Buenas tardes. ¿Qué tal en casa? Buenas tardes en clase. Hoy vamos a continuar con los actos de prueba que nos quedó pendiente de ver la semana anterior, que eran los temas del 12 al 17. Vamos a ver lo más importante a mi juicio prueba anticipada, que es prueba preconstituida –que para mí es el tema del 18 superimportante– y luego ya nos pasaríamos a las medidas cautelares, que es el tema del 18, y a lo que es el proceso de vascorpus y lo que es la prisión preventiva. Bien, con respecto a la prueba preconstituida –buenas tardes, Jesús–, la prueba anticipada en penal tiene una finalidad aseguratoria. ¿Qué quiere decir asegurar algo? Pues que, llegado el momento del juicio, eso no se va a poder platicar por el estado de las personas o por el estado de las cosas. Por eso es interesante que en fase instructora o en fase de plenario antes de que comience la sesión del juicio acudamos a la prueba anticipada. Recordemos que, para que se destruya la presunción de inocencia en base a la cual, en esa instrucción, podemos ser condenados, pues para que se destruya esa presunción de inocencia es a través de la prueba. Entonces, la prueba anticipada es prueba no. La prueba preconstituida es prueba, por sí sola, tampoco. Para que esto haga prueba ha de llevarse lo que ahí se haya hecho al acto del juicio y practicarla allí bajo los principios de inmediación, de publicidad y de contradicción. Pero si yo soy un testigo que estoy a punto de morir o soy una persona que me tengo…, un denunciante que me tengo que ir fuera de mi país porque he venido aquí a Calviá, a la playa. Me han atacado en el aeropuerto, me sale el avión y me tengo que ir. Entonces, la prueba anticipada, que hay prueba anticipada del juez, prueba anticipada de las partes, prueba anticipada de la policía, es aquella que se hace antes del juicio. Y antes del juicio tenemos que entender, en fase de instrucción, que es antes del juicio y a la apertura del juicio. O sea, una vez termina la fase intermedia que lleva a comenzar las sesiones del juicio, pues ahí. Antes de que dé, efectivamente, el plenario, antes de que comience el juicio. Entonces, eso tiene la finalidad, la anticipada, que es asegurar con la práctica, asegurar que el día del juicio eso se va a llevar a cabo a través de la contradicción. Es decir, si yo, como testigo en fase instructora, me toma declaración como prueba anticipada para que eso destruya la posición de inocencia del investigado, me tienes que llevar al juicio y la defensa contra decir mi declaración. ¿Entendido? Por lo tanto, la prueba anticipada se practica o en fase de instructora o antes de las sesiones del juicio. En cambio, la prueba preconstituida, que por su propia naturaleza es la imposibilidad de reproducirla en fase de juicio, es la diferencia. La prueba preconstituida es o lo hago ahora o ya en el acto del juicio no la voy a poder hacer. No es que tenga un posible riesgo de hacerla o no. Es que o la hago ahora, como por ejemplo si voy conduciendo borracho o me toman la prueba de alcohol ahora o en el acto del juicio voy a estar más sobrio que una pascua. Por lo tanto, esa es la preconstituida. Es practicar esa prueba que llegando al momento del juicio va a resultar imposible de practicarla. ¿Vale? Entonces, esa prueba igual. La preconstituida, tú me tomarás una prueba de aliento o de sangre en ese momento, pero yo tengo que... la defensa tiene que tener oportunidad en el acto del juicio de contraerse. ¿Cómo? Pues en el acto del juicio me dirá usé ese sometido a la prueba de alcoholímetro, sí, pero mi defensa dirá ese alcoholímetro no estaba tasado, no estaba regulado, fue tomada... no se respetaron los tiempos de una toma a la otra. La prueba de sangre se hizo en un sitio que no estaba adecuado a las condiciones higiénicas, no se practicó antesforense. Hay que contradecir la prueba. ¿Entendido? Eso es la prueba anticipada y la prueba preconstituida. Dos finalidades distintas. La anticipada es aseguratoria. La preconstituida es imposibilidad de llevarla a cabo en el momento del juicio. ¿Entendido en casa? Importantísima la prueba anticipada y preconstituida, ¿eh? Bueno, la fase instructora, las diligencias policiales de prevención. Bueno, el plazo práctico de unas diligencias policiales van a depender del tipo de delito. Normalmente la policía, los funcionarios de policía judicial pueden dejar transcurrir... La que lo pone en color, ¿vale? Salvo fuerza mayor, los policías pueden dejar transcurrir más de 24 horas sin dar conocimiento. Las diligencias, los normales que se transmiten en seis meses, las diligencias policiales y si es por banda organizada normalmente es un año lo que tiene la policía para... Pero de todo lo que van haciendo tienen que dar conocimiento al juez de insulto. Y la policía cuando practica diligencias puede ser en virtud de denuncia porque cumple orden del juez o de la fiscalía de una manera o de otra. Aquí tenemos la conclusión del atestado. El plazo va también a depender si él está o no está detenido o si no hay autor conocido. Normalmente ahora los ESPs, lo que son sobreseguimientos provisionales por inexistencia de autor en el 641 de la ELECRI, el punto 1 cuando se sobresee la diligencia, pues el punto 1, 641.1, es porque no hay... Los hechos no son constitutivos de delito. Y el punto 2 es porque no hay autor conocido. Hay una lesión, si a mí yo voy para la calle y me quiero una maceta de la tal pues puede ir a la urgencia a que me cosan y de momento eso queda en un sobreseguimiento provisional porque no hay autor. En el momento en que la policía investigue con sus diligencias policiales de dónde ha caído la maceta pues entonces se le puede imputar un delito de lesión. Pero hasta ese momento, hasta que no tengamos al autor, ese tiene que estar sobreseguido. Por lo tanto, la policía cuando insuye una diligencia, cuando insuye un atestado no todo el atestado que haga la policía lo va a poner al juzgado. Hay tres motivos, por ejemplo, en el que si no hay autor conocido no lo va a mandar. Lo tiene que sobreseguir la policía y cuando le aparezca el autor mandarlo al juzgado. Es decir, para que el juzgado no dedique un SP mejor que se lo quede a la policía a espera de la investigación que esté realizando y cuando ya tenga a la persona imputable, entonces que no lo manda al juzgado. Ahora, hay tres delitos en los que cuando se trata contra la vida, contra la integridad física, contra la libertad o indemnidad sexual por ejemplo agresiones sexuales y todo esto aunque no haya autor conocido esto va a juzgar. No, es decir, en este caso hay públicos y sinipúblicos los de libertad sexual son sinipúblicos Es decir, dependiendo del delito, si son contra la vida integridad física, lesiones o agresiones sexuales todo esto, aunque no sepamos quién ha cometido el delito la policía no se lo queda, lo manda al juzgado. El juzgado sí que va a dictar un SP Un 641.2 Sí que lo va a dictar pero a espera de las gestiones que haga la policía El juzgado dirá se quedan sobreseguidas las actuaciones en tanto en cuanto la policía no recabe suficientes hechos para explanecerlo o para identificar al delincuente Que lo ha sobreseguido provisionalmente ¿Por qué se sobresegue provisionalmente? A ver quién lo sabe. ¿Por qué? ¿Por qué el juzgado, por qué nosotros sobreseguimos provisionalmente esas diligencias? A espera de que me digan quién es el imbecil ¿Por qué? ¿Qué sentido tiene sobre ser? ¿Por qué nos dejamos ahí abiertos en la estantería? Sí, pero ¿Para qué ponemos un auto de SP? ¿Para qué ese auto? ¿Por qué no lo dejamos estar así en el armario? Pues el sentido es para que no corra la instrucción para que no corra el trazo de instrucción porque la instrucción ese plazo de año que tiene para insuirse queda suspendido Un año Sí, pero No, para agilizarse se vuelve a abrir, no O sea, cuando algo se sobresegue provisionalmente el sentido del sobreseguimiento es en base al 364 Es decir En base a que la instrucción quede paralizada y el plazo de ese año que tengo no me transcurra Yo tengo a obstructos del 2019 que están pendientes de declaración y está sobreseguido ¿Por qué? Porque si no ya hubiera precepto En cambio así lo único que puede prescribir es el delito Si no se le localiza el delito sí que prescribe Son cinco años, más o menos Depende del delito unos tienen un año, otros cinco otros tienen más Pero la instrucción si me pasa el año ya no se pueden practicar más diligencias Por tanto, es conveniente suspender ¿Vale? Con el SEP ¿Entendido? Luego hay otros delitos que, por ejemplo cuando se practique cualquier diligencia después de que transcurra 72 horas desde que sea atestado o bien que el fiscal o el juzgado se lo quede Son los tres motivos por los cuales pese a no haber autor conocido la policía no se lo queda sino que lo manda al juzgado Importante Bueno, luego aquí tenemos dentro de las diligencias No las voy a leer Interrogatorio del detenido Declaración de testigos Informes alcohólicos que hacen la prueba reconstituida Vigilancia Además de las alcoholemias también hacen prueba reconstituida Los croquis los partes que haya extendido el atestado ante un accidente Hay más cosas que hacen prueba reconstituida Todo aquello que no se pueda realizar en el acto de la juicia Reconstituir Bueno Análisis de drogas Entrada y Vigilada de Drogas Bueno, ¿qué valor probatorio tiene el atestado? El atestado ya dijimos en su momento que tiene valor de denuncia Pero lo que acompaña al atestado puede tener validez tanto de testifical como de prueba reconstituida Lo que acompaña A veces lo que acompaña no se mira de nada pero a veces lo que acompaña tendrá categoría de prueba reconstituida o incluso de testificar Aquí os he puesto unos cuantos por ejemplo los interrogatorios policiales y manifestaciones que hagan los testigos Las actas de constancia o las pruebas alcohólicas Cada cosa Por ejemplo un interrogatorio que haga la policía a la persona pues tiene valor de denuncia Luego habrá que llevarlo a la fase de juicio Pero por ejemplo si el juez le dice a la policía Toma declaración a fulanito Esa declaración no tiene probabilidad de testificar La que haga el policía Depende qué cosa tiene un valor o tiene otro ¿Por qué lo del valor? Porque por ejemplo un acusado puede mentir pero un testigo no puede mentir ¿Ves? ¿Entendido? Luego tenemos las diligencias informativas del Ministerio Fiscal Como hemos dicho el plazo ordinario puede tener no superior a seis meses pero dependiendo en los delitos de banda organizada y demás pues ese plazo se amplía hasta los doce meses Es cuando la Fiscalía tiene que elaborar esas diligencias Los plazos Luego también las diligencias a prevención que eran los jueces cuando conocen de algo que no son competentes para conocer Por ejemplo si yo comete un delito contra mi mujer justo en Valencia En Valencia me va a poner en la cárcel me va a poner una medida de alejamiento una orden lo que sea Ese juez que me está imponiendo esas cosas en Valencia lo está resolviendo a prevención ¿Por qué? Porque no es competente para conocer Normalmente el que es competente es el del domicilio de la víctima Pero yo no me puedo ir de Rosita Entonces el juez de instrucción de Valencia o el de violencia de la mujer de Valencia a prevención va a dictar unas medidas personales o cautelares contra mí Está resolviendo a prevención Prevención es incompetente ¿Entendido? Luego eso que haya realizado lo se inhibirá al juzgado competente por el territorio Se inhibirá Lo enviará ¿Eh? ¿O no? Destruye Y luego eso que ha realizado esas primeras diligencias a prevención las revivirá al juez competente ¿Por qué? Por eso lo que las diligencias a prevención la finalidad que tienen solamente son esas tres Asegurar la fuente de prueba Identificar al delincuente Y dictar órdenes de protección y alejamiento 445 Cuando los juzgados se tienen que dirigir a otros órganos para pedir auxilio Hablamos del auxilio judicial internacional o el auxilio judicial internal Que si un juez tiene que pedir auxilio al juez de instrucción de Palma Tiene que pedir auxilio por ejemplo Voy a emplazar a un investigado salita de la autopertura judicial y tengo que emplazarlo Y el tío vive en Bilbao Yo no voy a ir a Bilbao a emplazarle ¿Qué hago? Mando un exhorto a Bilbao para que el juzgado de instrucción de Bilbao lo emplaze Entonces ese es el auxilio Por tanto cuando nos dirigimos a uno de igual rango mandamos un exhorto Si nos dirigimos a un superior Mandaríamos un suplicatorio Y si nos dirigimos a uno inferior que nosotros Un notario Un registrador O sea, mandaríamos un oficio o una carta órgana ¿Vale? Dependiendo al que nos dirijamos El Alecrim mantiene todos esos nombres antiguos que la Ley de Justicia Civil también mantenía pero que luego con la nueva Ley 2000 lo refundió todo como exhorto Aquí en penal es más legaliza en ese sentido Porque si te vas a dirigir a una audiencia nacional Como está por encima de ti Suplicatorio Si nos vas a dirigir a un juez de instrucción Exhorto Y si a un juzgado de paz Por ejemplo Pues una carta Carta de orden Lo mandas mismo ¿Vale? Ese es el auxilio judicial interno Ahora Si nos queremos dirigir A autoridades que no son de la justicia Como por ejemplo a un ministro Una exposición Si nos queremos dirigir a un registrado de la propiedad Un oficio Si nos queremos dirigir a alguien que está Por ejemplo un notario o algo así Pues un mandamiento O sea, dependiendo al que nos dirijamos fuera de la justicia Tienen otros ¿Vale? Para que sepáis más o menos Cómo funciona luego a nivel interno El tema del auxilio Y luego a nivel europeo Pues también Los jueces de instrucción Se comunican directamente Con su homólogo europeo Por si tienen que recabar Por ejemplo Algún tipo de auxilio Ahí En este ámbito es más extenso Porque hay Directivas Europeas La Europol La Euroorden Luego a nivel internacional Por ejemplo Ya hemos mandado Esta mañana Una comisión rogatoria A Nueva Zelanda Para que la Empresa Por un tema de amenaza Pues pueda preservar Los datos Hasta que le mandemos La comisión rogatoria Para que nos manden Esos datos De un terminal Que se hacen Amenazas ¿No? Pues Ese terminal Si está sentada En Nueva Zelanda Pues hay que decir A Nueva Zelanda Que nos manden La titularidad del terminal A ver quién es el titular De esa línea Y cuáles son los datos Que hay en esa línea Entonces, el auxilio En este caso Pues es Estados Unidos Es la magistrada De enlace En Estados Unidos Para España En Irlanda Cada país Tiene su convenio Y tiene su regulación Que sepáis Que bueno Que en estos ámbitos Cuando tenemos que pedir auxilio A veces No es Pegarle a una persona Aquí un empujón A veces Son amenazas Que vienen del extranjero Entonces Hay que ver Cuando a mí A mi móvil Me llega una amenaza ¿Quién me manda esa amenaza? O a través de e-mail ¿Dónde está el soporte? ¿Dónde está El servidor? ¿O dónde está? Hay que ver Y hay que ir A través de los Instrumentos internacionales De auxilio judicial internacional Para que retengan Que no borren Esa documentación Y quién me la manda Interpol Pero dependiendo Qué tipo de auxilio Queramos hacer Si queremos, por ejemplo Detener a una persona Un demon Por ejemplo En este caso Un euroorden Porque como está en Europa Y estamos en este territorio Tienen que tener una copia Que lo puedan detener Y lo pueden traer Pero si está en un territorio Que no pertenece Al ámbito Esta sería La cuestión Bueno la instrucción Tiene un plazo Lo que es Aquí hemos puesto Prórroga de instrucción La instrucción tiene un plazo De seis De un año Y se puede prorrogar Por periodos de seis meses Cuando En la ley orgánica Pero cuidado con esto Cuando nos habla De la prórroga De la jurisdicción No es la prórroga De la instrucción Lo he dicho para que no Os llevéis a equívoco El artículo 268 Habla de la prórroga De jurisdicción Y el 304 De la ley clínica Nos habla de la prórroga De la instrucción Son la noche Y el día Son dos cosas Distintas Les digo para que El día del examen No metáis la pata Y os equivoquéis Cuando habla De prórroga de jurisdicción En la ley orgánica Del Poder Judicial Dice que las actuaciones Judiciales se tienen Que platicar En sede de órgano Judiccional Esto qué quiere decir Que la inspección ocular La recogida del cuerpo Del delito Y la entrada Al registro Esto Que en principio Debería de hacerse Por el propio juez De instrucción El que está Conocido Dentro de la causa Estas Por su naturaleza No se pueden realizar En la sede Es decir Si yo como juez De instrucción Tengo qué ver Dónde se ha producido El homicidio No va a venir El homicida aquí A matarlo Me tendría Que desplazar A ver dónde Se han producido los hechos Esto lo habéis escuchado Un día En la sede de posición La reconstrucción De los hechos Pues La inspección ocular Recogía el cuerpo del delito Entra en registro El letrado Se tiene que desplazar Con el juez Al lugar Donde haya que ir Para entrar ahí Ahí Todo se hace En sede judicial Pero hay cosas Que por su naturaleza No se puede hacer Eso es la prórroga De la jurisdicción Lo que A ver más cositas Lo que es la instrucción ¿Vale? Lo que es la instrucción Si que tiene un plazo De seis meses De un año Para instruir Y si ve El juez Que no puede concluir La instrucción en un año Entonces de oficio Instante de parte O instante fiscal Se puede prorrogar De seis meses Más o menos Hasta seis meses Períodos mínimos O hasta seis meses Pero por Períodos sucesivos Es decir Si veo que a los seis meses No me da tiempo Pues a los diez días Pongo otro auto De prórroga de instrucción Si veo que a los seis meses Ya a punto no Todavía no he podido Hacer nada O sea Voy prorrogando Desde seis meses Hasta No, no Hasta Sin edir Hasta que La instrucción Haya concluido Y la instrucción concluye Por plazo Año O periodo de seis meses Probable O hasta que el juez diga Hasta aquí Ya lo tengo todo platicado Por ejemplo Una alcoholemia Un cemibar Si te pillan Borracho Con el Con el aparato Ya está Ya sabemos Que eres Culpable De eso luego Se transforma en un juicio Rápido Pero Ya no hay más instrucción Si la instrucción Son unas lesiones Vamos a otro caso Si es una lesión He tomado declaración Al denunciante He tomado declaración Al denunciado Se ha valorado Por el forense Las lesiones Que más diligencia Hay que hacer Ya está concluida la instrucción Depende del delito Si hace más fácil Depende de qué delito Por ejemplo Si Ahora Unas lesiones Voy a tomar declaración Al investigador Y no lo localizo Lo pongo en búsqueda y captura Pues tengo Por eso el SP Paro Paro el sobreseguimiento Paro la instrucción Con un SP A esperar que lo localice Cuando lo localice Y a ver de lo que me cuenta Puedo Ampliar a más diligencia Puedo acordar más diligencia O no O ya con lo que me cuente Puedo ver que Que ya está Por eso el SP Para parar El trazo de la instrucción Sobreseguimiento provisional Bueno Las piezas del sumario En el sumario ordinario Tenemos Cinco piezas La principal Es la que se van a reunir Todos los actos procesales La Pieza de situación Abarcará todos los actos Procesales y documentos Relativos A las medidas cautelares Que se hayan acordado La tercera pieza Es la responsabilidad civil Cuando se abre la instrucción Se abre la instrucción La pieza Principal Que sería El expediente Los autos Pero Si a esta persona Hay que meterla en prisión preventiva Abre otra pieza Si a esta persona Hay que pedirle Una responsabilidad civil Por el delito Abre otra pieza Para que todo quede Superordenadito Porque el juez Cuando quiere ver A ver qué cosas Se ha acordado con Pepito Pues me voy A la pieza De Pepito Y veo Pepito está en prisión Pepito ha salido de prisión Lo que sea de Pepito Porque a veces Las diligencias Tienen Hasta 50 personas 100 personas Depende Entonces Si todo estuviese metido En una única pieza Imposible Pues Pieza primera Principal Luego la pieza De situación personal La pieza de responsabilidad civil La pieza de terceros Si hay responsabilidad civil De terceros Y luego La pieza En el caso de que hayan Decretado El secreto de actuación Depende Y tantas piezas Como me investiga O sea Pieza De situación personal Una De Pepito Pieza de situación personal Dos De Menganito Pieza de situación personal Tres De Juanito Si a estos tres Los hemos metido en prisión Pues una pieza De cada uno Si a Juanito Y a Pepito Solamente estos dos Le pedimos responsabilidad civil Pues pieza De responsabilidad civil De Pepito Y de Juanito Y eso nos sirve Para luego tener un Croquis Más fácil De ver De cómo está cada uno Y la instrucción Es lo que ya os he dicho Doce meses en plazo general Puede ser prorrogado por auto Tanto de oficio por el juez Como a instancia de parte O a instancia del fiscal En plazos iguales O inferiores De seis meses Tanto la prórroga Como su denegación Se acuerdan por auto Cuando se acuerda La prórroga No es Si yo empiezo el día Uno de Enero Con la instrucción Del 2023 El 1 de Enero Del 2024 Ya ahí Tengo que poner El auto de prórroga Lo puedo poner Con una fecha anterior Del día 31 Porque Lo que no puedo hacer Con el auto de prórroga Es poner El auto de prórroga El 25 de Noviembre Porque todavía me faltan Dos meses para que concluya La prórroga Si yo lo pusiera Con fecha 25 de Noviembre Me estaría comiendo Dos meses de instrucción Entonces Lo suyo es Que tú desaladas las partes Pues si quieres prórroga Porque si el juez le dice Bueno a mí me da igual A ver lo que hice las partes Y la fiscal no quiere prórroga Y la acusación particular Tampoco quiere prórroga Pues igual el juez tampoco Prórroga porque Para él ya hubiese todo hecho ¿Vale? Y la instrucción Va a concluir Pues eso En el momento en que concluya Los plazos O en el momento En que el juez diga Lo tengo todo Atado y ya está ¿Qué ocurre con las diligencias Que vienen después? O sea, si yo he concluido La instrucción Y después de ese Plazo de la instrucción Me viene una diligencia La tengo que aceptar ¿Por qué? Porque cuando se acordó Se acordó dentro del plazo De la instrucción Lo que yo no puedo hacer Es acordar una diligencia Fuera del plazo De la instrucción Una cosa es que venga Y otra cosa Es que yo la acuerdo ¿Vale? O sea, si yo tengo un año Para instruir Y me ha concluido ya La instrucción A día 31 de diciembre Yo el día 4 de marzo No puedo acordar Que se haya declarado En el investigado Eso haberlo hecho antes En ese año Otra cosa es que yo lo haya Acordado antes Para ese día Eso sí Puedo hacerlo Si sea una prueba nueva Y la acuerdo dentro De la instrucción Sí Pero si es después De la instrucción No ¿Entendido? ¿Alguna pregunta en casa? ¿No va al juez de lo penal? Al juez de lo penal Como juez de lo penal Va a la hora De enjuiciar Estamos en la instrucción La instrucción Es el juez de la instrucción La prueba que haga El instructor Será prueba anticipada O prueba preconstituida ¿Vale? Cuando hablamos Del juez de lo penal O de la audiencia provincial Ya estamos hablando De órganos de enjuiciamiento Los que van a ver el juicio Y hemos dicho Que estamos en fase De instrucción ¿Vale? En fase de instrucción Se va a poder hacer Prueba preconstituida Si hay que tomar declaración A un menor Por ejemplo Un tema de agresión sexual En el que Denuncian Que el padre o que la madre Está abusando del niño O de la niña Lo que sea Si hay que tomar Declaración al menor Será prueba preconstituida En la negación Si hay que tomar Declaración al menor Tenga la instrucción Si salen cosas después No Si se acuerda Algo por el juez Después de la instrucción ¿Vale? Bueno En el cómputo De los plazos de la instrucción Va a depender De si hay inhibiciones Si hay acumulaciones O si hay transformación Yo puedo estar Incubando Unas previas Con fecha Hoy en día 30 de noviembre Por lo tanto La instrucción me Terminaría El 30 de noviembre Del 2024 ¿Vale? Pero si Me viene Ahora Una inhibición A mi causa De instrucción 8 de palma Y en la instrucción 8 de palma La causa que estamos conociendo Imagínate un robo Hay un robo En el que O una lesión Hay unas lesiones Que se han testado Cuando me vino a mi juzgado Como no hay autor conocido Pues entra ISP2 ¿No? ISP641.2 No hay autor Y los obeseos A día 30 de noviembre Y el día 15 de enero Me llega De instrucción 8 Un Una causa En la que Es el mismo delito de lesiones Y ya tenemos Identificado a la persona Pero esto Ya se estaba conociendo Desde el mes De septiembre Se ve que esta persona Por un delito continuado Por lo que fuera Fue cometiendo estos hechos Y me llega A mi Me llega en En enero Yo la instruyo En noviembre Y en enero Me llega una causa De la instrucción 8 Que la estaba instruyendo Desde septiembre El plazo de la instrucción ¿Cuál? ¿El de instrucción 8 O el mío? Pues de acuerdo Con lo que dice La fecha de tener en cuenta Es la del primer Autodeincuación Que se dictó En este caso El del 8 ¿Vale? Pues dependiendo Si hay acumulación Pues el de la Autodeincuación De las últimas diligencias Dependiendo Esto es importante Para que no se nos pase Los plazos Cuando constituimos Como acusación particular ¿Vale? Pues es importante saber Cuando concluye la instrucción Por si queremos Pedir diligencia ¿Vale? Bueno, luego Otra cosa importante Es el secreto De la instrucción El secreto de la instrucción En caso de reservado Diligencia Se puede adoptar En la instrucción De cualquier delito público O también Incluso Semipúblico Pero nunca puede haber Causa secreta En un delito privado De injuricación ¿Vale? Lo que es El secreto de actuaciones El secreto del sumario Lo habréis oído El secreto sumarial ¿Vale? Eso es En el procedimiento ordinario También puede haber Causa secreta En el procedimiento abreviado Tanto por delitos públicos Normalmente Semipúblico Es más rara vez Pero nunca puede haber Un secreto sumarial En un delito privado De injuricación ¿Vale? Solo son Diligencias Bueno ¿Y qué es una diligencia sumarial? Pues diligencias sumariales Son las que transcurren Entre el auto de incoación Y el auto de conclusión ¿Vale? Lo que es la fase sumarial Lo que es la fase instructora Que en el ordinario Se llama sumario En el abreviado se llama Diligencias previas En cada Procedimiento La fase instructora Tenéis un esquema Que los puse aquí ¿Vale? En el sumario En el ordinario En el procedimiento ordinario Para penas de más de nueve años De cárcel Esa instrucción se llama sumario En el abreviado Que son para penas Menos de nueve años Se llaman diligencias previas En el adjudicamiento rápido de delito Se llaman diligencias urgentes En el tribunal de un jurado Se llaman Diligencias De investigación En cada procedimiento Hay un nombre distinto ¿Vale? Bueno, pues ¿Cuál es la fase instructora? La que va Desde que se dice El auto de incoación Hasta que concluye En el ordinario Concluirá con El auto de conclusión Del sumario En el abreviado Con el auto De diligencias previas ¿Vale? En cada uno Concluirá con Su respectivo auto Pues Desde que se incoa Hasta que se dicta Ese auto Eso es La fase sumaria Y dentro de esa fase sumaria Encajan las diligencias Sumariales Que tienen por objeto Pues esto Hacer las gestiones necesarias Para la investigación Del delito Y del delincuente Aseguramiento de pruebas Y demás circunstancias Que nos den Que den lugar A la investigación de las causas ¿Vale? No Olvídate los cuadros penales Estamos en la instrucción Cuando se acaba la instrucción Cuando acaba En lo que es Mira En lo que es el ordinario Lo que es el juicio ordinario Tiene La instrucción La instrucción que va Desde Que se dicta el auto de incoación Hasta El auto De conclusión del sumario Una vez Y esto es la fase Instructora Una vez concluye La fase instructora ¿Qué fase viene? La intermedia Se hace ante la audiencia Provincial Y tiene por objeto Devolver el sumario Porque sea incompleto Sobreseer El sumario O Abrir el juicio ordinario Eso lo dice la audiencia provincial Y luego La tercera parte Que es El plenario El juicio Que lo lleva a cabo La audiencia provincial En el abreviado Tiene La fase instructora Que va Desde el auto de Incoación Hasta el Auto De continuación De procedimiento Abreviado O El auto De transformación O El auto De inhibición Dentro de la fase Instructora Puede finalizar La instrucción Porque Continúe como abreviado Porque Haya una transformación A delito leve O porque O a procedimiento ordinario Que se transforme O Auto de inhibición A otro juzgado A la jurisdicción De A otro juzgado De instrucción O a juego de violencia Dentro de la mujer O a la jurisdicción militar Y ahí terminaría Por tanto, esa es la instrucción Va desde el auto de Incoación Hasta que se evite cualquiera De estos autos Luego llega La fase intermedia Se lleva también Ante el juez de instrucción ¿Por qué? Porque el juez de instrucción En esta fase intermedia Va a decirle A las acusaciones ¿Queréis acusar? Pues tenéis 10 días Para presentarme Escrito de acusación Y una vez ya tenemos Los escritos de acusación ¿Vale? Con esos escritos de acusación Es con lo que se dictará El auto de continuación De procedimiento Si no hay acusación No puede haber un auto De continuación Una vez Se ha planteado Este auto de apertura De juicio oral ¿Vale? Que cuando está el auto de par Termina la instrucción Luego le dice al juez ¿Queréis acusar? Sí Desde que dicta este auto Le da 10 días Para que presente Los escritos de acusación Y si hay acusación Entonces el juez de instrucción Dicta el auto de apertura De juicio oral El mismo El mismo juez de instrucción Dicta el auto de apertura El ajo, que se llama El ajo Auto de apertura De juicio oral Y ya cuando lo tiene Dictado En plaza Al acusado O lo requiere Para que fianza Lo que sea Y nombre procurador Y si ya lo tiene Entonces cuando El propio juez de instrucción Da el traslado a la defensa Para que hagan las El escrito de defensa Y ya cuando tiene La acusación Que ha dictado el auto de apertura De juicio oral Cuando tiene la defensa El escrito de defensa Lo mete en un paquete Y al juzgado de penal Para que haga el juicio ¿Entendido? ¿En casa lo habéis entendido? Bien, en cuanto Perfecto Eso es importante Entonces la instrucción La dirigencia que haga En el sumario Cuando se acuerda El secreto sumarial El abogado procurador Que revele indebidamente El contenido del sumario Pues va a ser condenado De 500 euros Hasta 10.000 euros Esto fue a raíz Del caso de la infanta Que cuando empezó Cuando se modificó todo esto La misma multitud Cualquiera que no sea Funcional en público Que cometa la misma falta Si alguien revela Contenido del sumario Que ha sido declarado secreto Si somos nosotros Los de justicia Es un delito ¿Vale? Por revelación de secreto Delito Si es un abogado Un procurador O cualquiera que funcione En público Es multa A nosotros se nos pone Una cosa grave ¿Vale? Bueno, ¿Qué requisitos Tiene el secreto instructorio? Para Bueno, las partes personales Pueden tomar conocimiento De las actuaciones E intervenir En todas las diligencias Del procedimiento Si el delito fuera público A propuesta del fiscal O de cualquiera de las partes Mediante auto Total o parcial Se puede decretar El secreto Es decir, que de esto Que solamente se puede decretar El secreto sumarial De los delitos públicos ¿Vale? Los delitos públicos Tanto total o parcial Va a ser secreto Para todas las partes Pero no para el fiscal El fiscal si que va a tener Acceso Al sumario Pues es secreto para las partes Para los abogados Pero no para el fiscal ¡Ojo! Que el abogado del imputado Si que tiene acceso En todo caso A los elementos De esas actuaciones Que resulten esenciales Para impugnar La privación del delito Es decir Si hay chequete sumarial Y el abogado Y la persona está en la cárcel El abogado de la defensa Si que puede pedir Tiene acceso al sumario Pero eso no te va a dar Acceso A lo esencial En lo que sea acordado La prisión preventiva O la prisión provisional No te van a dar acceso A todo ¿Vale? Bien Esto es importante Con el secreto del sumario Entonces Para que se dicte El secreto sumarial Se ha de hacer Por auto Auto que tiene que estar motivado Este auto Se va a adoptar O bien De oficio En instancia de las partes Se va a circunscribir Exclusivamente A los actos de investigación Y su declaración Puede ser total ¿Vale? Que afecta Todos A toda la investigación O parcial Solamente a una parte ¿Vale? Si el investigado Tiene que tener acceso A eso Porque está de impugnar Su declaración De libertad Si que va a tener acceso A esa parte De hecho Los funcionarios Cuando dice Secreto de actuaciones No todos los funcionarios Tienen acceso A ese expediente Solamente tiene acceso Pues Secretario Fiscal Y ese funcionario Nadie más ¿Vale? No debe la declaración del secreto Extenderse A los actos de aseguramiento De prueba A los actos de prueba Anticipada Y tampoco puede alcanzar A las relaciones de detenido O preso Con su abogado o defenso Eso no entraría dentro Del secreto de actuaciones Aseguramiento de prueba Previa a la preconstituida ¿Y las relaciones Del siguiente abogado? No Y ese secreto Se tiene que alzar Necesariamente Con al menos Diez días De antelación A que concluya el sumario Antes de que se dice El auto de conclusión Del sumario Diez días antes Ha de alzarse Con al menos ¿Eh? Con al menos Se puede alzar mucho Mucho antes Pero como mínimo Diez días antes Habréis oído también Muchas veces Que el secreto del sumario Se va prorrogando Y se prorroga ¿No? Pues fijaos Lo que os he puesto La relación del precedente Es clara A la hora de no autorizar Prorroga alguna A la declaración Del secreto sumarial ¿Vale? ¿Por qué? Porque la aparición De las diligencias Indeterminadas Que se incoan En espaldas De la defensa Para posibilitar El mantenimiento Indefinido De las ejecutas Telefónicas Etcétera Bueno Cuando se Eh Cuando se acuerdan Medidas privativas De derechos fundamentales Las ejecutas telefónicas Y las correspondencias ¿Vale? Esto tiene un plazo Es decir Tiene un mínimo de tres meses Y un máximo De año y medio En los que Estas ejecutas Pueden estar en vivo Pero normalmente Son tres meses Y se puede ir prorrogando Hasta un máximo De dieciocho ¿Vale? Es decir De lo que se trata Es que Efectivamente Si el precepto No permite Prorrogar Porque te dice Que el secreto Ha de alzarse Con diez días De antelación Y no puede durar más De un mes Es verdad Que hay secretos Que duran un año Pero porque Se va prorrogando Lo que sí Que te dice la ley Y lo que se cumple Lo que ha de cumplirse Es que se alce Con al menos Diez días De antelación A que haya de concluir ¿Vale? Bueno La abominación Del derecho a la defensa Os lo dejo Para que le peguéis Una leída Luego tendríamos Los actos de imputación Dentro de los actos De imputación Para Imputar A una persona Un delito ¿Vale? Bueno, ¿Qué es la imputación? La imputación Es atribuir A una persona La convicción de un delito ¿Vale? Están imputando un delito Pues Vale No tiene ningún misterio ¿Pero es necesario Que esté el investigado Identificado Para imputar Un delito? No Es decir Que ha de haber Indicios Criminales Racionales Contra esa persona Para imputar Un delito Aunque no esté identificado De hecho El ejemplo Voy por la calle Y aquí hay una maceta En la cabeza Hay una lesión Porque me dan punto Tengo que ir a curación y tal Un delito de lesiones Puede ser leve O puede ser menos grave Pero es un delito de lesiones Un SP de momento Porque no está La persona El delincuente presunto No está identificado Pero esto no obsta A que haya Instruido diligencia Han dado lugar a un SP Pero se han instruido diligencias En el momento en que aparezca Esa persona identificada Ya se abrirá la causa Y a contraer Como si De esa causa Por ejemplo Hemos tenido Hacemos un atestado En el que había dos personas Por robos en el aeropuerto Pero de las investigaciones Se han empleado uno más ¿Ve? Entonces Para que Para que se impute La causa A una persona No necesariamente Tiene que estar identificada Puede ser luego A posto ¿Vale? Vale Eso ya tiene que ser el 16 O el 18 Lo saco de imputación Sí Vale Luego tenemos la imputación Que puede venir Del personal colaborador De la justicia La policía ¿Vale? O la imputación de parte O sea, que impute un delito O la policía Por las investigaciones Que está haciendo O la fiscalía O también la parte A través de la creya O de la EVA Esto lo dejo ahí Para que le veáis una leída Pero tampoco tiene más misterio La imputación judicial Que puede ser profesional O definitiva A través de la definitiva O sea, pues Con el auto de procesamiento El auto de justiciable En el jurado ¿Vale? O con el auto de transformación O el de continuación Los efectos De cuáles son La interrupción De la prescripción del delito Es decir Mientras la persona tiene una denuncia O de la creya Y siempre cuando el tribunal Dice alguna resolución De imputación ¿Vale? Esto hace que Se interrumpa La prescripción del delito O sea En el momento en que el juez Para que lo entendáis En el momento en que el juez Hace una imputación judicial Definitiva A través del auto de procesamiento En el ordinario El auto de apertura de juicio El auto de continuación de paz En el abreviado El auto de hechos justiciables En el ordinario En el momento en que se insta a ese auto Que pone fin a la instrucción ¿Vale? Hace que el delito Hace que Se produzca la prescripción del delito ¿Vale? Si el delito tiene cinco años Más tiempo ¿Vale? Vuelve a contar la prescripción Vuelve a contar de cero ¿Vale? No es como una suspensión Cuando se prescribe el plazo Cuando se reanuda No empieza de ahí Sino que vuelve a contar de cero ¿Vale? Entonces La interrupción De la prescripción De los delitos Se va a producir Siempre y cuando El juez dice Alguna resolución judicial De imputación Dentro de los seis o doce meses Contado respectivamente A partir de la incoación Del proceso ¿Vale? Y a partir de ahí también nace El derecho de defensa Surge de manera genérica Cuando se le imputa A alguien Un delito Desde que te imputa un delito En comisaría ya tienes derecho A la defensa Esa defensa Una vez Si te detiene La policía Y te va a tomar declaración en policía Vas a tener un abogado O particular Si tú lo pides O de oficio Ese abogado de oficio Normalmente luego va a ir A vía judicial Porque el detenido Va a ir a la jueza Que a tomar declaración Puede ser un abogado Pues en sí ¿Vale? Pero bueno El derecho de defensa Nace Desde el momento En que te imputan Un delito Bueno, o sea La imputación judicial Esto es lo que nos he dicho Esta La citación para ser hoy Súper importante La pregunta de mi examen La citación para ser hoy Y esta aplicación En todos los procesos penales Y alcanza Una especial significación En el abreviado Fijaos Las características Que ahora le aplicaré a vos En primer lugar Es un acto coercitivo Es un acto judicial De imputación Posibilita El interrogatorio Del investigador Promueve con ello El derecho de defensa Y es obligatoria En el abreviado Ya que No puede El juez de instrucción Clausurar Unas dirigencias previas Sin haber Prestado declaración En la investigación Es verdad Un día si acaso Sigo una de juzgado Para que lo veáis Si yo te imputo A ti un delito Yo te voy a citar Te voy a decir Pilar Tiene usted que venir aquí Al juzgado A prestar declaración En calidad de investigación Si usted no comparece El día tal a tal hora Esta orden de citación Se convierte En orden De detención De tal manera Que tú llegas a la cláusula Coge y hace Y la tiras a la papelera Llega el día Tú no vienes a verme Y yo pongo un auto De búsqueda y captura Y detención y presentación La policía te verá por la calle Te detendrá Te llevará a comisaría Te tomará los datos Las huellas Te pasarás la noche En el calabozo Y al día siguiente Te darán un juzgado de guardia Donde A través de la requisitoria Que hemos hecho Te tomarán declaración ¿Vale? Es decir Ahí ves Todas las características Es coercitiva Es obligatorio Que vengan Es un acto En el que te estoy imputando Un acto Te estoy haciendo imputación Se le cita en calidad de investigación Por un presunto delito De robo Te estoy imputando el delito Cuando tú vienes ahí Al juzgado Y yo te voy a tomar declaración Surge la defensa Porque si no vienes con abogado Yo te voy a poner un abogado oficial Vas a declarar No es juicio Es una declaración La primera indagatoria ¿Vale? Y luego De tal manera que En el abreviado En lo que llevamos en la instrucción Normalmente todo está abreviado El juez no puede Dictar un auto De continuación De procedimiento De paz Sin haberte oído Por eso Si no vienes Que tengo que hacer Un auto de SP Para que se me pase la instrucción ¿Vale? Para que no se pase la instrucción Y ya cuando te encuentren Ya cuando te encuentren Pues si te encuentran aquí en Palma Te subirán al juzgado Te tomaré declaración Si te encuentran en Madrid El juzgado de guardia Te tomará declaración Y luego tu declaración Me la mandarán a mí Yo reabriré el procedimiento Y continuaré con la dirección ¿Entendido? Bien, y ya El auto de procesamiento Con el auto de procesamiento En el ordinario Con el auto de paz En el abreviado O con el auto de Ponemos fin A la fase ISO ¿Vale? El auto de procesamiento En el ordinario Lo dicta la audiencia provincial El auto de paz En el abreviado Lo dicta con la instrucción Que todavía solo tiene ese fin Quien concluye la instrucción De todas maneras Cuando entremos en los últimos temas Hablaré de los procedimientos Para que sepáis un poquito Cada uno de ellos Esto también lo vamos a repasar Porque veremos En el ordinario Cuáles son sus fases procedimentales Y yo ahí os recordaré ¿Os acordáis de este procedimiento? ¿Os acordáis? Hay mucho Entonces esto lo veremos Más adelante Bien Pues yo creo que con esto Aún quedan actos de investigación Queda más materia De esta tercera presentación Ya la dejo ahí El interrogatorio La confesión Las declaraciones especificales Eso ya lo dejaremos Porque son ochenta Voy por las cincuenta Hay muchísima materia Que no me da tiempo Tú sí Ir leyendo Ahí en casa Lo que queda de presentaciones Que es lo que falta de tema La semana que viene Haremos En la próxima tutoría Nos meteremos En los temas Del dieciocho al veintiuno ¿Vale? Que son medidas cautelares Pero de ahí Solamente vamos a hablar Del De la prisión Provisional ¿Vale? Y haremos casos prácticos ¿Entendido? Sí Pero es conveniente Que las medidas cautelares Por ejemplo La orden europea De detención de entrega O la orden europea De embargo de bienes O aseguramiento de pruebas Por ejemplo Aseguramiento de pruebas Es ahora con la de Nueva Zelanda Esta mañana Nos han mandado Un oficio Bueno, a la policía Para que haga una preservación Son autos de preservación ¿Para qué? Pues para que no borren Si eso tiene que estar ahí El archivo Cinco meses Eso es Que preserven la prueba Y cuando llegue A la comisión rogatoria Que me la manden Porque si no le digo Que preserven la prueba La borran ¿Vale? Pues eso es lo que es Aseguramiento de pruebas En el extranjero Bien Pues si no hay nada más Lo dejamos aquí Y nos vemos En la próxima tutorial Dentro de dos semanas Muchas gracias Y hasta la próxima ¿Alguna pregunta en casa? Vale, pues lo dejamos aquí Hasta luego