Bueno, el último día hemos dejado este último apartado del tema del cual habíamos hablado sobre América y un poco cómo se había configurado la colonización de América y habíamos explicado también un poco el problema de la encomienda y sobre este tema de la encomienda nos quedaba esta última parte que vamos a tratar ahora muy rápidamente, simplemente nos quedaba esto que tengo que dejar colgado porque se nos acaban las horas pero vamos a comentarlo ahora. Habíamos comentado un poco este problema de la encomienda y todo esto y cuáles eran las características de este sistema de la encomienda, esa forma de trabajo esclavo encubierto bajo otra figura, no sé exactamente qué fue la esclavitud pero al final cumplía prácticamente casi todos los criterios para considerar eso esclavitud y fundamentalmente todo esto durante los primeros años de la colonización tanto en la fase latiniana como posteriormente en la fase ya continental de la colonización de América no había sido demasiado problemático, de cierta forma todavía se está formando un poco el sistema y un poco después de la renuncia de Colombia y los reyes católicos el cual abrió el camino para este sistema de encomienda, el sistema de encomiendas fue extendiendo por tanto la zona del Caribe como luego ya por los territorios continentales en los cuales va a conquistar la corona hispánica todo esto de cierta forma se mantiene durante unos años sin ningún problema, de cierta forma no hay ninguna protesta sobre este sistema que explotaba a los indios hasta que en 1511 en la isla de la española un fraile dominico, fraile de Antonio de Montesinos da un sermón en la iglesia principal del español, un sermón en el cual hay que tener un poco la escena, están allí todas las fuerzas vivas de la isla, está el propio gobernador, están todos los miembros de la abogacía un poco de los colonizadores obviamente que tenían indios encomendados y eran encomenderos y fraile de Antonio de Montesinos da un sermón, da un sermón en esa misa y la innovación que tiene este sermón lo peculiar de este sermón es que hacen él una crítica al trato que se da a los indios diciendo que el trato que se da a los indios es inhumano, es pecaminoso, que se está abusando, que se lo está tratando de forma muy dura y que realmente todos los que están allí que en gran parte son encomenderos y los que permiten ese sistema totalmente falto de ética y abuso de los indios pues están obviamente pecando y están comportándose como malos cristianos un sermón durísimo que crea un gran escándalo, un revuelo en la española, inmediatamente no solo ya que era un escándalo local sino que eso se traslada a la península ibérica y llama por primera vez la atención de los reyes católicos sobre la situación que tenían los indios que teóricamente eran súbditos de la coroa española en esos territorios que formaban parte de la monarquía hispánica y por la primera vez pues por primera vez los reyes católicos son conscientes de que en el nuevo mundo se está dando un trato dejatorio se está obligando a trabajar con unas jornadas desproporcionadas que se pega, que se maltrata a los indios que se les somete a todo tipo de abusos y que incluso esa obligación que tenían los encomenderos de cristianizar darles una educación a los indios que adquirieron la religión católica y abandonaron su religión pagana pues tampoco se cumplen y los encomenderos no tenían más interés que explotar económicamente y humanamente a la población y eso por lo tanto también genera un escándalo en la corte resultado de este escándalo va a ser que los reyes católicos van a promulgar en 1512 un año después entonces podéis ver lo rápido que se va a suceder este asunto las llamadas leyes de burro la ley de burro es una serie de leyes que respondían a esa esa a esa a esa problemática la ley de burro va a tener una serie de puntos el primero de ellos es que entienden y dicen explícitamente las leyes de burro que los derechos de la corona española de España sobre de Castilla de Aragón sobre esos territorios son totalmente legítimos son legítimos porque se han sido conquistados tienen algunas papales y hay un tratado no sé qué y por lo tanto son totalmente legítimos ilegales o sea los derechos que tienen los españoles a explotar esas tierras pero no obstante entienden que los indios son libres en cuanto tales en cuanto miembros de de la monarquía hispánica porque los indios en cuanto que esos territorios han sido integrados dentro de los territorios de la monarquía hispánica son súbditos de la monarquía hispánica por lo tanto tienen que tener los mismos derechos que los habitantes del resto del territorio de esa monarquía igual que los castellanos igual que los aragones por lo tanto no se puede realizar una serie de cosas como por ejemplo maltratos físicos a esos indios porque esos indios tienen una serie de derechos no puede haber un trato alejatorio que no admitiríamos por ejemplo en un español o un castellano o alguien de valladolid tienen que tener los mismos derechos y las mismas garantías legales y civiles que tienen los colonizadores que de hecho están privando de esas de esos derechos a los indios al tratado de esa manera alejatoria obligarlos a trabajar sin salario toda una serie de cuestiones por lo tanto eso lleva inmediatamente a unas medidas que están orientadas a precisamente garantizar esos derechos de los indios los indios tienen obligación a ese sistema de encomienda a trabajar han sido de cierta forma se reconoce la encomienda de cierta forma como legítima pero esa obligación de trabajar no puede ser gratuita la encomienda como explicamos el último día era un sistema de prestaciones personales por lo tanto de trabajo gratuito ahora los indios si tienen que trabajar están obligados a trabajar pero a cambio de ese trabajo tienen que recibir una retribución tienen que recibir un salario con todo hay una pequeña trampa que es que ese salario puede ser un salario no en metálico puede que no sea un salario en madre debería sino que puede ser un salario en especie por ejemplo el sustento la alimentación y el vestido de esos indios la necesidad es un poco más básica por lo tanto sería otra forma de pagar no en metálico sino en especie a través de la manutención y simplemente pues darle el alimento con el vidrio las ropas para vestirse y todo y un techo en el que ubicarse y también otro elemento es un poco para garantizar los derechos de los indios otro elemento importante es que la ley de Bugo afirma la legalidad de las guerras para conquistar esos territorios poniendo básicamente dos casos perdón mejor dicho un caso que hace legítimo iniciar una guerra está aquí la idea de la guerra justa del velo justo una guerra se puede iniciar pero hay que iniciarla con una causa justificada y la causa justificada que van a poner las leyes de Burgos en un sentido ético y jurídico va a ser precisamente vinculada a la evangelización si los indios se niegan a evangelizarse niegan a recibir la evangelización a ser cristianizados incluso atacan a los monjes o los frayles que intentan evangelizarlos es un motivo obviamente justificado para iniciar la guerra contra los indios y al mismo tiempo también es legítimo ya los títulos de los derechos sobre la guerra española sobre esos territorios porque obviamente están entre algunas burlas y todo eso y por lo tanto como garantía legal ponen como necesario un trámite jurídico que se ha llamado requerimiento ¿qué consistía básicamente el requerimiento? pues el requerimiento era un texto que se leía a los indios para consultarles si aceptaban someterse o no a la autoridad de la monarquía hispana básicamente el requerimiento era una plantilla era un texto fijo que se leía a cualquier indio a cualquier de hecho era un texto que fue fijado como después a Reyes de Burgos por uno de los juristas de la Cancillería de los Reyes Católicos o sea el requerimiento era el mismo texto que se leía para cualquier indio en todos sitios que decía haz el mitis porque el Papa ha dado la totalidad a las soberanías de nuestros territorios admitís no sé admitís someteros como súbditos de los Reyes Católicos de los Reyes de España bla bla bla y admitís que está y los indios tenían que decir si se aceptaba o no si no aceptaban pues obviamente estaban negándose a aceptar la autoridad del Papa y estaban negando a cristianizarse por lo tanto había motivos más que justos para declarar fuera de problemas que el requerimiento obviamente estaba en castellano y se leía en castellano ante indios que normalmente no tenían conocimientos de castellano y en el caso de que el, el colonizador o conquistador de turno fuera tuviera la precaución de buscar a un intérprete que al mismo tiempo que se leía el requerimiento fuera traduciendo eso también estaba el problema de cómo reflejar en las lenguas indígenas que a veces no tenían conceptos para expresar determinadas cuestiones muy particulares de la cultura jurídica y teológica europea cómo transcribir eso a una lengua en la cual no había suficientes cómo transcribir el concepto de soberanía a una lengua donde no había ningún concepto que pudiera ser asimilado exactamente a ese término soberanía en el caso occidental pues tenía unas connotaciones muy concretas incluso de tipo jurídico incluso los sinónimos que se pudieran buscar en la lengua indígena podían llevar a confusiones por lo tanto incluso si se tirara si se daba mano de un traductor había inmensos problemas para que eso fuera comprensible y por lo tanto pudiera dar una respuesta adecuada a los indígenas pero obviamente muchas y muchas veces el requerimiento simplemente era un trámite en cual se leía eso en castellano delante de unos indios que no tenían el más mínimo conocimiento de castellano y por lo tanto actos seguidos si esos indios no contestaban lo que tenían que contestar que muchas veces no tenían forma de contestar pues obviamente ya se les declaraba directamente la guerra y se los masacraba allí por lo tanto simplemente y eso es una de las objeciones que será posteriormente esta figura de requerimiento el requerimiento no era más que al final terminó convertirse en una forma nada más que de curarse en salud y de limpiar su conciencia por parte del colonizador y el estado que colonizaba conquistaba ese territorio por lo tanto era nunca mejor dicho una afición jurídica tenía poco de real otra cuestión obviamente estas leyes de Burgos teóricamente se aplican en las colonias pero el caso es que ya durante el reinado de Carlos I va a ser necesario que se promulguen de nuevo otras leyes precisamente para solventar este problema de la encomienda porque de hecho aunque teóricamente estas leyes eran palabras de los reyes por lo tanto tenían que aplicarse en las colonias al final lo que nos encontramos en estos momentos en el mundo americano es una sociedad que todavía se está articulando un territorio que todavía se está empezando a organizar administrativamente y donde no hay demasiado control para poder llevar a la práctica estas leyes y de hecho tampoco a veces no hay mucha voluntad por parte de los funcionarios o parte de los gobernadores o magistrados encargados de llevar a cabo y de aplicar estas leyes de llevarlas a buen término ¿por qué? pues como veremos ahora porque muchas veces incluso los propios miembros de esta organización administrativa del Estado que estaban allí delegados pues tenían a veces también encomiendas de los miembros por lo tanto era incluso a veces contradictorio contra sus propios intereses particulares y por lo tanto no estaban especialmente predispuestos a aplicar la ley hasta sus últimas circunstancias y con sus últimas consecuencias por lo tanto en 1542 es necesario de nuevo que Carlos I tenga que abordar de nuevo este problema del trato a los índoles el trato a los índoles que vemos aquí muy bien reflejado aquí fijado en este indio que tiene aquí a su señora a su encomendero al cual está hablando él le habla en estos grifos mayas y él no entiende obviamente nada obviamente una comunicación bastante limitada y aquí vemos realmente el trato que tenían habitualmente estos encomenderos a los índoles el cual se les podía aplicar castigos físicos tanto por no trabajar como porque tienes puramente arbitraria sin ningún tipo de limitación incluso podían morir a palos y no había ningún tipo de consecuencia para estos encomenderos incluso hay imágenes un poco más incluso hirientes desde la mentalidad actual como por ejemplo imágenes a las cuales aparecen estos códices y en estos textos aparecen por ejemplo españoles llevados a lomos de indígenas indígenas que los transportaban casi a modo de montura para solventar determinadas zonas de geografía un poco occidental de la que no podían pasar ni caballos ni mulas pues iban los colonizadores sentados a lomos de indígenas que los iban transportando a modo de montura obviamente estos abusos pues van a llegar de nuevo a la península y van a ser de nuevo resultado de estas van a ser planteados en estas leyes nuevas vemos un poco la idea del encomendero el encomendero no solo ya las encomiendas no solo ya el trabajo en las tierras sino también como veis aquí en otro tipo de actividades por ejemplo en este caso tenéis unos indios encomendados aquí su encomendero y estos indios trabajando una serie de relabores artesanales en este caso en el tejido pero también por ejemplo se utilizaba la encomienda para trabajos muy duros como por ejemplo el trabajo en las minas el trabajo en el cual era un trabajo muy sufrido de otra forma también fue uno de los elementos que hizo que se redujera la población indígena a parte de las epidemias para esos trabajos muy duros que sufrían los indios en las minas y como resultado de esto pues tenemos estas leyes de vuelo que van a intentar solucionar estos problemas bueno estas leyes nuevas perdón elementos que por ejemplo estaban en las leyes nuevas por ejemplo estaba el tema de por ejemplo obligar de nuevo a pagar un salario a los indios pagar un salario a los indios y no solo un salario sino también manutención las leyes nuevas van a imponer que se tiene que pagar no es ya simplemente tengo que tener por aquí el texto de las leyes nuevas ah si leyes nuevas prohibición de la esclavitud la esclavitud no puede esto obviamente tiene mucho de teórico porque en cierta forma la encomienda nominalmente no era una forma de esclavitud aunque si en la práctica fueron de esclavitud por lo tanto prohibición de la esclavitud la encomienda tiene que ser un trabajo libre bueno libre no pero en cierta forma parecido a un trabajo salarial reducción del tiempo de trabajo cinco meses de trabajo solo podían trabajar cinco meses en las encomiendas estos indios el resto del tiempo en cierta forma podían cultivar sus propias tierras dedicarse a sus propias actividades tenían que recibir salario de alimentación no estábamos ya con las leyes de vuelvo simplemente en eso o bien te pago o bien te doy de comer aquí debían de estar los dos elementos recibían salario pero también decidían alimentación lo encomendado tenía la obligación de pagar un salario pero también de alimentarlo y ofrecer un techo vestir y todo eso la prohibición del maltrato de los castigos físicos lo cual nos indica que obviamente esas ese trato benéfico que tendrían que hacer los encomendados a partir de allí pues no se estaba cumpliendo obviamente los encomendados estaban saltando los derechos más elementales de cualquier súbdito estaban maltratando ilegalmente a los indios ¿no? habían tenido efecto las leyes de Burgos la existencia en la evangelización nuevamente que ya estaba en las leyes de Burgos la existencia en la evangelización lo cual quiere decir que nuevamente los encomenderos no habían cumplido no habían aplicado eso que determinaba las leyes de Burgos y la prohibición de algunos trabajos en concreto entre ellos trabajos especialmente duros como el que ya os he citado el trabajo de las miembros prohibición de que los indios encomendados trabajaran en régimen de encomienda en las naciones lo cual no quiere decir que desapareciera en toda la extensión de la América Hispánica el trabajo obligatorio de los indios por ejemplo en Perú en la zona del Perú lo que había sido el antiguo imperio incaico se mantuvo un trabajo obligatorio mediante corbeas pero no vinculado al sistema de encomienda sino a la llamada mitad mitad que era un sistema de trabajo obligatorio de corbeas que existía ya previamente en los años españoles en el caso del imperio incaico para realizar determinadas actividades obras como construir ciudades reparar caminos estructuras crear toda una serie de infraestructuras se recurría al trabajo obligatorio de la población a través del sistema de la llamada mitad pues ahora la mitad en el periodo español se va a seguir utilizando va a ser tomada por los españoles y se va a utilizar para determinados trabajos no simplemente ya para lo que se utilizaba en el imperio incaico sino fundamentalmente y sobre todo para el trabajo de las minas entonces por lo tanto sigue existiendo un trabajo obligatorio en cierta forma forzado vinculado a esta institución indígena que era la mina pero que ahora se va a convertir en una forma de explotación prácticamente en esclavitud de los indios para explotar por ejemplo grandes minas como por ejemplo las minas de plata de Potosí por lo tanto aunque teóricamente se prohibiera aquí hubo otras circunstancias que permitía no obstante salvar esto no era encomienda era la mitad y existía además incluso en época incaica aunque los incaicos no le dieran ese sentido y esa en cierta forma ese ser un poco más capitalista y crematístico que le dieron los españoles y sobre todo ya comentamos no conceder encomiendas a funcionarios que los funcionarios miembros de la burocracia del estado no pudieran tener encomiendas porque obviamente si los funcionarios jueces burócratas y otros gobernadores y otros cargos no pudieran tener un interés particular en cuanto a estas encomiendas obviamente no iban a aplicar esta legislación y no iban a actuar con la dureza suficiente contra esta administración con todo como ya vimos si todo esto tiene que volver a ser repetido en las leyes nuevas eso significa que las leyes de Burgos no se habían estado aplicando incluso por el propio personal burocrático y administrativo y por los propios cargos que tendrían que haber aplicado esas legislaciones para evitar esto Carlos I va a dictar en estas leyes nuevas que frente a esta obligación de sus funcionarios de que ya se presupone que tienen que aplicar estas leyes que los tribunales tienen que aplicar las leyes que los gobernadores tienen que aplicar las leyes que la burocracia colonial tiene que aplicar estas leyes pues junto a esto se plantea una figura que es la figura de los visitados que son una especie de inspectores que van desde la península a el territorio americano y que comprobaban que de hecho se cumplieran estas leyes comprobaban que los tribunales cumplieran esto que hubiera un trato correcto a los indios que las autoridades estuvieran haciendo todo lo que les tocaba de su parte por llevar a cabo y cumplir estas leyes y sancionar a quien hubiera que sancionar por lo tanto era en cierta forma un mecanismo de control incluso de la propia administración colonial en ese contexto más local y obviamente después los visitadores volvían a la península llevaban a cabo sus informes y cuando estaban allí pues si había que sancionar a algún funcionario incluso al gobernador o meterlo en algún problema legal pues se le apelaba y se daba además parte de la península con todo a pesar de que la idea era buena hubo problemas porque obviamente los encomenderos ah bueno otro elemento interesante otro elemento interesante y que no he comentado es que los encomenderos las leyes nuevas planeaban la extinción de la encomienda la desaparición de la encomienda pero obviamente no se podía eliminar la encomienda así de un plumazo no se podía eliminar a todos los colonos que de cierta forma tenían organizada su propia economía en base a este sistema de encomiendas ese trabajo de cierta forma obligatorio de los indios no se podía eliminar de un día para otro esto hubiera generado un caos en la economía y en la sociedad de las colonias por lo tanto había que extinguir la progresividad y la idea para extinguir progresivamente esta encomienda era que no se eran dos cuestiones que no se concedieran nuevas encomiendas se mantuvieran las que hay pero no se concedieran nuevas encomiendas no se pudiera engordar el número de indios encomendados y de tierras concedidas en encomienda pero al mismo tiempo también que las encomiendas que ya existían que estaban funcionando que estaban en la práctica a la muerte de los encomenderos no pudieran ser transmitidas hereditariamente a sus descendientes que una vez que el encomendero que era titular de esa encomienda moría esa encomienda quedara extinguida y por lo tanto los indios quedarán liberados de sus obligaciones así lo que querían las reyes nubes que básicamente en una o dos generaciones finalmente hubiera desaparecido del territorio americano la encomienda como institución obviamente esto va a generar tensión los propios encomenderos se van a protestar entonces va a haber rebeliones por ejemplo en la zona del Perú un sobrino de Pizarro va a iniciar de hecho una rebelión va a liderar una rebelión contra estas leyes nuevas y va a haber un choque incluso militar entre las tropas virreinales y estas tropas de los encomenderos que van a hacer una especie de guerra civil en el virreinato del Perú esto va a terminar obligando a los propios virreyes a derogar estas leyes nuevas en estos territorios y finalmente obligará a, por la propia administración del Consejo de Indias a derogar estas leyes nuevas por lo tanto papel mojado en cierta forma vinculado a esto aunque un plan un poco más intelectual un poco más de discusión intelectual está también la llamada Junta de Valladolid entre 1551 y 1552 ¿qué fue la Junta de Valladolid? pues básicamente fue un gran debate que académico escolástico aunque público en el cual se planteó el problema de la justicia o no justicia de los títulos la llamada cuestión de los justos títulos si la corona hispánica tenía derechos legales o no a apoderarse de sus territorios a conquistar esos territorios y administrar esos territorios si lo tenía y tenía derechos y esos derechos hoy en esos derechos no eran legales muy bien la legitimidad o no de esos derechos de los españoles sobre los territorios obviamente este debate es un debate en cierta forma teórico aunque no deja de tener su repercusión social y no deja de tener su importancia en toda la discusión en toda la legislación que va a tener y se va a elaborar a posteriori para un poco regular la vida de los índices toda esa legislación de índices que va a ser emitida posteriormente desde la península que se va a ir generando en los territorios coloniales básicamente lo que se van a enfrentar en la Junta de Valladolid son dos posturas dos posturas con dos visiones totalmente distintas de la condición de los indios y por lo tanto de cómo debía tratárseles y también de la legitimidad o no legitimidad de la conquista del poder de la monarquía hispánica sobre esos territorios por un lado tenemos la postura un poco más de la más un poco más beligerante bueno beligerante son las dos realmente la postura un poco más imperialista podríamos decir sería un poco más apropiado que es la de Juan Ginés de Apulia Juan Ginés de Apulia es un humanista y en esta Junta de Valladolid se va a enfrentar a Bartolomé de las Casas Bartolomé de las Casas es dominico al igual que lo había sido Montesinos y los dominicos estarán muy vinculados precisamente a esta defensa de los derechos de los indios y en el caso de las Casas pues su breve relación de la destrucción de las Indias es uno de esos textos que obviamente van a convertirse en bandera precisamente de esta causa del trato humanitario a los indios y del de los derechos de los indios por lo tanto van a ser los dos grandes antagonistas esta Junta se plantea como un debate en el sentido en que se producían los debates académicos en esos momentos en las universidades en la cual básicamente un bando expone sus tesis y el otro expone sus tesis y hay un conflicto un entrecruzamiento de ataques a las tesis de uno u otro bando de cada uno de estos dos debates en este debate finalmente se llegaría a unas conclusiones o a una síntesis una conclusión o una síntesis que el cual pues un bando quedaría vencedor o por lo menos quedaría más fundada su tesis que las que defendía el bando contrario fundamentalmente lo que defiende Foginesi es fundamentalmente el derecho de los civilizados sobre los bárbaros existen civilizaciones superiores con una cultura una tecnología una forma de mentalidad religiosidad superior y que por lo tanto tiene un derecho a someter sojuzgar dominar a pueblos culturalmente más atrasados o llamados bárbaros en este sentido Foginesi por verdad pues va a ser un adelantado pues de esas teorías ya tenía un poco de racismo en el siglo XIX en el cual se va a plantear incluso la superioridad de una civilización occidental sobre esas civilizaciones colonizadas del tercer mundo o incluso la superioridad de unas razas superiores la superioridad racial no se la plantea Foginesi pero se plantea el hecho de que hay civilizaciones que son superiores que son civilizadas frente a grupos humanos que son bárbaros que son salvajes y por lo tanto no tienen no tienen capacidad para autogobernar así que deben de ser gobernados incluso por su propio bien por esas civilizaciones superiores y de hecho pues puede ser incluso benéfico que estas civilizaciones superiores pues los sometan a los ojos y les hagan adquirir esa civilización superior además entiende que el derecho de vacunación no puede ser obstaculizado y que el propio hecho de que los españoles en cierta forma y los europeos sean una civilización superior a estos indios salvajes o bárbaros americanos pues le da un pleno derecho justo y legal a iniciar la guerra simplemente por el derecho superior que tienen las culturas superiores sobre las culturas inferiores básicamente Juan XVI ya está cogiendo un concepto de la filosofía antigua la idea de Aristóteles de que hay pueblos que son esclavos por naturaleza Aristóteles decía que los griegos eran un pueblo civilizado digamos en el prototipo de la civilización y los pueblos que no eran griegos los bárbaros la mayor parte de ellos aunque hubiera excepciones como por ejemplo los egipcios que eran otro pueblo civilizado aunque bárbaro el resto de los pueblos no tenían esa civilización que se característica de la cual se gozaba el género y que por lo tanto esos pueblos eran inferiores políticamente y por lo tanto los bárbaros eran esclavos por naturaleza y por lo tanto deberían estar sometidos a los griegos es natural que entre que los griegos tuvieran esclavos pero esos esclavos debían ser de origen bárbaro el griego era por definición civilizado el bárbaro era por definición no civilizado y por lo tanto podía convertirse en esclavo esa es básicamente la idea que va a recuperar reformulada en este contexto renacentista Juan Ginés de Sepúlveda la idea de que de cierta forma los americanos no son una civilización como nosotros no son hombres como nosotros son hombres de cierta forma inferiores y culturalmente inferiores y por lo tanto tenemos un derecho o incluso una obligación de dominarnos y de tutelarlos casi como si fueran niños pequeños de hecho la idea de que los pueblos en un estado tecnológico de civilización más primitivo pues de cierta forma son una especie de infancia de la humanidad y que en cierta forma su mentalidad es un poco una mentalidad infantil que en cierta forma se puede comparar un poco al salvaje con respecto al civilizado como el niño con respecto al adulto está muy presente y se utiliza por autores como Sepúlveda u otros autores de la época frente a esto frente a esta condición tan inocéntrica tan imperialista y tan tan no ya no nos hace falta más adjetivos de Sepúlveda tenemos a Bartolomé de las Casas Bartolomé de las Casas que va a basar sus puntos de vista fundamentalmente en el derecho natural el derecho natural y va a coger la teoría que ha desarrollado un profesor de teología de la Universidad de Salamanca que es Francisco de Victoria que plantea precisamente en dos obras el de Indies y de Bellu sobre la guerra enfocado fundamentalmente al problema de que si la guerra contra los indios es justa o injusta y el de Indies que directamente trata el tema de la cuestión de qué tipo de hombre es el indio y si el indio en cierta forma vive en sociedad o es un individuo salvaje que incluso vive en un estado presocial todo eso va a desarrollar la teoría y la teoría da la conclusión de que en cierta forma hay una unidad mental de la humanidad que en cierta forma todos los hombres son iguales y eso tiene justificación teológica porque de hecho Dios ha creado todo ser humano igual los seres humanos igual por lo tanto los ha creado con las mismas capacidades los mismos derechos los mismos elementos que por naturaleza tiene todo ser humano independientemente que hayan nacido aquí o hayan nacido en otro continente por lo tanto hay una concepción universalista Dios ha creado todos los seres humanos iguales y por lo tanto todos los seres humanos pueden adquirir el mismo grado de civilización el mismo grado de cultura y tener el mismo desarrollo de una civilización de una nueva política que en cualquier lugar del mundo otra cosa es que tengan un desarrollo mayor o menor que tengan ciudades o no tengan ciudades que sean grandes estados que sean pueblos tribales todo eso ya es cuestión de evolución pero potencialmente el ser humano tiene los mismos caracteres individuales y tiene los mismos derechos hay una serie de derechos que el ser humano tiene simplemente por haber nacido tiene derecho a la vida a la supervivencia a garantizar su propia vida tiene derecho a abastecerse de lo que necesita para la vida tiene derecho a moverse a circular libremente tiene una serie de libertades y derechos civiles que son concedidos directamente por el hecho de haberse nacido por ser un ser humano ¿por qué? por lo tanto son derechos universales e inalienables y al mismo tiempo entiende Victoria que toda comunidad humana con ese humano que surge con esa serie de elementos universales de derecho natural al mismo tiempo cuando esos humanos se configuran socialmente se organizan una serie de sociedades y al formar una sociedad al formar una comunidad política surgen instituciones por lo tanto cualquier ser grupo humano aunque tenga una organización tribal o sea un imperio como el maya aunque sea totalmente distinta a la organización política de los europeos o de los castellanos tiene su propia comunidad política son comunidades políticas y por lo tanto tienen derechos sobre el territorio que ocupa porque una comunidad se desarrolla en un determinado territorio y explota en un determinado territorio por lo tanto las tierras que antes de la conquista administraban los indios pertenecían a esa comunidad que formaba los indios y además entiende Victoria que el derecho de evangelización por un lado es un derecho que se basa en la afectación no se puede obligar a evangelizarse a convertirse al cristianismo una conversión que realmente no se sintiera al cristianismo sería una conversación falsa y por lo tanto no varía por lo tanto hay que convencerlos de forma pacífica no se puede convencer coactivamente obligarnos a convertirse al cristianismo por obligación no se los puede bautizar por obligación tienen que bautizarse porque quieren bautizarse y al mismo tiempo entiende que hay títulos que las leyes de Burgos garantizaban por ejemplo el tema del hecho de que como el Papa había cedido una serie de bulas esos territorios a los castellanos pues Victoria va a negar esto porque esas comunidades políticas no están bajo la autoridad del Papa porque no son cristianos la autoridad del Papa es una autoridad sobre los cristianos si esos territorios se convierten en el cristianismo empiezan a estar bajo la autoridad del Papa pero mientras no son cristianos no están bajo la autoridad del Papa por lo tanto el Papa nos quiere para darle la soberanía a los castellanos o a los portugueses de determinados territorios y además esos territorios tienen una organización política tienen comunidad política tienen por lo tanto su autonomía política y no puede privarse de esa autonomía política simplemente de forma arbitraria no obstante Victoria empieza a poner algunos casos en que teóricamente esto eliminaría los justos títulos de la Conquista de América sería legítimo pero obviamente Victoria no va a negar de plano que la conquista y el dominio de facto de los españoles sobre América sea ilegítimo o no sea legal obviamente si hubiera llegado a esta única conclusión pues hubiera sido una obra prohibida y nos hubiera convertido en el gran referente de la teología y de la filosofía del derecho posterior que va a ser con toda la escuela de Salamanca que le perdió empieza a ponerse limitaciones limitaciones por ejemplo en las cuales si es posible un motivo de guerra justa a estos pueblos que no obstante tiene su propia entidad política un motivo por ejemplo que se nieguen a que nieguen a los predicadores que prediquen si tienen que convertirse porque ellos quieren pero no pueden impedir violentamente por ejemplo que los monjes a los que quieran oírle pues les predique la palabra de Dios si lo hacen obviamente hay que defender a esos monjes hay que defender el derecho de los indígenas a recibir la palabra de Dios por lo tanto hay un motivo justo para la guerra al mismo tiempo también hay motivos como por ejemplo el hecho de garantizar la seguridad de los propios conizadores si atacan a los conizadores es un motivo para declarar la guerra o las alianzas que los conizadores establezcan con otros pueblos indígenas si un determinado pueblo ataca a otro pueblo que salía que tiene una alianza un tratado de alianza con los conizadores los conizadores pueden declarar la guerra para defender precisamente a su aliado de hecho esto es lo que va a suceder de cierta forma pues daría una justificación a la conquista de México porque realmente lo que hizo Hernán Cortés en México fue aliarse con con tribus con pueblos como los chachaltecas o como los o los totonacas que eran rivales y enemigos del Imperio Azteca y de hecho eran atacados frecuentemente por el Imperio Azteca entonces lo que hizo Hernán Cortés fue hacerse aliado amigo de los enemigos del Imperio Azteca y después apoyar obviamente a sus aliados teóricamente entonces se podría justificar bajo esta figura pues la propia conquista de México lo mismo sucedió en Perú había una guerra civil entre Huáscar y Atahualpa y Pizarro pues se adhirió salió con el bando de Atahualpa aunque después una vez que Atahualpa ganó la guerra y mató a su hermano le acusó del asesinato de su hermano y lo juzgó y lo ejecutó por lo cual descabezó al Imperio y se hizo por lo tanto con el control de todo el Perú bueno estas otras cuestiones por ejemplo el derecho de circulación los españoles tienen derecho a circular por sus territorios y si violentamente intentan impedirles que puedan circular asentarse comerciar con los que están en esos territorios todos estos derechos de circulación de asentamiento de, de comercio todos estos derechos que tienen que forman parte de esos derechos naturales si se los niega es un motivo para declarar la guerra por lo tanto empieza a plantear Victoria que de hecho hay todas las instituciones que permiten dar legitimidad a esos títulos de la corona por lo tanto al final por un lado no sería legítimo pero al final termina siendo legítimo por esas causas secundarias de Atahualpa pero no obstante al defender este carácter del indio como una unos seres humanos como otro cualquiera con los mismos derechos que en cierta forma tiene una entidad propia entiende que hay que tratar los jures de derechos no se puede maltratar a una persona porque obviamente tiene unos derechos que garantizan su seguridad y su integridad física independientemente de que aceptemos que es súbdito o no súbdito luego esos derechos que justificaban la conquista pues le daban este interés bueno este básicamente es el argumento de Victoria que Bartolomé de las Casas va a utilizar como arma contra los argumentos de Juan Giner de Sepúlveda este debate en cierta forma tuvo una solución bastante clara se puede decir casi que el debate quedó en tablas de hecho normalmente estos debates intelectuales pero de alcance público se publicaban después tanto la exposición como tanto las tesis como la exposición y el debate se transcribían y se publicaban en un documento definitivo pero no llegó a publicarse no llegó a publicarse este debate de hecho Victoria en una hora posterior llegó a publicar parte de el contenido de los discursos de cada uno de los dos y Juan Giner de Sepúlveda protestó y le pareció bastante mal y protestó agriamente porque hubiera tocado publicado parte de su texto sin que hubiera dado la versión definitiva por lo tanto hubo un cierto pique personal incluso entre ambos al final en cierta forma como digo pues se puede entender que quedó un poco el debate en tablas pero en cierta forma ganó las casas posiblemente ganó tras bastidores un poco la partida porque en cierta forma paradójicamente un poco después las obras de Juan Giner de Sepúlveda empiezan a ser censuradas incluso prohibidas de hecho gran parte de la obra de Juan Giner de Sepúlveda no se conserva actualmente se conserva si la obra que en cierta forma refleja un poco de estas teorías que es el Demócrates II pero gran parte de la obra de Juan Giner de Sepúlveda fue directamente eliminada no sé si quemada pero por lo menos eliminada físicamente y por lo tanto pues como digo pues gran parte de la obra de Sepúlveda no así la obra de las casas por lo tanto incluso en legislación posterior que hay con este tema de la cuestión de los indios pues se puede ver que en cierta forma que se llevó un poco el gato al agua al final si bien en el debate intelectual en el debate punto por punto a lo mejor no hubo una solución tan clara cada uno en cierta forma siguió enrocado en sus posiciones y no se llegó a una solución de acuerdo decantada ni para uno ni para otro pero en cierta forma pues fue un elemento interesante este debate de la Junta de Valladolid y sobre todo de la obra de Francisco Vitoria pues que en cierta forma va a poner las bases de ese concepto va a poner las bases del concepto un derecho internacional porque plantea por primera vez la idea de que hay una serie de derechos individuales que pueden ser utilizados para como guía para arbitrar en las cuestiones en las cuales hay individuos de comunidades distintas o de pueblos distintos en estos momentos pues el derecho individual era muy escasa a partir de Vitoria de cierta forma va a haber una base para desarrollar un derecho internacional derecho internacional que se va a estar tallar precisamente en esa cuestión del trato a los indios y por otra cuestión que es importante que es el plan en el plano antropológico las ideas que va a desarrollar de Vitoria posteriormente a su escuela van a dar lugar a una cierta concepción universalista del ser humano que en cierta forma va a poner las bases para una concepción un poco antropológica un poco más relativista de las producciones del ser humano la cultura van a entender que todo el ser humano la humanidad es una pero de cierta forma cada pueblo tiene sus propias características y que simplemente la evolución histórica y cultural de cada uno de esos grupos es lo que marca esas diferencias no tanto una naturaleza distinta al ser humano y de cierta forma el libro que tengo aquí que os comenté el otro día La caída del hombre natural de Anthony Padgett precisamente habla de ese proceso por el cual las ideas de Vitoria de sus sucesores escuelas salamancas autores como por ejemplo todos los teólogos de la sociedad de Salamanca o por ejemplo un cronista de indias que es Acosta que va a hacer una historia de las indias en la cual va a basarse mucho en su propia experiencia como eclesiástico en las indias y el conocimiento que tenían los propios indios pues van a introducir toda una serie de conceptos que de cierta forma ya preludian un poco ese concepto un poco más relativista de cultura que tenemos actualmente preludian no son exactamente que en el siglo XVII y principios del XVIII se creara ya en el caso de estos teólogos intelectuales vinculados a las escuelas salamancas que crearan ya pues en cierta forma ya el concepto de relatividad cultural que toma la antropología pero en cierta forma ponen alguna de las bases las cuales ya posteriormente a la ilustración y ya después de la ilustración del siglo XIX se van van a cimentar un poco más ese concepto del cual surgirá la concepción de antropología con el cual la entendemos actualmente de cierta forma pues va a dejar un fermento intelectual en la propia disciplina de la cual estamos ahora teniendo una tutoria y bueno esto terminamos ya aquí la tutoría el próximo día vamos a dejar un poco ya el próximo día pues hablaremos de la reforma protestante la reforma protestante y explicaremos un poco ya podemos dar una pequeña introducción si queréis explicaremos un poco primero la situación que es en la cual estaba el clero y la religiosidad en general y la religiosidad en Europa en esos momentos los problemas que tenía los sentidos de erupción que sí que hubo las distintas vías de reforma de una cristiandad que se entendía de cierta forma que estaba en un proceso de cadencia de una pérdida de las bases los fundamentos de la religiosidad cristiana por lo tanto había que volver a una religiosidad más auténtica más pura y finalmente cómo esas soluciones van a dar lugar al protestantismo el protestantismo como un movimiento particular y veremos las circunstancias a través de las cuales ese conflicto que se va a generar entre este intento de reforma inicialmente más limitado simplemente que nace como crítica a determinadas cuestiones de la teología cristiana y de la forma de entender la religiosidad y las costumbres del clero va a tener posteriormente un alcance un poco más general y va a dar lugar a través de una serie de conflictos políticos también a esa extisión del occidente europeo entre dos cristiandades ese concepto de cristiandad es un concepto que en la edad media en toda la edad media había servido de unidad podemos decir ideológica y cultural a todo occidente europeo occidente europeo era un pátzor de distintas monarquías distintos reinos distintos pueblos pero estaba unido con algo que le daba de cierta forma una unidad ideológica que era ese concepto de la cristiandad la cristiandad occidental cuando en la época medieval o en textos leáis ese término en mayúsculas la cristiandad pero está refiriendo precisamente esa unidad que formaba ese occidente europeo caracterizado fundamentalmente por su ascripción a la iglesia el cristianismo católico por disposición al mundo ortodoxo con el cual se había separado a inicios de la edad media y que en estos momentos esa unidad de cierta forma espiritual ideológica religiosa que había motivado de cierta forma había dado en cierta forma su unidad a Europa hasta este momento se va a romper en dos bloques el bloque protestante y el bloque católico que a su vez va a generar su movimiento en reacción a esta reforma que va a ser la contrarreforma el cual se van a aceptar algunas críticas muy pocas de los reformados pero sobre todo se van a acentuar casi especularmente precisamente algunos de los elementos que criticaban los protestantes como por ejemplo el culto de las imágenes el culto de los santos que la contrarreforma pues va a explotar todavía más el mundo de la contrarreforma es el mundo del barroco esas imágenes de santos tremendamente expresivas en el cual cobra la imaginería sagrada mucha importancia precisamente por oposición a ese lenguaje artístico totalmente distinto esas iglesias totalmente desnudas sin ningún tipo de imagen sin ningún tipo de adorno que son las iglesias protestantes en la parte protestante pero eso lo veremos un poco el próximo día veremos como todo esto va a dar lugar a su vez también a distintas corrientes dentro del protestantismo y como cada una de estas pues va a entrar en conflicto a su vez con las otras en lugar a esa extinción constante que se da en el protestantismo entre distintas variantes distintas corrientes distintas distintas formas de ver la propia realidad cristiana pero eso como digo lo veremos el próximo día y casi no nos compensa ahora empezar a dar una pequeña discusión si que podemos decir que hay una serie de elementos un poco generales que que marcan una situación de crisis de la iglesia en estos momentos a finales de la edad media inicios del siglo XVI hay una percepción general no solo ya entre los eclesiásticos no solo entre la jerarquía los que están un poco dentro de la institución sino incluso en general entre el pueblo entre toda la sociedad europea de que hay una crisis de la religiosidad cristiana que de cierta forma en la propia iglesia como institución hay una premacia de intereses que no tienen nada que ver con lo religioso que no tienen nada que ver con lo espiritual la iglesia es una institución y como institución es una institución con mucho poder político y mucho poder económico los monasterios la mayor parte de los reinos europeos son los principales terratenientes los principales poseedores de tierras de esos territorios y la iglesia tiene una influencia muy importante en la política la iglesia es una institución que por lo tanto tiene un poder económico y por lo tanto la iglesia se orienta muchas veces hacia esos intereses puramente profanos puramente económicos y políticos y tampoco sigue unas costumbres que sean demasiado acordes con el tipo de vida que de cierta forma marcaría esa vida eclesiástica hay una corrupción de costumbres del clero los hay una corrupción por ejemplo en la elección de altos cargos de la iglesia toda la elección de obispos altobispos está motivado por intereses políticos incluso a veces por intereses económicos incluso se compran obispados con elevadas subas de dinero como veremos al hablar del caso que obligó a Lutero a presentar sus tesis en el Wittgenberg y también hay una cuestión de falta de moralidad es muy frecuente que por ejemplo un obispo tenga amantes tenga hijos secretos teóricamente secretos pero que conoce todo el mundo incluso a veces llevan los apellidos de su padre de su propio padre el caso por ejemplo de Alejandro VI Rodrigo de Borja que tiene hijos con sus amantes el famoso César Borgia y Lucrecia Borgia que son hijos hijos del Papa y todo el mundo sabe que son hijos del Papa aunque el Papa obviamente tendría que tener modo de castidad y eso esa costumbre de esa evolución de costumbre del clero el clero los obispos los altobispos los grandes abades de los grandes monasterios viven con un régimen de vida que es una serie de lujos que no están desde luego vinculados no están desde luego relacionados en nada con ese voto de pobreza esa vida austera y esa dedicación únicamente a cuestiones religiosas espirituales o pastorales y por lo tanto además también hay una dejación de definiciones hay muchos obispos que ni siquiera viven en la sede y en la la catedral de su en el palacio obispal incluso hay obispos que tienen acumulan varias sedes episcopales de las cuales la mayor parte de ellas no viven viven en otra ciudad en su palacio viviendo cuerpo de rey sin preocuparse por nada de la administración de esos obispados que tienen en propiedad y también incluso en el clero del mediano clero del bajo clero hay también un asentismo hay por ejemplo lo que ya comentamos un poco al hablar de los clérigos beneficiados y de esos clérigos no beneficiados hay clérigos que tienen por ejemplo la titularidad de una iglesia o de una capilla pero no dan misa en esa capilla no cumplen sus obligaciones y tienen arrendado podemos decir que alquilada a un clérigo que no tiene el puesto en propiedad el da esa misa y se queda ese clérigo con un tanto por ciento y manda las rentas que genera ese cargo en esa capilla al titular en su que vivirá en la ciudad alejado muy alejado espacialmente y geográficamente y viviendo una vida pues básicamente por lo tanto hay unos intereses económicos tener un cargo eclesiástico es tener fundamentalmente una importante renta económica y también son cargos que dan una importancia política por lo tanto hay una serie de intereses seculares puramente profanos que están interfiriendo constantemente en la vida de la iglesia que es percibido por el pueblo que los obispos no siguen el régimen de vida que debieran seguir que los monjes no deben seguir el régimen de vida que debieran seguir y que hay una serie de cuestiones que contradicen un poco la doctrina un poco y las ideas del propio cristianismo y de las ideas de austeridad pobreza y todas esas cuestiones que tendrían que estar un poco ejemplificadas por los propios eclesiásticos y todo ello crea un malestar dentro de la iglesia pero crea también un malestar en el conjunto de la sociedad tanto fuera como dentro al mismo tiempo también hay problemas importantes internos de la iglesia como es por ejemplo el problema de la formación si has nacido en un contexto urbano puedes irte a una gran ciudad donde hay una escuela catedralicia en la cual puedes adquirir una formación religiosa teológica de un cierto nivel puedes tener una formación eclesiástica pero la mayor parte de los clérigos la mayor parte del clero que te forma la iglesia en estos momentos no tiene una formación doctrinal teológica y a veces en muchos casos la mayoría de los casos ni siquiera conocen bien el latín o no saben hablar latín cuando recitan las oraciones de la misa cuando recitan textos de la misa los citan mnemotécnicamente o simplemente leyendo un texto en latín que ni siquiera saben lo que significa por lo tanto hay un problema de escasa formación del clero la mayor parte del clero pues no tiene ninguna formación o lo poco que saben sobre cómo dar misa pues si lo han aprendido del clérigo anterior cuando se estaban preparando para curas y ciertamente no hay una formación eclesiástica arreglada los clérigos pueden acercarse a una escuela que está siempre en las grandes ciudades y además en ciudades episcopales normalmente ahí es donde surge la universidad pues pueden formarse pero no hay una formación que se dé por sí por el simple hecho de meterse en la carrera eclesiástica a cualquier eclesiástico no existen los seminarios diocesanos para formar a los eclesiásticos tanto a los pequeños redondos como a los que formarán parte de la jerarquía de hecho los seminarios diocesanos van a ser introducidos precisamente dentro de las disposiciones de la contrarreforma en el concilio de Trento a partir de ese momento la iglesia católica después del concilio de Trento va a crearlos obligatoriamente en cada diócesis seminarios diocesanos que van a formar a todos los eclesiásticos de esos dioses pero en otros momentos no existía por lo tanto había una escasa o nula formación doctrinal y teológica incluso lingüística del clérigo y también había una legiosidad que estaba muy caracterizada por el formalismo el formalismo simplemente era seguir una serie de ritos la misa obviamente se daba en latín salvo la predicación que se daba en la lengua vernácula la lengua del pueblo se predicaba al pueblo porque en la lengua el propio pudo hablar pero el resto de la misa la lectura de textos las oraciones y todo lo demás era básicamente dicho en latín que era una lengua que el pueblo no comprendía y además se basaba fundamentalmente en una serie de gestos una serie de actividades una serie de procesiones y ceremonias que prácticamente pues se convertían en lo principal dejando a un lado la concepción un poco más desnuda de la legiosidad de la propia relación entre el creyente y la divinidad a través del cristianismo y además entre el pueblo este formalismo tenía su expresión en el predominio de la superstición en la cual había todas esas creencias irracionales sobre el culto de los santos sobre los milagros toda una serie de rituales que muchas veces no formaban parte estaban integrados dentro de la sociedad oficial pero muchas veces eran creados incluso por el propio pueblo que creaban incluso santificaban a santos que no tenían el refrendo canónico de la iglesia por ejemplo en la edad media había un caso bastante peculiar que era el caso de San Guineford San Guineford que no era ni más ni menos que un santo popular sin ningún tipo de refrendo por la iglesia oficialmente porque de hecho San Guineford era el santo hebreo era un perro que había sido santificado popularmente y que porque de cual se contaba una leyenda de que había sido asesinado muerto por su dueño accidentalmente injustamente porque había pensado que había atacado y había devorado a un niño pero realmente lo que había hecho era salvar al niño del ataque de una serpiente por tanto la sangre que tenía era la serpiente no del niño y después cuando apareció el niño pues tenía un cuenta de que Guineford pues había sido acusado y ejecutado injustamente y en la tropa de Guineford había empezado a producirse una serie de milagros producía una serie de curaciones y el pueblo le había identificado que Guineford era en cierta forma un mártir acusado injustamente y que en cierta forma como mártir que era pues producía milagros y era un santo entonces por lo tanto hubo antes un tiempo en la Edad Media un culto y una romería que iba a la capilla donde estaba enterrado San Guineford el santo hebreo esto obviamente por la jerarquía eclesiástica no podía ser finalmente pues el culto de San Guineford pues terminó siendo eliminado por representantes pero es algo que se da que se daba por ejemplo en la Edad Media y había muchos cultos populares muchas vírgenes de apariciones de determinadas imágenes apareciendo a pastorcillos que no habían sido en cierta forma sancionados por la iglesia pero que habían sido primero sancionados en cierta forma por el pueblo y que luego la iglesia había aceptado o no lo sabía pero esa idea de las supersticiones a veces ritos vinculados a determinadas iglesias determinados santos que no estaban formaban parte de la liturgia cristiana y que habían sido introducidos un poco por el pueblo y que estaban en ese ámbito de las creencias mágicas supersticiosas y aquí tenemos por ejemplo un texto de Erasmo que precisamente nos da un poco una idea de ese estado de ánimo que existía en su época ese estado de ánimo el cual se refleja aquí de esa crítica que hace por ejemplo el papado el papado que dice que teóricamente debería de ocuparse de cuestiones espirituales de cuestiones pastorales pero realmente los papas se dedican a guerrear y a luchas políticas y militares contra sus adversarios y a sembrar y a derramar la sangre de los cristianos a los cuales deberían de proteger y a los cuales deberían de guiar espiritualmente entonces toma la espada en vez del barco pastoral y de cierta forma se dedica a hacer algo tan pecaminoso como andar pasando por la espada a los enemigos políticos o militares que tenga en la política de esos momentos por lo tanto en el ojo de la locura el asmo hace ya una crítica a esta corrupción a este peso de lo político lo económico y los intereses profanos en la propia iglesia de su época y bueno lo dejamos aquí y el próximo día ya veremos un poco más en concreto las soluciones que se van a plantear los intentos de solucionar esto que dentro ya de la propia iglesia se empezaron a plantear en este periodo de finales de la edad media y este siglo XVI y como estas distintas soluciones pues de cierta forma pues van a tener su éxito limitado en algunas cuestiones pero no van a dar de cierta forma la solución definitiva a esta cuestión de crisis de la iglesia y de la religiosidad cristiana en el occidente europeo ya veremos un poco el próximo día un poco más en detalle cada uno de estos intentos que de cierta forma van a ser un poco intentos previos a ese intento que va a suponer también la reforma protestante que luego va a dar lugar a una situación que ni en principio Lutero se esperaba que ni en los propios ni el propio Papa de Roma se esperaba que era esta escisión de la cristiandad en dos cristiandades separadas una protestante y otra católica pero bueno esto lo veremos un poco más en detalle el próximo día y veremos este tema del protestantismo y la contrarreforma como real gracias y continuamos el próximo domingo buena semana y hasta hasta la próxima