El tema financiero es un tema que, como ya os comenté, es un tema bastante complicado. Para mí, desde mi punto de vista, el más complicado de la asignatura. Bien, lo habíamos dejado en el análisis de los instrumentos de patrimonio. En concreto, estábamos analizando las acciones y participaciones desde el punto de vista del adquirente, del inversor y nos tocaba ver a continuación el tratamiento contable de los derechos de suscripción preferente. Acordaros que las acciones se pueden clasificar en tres carteras. Las podíamos considerar, las podíamos incluir dentro de las carteras activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto o activos financieros al costado. En el caso de participaciones de empresas de grupo, multigrupo y asociadas. El hecho de categorizarlas o de clasificarlas en cada una de estas carteras recordar que tiene efectos a nivel de su valoración inicial y posterior y es una categorización que la empresa aplica en función de la finalidad perseguida con estas acciones o estos títulos. Bien, no voy a enrollarme nuevamente sobre esto. Este tema, que ya lo vimos la pasada semana, vamos a ver cómo se tratan contablemente los derechos de suscripción preferente. Las acciones también se pueden adquirir en el mismo momento en el que se realiza la emisión de los títulos. Por ejemplo, en el caso de una ampliación de capital de la sociedad emisora. En este caso, la adquisición de títulos nuevos por parte de la empresa inversora se denomina suscripción. En tal supuesto, la ley de sociedades de capital, el Real Decreto Legislativo 1-2010, en los artículos 304 a 308, concede y regula un derecho económico denominado derecho preferente de suscripción a los antiguos accionistas, permitiéndoles a estos participar con carácter preferencial frente a cualquier tercer inversor interesado. De ahí que el accionista antiguo pueda utilizar estos derechos o bien para suscribir las nuevas acciones o bien para venderlos en el mercado financiero. Y permitir que otros inversores los adquieran y puedan suscribir los nuevos títulos. Si analizáis el mercado bolsátil es una operación que se repite con una cierta asiduidad en el mercado continuo. Si para la compra de las acciones se han adquirido derechos de suscripción preferente, el valor de estos derechos con independencia de la cartera a la que se escriba el instrumento da igual que lo adscribamos a cualquiera de las tres carteras que he comentado antes. Activos financieros a valor razonable con cambios en P&G, activos financieros a valor razonable con cambios en patrón y movimiento o activos financieros valorados al coste. Por tanto, con independencia de la cartera en la cual clasifiquemos esta inversión en acciones, el derecho de suscripción preferente siempre va a formar parte del coste del instrumento financiero que vayamos a adquirir. Veamos un ejemplo. El ejemplo 7.5 del manual. La sociedad anónima H, que tiene un capital representado por 100.000 acciones de valor nominal 3, amplía capital en 25.000 acciones del mismo valor nominal emitidas a la par. Por tanto, primero que tenemos que ver es la regla de ampliación de capital. Tenemos 100.000, ampliamos 25.000, por cada 4 antiguas nos van a dar una nueva. Por tanto, será una ampliación 1 por 4. Y además se emite a la par. Por tanto, el valor de emisión va a ser igual. Al valor nominal de la acción. La sociedad I decide suscribir 100 acciones nuevas, para lo cual, la sociedad I no es accionista con carácter previo, compra los derechos necesarios en bolsa. ¿Cuántos derechos va a necesitar? Por tanto, si quiere comprar 100 acciones nuevas y la emisión es 4 acciones viejas por una nueva, necesita de 400 derechos. Para comprar 100 acciones. Necesitaré comprar 400 derechos pagando 0,6 euros por derecho. Por lo tanto, tendré que hacer un desembolso de 400 por 0,6, 240 euros. Me dice además que los gastos de transacción ascienden a 20 euros. Las acciones se incluyen en la categoría de activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Y esto es necesario conocerlo porque, en función de la cartera a la cual ascribamos las acciones, los gastos formarán parte de las acciones o no. En este caso, no, porque en esta cartera estos gastos van a ir a PIG directamente. Bien, vamos a registrar la operación. Por tanto, la proporción de la ampliación ya os la he comentado anteriormente. Tenemos 100.000 antiguas y emitimos 25.000 nuevas. Por tanto, va a ser 4 por 1 o 1 por 4. Cada acción antigua genera un derecho de suscripción. Por tanto, si quieres suscribir 400 acciones necesitarás adquirir 400 derechos en bolsa. El importe total de la adquisición es de 240 euros, 400 derechos por 0,6 euros por derecho. Y este importe, con independencia de la cartera a la cual ascribamos las acciones, va a ser mayor valor de la inversión. Siempre. Los gastos transaccionales, que son en este caso 20 euros, al ser una inversión catalogada como activos financieros a valor real, son razonables con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Como ya vimos la pasada semana, no forman parte del valor de los títulos. ¿Por cuánto valoraremos la adquisición o suscripción de estos títulos? Pues será por el importe que vamos a pagar, 300 euros, que serán 100 acciones por 3 euros, que es el valor nominal, se emiten a la par, más los derechos, 240 euros, que serán 400 derechos. Por 0,6. Valoramos a 540. Registramos la operación cargando una cuenta de grupo 5, de corto plazo, inversión financiera a corto, inversión financiera a corto plazo en instrumentos de patrimonio. Los gastos los llevamos directamente a pérdidas y ganancias, al resultado financiero, otros gastos financieros, y el desembolso que hacemos son 560 euros. Es decir, hemos tenido que pagar los 20 euros de gastos, van los 300 euros de las acciones. Van los 240 euros de los derechos. Y las acciones las valoramos por el importe que hemos pagado por ellas, más el importe de los derechos. Eso siempre. Y en este caso, como la cartera es activo financiero sobre razonable con cambios en P&G, los gastos los llevamos directamente a P&G. El coste del derecho para el accionista antiguo puede ser calculado de forma teórica, aplicando alguna fórmula valorativa de general aceptación. Para nosotros el coste del derecho va a ser el conocido como valor teórico del derecho y la determinación de este valor teórico la realizaremos, profundizaremos más en esta materia en el tema número 9, cuando lleguemos al tema número 9. Veremos ahí que se puede determinar el valor teórico de tres formas, hay tres métodos de cálculo. El método más utilizado es por diferencia entre el valor teórico de la acción antes y después de la ampliación de capital. Suponemos, para resolver este ejercicio, que el valor teórico del derecho es de 0,36. Por tanto, por cada cupón o derecho vendido a 0,6, el beneficio que obtiene el accionista antiguo por la venta es de 0,24. Porque si el coste es de 0,34... Si el coste es de 0,36 y yo lo vendo a 0,6, gano por cada derecho 0,24 euros. Así, la acción nueva tiene un coste real superior a los 3 euros que paga el accionista nuevo. Porque tendrá que pagar 3 euros por cada acción, que es el valor de emisión, más 4 derechos que le van a costar 0,6. Por tanto, para el accionista nuevo el coste es de 5,4. ¿Y qué pasa con el accionista antiguo? Si decide acudir a la suscripción, tendrá que pagar las acciones, evidentemente, 3 euros por cada acción. Y tendrá que considerar también el coste del derecho, que es 0,36. Tendrá que computar 4 derechos por cada acción que suscriba. Por tanto, para el accionista antiguo el coste será de 3 más 0,36 por 4. 4,34. Un accionista que aplique sus derechos de suscripción en la suscripción de acciones, es decir, no los vende sino que los va a utilizar, debe tener en cuenta que el coste de la acción nueva va a ser lo pagado por ella más el coste teórico de los derechos aplicados en su adquisición. El importe de los derechos de suscripción que se venden o se segregan para ejercitarlos va a disminuir el valor contable de las acciones. Esto es muy importante. Por tanto, ¿qué es lo que tenemos que hacer? Pues una segregación de valor. Supongamos, pues, que un accionista antiguo de la sociedad H posee 400 acciones y decide vender todos los derechos a 0,6 euros derecho sin acudir a la ampliación de capital, sin ejercitarlo. Como el coste del derecho era 0,36, el precio de venta era 0,6, el registro de esta operación en la sociedad H, antiguo accionista de la sociedad, perdón, el registro de esta operación en un antiguo accionista de la sociedad H va a ser lo siguiente. En primer lugar, lo que tiene que hacer es una segregación de valor. Las acciones las tiene catalogadas en la cuenta 540 y hace una segregación. Voy a vender 400 derechos, su valor a precio de coste es 400 por 0,36, 144. Con lo cual creo una subcuenta, podemos decir que abonaría la 5400, si queréis, y crearía una subcuenta inversiones financieras en instrumentos de patrimonio con esta coletilla, derechos de suscripción 5401. Ya los tengo segregados, separados. En dos subcuentas. Y luego los vendo. ¿Por cuánto los vendo? Pues los venderé por 0,6 euros por derecho. Los voy a vender 400 por 0,6, 240 euros que me entran aquí en mi contabilidad. Doy de baja la cuenta 5401 por su coste y genero un beneficio de tipo financiero, un resultado positivo, un ingreso financiero. Un beneficio en participaciones y valores representativos de deudas, por 96 euros, que son 400 derechos por la diferencia entre el precio de venta y el precio de coste. Disculpadme un momento, por favor. A ver si puedo continuar. lamento pues mi estado físico pero son cosas de la primavera qué sucedería por tanto se cree con los derechos del valor de las acciones antiguas y los vendo generó una plusvalía un beneficio de tipo financiero y las acciones antiguas pues quedarán valoradas por un importe inferior porque estoy extrayendo segregando el valor de los derechos de las ventas de acciones vamos a verlo con un ejemplo ejemplo 7.6 la empresa cremasa tiene una cartera de mil acciones de valor nominal 5 que se adquirió en el 2001 a 5,5 euros cada acción a cierre del ejercicio 2001 dichas acciones cotizaban a siete euros a mediados del año 2002 se venden 250 de estas acciones por un precio de 6,8 euros y nos pide contabilice las ventas de estas acciones suponiendo caso a están clasificadas en la cartera activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias caso b están clasificadas en la cartera activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto y caso c están clasificadas como activos financieros al coste vamos con el primer caso las acciones las compro a inicios del año 2001 y y pagó 5,5 euros por acción por tanto están valoradas en 5.500 a cierre del ejercicio en esta cartera la tengo que ajustar a la valoración al cierre y la diferencia llevarla a pérdidas y ganancias que me dice que cotizan a 7 euros por acción por tanto el valor será de 7.000 valoraré al alza estas acciones incrementaré su valoración a valoración del activo en 1.500 euros y la diferencia la llevó a un ingreso de actualidad financiera a pérdidas y ganancias y el momento de la venta pues vendo 255 acciones a 6,8 euros por tanto las venderé por 1700 pero resulta que las tengo valoradas a 7 por tanto el momento de la venta aparecerá una pérdida de 0,2 euros por acción por 250 acciones de 50 euros esto contablementeones registra la siguiente formal momento inicial la compra día 1 enero pagó cinco mil quinientos euros, 1.000 acciones a 5,5 Cargo la cuenta 540 con abono a 572, operación a corto plazo. Ajusto valoración a 31 de diciembre. Estaban cotizando a 7, por tanto, van a estar valoradas a 7 por 1.000, 7.000. Como las tengo valoradas a 5.500, incremento la valoración en 1.500. Veis que aquí la cuenta 540 me quedará con un saldo de 7.000. Tendré dos apuntes, uno de 5.500 y otro de 1.500. Tendré un saldo de 7.000. ¿Y la diferencia dónde la llevo? Pues la llevo en la cuenta de ingresos, en este caso. La diferencia siempre va a ir a pérdidas y ganancias debido a la cartera en la cual la tengo clasificada. Llegamos al momento de la venta a 30 de junio del año siguiente. Las acciones están clasificadas, están valoradas, perdón, a 7 euros y las voy a vender a 6,8. ¿Cuántas vendo? 250. ¿Por qué importan? ¿Por qué importan? Las doy de baja en balance, pues por su valor contable, que tras el ajuste del 31 de diciembre de la generación anterior era 7. 250 por 7, doy de baja en el haber por 1.750. Las vendo a 6,8 en la tesorería por 6,8 por 2.500, 1.700. Y la diferencia que tengo, pues una pérdida de naturaleza financiera. Voy a cargar una cuenta de su grupo 66. La 6.66, pérdidas en participaciones y valoras representativos de deudas por la diferencia entre el precio de venta y el valor contable a esa fecha. En el caso de que estuvieran clasificadas en la cartera activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. ¿La valoración inicial? Pues si no me dice nada en relación con los gastos va a ser igual a la cartera anterior. En la cartera anterior acordaros. Si hubiese gastos iniciales irían a P y G. En esta cartera se incrementaría el valor de los títulos. Por tanto, la valoración al comienzo, 1.000 acciones por 5,5 euros, 5.500. Cambia la cuenta. Veis que en este caso es una cuenta de largo plazo. Cuenta 250 y figuraría en el activo no corriente, en el inmovilizado financiero. Valoración al cierre, 1.000 acciones por 7 euros acción. Por tanto, valoraríamos por 7.500. ¿Qué pasa en esta cartera? El ajuste va a ir al patrimonio neto, no va a ir a pérdidas y ganancias. Por tanto, la diferencia con la valoración inicial, sea positiva o negativa, en este caso es positiva, se va a registrar en una cuenta de ingresos o gastos del patrimonio neto, en este caso una cuenta de ingresos, por tanto una cuenta del grupo 9. De modo que en el ejercicio 2002 veremos que van a aparecer dos cuentas de balance abiertas con estas acciones. La cuenta inversiones financieras a largo plazo y instrumentos de patrimonio, la cuenta 250, con un saldo de 5.500 más 1.500, de 7.000, y va a aparecer también una cuenta ajustes como revaloración de activos financieros a valor razonable, una cuenta del grupo 1, una cuenta de patrimonio neto, la cuenta 133, por el valor de 1.000 acciones más la diferencia de valor, 7 menos 5,5, por 1.500 euros con saldo acreedor. Importante esta cuenta porque posteriormente estas diferencias que es lo que nos dice la normativa, que solamente se van a traspasar a la cuenta de pérdidas y ganancias cuando aflore esta plusvalía o esta pérdida, es decir, en el momento de la enajenación de los títulos. ¿Y cómo valoramos en el momento de la venta? Pues valoramos 250 acciones a 6,8 euros por acción, las venderíamos por 1.700 euros, como hemos visto, y la diferencia, 50 euros se va a reconocer en la cuenta de pérdidas y ganancias. Pero aquí lo que es más abstracto, lo que es más difícil de entender a veces es cómo vamos a hacer el ajuste frente a... ...el ajuste en el patrimonio neto. Bien, tenemos claro cómo registramos la operación de adquisición inicial. Al cierre ejercicio hemos de registrar o tener registradas las acciones al valor de cotización inicial. ¿Cuál es? 7, por tanto tendríamos que tener las acciones registradas por 1.000 acciones por 7, por 7.000 euros. Registraríamos, por tanto, a lanza en la cuenta 250, haríamos un cargo en el debe por 1.500 euros. Por la diferencia entre el precio de adquisición y el valor de cotización al cierre. Y como el ajuste, la diferencia, la tenemos que llevar a patrimonio neto, en este caso es positivo, me aparece una cuenta muy chula. que a vosotros a veces os confunde, que es la cuenta 900. Beneficios en atractivos financieros a lo razonable con cambios en el patrimonio neto, 1.500 euros. ¿Qué pasa con las cuentas de grupo 8 y grupo 9? Contables, a cierre de ejercicio, han de quedar saldadas y el saldo de estas cuentas se va a trasladar, se va a llevar a cuentas de patrimonio neto de balance, que no sean las nudos 9. En este caso, ¿qué cuenta vamos a utilizar? La cuenta 133. Por tanto, también a cierre de ejercicio, esta cuenta que aquí acabo de abonar, la voy a cargar con abono a la 133. Una cuenta de patrimonio neto de balance, que figurará, por tanto, en el balance de situación de la empresa. Fuera de los fondos propios, pero dentro del patrimonio neto. Bien, nos vamos al ejercicio 2002. Y aquí vamos a vender 250 acciones por 6,8 euros. Esto lo sabemos. Por tanto, nos entra en tesorería 1.700 y damos de baja 250 acciones a 7 euros, que es el valor ajustado que teníamos al 31 de diciembre. Las damos de baja en la 2.50, abonamos por 1.750 euros. La diferencia, sea en esta cartera o sea en la otra, la llevamos directamente a pérdidas de naturaleza financiera. En este caso, porque vendemos a un precio inferior al valor contable. Pero, ¿qué nos pasa con el saldo de la cuenta 133? Aquí teníamos una plusvalía, podemos decir, de alguna forma latente. La hemos de aflorar en el momento que damos de baja las acciones. Por tanto, el importe correspondiente a este ajuste positivo en la valoración, que está en balance, en patrimonio neto, ahora lo debemos de traspasar a pérdidas. ¿Cómo lo hacemos? Lo hacemos en el ejercicio 2002, utilizando una cuenta de grupo 8 del plan general de contabilidad. Hasta este momento, las variaciones del valor del activo se han ido imputando a patrimonio neto en la cuenta 133. La variación positiva acumulada, que corresponda a los títulos vendidos, Le hemos de traspasar a pérdidas y ganancias en el ejercicio en el cual se enajenen estos títulos. Por tanto, ¿qué tendría que hacer? Pues voy a cargar la cuenta 802, transferencia de beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. ¿Por qué importe? Por 375, porque este importe corresponde a 250 acciones por la diferencia entre 7 y 5,5, que es el ajuste de valoración que hicimos en el ejercicio anterior. Y como podéis verificar, 1.5, que es 7 menos 5.5, por 250 me va a dar un valor de 375. Cuenta del grupo 8. La calco con abono una cuenta de ingreso financiero de pérdidas y ganancias. Beneficios por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable. Esta cuenta a cierre de ejercicio, ¿qué sucederá? La cargaré con abono la 129. Mirad el resultado financiero portando en toda la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. Y me quedará la cuenta 802, que como sabéis también, lo vuelvo a recalcar, a cierre de ejercicio se va a saldar. En este caso, contra qué contrarresto. Cuenta. La abonaremos, la 802, con cargo a la 133. A cierre de ejercicio, abono la 802 con cargo a la 133. De forma que en la 133, que me va a quedar en balance, en patrimonio neto, tendré 1.500 menos 375. Me va a quedar un saldo acreedor de 1.125. ¿Qué va a corresponder? A la diferencia de 7. Menos 5,5 por las acciones que no he vendido, que son 750 acciones. Es decir, he aflorado esta plusvalía en el momento en el que me deshago, en el que enajeno las acciones. Y las acciones que tengo en cartera todavía están latentes. Cuando las venda, pues tendré que aflorar nuevamente esa plusvalía en ese momento. En el caso de que las acciones estuviesen valoradas al quitéo del coste. Bueno, la adquisición. La adquisición, aquí no la hemos registrado, pero sería similar a... En el caso anterior, lo único que cambia es la cuenta que utilizo. 2.40, 5.500 euros a 5.72, 5.500. ¿Qué pasa con las acciones valoradas al coste? La valoración inicial es al coste. Si las clasifico en activos financieros a coste, la valoración inicial es a coste y la valoración posterior sigue siendo a coste. Es decir, la valoración a cierre de ejercicio 2001 sigue siendo al precio inicial de coste, aunque coticen a 7. No hay cambios, no hay ajustes. Únicamente tendré que hacer un ajuste cuando las venda. En el momento de la venta, sí, voy a vender 250 a 6.8, las tengo valoradas a 5.5, pues en la venta registro un ingreso de 1.700, un cobro de 1.700 y doy de baja acciones 250 por 5.5, por 1.375. La venda de baja, la cuenta 2.40, participaciones a largo plazo en partes vinculadas por el importe de las 250 acciones que tengo registradas aquí y que vendo. Tengo registradas 1.000, pero 250 las vendo. Venta de tesorería, 1.700, 250 por 6.8 y la diferencia generó un ingreso también en la naturaleza financiera. Y ahora voy a abonar la cuenta 763, beneficios procedentes de participación a largo plazo en partes vinculadas. Es una cuenta que me va a ir hacia el ejercicio. La cargaré con abono a pérdidas y ganancias a la cuenta 129. Bien, ya hemos visto la problemática de las acciones, de los activos financieros e instrumentos de patrimonio. Vamos a ver ahora la problemática de los activos financieros, valores negociables representativos de deuda. Aquí nos referimos... Nos referimos a títulos de renta fija, que son susceptibles de compra y venta en los mercados secundarios o bolsas de valores. También cotizan las obligaciones de empresa y la deuda pública en mercados. Nos referimos a obligaciones, bonos, pagarías de empresa, letras del tesoro, etc. En estos títulos el tenedor posee el derecho a percibir una rentabilidad representada por los intereses. Estos se denominan cupones, más el reembolso del título a su vencimiento. Si bien puede también reembolsar el título vendiéndolo antes de su vencimiento en el mercado secundario. de valores. Podemos distinguir varios valores en relación con estos activos financieros. El valor nominal es el equivalente a la parte alícuota de la deuda que representa cada título, sobre este valor se va a girar el tipo de interés nominal, contratual o explícito. Otra parte tenemos el valor de emisión o precio de emisión, el precio del título en el momento de la suscripción, ojo, a diferencia de las acciones, en el caso de las obligaciones, puede ser igual al valor nominal o inferior al valor nominal. Se pueden emitir bajo la par o con descuento. Las acciones nunca se pueden emitir con descuento. La diferencia entre el valor nominal y el valor de emisión se denomina prima de descuento o descuento de emisión. Tendríamos el valor de reembolso que es el importe que recibe el inversor en el momento de la amortización o vencimiento del título, puede coincidir con el valor nominal o ser superior la diferencia. Si es superior se denomina prima de reembolso y luego tenemos también el valor de cotización, si las obligaciones cotizan en bolsa o mercado secundario. Los valores representativos de deuda se pueden clasificar dentro de tres de las cuatro carteras que hemos visto de activos financieros. Pueden ser activos financieros a valor razonable con cambios a cuenta de PIG, activos financieros a costa amortizado o activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Evidentemente no los podemos validar en la cartera de activos financieros a costa. Bien, vamos a hablar ahora de los valores representativos de deuda clasificados en la cartera de activos financieros a costa amortizada. Aquí incluimos aquellos valores representativos de deuda que deben poder comprarse y venderse en los mercados financieros y la empresa tiene la intención de mantener dicha inversión hasta el vencimiento de los títulos. La valoración de estos títulos inicialmente es a valor razonable, el cual, salvo evidencia en contra, será el precio de la transacción. Por tanto, registraremos por valor razonable la contraprestación entregada más los costes de transacción directamente atribuibles, la valoración clásica en esta cartera. Los gastos forman parte del valor inicial. Muy importante, los intereses explícitos, nominales o contratuales devengados antes de la fecha de adquisición no forman parte de la valoración inicial del activo financiero. Aunque no se hayan pagado, evidentemente están devengados pero no liquidados. Hemos de contabilizarlos en una cuenta separada, en la cuenta de activo corriente 546, intereses a corto plazo de valores representativos de deuda. La valoración inicial es a valor razonable más gastos. La valoración posterior a coste amortizado. Tenemos que aplicar el método del tipo de interés efectivo e ir devengando los gastos financieros de esta operación. El interés efectivo veremos que es la suma del interés nominal, contratual o explícito más el interés implícito. El interés implícito recoge las primas. Así mismo, siempre que tengamos evidencia objetiva de que un activo o conjunto de activos se ha deteriorado ocasionando un retraso en los flujos de efectivo estimados futuros, será necesario efectuar correcciones valorativas por la diferencia entre su valor contable y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento inicial. No obstante, como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros, podemos utilizar el valor de mercado si es lo suficientemente fiable. Vamos a ver un ejemplo. La sociedad Amilo ha adquirido el 1 de marzo en bolsa 10 obligaciones al 110% de su valor nominal que era 12 euros. Los intereses importantísimos de dichas obligaciones son del 3% anual y se pagan cada año el 30 de junio. Los gastos por comisiones, canon de bolsa. El valor inicial de las 10 obligaciones y contabilizar la adquisición sabiendo que la sociedad tiene la intención de mantenerla hasta su vencimiento. Por tanto, cotizan en bolsa, se mantienen hasta su vencimiento. Estas obligaciones las vamos a clasificar en qué cartera. En activos financieros a coste amortizado. La valoración inicial va a ser el valor razonable que sea el precio de adquisición más gastos. Pero ojo, si hay intereses. De vengados. No vencidos los tenemos que segregar. ¿Y cómo lo vemos? Pues nos dice que esta empresa, estos títulos, liquidan intereses del 30 de junio a 30 de junio. ¿Verdad? Y yo cuando compro el 1 de marzo. Por tanto, a 1 de marzo están devengados los intereses de julio, agosto, septiembre, octubre, diciembre, enero y febrero. Por tanto, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8. Están devengados 8 doceavas partes de los intereses nominales que son del 3% anual. 8 doceavas partes por el 3% anual sobre los intereses nominales. Que se calculan sobre el valor nominal. Sobre 10 obligaciones por su nominal que es 12. Y ese importe lo tengo que segregar. Del precio de adquisición inicial. Por tanto, la valoración de las 10 obligaciones se da de la siguiente forma. El precio de cotización, ¿cuál es? Que he pagado 10 obligaciones al 110% de 12 euros. Pago 132. Más unos gastos de 30. En principio, tendría que valorar por 162. Pero he de segregar, como acabo de comentaros, los intereses devengados antes de la adquisición. Esos intereses devengados desde el 30 de junio hasta el 1 de marzo, que es cuando compro. ¿Y cuáles serán? Pues 8 doceavas partes de los intereses anuales. Porque las 4 doceavas partes se van a devengar desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio del siguiente ejercicio. En ese ejercicio. El ejercicio de la compra. Por tanto, ¿cuáles son los intereses? Los intereses que tengo que segregar. Los intereses nominales. Los intereses nominales se calculan de la siguiente forma. Al 3% por el valor nominal, por el número de obligaciones, serían los intereses nominales de un año. Por tanto, estas obligaciones... 10 obligaciones me darían un rendimiento del 0,03, 10 obligaciones por 0,03 por el valor nominal que es 12. Me darían un rendimiento de 3,6 euros en un año. 3,6 euros desde aquí hasta aquí. Como yo compro aquí 8 doceavas partes, es lo que se denomina cupón corrido, serán 2,4 euros. Y esta cantidad la tengo que segregar de la valoración inicial. De ahí que la valoración inicial de los títulos sea de 159,6. ¿Cómo registro la operación? El 1 de marzo, títulos en la cartera de activos y negativos a costa amortizado. Valoración inicial, valor razonable más gastos. Menos intereses de vengados no vencidos. Por tanto, cargo la 2,5,1 por 159,6 y cargo la 5,4,6 por 2,4. Estos intereses los voy a percibir el día 30 de junio. Y registro una salida de tesorería de 162 que es la cantidad que pago, anoto en el haber. Vamos con otro caso. Una empresa adquiere el 31 de diciembre del 2001 500 obligaciones. A un precio de emisión de 950. Por tanto, aquí veis que hay prima de emisión. Se emiten bajo la par porque el nominal de los títulos es de 1.000 euros por obligación. Intereses 3% anual nominales se pagan por años vencidos el 31 de diciembre. Por tanto, aquí si compro el 31 de diciembre no hay intereses de vengados no vencidos. Las obligaciones se reembolsarán. A los 3 años, valor de reembolso 1.010 euros. Hay prima de reembolso. Y los gastos de adquisición 2.000. Contabilice la adquisición de los títulos y valor de la acción posterior de cada ejercicio hasta su reembolso. Sabiendo que la empresa mantiene estas obligaciones hasta su vencimiento. Por tanto, si la intención de la empresa es esta. Irán a la cartera de coste amortizado. ¿Cuál será la valoración inicial? Valor razonable más gastos No hay interés de vengados no vencidos porque compro el día 31 y es cuando se termina de devengar los intereses por tanto, interés de vengados no vencidos cero El valor inicial será 950 euros más hay gastos 950 euros por 500 más los gastos por tanto, 475.000 más 2.000 de gastos 477 ¿Me pide la valoración posterior? Pues si valoro inicialmente a valor razonable más gastos en esta cartera, valoración posterior a costa amortizado con lo cual tendré que calcular en primer lugar el tipo de interés efectivo ¿Cómo calculo el tipo de interés efectivo? Pues yo sé que el día 31 de diciembre realizo un pago de 475.000 y voy a recibir durante tres años que es la duración del empréstito unos intereses, unos cobros de el 3% anual sobre el nominal de los títulos por tanto, voy a cobrar cada año 15.000 euros que será el 3% sobre 500 obligaciones por 1.000 euros que es el valor nominal El 3% de los títulos que voy a cobrar cada año de 500.000 que son 15.000 euros y los cobro el 31 de diciembre del 2002 el 31 de diciembre del 2003 y el 31 de diciembre del 2004 El 31 de diciembre del 2004 también voy a percibir el valor de reembolso que es de 1.010 euros por obligación por tanto, voy a percibir 1.010 euros por 500 obligaciones que son 505.000 euros De ahí que el tipo de interés que voy a cobrar es el 3% anual sobre 500.000 euros que me iguale esta corriente negativa este pago con los diferentes cobros que voy a realizar actualizados los tengo que llevar al mismo momento es el tipo de interés efectivo que va a ser la tasa interna de retorno de esta equivalencia financiera Por tanto, calculo el tipo de interés efectivo La función tiene una hoja de cálculo alguna calculadora Esta es la incógnita Aquí actualizo el primer flujo un periodo, aquí dos periodos y el tercer cupón de interés es más. El valor de reembolso lo actualizo tres periodos para llevarlo al momento inicial y el tipo de interés que me iguala el desembolso inicial con estos flujos que voy a percibir es el tipo de interés efectivo que me da un 5,00655. Vemos que el tipo de interés efectivo es mayor que el tipo de interés nominal. La diferencia va a ser el tipo de interés implícito. El efectivo, tipo de interés efectivo es mayor que el tipo de interés nominal. La diferencia, tipo de interés efectivo será igual al tipo de interés nominal o explícito más tipo de interés implícito. Bien, el tipo de interés efectivo lo necesito para calcular los gastos financieros de la penelección y en este caso como soy el inversor. Estos son los ingresos financieros de la operación, los intereses devengados a mi favor. Y para ello establezco este cuadro o confecciono este cuadro. Valoración del activo inicialmente a fecha 31 de diciembre, 477.000 euros lo hemos visto. Los intereses devengados los obtengo multiplicando esta valoración por el tipo de interés efectivo, 23.881. Como el primer cupón que voy a cobrar es de 15... La diferencia entre el interés efectivo y el interés nominal que voy a percibir es el interés implícito que va a incrementar la valoración del activo. Hacia el ejercicio veis que la valoración pasa de 477.000, 488.000, 485.000, 481.000 euros. La diferencia es el interés implícito y esta valoración del activo final es la misma que la valoración del activo inicial a 31 de diciembre del 2003. Sobre este importe calculo los intereses financieros. Los intereses efectivos, esta es la parte del interés devengado que irá a gasto financiero en el ejercicio, son 24.326. Como cobro 15.000 la diferencia variación de activo incrementa el valor del activo final, pasa a 495.207 que coincide con la valoración al inicio del año 2004 sobre la cual se liquidan los intereses y se devengan los intereses La suma del valor inicial menos el 37 grados va a coincidir con 520.000 que coincide justamente con que con el último cupón 15.000 más el valor de reembolso, de ahí que la valoración del activo final sea 0. Por tanto, tengo registrado la operación o vamos a registrar inicialmente la operación, la adquisición el 31 de diciembre por 477.000 euros. La cuenta que utilizo es la 251 porque estoy clasificando en la cartera de activos financieros a costa amortizado, cuenta de largo plazo. Contrapartida salida de tesorería. Me voy al ejercicio siguiente. 31 de diciembre del 2002. Cobro el primer cupón de intereses por 15.000. Mediante este dinero en tesorería y registro unos ingresos de naturaleza financiera correspondientes al interés nominal, contratual o explícito. Pero el interés que me tiene que dar de vengado en ese ejercicio realmente es el interés efectivo. Por tanto, también tengo que registrar el devengo del interés implícito, que es la diferencia. Y este interés implícito lo registro como ingreso financiero. Es que la suma de estas dos cantidades es el interés efectivo, 23.781. Es el importe que realmente llevo a pérdidas y ganancias. Y el implícito me incrementa la valoración de la cartera. Por tanto, cargo la cuenta 251. De ahí que la cuenta 251, a cierre del año 2002, tenga un saldo de 477.000 más 8.881. Un saldo de 485.881. Voy al ejercicio siguiente, al 2003. Gracias. Y registro el cobro del segundo cupón de intereses, banco a 7.6.1 por el interés efectivo y registro nuevamente el interés implícito 9.326, este tipo de interés que lo registro en el haber con cargo a la cuenta nuevamente 2.5.1. Me situaría en el siguiente momento temporal, perdón, en el año 2003 tengo que hacer otro asiento que se me había olvidado porque el empréstito vence en el 2004, por lo tanto tengo que hacer una reclasificación del largo al corto plazo. Tengo el empréstito valorado por 495.207, el empréstito que es un activo para mí como inversor que soy y lo que hago es cargo la cuenta de corto plazo 545. Y veo ya al 2004 en el cual pues registro el devengo y liquidación de los intereses nominales o explícitos, registro el devengo de los intereses implícitos, la suma de ambos es el interés efectivo. Intereses implícitos con cargo a la cuenta 542. Y finalmente el reembolso, el reembolso que ascenderá a 9.793 más 495.207, a estos 505.000 euros que percibo a 31 de diciembre del 2004 que es el valor de reembolso por los títulos en cuestión. Quedan, el valor de reembolso lo calculábamos aquí, veis, 505.000 euros que son 500 obligaciones por... ...1.010 euros, ¿vale? Por tanto, aquí lo registro. ¿Por qué el interés efectivo es superior al interés nominal contra el total explícito? Pues entre otras cosas porque en esta operación hay, por una parte, gastos iniciales. Y segundo, lo más relevante es que hay una prima de emisión, se emiten al descuento, para el inversor esto es muy atractivo porque desembolsa inicialmente una cantidad inferior a la nominal y sobre la nominal están liquidando luego los cupones o intereses y hay prima de reembolso. Al reembolso percibe incluso una cantidad superior a la nominal y esto hace que el tipo de interés efectivo sea dos puntos y pico superior al tipo de interés nominal, contratual o explícito. Bien, vemos ahora los valores representativos de deudas clasificados en la cartera de activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. En este caso la intención de la empresa es efectuar o realizar una operación a corto plazo, recuperar la inversión mediante la venta en el mercado financiero en un plazo inferior a los 12 meses. El criterio de evaluación relevante para esta cartera es el precio del mercado de los títulos, como sabéis si hay gastos, los gastos se registran directamente. Como gastos y van a la cuenta de pérdidas y ganancias, si hubiera intereses de vengados no vencidos también tendríamos que ser legados de la valoración inicial. Por tanto, valoración inicial a valor razonable, intereses contractuales de vengados no vencidos no forman parte de la valoración inicial, se contabilizan en una cuenta de activo corriente, la 546 que ya hemos visto hace breves momentos. Los costes transaccionales por estar en esta cartera tampoco forman parte del valor inicial, van a la cuenta de PIG. Y los intereses contractuales nominales o explícito. Entonces se tratan como intereses financieros. La valoración posterior a valor razonable a diferencia llevamos a la cuenta de pérdidas y ganancias. Vamos a ver un ejemplo. A 1 de enero del año 2002 cierta empresa tiene en su cartera un título de renta fija clasificado en la cartera de activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. El valor inicial del título es de 9.500 euros, valor nominal 9.000. El 1 de junio del 2002 cobra 180 euros en cobrancias. Nos pide que contabilicemos el cobro de intereses y el ajuste de valor al cierre. Por tanto vamos a contabilizar exclusivamente esas dos operaciones. Empezamos con la operación de cobro de intereses. ¿Qué intereses va a cobrar? Me dice que son 180 euros en concepto de intereses. ¿Cómo lo registraremos? En primer lugar tendremos una entrada de tesorería. Y los intereses van a suponer... ...pues una cuenta de ingreso de actualiza financiera en el haber. Por tanto, 180 a 761. Esto va a pérdidas y ganancias. Y lo segundo que me pide es que registre el ajuste de valor a cierre de ejercicio. A cierre de ejercicio el valor razonable del título es de 9.400. Cuando a inicio de ejercicio cuál es el valor razonable, 9.500. Pues tengo que ajustar a la baja el valor de los títulos, por ejemplo, abonar la cuenta 542 por 100 euros, por esta diferencia, y en qué cárter estoy. Valor representativo de 2 clasificados en la cartera de activos financieros o razonables con cambios en pérdidas y ganancias. En este caso tengo una pérdida de totalidad financiera, cargo una cuenta 663, 100 euros. Eso también irá a pérdidas y ganancias. Ha resultado que lo es. Bien, pasamos a hablar ahora a continuación de los créditos por operaciones no comerciales. Incluimos en estas partidas. En estas partidas, aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio ni derivados, no tienen origen comercial, cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable y no se negocian en un mercado activo. Se valorarán inicialmente por su valor razonable, el cual, salvo evidencia en contra, va a ser el precio de la transacción. Por tanto, los vamos a registrar a valor razonable de la contrapestación entregada más coste de transacción directamente atribuibles. Y la valoración posterior se realiza... coste amortizado, los intereses de vengado se contabilizan en la cuenta de P&G siguiendo el método del tipo de interés efectivo. El cálculo de deterioro se realiza siguiendo idéntico procedimiento que vimos cuando analizábamos los créditos por operaciones comerciales. Acordaos que al inicio del tema incluíamos estos créditos por operaciones no comerciales cuando realizábamos las cuatro carteras que hay actualmente en vigor. Voy rápido para atrás para que lo refresquemos. Lo tenemos aquí. En la cartera de activos financieros a costa amortizado incluíamos los créditos, entre otros, porque también podemos incluir, como hemos visto, valores representativos de deudas, créditos por operaciones comerciales y créditos por operaciones no comerciales. Por tanto, el criterio de valoración va a ser activos financieros a costa amortizado. Bueno, vamos a ver un ejemplo. El 31 de diciembre del año 2001 la empresa X, en este caso es un crédito entre empresas, no comercial, financiero, concede a la empresa Y un crédito por importe nominal de 23.000 euros. La empresa X es la prestamista y la empresa Y la prestataria. Los gastos iniciales de la operación, 80 euros. Los gastos que tenemos que tener en cuenta porque vamos a clasificar en la cartera activos financieros a costa amortizado. El crédito se devolverá mediante tres pagos iguales de 8.000 euros que incluyen principal más intereses y se va a realizar cada 31 de diciembre. Se pide determinar el tipo de interés efectivo de la operación, calcule el valor inicial del crédito y elabore el cuadro económico de la operación y contabilícelo. Bueno, lo primero que nos pide, tipo de interés efectivo de la operación. Aquí tenemos una empresa X. Aquí tenemos una empresa X que concede un crédito a la empresa Y de 23.000 euros de nominal más unos gastos de 80 euros que entran a formar parte de la valoración inicial. Por tanto, la valoración inicial de este activo a cuánto va a ascender a 23.080, 23.000 más 80. Bien, y va a percibir tres anualidades de 8.000 euros los días 31 de diciembre de los sucesivos ejemplares. 202, 2003 y 2004. Por tanto, si quiero calcular el tipo de interés efectivo, tengo que igualar esta corriente financiera, el cobro inicial, perdón, el cobro inicial no, el pago inicial, la salida de tesorería porque yo concedo el crédito, en el momento 0 con los tres flujos positivos que voy a percibir. En los años X2, X3 y X4. Y estos flujos los... voy actualizando al momento inicial, descontando o actualizando, por tanto 8000 euros lo actualizo un periodo, 8000 euros lo actualizo dos periodos y 8000 euros lo actualizo tres periodos. Y el tipo de interés que me iguala esta equivalencia financiera es la tasa interna de retorno, que sea el tipo de interés efectivo, 1,98%. Los intereses devengados los registro utilizando el tipo de interés efectivo. Por tanto, 1,98, 0,80, 457. ¿Cómo voy a cobrar 8.000 euros? Aquí estoy cobrando los 457 euros más la devolución de parte del principal que le he entregado a la empresa. El activo variará en la diferencia. Por tanto, inicialmente 23.080, a cierre de ejercicio 15.537. Sobre esta misma cantidad se devengarán los intereses en el año 2003. 15.537 por 1,98, 308. Como cobro 8.000, el activo varía a la baja en 7.692. Con lo cual, a cierre de ejercicio estará valorado por 15.537 menos 7.692, 7.845, que coincidirá con la valoración a inicio del año 2004. Sobre la cual se liquidan los intereses, 155. Y como cobro 8.000, veis que en este caso mandaría a la operación porque el activo inicial más los intereses coinciden con el cobro. ¿Para qué? Para la operación final 0. Tengo ya aquí el cuadro de la operación. Registro inicialmente la concesión del crédito. Yo soy empresa X, la prestamista, y entrego 23.080 euros a la empresa Y. Los gastos me los asumo yo. ¿Vale? Y tengo que registrar, como es una operación a largo plazo de 18 meses, reclasifico la parte del corte y del largo. Observamos en el cuadro de la operación. La operación que a 31 de diciembre del año 2002, a cierre de ejercicio, se van a amortizar 7.543 euros del principal. Con lo cual esta va a ser la parte que clasifico en el corto plazo. Cuenta de grupo 5. Cuenta 5.4.2. Créditos a corto plazo. Y la diferencia, 15.537, la llevo a una operación de créditos a largo plazo. Este está en el activo corriente y este está en el activo no corriente. Grupo 5, grupo 2. A 31 de diciembre del 2002 voy a cobrar 8.000 euros. Me entra esta cantidad en tesorería, de los cuales 7.543 corresponde a la devolución por parte del prestatario, empresa I, de 7.543, el crédito que tengo a corto plazo y la diferencia ingresos financieros, 457, los ingresos que he devengado. A 31 de diciembre de 2002 reclasifico el crédito porque tengo un derecho que tengo en la cuenta de largo que voy a recuperar en el corto plazo. Por tanto, ¿qué importe es? 7.692. Me aparece aquí este cuadro de la operación. Reclasifico cargando la cuenta de crédito a corto y abonando la cuenta de crédito a largo. Bien. El siguiente. El siguiente momento sería en el año 2003. Cobro 8.000 euros de intereses que corresponden al crédito a corto y a los ingresos financieros del interés efectivo devengado. Y reclasifico nuevamente el crédito. Me quedarán 7.845 que tengo en largo plazo, lo voy a pasar al corto plazo, con lo cual cargo la 542, tengo un derecho en el activo corriente y abono, elimino el derecho de cobro. Y ya por último, cobro la última cuota, 8.000 euros, que corresponden a estos 7.845 más los intereses que he devengado, interés efectivo de la operación abonó la 7.692. Y ya estaría completamente contabilizada esta operación. Bueno, terminaríamos el tema 7 hablando un poco de la tesorería, un análisis muy somero. Dentro de la tesorería vamos a recoger las disponibilidades. Las disponibilidades de medios líquidos en caja y saldos a favor de la empresa. Realmente incluiríamos las cuentas corrientes a la vista y las cartillas de ahorro que hoy en día ya prácticamente han desaparecido. Por tanto, saldos de disponibilidad inmediata en bancos e instituciones de crédito como cajas de ahorro o cooperativas de crédito. También se incluyen aquí aquellas inversiones financieras convertibles en efectivo muy líquidas y sin riesgos significativos. No se incluyen dentro de la tesorería los saldos que no sean de disponibilidad inmediata. ¿Cómo los? Depósitos a plazo fijo. Para controlar los saldos en caja se realizan arqueos de caja. ¿Cómo los? Es decir, se efectúa un recuento físico del dinero que tengo en efectivo y lo cotejo con el saldo contable. Si la diferencia encontrada es de pequeña magnitud, se debe recoger en la cuenta otras pérdidas de gestión corriente si hay una falta u otros ingresos de gestión corriente si hay una sobra. Si las diferencias son relevantes, se contabilizan como gastos o ingresos excepcionales. Y se investiga, evidentemente, a ver qué ha sucedido. Hay una cuenta que es una cuenta muy peligrosa, a mí no me gusta nada, que es la cuenta 555 partidas pendientes de aplicación. La podemos utilizar de forma transitoria mientras no se conozcan las causas, pero mucha gente la utiliza para dejar de contabilizar los hechos económicos que afectan al patrimonio de la empresa. Yo cuando reviso un balance o una compañía me voy directamente a unas cuentas siempre. La primera, la de partidas pendientes. Y la segunda son la cuenta corriente con socios. Con socios administradores. Eso me da ya una imagen inicial de cómo es la compañía. Si no tienen el saldo estas cuentas, a esta gente parece que en principio es gente seria. Luego vamos a ver cómo valora y cómo está el resto del balance. Pero si ya te encuentras una cantidad disparatada en las 555 o en las 551 de los socios, pues dices, uy, aquí ya lo que me voy a encontrar. Bueno, por tanto es una cuenta transitoria. Transitoria significa temporal. Y de muy corto recorrido. Según balance de situación, no debería tener saldo o un saldo mínimo. Las cuentas bancarias se controlan mediante la realización de conciliaciones bancarias. Las cuentas de tesorería mediante arqueos de caja, la caja y los bancos mediante conciliaciones. ¿En qué consisten las conciliaciones? En contrastar los saldos de las cuentas contables de bancos con los saldos recogidos por la entidad financiera en sus estratos. Una vez realizadas las conciliaciones bancarias puede surgir una necesidad de hacer ajustes. En la contabilidad de la empresa, para adecuar los saldos contables a los saldos reales. Las diferencias se pueden deber a diferentes motivos. Primero, que el banco no haya anotado todavía en la cuenta de la empresa el pago de ciertos cheques a favor de ella. Que el banco no haya anotado todavía en la cuenta el pago de algunos cheques puestos en circulación por la empresa titular de la cuenta corriente. Es decir, pagos a algún proveedor. Que el banco haya anotado pagos que la empresa tenga domiciliados pero la empresa no haya recibido aún notificación del banco. O que haya intereses gastos bancarios o otras partidas cuyas notificaciones estén en camino. Bueno, esto hoy en día... Vamos a ver, en la realidad, como tienes la banca electrónica y toda la operativa funciona online, sí que puede haber diferencia con estos de cheques que se han emitido a algún proveedor o impago de servicios. O que hemos ingresado y sobre todo si nos han truncado. Pero bueno, hoy en día prácticamente podemos decir que el saldo contable de la cuenta de bancos, de las 572, y el saldo que figura en la banca electrónica tienen que ir a la par. Vamos a ver un ejemplo de conciliación bancaria. El saldo de la cuenta de bancos a 31 de diciembre del año 2005 de la empresa W asciende a 120.000 euros. Sin embargo, el extracto enviado por la banca electrónica es de 1.000 euros. Este es el saldo contable, este que tendríamos aquí sería el saldo de las 572. Sin embargo, el extracto que nos envía la entidad, el extracto enviado por el banco, tiene un saldo de 102.305,41 a favor de la empresa. Después de comparar los movimientos registrados y los movimientos por el banco y por la empresa se han detectado en la conciliación estas diferencias. Que aquí tenemos en concreto cinco diferencias. Bueno. Vamos a verlas. Para hacer la conciliación vamos a partir del saldo en cuenta corriente según el extracto del banco, que es 102.305,41. Y bien, el banco tenemos que ajustarlo por dos partidas. En primer lugar, la empresa había registrado en su contabilidad el cobro de una factura de venta por importe de 23.000 euros. Cobro que se efectuó a través de un cheque que la empresa envía al banco el 30 de diciembre y el banco tuvo problemas para realizar el cobro y el 30 de diciembre aún no lo había anotado. Por tanto, el saldo bancario tendríamos que aumentarlo en estos 23.000 euros. Voy a un cheque a favor de la empresa, que no está anotado en firme por el banco. Y además, el día 31 de diciembre se pagó mediante cheque contra la cuenta corriente abierta en el banco una factura de reparación que la empresa no cobró hasta el día 2 de enero. El importe ascendía a 2.000 euros. En este caso, es el caso contrario. La empresa entrega un cheque a un proveedor o a un acreedor y el cheque no se pasa por el banco, pero podemos dar contablemente la deuda por saldada. Por tanto, tendríamos una disminución del saldo bancario de 2.000. Esto es lo que se puede hacer. Esto nos permite obtener un saldo conciliado según el estrato de 102.305,51 más 23 menos 2, 123.305,41. Y este saldo nos tendría que coincidir con el saldo contable conciliado. El saldo contable, ¿a cuánto ascendía? Según he denunciado, ascendía a 120.262,59. Pero hay que ajustarlo con una serie de partidas. Tenemos, en primer lugar, un pago a través del banco de la deuda por el recibo de la luz por importe de 1.782 que no se comunica a la empresa al cierre de ejercicio. Por tanto, del saldo contable tendríamos que minorar ese importe. Disminuimos el pago del recibo de la luz. Hacienda pública ingresa en el banco a nombre de W4565,40. Que corresponde a una devolución que tenía derecho la empresa y que estaba pendiente de cobro. El banco notifica el día 2 de enero, por tanto, en la contabilidad no tengo registrado este cobro, aunque en el banco sí. Tengo que aumentar este ingreso a Hacienda Pública, que estaría registrado en una cuenta de Hacienda Pública deudora. Y ya por último me dice que se cobran 249,87 euros por los intereses producidos en la cuenta. El banco anota dicho ingreso en la cuenta corriente pero no le llega a 31 de diciembre notificación del abono por correo a la antigua usanza a la compañía. Por tanto, no lo tiene registrado. Tendría que aumentar estos intereses por 249,87. De ahí que el saldo contable conciliado ascienda a los 120.000 de la contabilidad más 249 intereses más 4.500 de la devolución de hacienda menos el recibo de la luz cargado en banco y que todavía no me han notificado. Esto hace 123.305,41 y tenemos ya la conciliación realizada. Por tanto... En mi cuenta bancaria de mi contabilidad 572 tengo que sumar en total 4.565 más 249 menos 1.672, 3.032,82 para llegar a un saldo de 123.351,59 que coincida con el saldo del extracto bancario conciliado. ¿Cómo lo realizo? Pues realizo un ajuste por conciliación bancaria. El día 31 de diciembre del 2005 y en banco veis que tengo que incrementar el saldo en estos 3.032,82 que aquí he marcado y que corresponden al debe. El pago de una deuda con la compañía suministradora de electricidad que estaría en acreedores posibilidades. Pestaña de servicio. Por tanto aquí reduzco un pasivo. El cobro de una devolución de hacienda que estaría registrada en la hacienda pública de deuda por diversos conceptos. Aquí reduzco un activo. Y el cobro de unos intereses a plazo de créditos que sería también otra cuenta de activo corriente que voy a minorar. Por tanto aquí disminuyo un activo corriente, aquí disminuyo un activo corriente y aquí disminuyo un pasivo corriente. Los intereses. No estarían devengados por parte de la empresa, por tanto esto previamente lo que tengo que hacer es devengar los intereses. Aquí registraría una cuenta de grupo 7, ingresos de naturaleza financiera y aquí me quedaría una cuenta de grupo 5, una cuenta de activo corriente de naturaleza financiera. Que posteriormente abono. Y si no he recibido la factura de la compañía eléctrica, pues tendría que registrar suministros en la 628 contra una cuenta de acreedores 41508 que posteriormente voy a liquidar. Y así procedería ya a la conciliación, en este caso conciliación y contabilización de algunas partidas. Si tuviera ya contabilizada la factura de proveedores... Y la cuenta de acreedores, la cuenta del proveedor de la luz, el acreedor de la luz, la tuviera contabilizada, la tuviera registrada, me figuraría en balance con saldo acreedor. Con lo cual este devengo no tendría que realizarlo, únicamente registraría aquí la cancelación de la adentra. Bueno, vamos a terminar con preguntas de examen. Esta pregunta es muy interesante. De las que se citan... ¿Qué partida no se incluye entre los créditos por operaciones no comerciales? Acabamos de ver. Créditos por operaciones comerciales, entre otras, no se incluyen los préstamos conciertos a otras empresas, préstamos conciertos al personal... Pero no incluiría los valores prestativos de deuda que cotizan en bolsa. Estos valores que cotizan en bolsa, si la empresa tiene la intención de mantenerlos hasta el vencimiento, estarían en la cartera activos financieros a coste anual. ¿Qué es la misma cartera en la cual se registran los créditos por operaciones no comerciales? Pero ojo, una cosa es que esto y esto se incluyen en esta cartera y otra cosa es que estos valores se incluyan en créditos por operaciones no comerciales. No es un crédito por operación no comercial. Por tanto, la respuesta válida, pregunta negativa sería la C. Vamos a este ejercicio. El ejercicio número diecinueve. Y me dice lo siguiente. La sociedad Argo adquiere y paga a través de banco el 1 de noviembre del año 2016 mil acciones de Endesa al precio unitario de 16 euros. Los gastos son 180. Las acciones se compran para ser vendidas dentro de tres meses. Por lo tanto, una operación a corto plazo. El 31 de diciembre del 2016 cotizan a 20 euros. Y el 31 de enero del 2017 se venden 24 a 24 euros por acción. Indique lo correcto. Me dan diferentes opciones. Vamos a ver, en primer lugar, las fechas que se indican en las tres respuestas. La primera. El 1 de noviembre del 2016. Argo registrará en la cuenta inversiones financieras a corto plazo o instrumentos de patrimonio un importe de 16.180. Si se compra. Acciones, por lo tanto, instrumentos de patrimonio propio con una finalidad especulativa. ¿En qué cartera las voy a clasificar? En activos financieros. A valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. ¿Cuál será la valoración inicial? A valor razonable, que sería el precio de adquisición más gastos. No, los gastos irían a dónde? A pérdidas y ganancias, una cuenta de gasto financiero. Por lo tanto, la valoración. La valoración inicial, al 1 de noviembre del 2016, será 1.000 acciones por 16.000. Por lo tanto, esta respuesta no es correcta. A 31 de diciembre del 2016. Argo registrará un cargo en la cuenta inversiones financieras a corto plazo o instrumentos de patrimonio por importe de 4.000. Si registro inicialmente por 16.000, porque está en la cartera de activos financieros a valor razonable con cambios en P&G, la valoración posterior, cierre ejercicio, debe ser el valor de cotización. ¿Qué valor cotizan a 31 de diciembre del 2016? A 20. Por tanto, tendré que hacer un ajuste de 1.000 por 20 menos 16. De 1.000 por 4.000. De 4.000. Con lo cual sí que incrementaré la cartera, registraré un cargo, ¿qué es un cargo? Una dotación en el debe por 4.000 euros con abono a una cuenta de ingreso financiero. De un 5-4 a una 7-6. Por tanto, esto sí que sería ok. Sería la respuesta válida. Vamos a mirar la tercera respuesta. Respuesta, si estoy seguro solamente hay una respuesta válida es la B, pero vamos a analizar la tercera. Vamos a ver, borro esto para que tenga más espacio. La tercera respuesta. El 31 de diciembre del 2017, no, el 31 de enero del 2017, registrará un abono a una cuenta de inversiones financieras a corto plazo por importe 24.000. ¿Qué pasa? El 31 de diciembre que vendo 24 acciones de las 1.000. ¿Qué pasa? ¿Y a qué importe las tendría registradas? Tras el ajuste del año anterior a 20, las tengo 24 por 20, valor neto contable será... No, 24 por 20 no, ¿qué digo yo? Se vende a 24 horas por acción las 1.000 acciones. Las tenía registradas antes 1.000 acciones por 20. Vamos a borrar. Tenía 1.000 acciones por 20, las tenía por 20.000. Y las vendo por 24. 24, valor de venta, 1.000 por 24, 24.000. Por lo cual aquí tendré un beneficio de 4.000 euros. Y me dice, ¿argo registrará un abono en la cuenta de inversiones financieras a corto plazo por importe 24? No, porque 24 es lo que voy a registrar en la cuenta de tesorería. Tendré 24.000, me entrará en la 572. Daré debajo la 54 por 20.000, que es el valor ajustado, y generaré un beneficio y una plusvalía de 4.000. Por tanto, el abono a la cuenta de inversiones financieras no es de 20.000. Esto tampoco es cierto. La única respuesta válida es la B. Aquí tenéis registrados los asientos para recoger las operaciones que acabamos de ver. La única opción válida sería esta, que es la respuesta B. Bueno, me despido de todos vosotros. Os deseo unas felices fiestas. Lamento realmente mi voz y mi estado físico. He estado a punto de no venir, pero bueno, al final hay que venir e intentar no paralizar el ritmo normal de las tutorías. Y ya nos veríamos a la vuelta de Semana Santa, la semana que viene o dentro de 15 días, analizando el tema número 8. Vamos a hablar de los pasivos financieros. Os recuerdo... Os recuerdo que tenéis la prueba de evaluación continua, si no me he equivocado, el día 14 de enero. De enero, de abril. Voy a tener que ir a la cama porque ando con una pachorra que ya no me aclaro. El día 14 de abril tenéis la prueba de evaluación continua. Podéis realizarla entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche. En 45 minutos entran los 6 primeros temas. Temas del 1 al 6. Una prueba tipo test, 10 preguntas con 3 respuestas posibles, solamente una válida. Los errores puntúan un punto, perdón, los errores no son aciertos, puntúan un punto, los errores penalizan menos 0,4. Y también tenéis una prueba piloto, si queréis hacerla, yo os la aconsejo en el curso virtual, el equipo docente os la ha puesto a vuestra disposición. Por tanto, el día 14. La asignatura, por favor realizarla porque os va a servir para mejorar la nota, no para aprobar. Como sabéis, puntúa positivamente siempre que se apruebe el examen final. Si tengo un 4,9 en el examen final y un 10 en la P, no apruebo. Si tengo un 5,9 en el examen final y tengo un 1 en la P, mi nota final va a ser un 6, me subará un 10% de la nota de la P. Aunque suspendáis la P, no os va a... No os va a perjudicar, siempre os va a ayudar. ¿Vale? Pues nada, dicho esto, nos vemos dentro de 15 días con el tema número 8. Hasta luego. Gracias.