un poquito de control. Vale, terminamos con esto, ¿vale? Es una forma de salvarlo legalmente, ¿no? Pero si yo le he preguntado, él no ha dicho nada. Entiendo que me ha dicho que sí. Vale, claro, el requerimiento pues no puede durar mucho porque es una golfada. Y entonces se produce la famosa polémica en una llamada junta de Valladolid entre el padre Bartolomé de las Casas y Giles de Sepúlveda. ¿Vale? Entonces el padre Bartolomé de las Casas explicaba que... Esto además es muy curioso, el padre Bartolomé de las Casas explicaba que los indios eran seres humanos, como todos nosotros, que tenían alma, que tenían los mismos derechos y tal. Entonces tú lees lo que opina Bartolomé de las Casas y dices, joder, evidentemente este tío tiene la razón. Y en cambio lees el intercambio de pareceres. Y como Bartolomé de las Casas no era muy hábil verbalmente, pierde. Él pierde. Tiene toda la razón y a nadie se le escapa que tiene la razón, pero pierde en el choque porque el otro la desarma verbalmente. Y se opta, por así decir, por una tercera vía, que son los llamados ocho títulos del padre Victoria. Los ocho títulos del padre Victoria tienen interés por una sencilla razón. No porque se aplicase, porque era un papel mojado. ¿Vale? Los ocho títulos del padre Victoria. Los ocho títulos del padre Victoria, por ejemplo, nos van a decir que no hay esclavitud en América. Y oye, mira, ¿vale? No porque se aplicase, sino porque suponen el nacimiento del derecho internacional público. Hasta entonces no había derecho internacional público. ¿Por qué no había? Porque las relaciones entre Estados eran relaciones personales, movidas por los intereses o movidas por la guerra. ¿Vale? Entonces, básicamente, ¿qué nos dicen los... los... los ocho títulos del padre Victoria? Ya con estos acabamos. Son los ocho títulos, ¿eh? Los leo. Derecho libre de tránsito por el orden. Aquí empezamos. Obligación de todos los cristianos enseñar a los infieles. ¿Vale? Para salvar sus almas. Entonces, si tú sabes que hay un pueblo de infieles, estás obligada a ir allí a enseñarles. Legitimaciones. Legitimación. Si no se convierten los infieles, que a veces son muy infieles, en hacer la guerra justa, en convertirles por la fuerza, porque en el fondo tú les estás ayudando, les matas, pero van a ir al cielo. ¿Vale? Obligación de los monarcas, de la monarquía española, de proporcionar a los indios un príncipe europeo y ya que tal, pues oye, como me tengo a mí a mano, pues me pongo a mí mismo. ¿Vale? ¿Por qué? Es un secular atraso, insisto, estoy siendo deliberadamente irónico y no hace falta ni que lo diga. Permisividad. Para intervenir. En el caso de disputas internas, ¿vale? Para arrojar a alguien, a una facción de un trono o no, sabéis que esto, sobre todo en los primeros momentos de la conquista, se hizo mogollón. Se establece la posibilidad a los infieles de elegir ser siervos del rey de España, ¿vale? Pueden acogerse a ese poder, así, o sea, pasan a ser cristianos, siervos del rey de España, pero siguen vivos. Permisividad. Permiso a los infieles de en una lucha de facciones, ellos mismos pedir ayuda a los españoles, si no ya van los españoles y se la proporcionan. Y por último, si se considera con completa independencia y con completa objetividad, que los indios no tienen capacidad para autogobernarse, está justificado invadirlos y ponerles un gobierno por la fuerza. ¿Vale? Esos son los justos títulos, es el comienzo del derecho internacional público. ¿Vale? Lo dejamos aquí. No es que sea lo que es implante, es que esto lo que te está dando es la justificación para hacer lo que quieras. Porque es la primera vez en la que diferentes mundos están trabajando en un sistema que se rige no desde intereses puramente dinásticos o desde intereses puramente personales. Estamos hablando, no de estados evidentemente, pero sí de diferentes territorios. Antes las guerras no son estatales en la guerra de pelea. Llamas de un paisano contra otro. ¿Vale? Entonces esto ya es un derecho internacional, internacional público que se tiene que respetar en teoría en todo el orden. ¿Vale? Pese a que sea una barbaridad, no deja de ser una carta blanca. ¿Vale? Entonces lo dejamos aquí. Ya son las 9. Hay que irse. Y ahora subo esto. ¿Vale? Venga, muchas gracias.