Hola, buenas tardes. Bienvenidos a esta nueva sesión tutorial de Introducción a la Contabilidad, Fundamentos de Contabilidad. Vamos ya por la sesión número 10, con lo cual nos quedarán tres tutorías, incluyendo la de hoy. En la tutoría de hoy vamos a dar por finiquitado el tema número 10 y avanzaremos bastante en el tema número 11. Bueno, el tema número 10 lo habíamos introducido dos semanas atrás, antes del parón del puente de la Inmaculada y la Constitución. Y es un tema que versa sobre los créditos y débitos de operaciones comerciales. Vamos a refrescar, si acaso, rápidamente el índice de este tema. Vamos a hablar de instrumentos financieros, ya los definimos hace dos semanas. Instrumentos financieros diferenciados. Hacíamos entre activo financiero, pasivo financiero y instrumento de patrimonio neto. Los créditos por operaciones comerciales y sus aspectos contables. El tratamiento contable de la letra de cambio y todas las operaciones vinculadas a este título a la orden. El descuento, el endoso, la gestión de cobro, la gestión de impagados. Y ya por último, los débitos por operaciones comerciales. En este caso, las deudas que tiene la compañía con sus acreedores y proveedores. Bien, pues. Habíamos hablado un poquitín sobre los instrumentos financieros, en qué consisten. Instrumento es un contrato que da lugar a un activo en una empresa y de forma simultánea a un pasivo o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. No confundamos instrumento financiero con instrumento de patrimonio. Instrumento financiero es un concepto mucho más amplio. El instrumento de patrimonio es una parte o una categoría de los instrumentos financieros. Los instrumentos de patrimonio serían los títulos representativos. Los títulos representativos serían los títulos de la participación en el capital social de una entidad mercantil, acciones en las SA, participaciones en las SL. Y en cuanto a los créditos por operaciones comerciales, aquí englobamos todos los derechos de cobro generados por operaciones del tráfico comercial ordinario, del objeto social de la compañía o bien operaciones accesorias a la explotación de la misma. Los créditos por operaciones comerciales se pueden clasificar en dos grandes grupos. Créditos que nacen como contrapartida de ingresos. Una venta, por ejemplo, una venta con cobro diferido, con cobro a crédito. Generaríamos un activo en el debe, derecho de cobro y un ingreso en el haber. Y también créditos que representan derechos de cobro no relacionados directamente con ingresos. Como por ejemplo las cantidades entregadas a cuenta a un proveedor. Registraríamos en el haber una salida de fondos, abono de un activo y en el debe un derecho frente a este proveedor que un cargo la cuenta anticipa. O sea, proveedores. Atendiendo a su origen, por tanto, también podemos clasificar los créditos por operaciones comerciales, contrapartida de ingresos, créditos de actividad principal y de actividades accesorias. Los de actividad principal se registran en la cuenta clientes o efectos comerciales a cobrar y los de actividad accesoria en deudores o deudores efectos comerciales a cobrar. Bien, tradicionalmente los créditos por operaciones comerciales y vencimiento a corto plazo, se clasificaban o se registraban, mejor dicho, valorándolos por valor nominal, que es el valor que se percibiría en la fecha del vencimiento de este derecho de cobro, incluyendo en este valor los intereses del aplazamiento. El Plan General de Contabilidad Español permite, de forma potestativa, valorar por su valor nominal exclusivamente los siguientes activos financieros. Los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior al año que no tengan un tipo de interés contratual estipulado, en el acuerdo, los dividendos a cobrar, dividendos a cobrar son los dividendos activos, por ejemplo, cuando una compañía tiene participaciones de otra sociedad y esta reparte dividendo, yo tengo un derecho a percibir ese dividendo, sería un dividendo a cobrar, y también los dividendos pasivos, que serían los desembolsos exigidos a los accionistas. En este último caso nos estamos refiriendo al capital suscrito pendiente de desembolso por parte del accionariado. Y estos son los únicos activos, los activos financieros que el Plan General de Contrabilidad Español nos permite clasificar con, siguiendo, perdón, más que clasificar, valorar, siguiendo el criterio del valor nominal. Los restantes activos financieros se van a valorar inicialmente por el valor razonable de la contraprestación. Es decir, sin incluir los intereses acordados por el aplazamiento. Estos intereses acordados por el aplazamiento se registrarían y serían devengando progresivamente en cuentas de ingreso financiero. No vamos a entrar en este detalle, porque se estudia con mayor profusión en contabilidad financiera del segundo cuatrimestre para los alumnos del grado de A. Al cierre de ejercicio, cuando se ponga de manifiesto, tenemos que reconocer también las potenciales insolvencias o deterioros de los créditos por aplicación tanto del principio de prudencia como del principio del devengo y del criterio de correlación de ingresos y gastos. Bien, aquí tenéis los asientos típicos, asientos tipos. Si el crédito tiene origen en la explotación de actividad principal, cargo clientes con abuso, bono a venta de mercaderías o ingresos por pesta de servicios y noventa género. Y si tienen origen en actividades accesorias a la explotación principal, fuera del objeto social de la compañía, en lugar de clasificarlos como clientes, se clasificarían como deudores. Y los ingresos que podemos obtener se darían de diversa índole, por arrendamientos, por comisiones, por reparaciones, por transporte, etcétera, etcétera. ¿Cómo se cancelan estas cuentas, estos derechos de cobro? Pues cuando se perciben, cuando se cobran, abonaríamos el derecho de cobro y nos entraría la tesorería en el debe. También hemos dicho que hay créditos o por operaciones comerciales que no tienen origen en una venta o una prestación de servicios. En este caso, ¿cuáles serían? Pues cuando entregamos, por ejemplo, anticipos a cuenta a nuestros proveedores. Ya a la inversa, también cuando recibimos anticipos de nuestros clientes, en este caso, registraríamos aquí una cuenta de pasivo en el haber. Por tanto, registraríamos en el haber una cuenta de pasivo, anticipos de clientes. Estaríamos obligados a suministrar género a nuestros clientes por este importe y la contrapartida que nos entra es la tesorería por esta entrega a cuenta. Y cuando se produce la entrega efectiva de los bienes de la mercancía o bien la prestación de servicio, cancelaríamos anticipo de clientes y registraríamos por devengo el ingreso en el haber, un abono en la cuenta de ingresos. Una cosa es la corriente financiera del cobro anticipado y otra cosa es la corriente económica que aparece, que se genera cuando se presta efectivamente el servicio o cuando se entrega el género, la mercancía. Bien, vamos a ver un ejemplo para ir profundizando en esta casuística. Nos dice que presentemos los asientos de diario que corresponden a las operaciones realizadas por la empresa. Vamos a empezar por la sociedad X, XSA. Es un ejemplo que tenéis en el manual. Primero, venta a crédito de mercancía. El precio según catálogo 10.000 y se concede una bonificación del 5%. Por tanto, precio neto será 10.000 menos el 5%. El 5% de 10.000, ¿cuántos son? 500. Serían 9.500. Ojo, la factura de venta incluye 800 euros adicionales en concentro de transporte que también le voy a cobrar al cliente. Por tanto, le cobraré 9.500 más 800, 10.500. ¿Cómo registro la operación? Yo sé que tendré dos ingresos. Por una parte 9.500 por la venta de la mercancía, ingreso ordinario de mi actividad. Veis que aquí sería el 95% por 10.000 porque valoro a importe neto. Hay un 5% de descuento. Y luego tendría un ingreso accesorio, ingreso por transporte, por 800 euros. Bien, el manual lo recoge todo. El derecho de cobro, el derecho de crédito. En la cuenta de clientes, pero también sería correcto poner clientes por 9.500 y 800 por deudores. Deudores serían ingresos por transporte. Ambas fórmulas serían válidas. Por letra de cambio aceptada por el cliente. Porque ya estamos en el segundo apunte. Nos dice, el crédito total originado por la anterior operación se documenta días después según la letra de cambio que fue aceptada por el cliente. Bien. Hoy mismo vamos a analizar con detalle el tratamiento de la letra de cambio. Bien, la letra de cambio es un instrumento de giro que para que tenga sus efectos ejecutivos ha de estar aceptada por el cliente. El cliente va a ser el librado de la letra. Una vez que nos acepta la letra, la firma, pues hacemos un asiento de reclasificación. Abonaríamos el saldo que tenemos en clientes originado por esta operación y cargaríamos en la cuenta clientes efectos comerciales a cobrar. Por tanto, hacemos un asiento de reclasificación. Abono clientes por 10.300 y cargo efectos comerciales a cobrar. Que es otra cuenta de activo corriente circulante que me recoge un crédito comercial. Evidentemente, pero en este caso documentado una letra de cambio aceptada. Que es un instrumento directamente ejecutivo. Lo llevo al juzgado, la protesto y automáticamente el juzgado ejecuta al deudor por ese importe. Bien. Siguiente operación, operación número 3. Nos dice, X tiene arrendado una oficina de su propiedad. Por tanto, es el arrendador, el alquilador, el alquiler de la última mensualidad pendiente de cobro asciende a 1.000 euros. Bueno, está pendiente de cobro pero el alquiler ya se ha devengado. Genero el ingreso en el haber y registro una deuda pendiente de cobro, un derecho de cobro en una cuenta de deudores en el debe. Por tanto, cargo 1.000 deudores y registro principio de devengo el ingreso por arrendamiento de cobro. En el haber. Siguiente operación, el banco abonó en la cuenta corriente de X 5.000 euros. Si el banco nos abona es que nosotros recibimos un cargo, una dotación en el debe. Un incremento en el saldo de nuestra cuenta corriente, 5.000 euros. Importe de la transferencia efectuada por un cliente de la empresa a cuenta de un perdido. Esto que es un anticipo de un cliente. Acordaros, anticipo recibido para mí va a ser un pasivo. Por tanto, cargaré la cuenta bancos por importe 5.000 euros. Y la contrapartida será una cuenta de pasivo anticipo de clientes por el mismo importe en el haber. Bancos a anticipos de clientes. Continuamos con la operativa de esta compañía X y nos dice que X entrega mercancía a este cliente, al cliente del anticipo. En la factura cuyo importe total asciende a 8.000. Por tanto, el importe de la mercancía que voy a facturar son 8.000 euros. Generaré un ingreso, una venta de mercaderías de este importe. Se deduce el anticipo recibido. Por tanto, ojo, voy a facturar 8.000, pero ya he cobrado 3.000, 5.000 a cuenta. Por tanto, cargo la cuenta de pasivo anticipo de clientes y genero un derecho de cobro por la diferencia por importe de 3.000. Por tanto, veis que el ingreso es de 8.000 en el haber. Este anticipo a cuenta de esta venta lo voy a cancelar. Reduzco un pasivo, por tanto cargo la cuenta de pasivo. Y por la diferencia que queda pendiente de cobro, tengo un derecho de cobro que registro una cuenta de clientes. Aquí incremento activo y aquí reduzco pasivo. Por tanto, incremento de activo es anotaciones en el DB cargos, reducciones de pasivos también anotaciones en el DB cargos. Bien, vamos ya con el tratamiento de los efectos comerciales a cobrar. Las transacciones con mercantiles se documentan inicialmente en una factura. Y en determinadas operaciones los créditos se van a incorporar de forma adicional en otros documentos denominados títulos a la orden. ¿Qué es un título a la orden? Es un título en el cual el propietario, entre comillas, bueno, el tenedor de ese título no tiene, si lo quiere transmitir a un tercero, no tiene por qué notificarle este hecho al obligador. Son títulos transmisibles. Mira, yo tengo aquí, en este caso sería una letra de cambio, un pagaré y, pues bueno, necesito hacerlo líquido o se lo voy a entregar a un proveedor mío en compensación de la deuda que yo tengo con él. ¿Qué pasa? Que el obligado al pago de esa letra de cambio, ese pagaré, yo no le tengo que notificar nada. Este señor cuando venza se lo presentará al cobro y tendrá que liquidárselo a él. Estos son los títulos a la orden. No es necesario notificar otra emisión del título al obligado al pago. ¿Y qué sucede? Que yo, transmitente de este título, soy endosante de ese título, el que lo recibe es el endosatario, pues en caso de que el obligado al pago no responda, respondo yo de forma solidaria. Es decir, el tenedor del título me puede exigir a mí el importe del mismo. Bien. Por tanto, ese será el juego de la letra de cambio que entraremos a detallar a continuación. Estos títulos, además de incorporar nuevas garantías para el cobro, van a facilitar, evidentemente, y esto hoy en día no se utilizan apenas, pero décadas atrás eran los instrumentos de giro más habituales, facilitan la transmisión del derecho mediante una operación que se denomina endoso y también permite anticipar el cobro antes de su vencimiento mediante otra operación que se denomina descuento de papel, descuento de letras de cambio, descuento de pagarés. Bien. Comenzamos hablando de la letra de cambio que es el más habitual. Es un documento mediante el cual el librador... ¿Quién es el librador? El acreedor. Es decir, el vendedor, para que lo situemos. Yo vendo género a un cliente mío, tengo un derecho de cobro, libro, emito una letra de cambio y el cliente mío es el obligado al pago. Será el librado. ¿Eh? Si me da acepta, esa letra pasa a ser ejecutiva y, por tanto, efectuaré el asiento de reclasificación que hemos visto antes. Abono, clientes, cargo, clientes, efectos comerciales... A cobrar. Por tanto, ya tenemos dos sujetos. El librador, que sería el vendedor, y el librado, que generalmente es el comprador. Por tanto, la letra de cambio es un documento mediante el cual el librador ordena que el librado pague una determinada cantidad de dinero en un lugar y en una fecha concreta. Y el librado lo acepta. La letra cuando se emite de forma simultánea a la operación, cuando se emite la factura o en un momento posterior. Está regulada en la Ley 19-1975, Ley cambiaria del cheque. Ahí se especifica todo el tratamiento de la letra de cambio. Y en la letra de cambio hay algunos elementos esenciales como el valor nominal, que es el importe, el vencimiento, que es la fecha de pago, y la fecha de libramiento o fecha de emisión de este título, de este efecto. Ya hemos dicho que mediante el endoso, el endoso es la transmisión del título a un tercero, el librador, la empresa que vende, que emite la letra, se convierte en endosante, transmitente. Y el tercero que la recibe es el endosatario, sería el tenedor de la letra. ¿Qué sucede? Que el endosante responde solidariamente en caso de impago del librado. Oye, si lo obligado al pago no te paga a ti, pues yo respondo. Me puedes exigir de forma solidaria a mí el importe de la letra. Y así mismo seis sucesivos endosos, imagina los cinco o seis endosos, pues cualquiera de los endosantes va a responder frente al último tenedor de la letra en caso de impago del librado. Además puede aparecer otro sujeto que es el avalista. El avalista es una persona física o jurídica que va a sustituir al librado en caso de que el librado impague. Por tanto, va a avalar al librado. Generalmente puede ser una entidad de crédito o otra compañía o una persona solvente. Entonces, ¿qué es lo que va a hacer el último tenedor de la letra? Pues irá directamente al avalista. También podría ir de forma indistinta contra cualquiera de los endosantes si el librado no le paga. Pero ojo. Para que la letra despliegue todas sus garantías, el librado ha de aceptarla. Si no, la letra no vale para nada. Ojo. El hecho de que no esté aceptada no impide que el librado acude judicialmente a defender sus intereses. Pero por medio de otro procedimiento. La letra no es ejecutiva. Por tanto, no la puedo protestar en el juzgado si no está aceptada. Tendría que ir por otra vía. Podría ejercer acciones civiles o mercantiles. Pero si no está aceptada, el librado no está obligado a pagar la letra. Estará obligado a pagar la deuda. Pero con otro procedimiento. Aquí tienes un ejemplo de una letra de cambio. Veis aquí. Elementos fundamentales son los datos del librador, quién la emite, ha de estar firmada y tiene que aparecer su nombre y su domicilio. Y el acepto. Importantísimo para que surta a todos sus efectos la fecha del acepto y la firma del librado aceptado. Este sería el reverso. Este sería el anverso. Y esto de aquí sería... Esto sería el anverso. Y esto, el reverso parte trasera. La cual, si se efectúan en dosos, se anotaría. Si hay avales, se anotarían. ¿Eh? Si... Hay sucesivos en dosos. Si no caben aquí, veis aquí que hay otro espacio, pues se agregarían hojas adicionales a la letra para seguir toda la cadena de endosos. Si hubiera más de uno. Y aquí tenéis una letra cumplimentada. Bien. El documento es un documento timbrado. Viene con un número de serie. Se compra en los estancos. Hay que pagar una tasa que va en función del nominal de la letra. Las letras tienen diferentes nominales. O hasta diferentes nominales. Conforme se puedan emitir letras de mayor importe, el timbre es superior. El timbre es un impuesto. Un impuesto antijólico documentado. Y bien, aquí tendríamos el lugar del libramiento. Lugar de emisión de la letra. La moneda euros. El importe en números. El importe también se escribe en letras. En caso de confusión o error, prevalece siempre el importe en letras. Tenemos la fecha de libramiento. Se libra en Alicante en esta fecha. El vencimiento, muy importante. Veis que aquí en este caso se libra el 15 de mayo y vence el 15 de julio. Fecha de vencimiento. El tomador o beneficiario. Que generalmente será el liberador. Puede ser otro. Yo puedo librar una letra en favor de otra persona. Y el librador me la acepta. Perfecto. Pero generalmente la libro en beneficio mío. Entonces yo tengo el derecho de cobro. Y seré el librador, tomador, beneficiario de la letra. Domicilio de pago. Se le pone una sucursal bancaria o bien un número de cuenta corriente. Y aquí tendríamos los datos del librado. Su identificación, razón social, domicilio, etc. En cuanto al librador, importante, una firma autógrafa de una persona con poder suficiente. Si es una sociedad para firmar esta letra. Y luego el elemento clave para que surja todos sus efectos es la aceptación. El acepto. Aquí aparece la fecha de acepto. La denominación de la sociedad librada aceptante. Y la firma por poder de una persona representativa de este ente. Bien, elementos de la letra que ya hemos comentado. El valor nominal, que es el importe a pagar por el librado. Figuras escritas en cifras y en texto. El vencimiento, la fecha de pago. La fecha de libramientos, la fecha de emisión del título. El librador es quien emite el título y ordena el pago. Generalmente es el acreedor de la operación de crédito, el vendedor. El librado es la persona obligada al pago. Generalmente quién va a ser el comprador. El obligado, el deudor en la operación de crédito. Endosante es quien transmite. El título en el primer endoso será el librador. O el tomador, o beneficiario si fuera distinto del librador. El endosatario es quien recibe el título. Un tercero en la operación de endoso. El avalista está obligado a atender el pago de vencimiento si el librado no lo hiciese. Y el último tenedor o tomador podrá ser el librador u otra persona. Sería en este caso el último endosatario de la cadena de endosos. Aquí tenéis el proceso contable. La emisión de la letra comienza con el acepto y haríamos un acento de reclasificación. En este caso, si ya se emite la letra en el mismo momento de la operación de venta. Emito factura y letra de cambio y me lo acepta. Pues ya registro directamente efectos comerciales a cobrar en el activo y genero una venta de mercaderías en el haber. Como contrapartida. Si inicialmente... Y hubiese hecho clientes a ventas. Cuando me la aceptan, en un momento posterior lo que hago es abonar clientes y cargo efectos comerciales a cobrar. En el caso del endoso... Por ejemplo, un proveedor. Tengo yo vendedor, librador, una deuda con otro proveedor. Y deseo cancelarla endosándole este derecho de cobro, este título. Pues cancelaría el pasivo. Y... Cancelaría, ojo... Otro pasivo. Deudas por efectos endosados. Cancelaría el pasivo con origen en la operación comercial que yo tenía con este proveedor. Pero como yo voy a responder en caso de impago del librado. Pues por prudencia tengo que registrar un pasivo. Registro deudas por efectos endosados. Y así mismo, esto ya es optativo, reclasifico. Efectos comerciales a cobrar. Lo abono con cargo a efectos comerciales endosados. En el caso de que he llegado al vencimiento. Todo fuera OK, todo fuera genial. Y el proveedor, mi proveedor le paga... Perdón. El librador le paga la deuda a mi proveedor. Pues yo cancelaría deudas por efectos endosados. Lo cargaría con abono a efectos comerciales a cobrar o a efectos comerciales endosados. Si hubiese hecho el asiento reclasificado. Otra operación, el descuento. El descuento es una forma de obtener crédito. Voy al banco y le digo que me anticipe el nominal de la letra. Pero el banco me va a descontar dos partidas. Los intereses del anticipo por cobrarla antes de su vencimiento. Y unas comisiones por todas las gestiones realizadas. Por tanto, me entrará un efectivo que es distinto al nominal. Y tendré gastos financieros por intereses por descuento. Y gastos bancarios por las comisiones del banco. La contrapartida de esta operación será deuda por efectos descontados. No por efectos endosados, sino por efectos descontados. Porque aquí estamos hablando de un descuento bancario. Por el nominal de la letra. En caso de que el librado no le pague al banco, pues el banco me lo va a exigir. Y lo cargaría también de forma optativa. Pero es muy aconsejable. Es otro asiento de reclasificación. Abono. Efectos comerciales a cobrar con cargo de efectos comerciales descontados. Otra operación habitual en el tráfico mercantil es la gestión del cobro. ¿En qué consiste? Que en lugar de presentar yo la letra al cobro a su vencimiento. Aquí no hay ningún préstamo, no hay ningún anticipo. Se la doy al banco para que el banco se encargue de cobrar. Y el banco me va a cobrar una comisión por esta gestión. ¿Vale? Por tanto, aquí no hay deuda. No registro ninguna deuda. Con la entidad bancaria. Ni registro ninguna deuda con el endosatario. Porque sigo siendo yo el titular del efecto. Se la entrego para que la vaya a cobrar. Nada más. No la endoso ni la descuento. Por tanto, puedo hacer un asiento de reclasificación. Abonando efectos comerciales a cobrar con cargo de efectos comerciales en gestión de cobro. Para indicar que estos efectos están en gestión de cobro. Y luego se presentan al cobro. Y el banco me transferirá el nominal de la letra menos los gastos por sus comisiones. En el caso de que la letra descontada se impague. Pues claro. El banco me va a efectuar un cargo. El banco para mí es un abono. Por el importe del nominal más los gastos de devolución. Y yo registraré esto en efectos comerciales. Sin pagados. Porque me devuelve la letra. Aquí la tienes tú. Era de 10.000 euros. Yo te voy a cobrar 10.100. Y vuelve a presentar si quieres al librado. Que a mí no me lo ha pagado. El banco se entiende. Y con lo cual también canceló la deuda que tenía. Por efectos descontados. Y los efectos comerciales descontados. Si había reclasificado. Pues no doy de baja. Porque ahora los tengo registrados en efectos comerciales sin pagar. Si se renueva la letra. Lo que se llama letra de resaca. Generalmente le cobraré yo de forma adicional al librado unos intereses por la demora en el pago. Emitiré una nueva letra. Efectos comerciales a cobrar. Siempre lo acepta el librado. Por supuesto. Y doy de baja el impagado. Y genero los ingresos financieros por la demora de este pago. Una vez que se cobra. Abono efectos comerciales a cobrar. Con cargo a la entrada de tesorería. Y si el librado es insolvente definitivo. Pues doy de baja efectos comerciales a cobrar o impagados. Con cargo a pérdidas por efectos incobrables. Que es una cuenta de gastos. Que iría a explotación de la compañía. Y en el caso de que haya dudas. De que este tío o que esta empresa nos vaya a pagar. Total o parcialmente. Pues lo que hago es. Por prudencia. Deterioro este crédito. Lo veremos también en este tema. Hago una reclasificación. Si llevo un sistema individualizado. Abono la cuenta efectos comerciales impagados o efectos comerciales a cobrar. Con cargo a cliente de uso o cobro. Y deterioro el crédito. ¿Cómo lo deterioro? Utilizando una cuenta compensadora de activo. Una cuenta compensadora de este derecho de cobro. Denominada deterioro de valor de créditos comerciales. Es una cuenta como veis de activo negativo. Compensa el saldo que tenemos en dudoso cobro. Y la contrapartida de esta cuenta compensadora. Un gasto. Pérdidas por deterioro de créditos comerciales. Bien, vamos a ver un ejemplo de esta problemática. El 1 de octubre. La sociedad Alfa vende mercancía a crédito a su cliente Beta. Por 45.000 euros. En la factura correspondiente emitida en la misma fecha. 1 de octubre. Se estipula. Su pago en tres plazos iguales. Que serían 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre. Por tanto registro inicialmente. Una venta a crédito. Venta de mercaderías por 45.000 euros. Ok. No me dice nada de letras de cambio. Por tanto registro el derecho de cobro. Que se materializará 30, 60 y 90 días en una cuenta de clientes. Que es una cuenta de activo cobrado. Que es una cuenta corriente o circulante. Aquí tendríamos una cuenta de ingresos. Vale. El 15 de octubre. Alfa vendedor libra. Tres letras de cambio. Es el librador de la operación. De valor nominal cada una. 15.000 euros. Vale. Y vencimientos. El 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre. Y Beta las acepta. En este caso. Beta acepta los tres efectos. Y hago una reclasificación. Abono clientes. Y registro este derecho de cobro. Ya documentado en letras de cambio. Aceptadas en la cuenta. Efectos comerciales a cobrar. Bien. Alfa adeuda a la sociedad Gamma. Que era proveedora de Alfa. Una suma de dinero. Y para cancelar parcialmente la misma. El 20 de octubre. Endosa a Gamma. La letra aceptada por Beta. Con vencimiento 31 de octubre. ¿Qué es lo que hago? Transmito el derecho de cobro. Por tanto. Cancelaré la deuda con Gamma. Que está registrada en proveedores. Y registraré. Mientras Gamma no cobre. Porque yo respondo solidariamente. En caso de impago de Beta. Yo soy Alfa. El librador. Pues por potencia. Registro otro pasivo. En deudas por efectos. Descontados. Y lo suyo sería. Hacer un asiento de reclasificación. De efectos comerciales a cobrar. Lo abono por 15.000. Porque únicamente he endosado. Una de las letras. Y cargo efectos comerciales. Endosa. Me dice el enunciado que el 31 de octubre. Gamma librado paga. Perdón. Beta librado paga a Gamma. Que era mi proveedor. El endosatario de la letra. Que yo le he endosado. La deuda. Por tanto. Pues bien. Esto desaparecerá. Deudas por efectos endosados. Y desaparecen también. Efectos comerciales endosados. Vale. Cargo la cuenta de pasivo. Abono la cuenta de activo. Vamos a analizar ahora el descuento. Ya hemos dicho que el descuento. Realmente es una operación financiera. Es una especie de préstamo. Con garantía de la letra. La entidad bancaria va a anticipar. El accedente de la letra. Al tenedor de la letra. Al librador o al endosatario. El importe de la misma. Una vez deducido de otros conceptos. Los intereses correspondientes a la duración del préstamo. Que serán partida de gasto financiero. Que irá al resultado financiero de la compañía. Aplicando esta fórmula. Interés. NSI nominal. Y el tipo de interés. Anual. De los días. Que faltan hasta el vencimiento. De la letra. Y 360. Pues consideramos. Meses de 30 días. 30 por 12. 360. Vale. Y así calcularíamos. Los gastos financieros. Del descuento. Y luego tendríamos la comisión. Que suele ser un tanto por 100. O un tanto por 1000. Sobre el nominal de la letra. El efectivo que percibo. Tras el descuento. Será el nominal. Menos los intereses de gasto financiero. Menos la comisión. Servicios bancarios. Que es una partida. Que sí que va a gasto de explotación. Los intereses al resultado financiero. La comisión al resultado de explotación. Continuamos con este supuesto. Nos dice que el día 10 de noviembre. Alfa. El librador. Descuenta en el banco Z. La letra de 15.000 euros de nominal. Con vencimiento 31 de diciembre próximo. Operación. Por la que el banco. Le va a cobrar. Un interés del 12% anual. Y una comisión del 5 por 1000. Bien. Qué importe va a percibir alfa. Bueno. El banco le va a descontar. En primer lugar. Una comisión. Que es fácil de calcular. Del 5 por 1000. Eh. 5 euros por cada 1000. Si son 15.000. Pues serán 5 por 15. Le va a cobrar 75 euros. Ok. Y luego. Le va a cobrar. Unos intereses. Al 12% anual. 12% anual. Sobre 15.000. Que es el nominal. Cuántos días de anticipo. Le va a dar el banco. Estamos a 10 de noviembre. Por tanto. Tendremos 20 días de noviembre. Más. Consideramos. Meses de 30 días. 30 días de diciembre. 50 días. 12 por ciento. Por 50 entre 360. Por el nominal. Que es la fórmula de interés. Eh. Y. Esto nos daría. Unos intereses de 250. Realmente. Lo que va a percibir. Alfa. Tras el descuento. Serán 15.000. Menos 2. 50. Menos 75. 14.000. 675. Que es lo que le entra. En tesorería. Veis. Vale. Y registra dos partidas de gasto. 250. Gasto financiero e intereses por descuento de efectos. Y. 75. Comisiones. Por servicios bancarios. Que estamos anotando en el debe. Gastos. Los cargamos. Contrapartida de la operación. Le. He descontado la letra. En el banco. Pero tengo una obligación con el banco. El banco también me va a obligar que yo se la endose. Entre otras cosas. Vale. Eh. Pues. Registro. Una deuda por efectos descontados. Porque. El librado. Beta. Si no paga el banco. El banco me va a exigir a mí. Que yo le pague. Eh. De hecho. Me va a cargar. Directamente. El importe de la letra. Menos gasto de devolución. Por tanto. Aquí registro un pasivo. Y. Efectoría también. Un asiento de reclasificación. Abonando. Efectos comerciales a cobrar. Por 15.000. Y cargando. Efectos comerciales descontados. Por el mismo. Importe. Y esto lo hago. El día de noviembre. Que es el día en el que se realiza. El descuento. Me dice. El asiento número 6. Que el 31 de diciembre. Beta. Paga la letra. Que le fue presentada al cobro. Por el banco Z. Con lo cual. Todo genial. Y. Cancelo deudas. Por efectos descontados. Por 15.000. Y. Cancelo. Efectos comerciales descontados. Por 15.000. Cancelo el pasivo. Cargo. La cuenta de pasivo. Cancelo. El activo. Abono. La cuenta de activo. Llegamos al 21 de diciembre. Dice que. Alfa. Envía. En gestión de cobro. La otra letra. Que tiene en su poder. La letra. De 15.000 euros. Con vencimiento. 30 de noviembre. La envía. Al banco. En gestión de cobro. Algo. Asiento de reclasificación. Comercial. Abono. Efectos comerciales a cobrar. Y cargo. Efectos comerciales en gestión de cobro. Y me dice que el día 4 de diciembre el banco abona la cuenta corriente de Alfa en nominal menos una comisión de 5 por 1.000. Por tanto. Le va a descontar 5 por 1.000, o sea, 5 euros por cada 1.000 de la letra, 5 por 15, 75 euros, comisión de servicios bancarios, con lo cual Alfa percibirá 15.000 menos 75, 14.925 y la cuenta de efectos comerciales en gestión de cobro desaparece. Acordaros que en gestión de cobro, como no he endosado ni he descontado la letra, no tengo ningún pasivo con el banco que me va a descontar la letra o con el endosatario que va a recibir esa letra. Por tanto, eso sería la operación de cesión en gestión de cobro. Aquí tenéis detallado un poquitín en qué consiste esta operación. Bien, imaginemos que la letra 15.000 euros en 29.31 de noviembre remitida por Alfa al banco Z en gestión de cobro resulta impagada y el banco se la devuelve y carga 200 euros en concierto de comisión por las gestiones realizadas. Por lo tanto, me va a devolver la letra y amigo, no la he cobrado, tú tampoco la has cobrado, pero yo por mi gestión te voy a cobrar 200 euros. Veis que aquí 200 me lo va a cascar en cuenta, reduzco el saldo. Y yo reclasifico el efecto gestión de cobro que tenía por 15.000, lo abono y tengo un impagado por 15.000 más 200 porque entiendo que el librado me va a pagar la letra más los gastos. Si no me la pagara pues ya registraría estos 200 euros como gastos por comisiones bancarias. El día de diciembre Bet ha librado de la letra devuelta, paga en metálico Alfa el nominal más los gastos, genial. Por tanto, este efecto impagado lo abono y me entra en tesorería los 15.200 euros. Si solo recuperas el nominal de la letra, como aquí precisa de manual, los gastos los cargaríamos como servicios bancarios. Y vuelvo a insistir. El último tenedor de la letra. Puede reclamar el pago de forma indistinta al librador o a cualquiera de los endosantes o avalistas en caso de impago del librado. Bien, suponemos ahora que el efecto descontado por Alfa de 15.000 euros y vencimiento 31 de diciembre no fue atendido por el librado. Este hecho fue notificado por el banco el 5 de enero, fecha en la que carga en la cuenta corriente de Alfa 15.250 euros. Los 15.000 más 250 de gastos del impago. Por tanto, si me impaga o le impaga al banco, el banco se va a resarcir y como veis me va a cobrar 15.250. Yo tendré un impagado del nominal más estos gastos de devolución. Lo que tengo que hacer asimismo es cancelar el pasivo reconocido en la operación de descuento porque el banco ya no tiene el efecto. Me lo ha devuelto, por tanto yo no tengo ninguna deuda con el banco. Cancelo deudas por efectos descontados y cancelo efectos comerciales descontados. Aquí reduzco un pasivo y aquí reduzco un activo porque en lugar de tener 15.000 euros descontados en un efecto, tengo 15.250 en el efecto más los gastos. Y le giro lo que se denomina un nuevo efecto, me pongo de acuerdo con Alfa que es el librado impagador, y el 7 de enero emito un nuevo efecto que se denomina letra de resaca. Y le giro la letra de resaca por un nominal de 16.000 euros que incluirá los 15.000 euros del nominal inicial más los 250 euros de los gastos del impago que me ha cargado el banco, más 750 euros de intereses por el aplazamiento. Por tanto... Eh... Le voy a emitir una letra de resaca y, ojo, también aquí le incluyo los gastos en los timbres. Por tanto, el interés de demora son 650 euros y los timbres de la nueva letra. Tengo que ir al estanco a comprarla. Bien, por el timbre de la nueva letra y aumento el valor de los impagados porque he pactado con el librado impagador que él asume este importe. Si no lo asumiera, pues lo contabilizaría yo como un gasto por timbres, como un gasto por tributos. Y luego emito la letra de resaca por 17.000 euros, con lo cual doy de baja efectos comerciales impagados por 15.350 que sería el timbre más el impago con los gastos, eh, genero unos ingresos financieros adicionales de 650 por el aplazamiento y emito una letra efectos comerciales a cobrar. Por lo tanto, la letra de resaca es una letra que me acepta el librado impagador y posteriormente esta letra la paga, con lo cual abono efectos comerciales a cobrar y me entra este dinero en tesorería. En el caso de insolvencia definitiva, pues registraría una pérdida por efectos comerciales incobrables, que es una cuenta de gasto, a efectos comerciales impagados de seguida cuenta de activo. Entonces desaparece el activo. Bien, tratamiento de los créditos de dudoso cobro y el pedido de valor. El principio de prudencia. El criterio de correlación de ingresos y gastos nos obligan a cargar a resultados el importe de los créditos que se estimen de dudoso cobro, lográndose de esta forma un doble objetivo. Primero, evitar la sobrevaloración en resultados y en el activo del acreedor y segundo imputar la pérdida potencial al mismo ejercicio contable correlación de ingresos y gastos en el que se reconocieron los ingresos. Podemos seguir dos métodos de registro de cálculo de deterioro. Primero, un método individualizado analizando ad hoc saldo de clientes uno a uno o bien un método global llegando a cierre de ejercicio y calculando o estimando unas insolvencias de un determinado porcentaje sobre las ventas o sobre los saldos de las cuentas a cobrar a cierre de ejercicio, clientes y deudores teniendo en cuenta la antigüedad y la evolución de estos años. Aquí tenéis las cuentas en las que se recogen estas problemáticas. En el plan general de contabilidad español. En el grupo 4 tendríamos en el subo 43 cliente cuenta 436 cliente deudoso cobro. En el 44 cuenta 436 deudores de deudoso cobro. La cuenta compensadora deterioro de valor es una cuenta que se va a abonar y luego los gastos cuando registramos estos esta problemática tendríamos las 650 pérdidas incombables y las 694 la dotación. Y la reversión de deterioro una cuenta de ingreso del grupo 7, 794. Por tanto dos formas de registrarlo método individualizado y método global diferencia fundamental o una de las diferencias fundamentales en el individualizado haremos un doble asiento en el global un único asiento porque individualizado como tenemos individualizados los créditos en análisis lo hacemos cliente por cliente. Hacemos un asiento de reclasificación. Por tanto abonaremos clientes, efectos comerciales a cobrar, efectos comerciales impagados, efectos comerciales descontados lo que sea y cargo cliente de deudoso cobro. Y luego registro de deterioro ¿cuál va a ser? Un cargo una cuenta de gastos pérdida por deterioro de créditos comerciales que sería la cuenta 694 del plan general de contabilidad con abono una cuenta compensadora de activo que sería la 490 del plan general de contabilidad. Deterioro. Deterioro es cuenta compensadora de activos. No lo confundáis con las provisiones las provisiones son pasivos estimados los deterioros son cuentas compensadoras de activos por tanto estoy utilizando la 694 y abonando la 490 aquí cargo y aquí abono. Bien en el método global no hago un análisis cliente por cliente sino que hago un análisis globalizado de los saldos de las cuentas de clientes o bien de la cifra de ventas a crédito del ejército. Y únicamente registro este segundo asiento el primero de la reclasificación no lo hago. Qué sucede con el método global que a cierre de ejercicio antes de dotar este deterioro tengo que revertir o anular el deterioro del ejercicio anterior y luego dotó o registró el deterioro del ejercicio en curso. Bien supongamos que tenemos saldos en la cuenta de clientes. Por importe 450.000 y en la cuenta de efectos comerciales a cobrar por importe 150.000 y estimamos estimamos que el 15% de los clientes va a ser dudoso cobro por tanto 70.500 y que el 22% de las letras también 33.000 estoy estimando deterioro de esto más esto 100.500 euros. Con lo cual en balance tendría por una parte saldo en la cuenta de clientes 430 por 450.000 saldo en la cuenta de efectos comerciales a cobrar 431 por 150 y en la cuenta compensadora en la 490 un deterioro de 100.500 con lo cual el valor contable será 450 más 150 600.000 menos 100.500 499.500. Bien. En el caso de que llevara un método individualizado pues tendríamos que hacer lo siguiente reclasificó cliente 2 o cobro que era la 436 a los que sois aficionados a la nomenclatura pero veis que los números de cuenta no son obligatorios. Cargo clientes con abono cliente 2 o cobro con abono a clientes y con abono a clientes efectos comerciales a cobrar. Es decir esto es lo que tenemos que hacer. Estos saldos que estoy deteriorando los doy de baja y lo registro en dudoso cobro y doto un deterioro por ese mismo importe. Cargo 100.500 en la 694 gasto pérdida por deterioro con abono a la cuenta compensadora 490. Por tanto el saldo en contabilidad me quedará por un importe neto de 499.500 vale el ejemplo de gastos, pérdidas de créditos comerciales incobrables. Aquí cargaría en el debe, aquí tendríamos el haber, que es la cuenta 6.50 del plan general de contabilidad. Bien, y revierto o anulo el deterioro del crédito que tenía dotado, con lo cual cargaría el deterioro de valor, cuenta compensadora 4.90 y aquí registro un ingreso en la 7.94 por 100.500. ¿Qué sucede? Veréis que en el ejercicio 2001, en explotación por una parte tendré un gasto 40.200 y por otra parte tendré un ingreso de 1.500. El efecto neto va a ser una imputación, podemos decirlo así a lo bruto, en resultados positivos de la diferencia que son 60.300. ¿Y esto por qué es así? Porque en el ejercicio anterior había registrado un gasto por prudencia de 100.500. Había estimado que potencialmente podría perder el 100% de ese saldo. Y al año siguiente esto ha ido a gastos. Al año siguiente resulta que no, que el 40% lo voy a cobrar y que lo que pierdo es el 40%. Por tanto realmente el gasto, la pérdida no era de 100.500 la ajusto en el 2001 mediante este procedimiento. Registro un ingreso por la totalidad del gasto de la ejercicio anterior y imputo el gasto real que son 40.200. El importe realmente incobra. Y el efecto es que en explotación me irá a beneficio la diferencia entre la pérdida que había registrado en el ejercicio anterior y la pérdida que había registrado en el ejercicio anterior. Menos la pérdida real que he tenido en el ejercicio siguiente, en el 2000. Bien, vamos ya con los débitos u obligaciones de pago. Débitos por operaciones comerciales, cuentas a pagar o acreedores por operaciones de tráfico. Aquí nos estamos refiriendo al conjunto de deudas u obligaciones derivadas de la adquisición o suministro por terceros del conjunto de bienes y servicios que la empresa usa en su actividad ordinaria. Hay tres categorías de partidas. Deudas contraídas por la adquisición de los distintos tipos de existencias. Están registradas en la cuenta de proveedores. Deudas documentadas en factura o documento análogo. Y si están registradas y documentadas en letra de cambio aceptada, en este caso yo sería el librado aceptante, estarían en la cuenta de efectos comerciales a pagar. También hay deudas originarias por la adquisición de otros factores de producción corrientes pero no almacenables, como por ejemplo suministros eléctricos o el consumo telefónico. Figurarían en la cuenta de acreedores por operaciones de servicios, y en el caso que estuvieran documentadas en letra de cambio aceptadas por mí, como librado y como obligado al pago de esta relación comercial, estarían en acreedores efectos comerciales a pagar. Y luego también tenemos otras cuentas a pagar que sean deudas con los trabajadores, deudas con la administración pública fundamentalmente, por tanto remuneración pendiente de pago y deudas con Hacienda y Seguridad Social. Al igual que sucedía con las cuentas a cobrar, cuentas con vencimiento no superior al año se valorarán por lo general por el valor nominal, que será el valor a reembolsar en la fecha de vencimiento, incluyendo en este valor los intereses del aplazamiento. Las cuentas que registran los débitos y los créditos por operaciones comerciales también se llaman cuentas personales. Las cuentas personales serían, por tanto, las cuentas por la parte del activo, créditos, clientes y deudores y por la parte del pasivo, débitos, proveedores y acreedores. Aquí tenéis cómo se reconocen las operaciones las compras de mercaderías, documentadas en facturas proveedores, documentadas en letras de cambio aceptadas, proveedores y efectos convencionales a pagar. Registraríamos la cuenta de mercadería si llevo inventario permanente y las cuentas de compra si llevo inventario periódico, inventario permanente. Y si tienen origen en la adquisición de otros factores de producción, pues la contrapartida sería acreedores o acreedores efectos a pagar. Aquí nos referimos a gastos de alquileres, reparación y mantenimiento, servicios contratados, economistas, gestorías, etc. ¿Cómo cancelamos estas deudas? Cancelamos pasivo cargándolas como abono a tesorería y si yo le he entregado una cantidad a cuenta a alguno de estos terceros, proveedores o acreedores, registraré la salida de tesorería de mi banco o de mi caja y tendré aquí un activo, un derecho frente a ellos en la cuenta de anticipos a proveedores. Cuando se reciba el producto contratado, lo que hago es cancelar este activo, esta cuenta de anticipos a proveedores con cargo a la mercancía que recibo en la cuenta de mercadería si llevo inventario permanente o en compras de mercadería si llevo inventario periódico. Bien, ya para terminar vamos a hacer este ejercicio que es el ejercicio de CUPERSA, que tenéis en el manual. Partimos de este balance a 1 de enero del 2003, saldos deudores, saldos acreedores. Aquí os he reseñado algunas partidas que vamos a manejar como la cuenta de mercaderías, efectos comerciales a cobrar, que sean derechos de cobro documentados en la caja de cambios aceptadas, anticipos a proveedores, veis que aquí tenemos también efectos comerciales a pagar y anticipos de clientes. Anticipos a proveedores es un activo, anticipos de clientes es un pasivo. Pues vamos a desarrollar este supuesto. Primero nos dicen, se adquieren mercancías a crédito por 2.000 euros pagando 100 por transporte y seguros que corren por cuenta del comprador. Por tanto, son gastos directos necesarios para que la mercancía esté en mi almacén, mayor valor de la compra, importe de la compra 2.100 euros, los gastos de transporte y seguros 100 y las mercancías, los ingresos propiamente dicha, pues son 2.000 euros. ¿Cómo registro la operación? Bueno, inicialmente, perdonadme, me faltaba registrar el asiento de apertura, 1 de enero, las cuentas patrimoniales con saldo deudor serían las cuentas del activo, las voy a cargar y las cuentas patrimoniales con saldo de acreditación serían las cuentas del pasivo patrimonio neto y las cuentas compensadoras de activo. Una cantidad acumulada. El asiento de apertura, como ya conocéis a estas alturas, es el contrasiento del asiento de cierre. Y la primera operación es la compra a crédito. Compra a crédito, 2.100 euros compra de mercaderías, los gastos los pago al contado y tengo una deuda con proveedores por importe de 2.000. El transporte, gasto directo forma parte del precio de compra. Bien, me dice en el punto número 2 que la mitad de la mercancía se devuelva al proveedor por no ser conforme con el pedido. Cupersa paga 50 euros al transportista, importe que corre por cuenta del proveedor. Ojo, yo hago el pago, pero no es un gasto mío, sino que es un gasto del proveedor. Con lo cual la mitad de la mercancía la devuelvo. Había registrado inicialmente mercancía por importe de 2.100 euros. Voy a devolver la mitad de la mercancía. La mitad de la mercancía valorada por 1.000 euros, que es la mitad del suministro del proveedor. Por tanto, veis que tengo una cuenta compensadora de compras, a todo esto veis que estamos llevando un sistema de inventario periódico, cuenta de compra de mercaderías, cuenta compensadora que es la cuenta devolución de compras y pago 50 euros por cuenta del proveedor. Con lo cual voy a reducir la deuda con el proveedor por 1.000 euros más 50 euros. El transporte de la devolución es a cargo del proveedor. El transporte de la adquisición fue a cargo de Cupersa y lo registró como mayor valor de la compra. En el caso de la devolución, corre a cargo del proveedor, pero Cupersa lo paga, por lo tanto se va a compensar y va a reducir la deuda que tiene con el proveedor. No es un gasto mío. En el importe de la mitad de la compra más ese importe de 50 euros de transporte, 1.050. Me dice en el punto número 3, el proveedor con quien se habían efectuado las dos operaciones anteriores gira una letra de cambio por la deuda resultante una vez reducido el anticipo que figura en balance. La letra es aceptada. En balance hay un anticipo de 400. ¿Vale? Por tanto... Yo tenía una deuda con el proveedor inicialmente de 2.000 que la he reducido por importe de 1.050, me quedaría 950 y tengo un anticipo de 400. Por tanto voy a aceptar una letra por la diferencia que es 550 euros. Aplico el anticipo, reduzco aquí la cuenta de activo. Cancelo el pasivo, proveedores, por 2.000 que era el importe inicial, menos 1.050 de la devolución y acepto una letra por 550. Continúo con la operación de esta compañía y me dice, venda crédito 8.000 euros, cupersa en su factura, reduce el anticipo del balance. Por tanto el ingreso que se devenga es de 8.000. Pero cupersa va a tener un derecho de cobro de 8.000 menos este anticipo que ya le había entregado al cliente, de 7.200. Por tanto cargaré la cuenta anticipos por 800, cargaré la cuenta clientes por 7.200 y devengaré un ingreso por venta de mercaderías de 8.000. Aquí lo tenemos. Cargo anticipos, registro clientes por 7.200 y aquí tengo el ingreso por venta de mercaderías por 8.000. ¿Vale? Con el transporte, la venta anterior a cargo del vendedor asciende a 250 euros. La empresa de transportes tiene una factura para pagar 60 días. Son gastos que corren por mi cuenta, por tanto registraré un gasto de transporte de 250 y una deuda con un acreedor por este mismo importe. Por tanto, 250 gasto de transportes a acreedores por ese mismo importe o acreedores diversos o acreedores por prestener servicios, acreedores por transporte, como queráis llamarlo. Se pagan facturas de proveedores por 1.140 y se atienden a vencimientos efectos de nominal 560. Por tanto, voy a pagar 1.140 más 560, en total 1.700 euros y descontaré, abonaré, perdón, voy a pagar mis 700 euros, abono mis 700 euros y reduzco pasivos, cargaré proveedores por 1.140 y cargaré efectos comerciales a pagar por 500 euros. 60. Aquí lo veis y aquí tengo el pago. Operación número 7. Se giran letras a cargo de clientes por 4.000 euros aceptadas por estos, asiento de reclasificación, abono clientes por 4.000, cargo efectos comerciales a cobrar, letras aceptadas por 4.000. Operación número 8. Se envían al banco en gestión de cobro efectos por un valor nominal de 1.000. Aquí puedo hacer. Debería hacer. Para dar mayor información en balance, un asiento de reclasificación exclusivamente. Abono clientes por 1.000, perdón, abono efectos comerciales a cobrar por 1.000 y cargo efectos comerciales en gestión de cobro por 1.000. Me voy al número 9 y me dice se descuenta en el banco letras por un nominal de 3.000 euros, vencimiento 90 días. En la aplicación. En la operación. Una tasa del 10% anual de descuento y un 6 por 1.000 de comisión. Por tanto voy a percibir 3.000 euros menos 18 euros de comisiones y tendré unos intereses del 10% anual que serán, parece que no funciona la calculadora, vamos a ver ahora, tendríamos unos intereses anuales. De 3.000 por el 10% serán 300 y si el vencimiento es a 90 días, pues será la cuarta parte de 300 entre 4, 75. Por tanto voy a percibir 3.000 menos 75 menos 18, 3.000 menos 93, 2.907, 75 gasto financiero, 18 comisiones. Y registro. He descontado la letra. Un pasivo. Deudas por efectos descontados por el nominal, 3.000 y un asiento de reclasificación doy de baja efectos comerciales a cobrar y registro aquí un activo efectos comerciales descontados para indicar que esta letra está descontada en el banco. Asiento 10, los efectos a cobrar que figuran en balance no fueron atendidos a su vencimiento por lo que Cupertsa los califica como dudoso cobro y registra un deterioro del 100% del mismo. Vamos a ver. Y tenemos aquí efectos a cobrar por 1.000 euros, nos atienden, efectos a cobrar no, efectos en gestión de cobro, efectos a, sí, efectos a cobrar, efectos a cobrar, son 1.000 euros, con lo cual doy de baja efectos a cobrar y cargo la cuenta clientes de dudoso cobro y registro el deterioro, cargo gasto por 1.000 euros. Tenemos un sistema individualizado y abono la cuenta compensadora por 1.000, tendré este crédito pero su valor neto contable será cero, aquí tengo el cliente de dudoso cobro y aquí tengo la cuenta compensadora, todavía no he dicho que sean incobrables definitivamente. 11, los efectos enviados al banco en gestión de cobro fueron pagados a su vencimiento al liquidar la operación la entidad bancaria retuvo el 10 por 1.000 del nominal en concepto de comisión. Vale, habíamos enviado 1.000 euros en gestión de cobro y el banco me va a cobrar el 10 por 1.000 del nominal, por tanto me va a cobrar 10 euros, yo no voy a percibir 1.000 euros sino que voy a percibir 990 euros, 990 es lo que me entra en el banco, 10 servicios bancarios gastos y de baja efectos en gestión de cobro. La cuota, perdón. Los intereses anuales devengados por el PSTB. El PSTB a largo plazo ascienden a 1.920, importe que sea satisfecho junto con el principal el 30 de junio del año 2004. Bien, aquí tendría que registrar unos intereses, gasto financiero de 1.920 y yo sé que el préstamo va a vencer, aquí tengo préstamo a largo plazo 19.200 al año siguiente, por tanto procedería... Hacemos una reclasificación por lo menos hacia el ejercicio, me había saltado un punto, el 12. Todos los efectos descontados fueron atendidos a su vencimiento, con lo cual aquí los efectos que había descontado que tengo registrados por 3.000 euros son atendidos al vencimiento, el banco Z los percibe, con lo cual vale, bien, perfecto, genial, cancelo el pasivo y cancelo el activo. Es decir, esto lo doy de baja. Y vamos ya con el tema de los intereses, los intereses los registro como gasto financiero de vengo 1.920 euros en gasto a pasivo, intereses a pagar y aquí pondría a corto plazo, sería un pasivo corriente y luego reclasifico el préstamo de largo plazo al corto plazo, el nominal. Y esto lo haría a cierre de ejercicio. ¿Qué más? La cuota por amortización del edificio asciende a 1.700, pues registraría gasto a cuenta compensadora, analizaremos las amortizaciones, no os preocupéis, la semana que viene, en el tema número 12, gasto de amortización, amortización acumulada que es una cuenta compensadora de activos. Y bien, ya para ajustar las existencias estoy con Inventar.com.ar. En Inventario periódico, llevo un sistema de control de inventario periódico, tendré que dar de baja las iniciales y dar de alta las finales y tendré que hacer un inventario y valorarlo. Las finales, tras realizar el inventario y valorarlo, me dice que ascienden a 2.500, y las iniciales, dato del enunciado, ascendían a 7.000, por tanto abono 7.000 con cargo variación de existencias. Y cargo 2.500 con abono a variación de existencias. Habéis visto que la cuenta de mercaderías no ha tenido movimientos durante todo el ejercicio. La cuenta de variación es una cuenta que nos recoge el consumo efectivo de mercaderías, pues esta es una cuenta, bueno, que nos recoge, la utilizamos para calcular el consumo efectivo de mercaderías, es una cuenta que da explotación, acordaros de la ecuación que era existencias iniciales más compras netas es igual... al consumo, coste de ventas, más las existencias finales, ¿eh?, y a mí lo que me interesa es esta partida de coste. Bien, calculo el resultado, saldo de las cuentas de compras y gastos, cuentas que tienen saldo deudor, de compras, la compra de mercaderías, veis que el consumo, que sería el coste, será igual a las compras netas más las iniciales menos las existencias finales. Por tanto, doy de baja las cuentas de compras y gastos, compras de mercaderías, transportes, intereses de descuento de efectos, servicios bancarios, pérdida por deterioro, préstamos, interés de préstamos, amortización y variación de existencias, que en este caso la variación de existencias tiene saldo deudor, ¿por qué tiene saldo deudor? Porque las iniciales eran mayores que las finales. Y saldo las cuentas de ingresos y compensadoras de compras, que serían ventas de mercadería y devoluciones de compras. Con abono a la cuenta resultado del ejercicio. El resultado del ejercicio, ¿qué va a ser? ¿Qué saldo va a tener el resultado del ejercicio? Tendrá saldo deudor, va a ser un resultado negativo. Y a cierre de ejercicio pues las cuentas patrimoniales o de balance, las que tienen saldo acreedor las cargo y las que tienen saldo deudor, entre ellas resultado del ejercicio, las abono. Aquí tenéis. Las cuentas de mayor, cuentas de activo y cuentas de pasivo y neto. Las cuentas patrimoniales o permanentes. La de mercaderías solamente tiene movimientos a cierre de ejercicio. Y aquí la de resultado, que es de pasivo y neto, pero en este caso veréis que tiene saldo deudor antes del cierre. Es un resultado negativo. Y aquí tenemos las cuentas de mayor, cuentas de activo y cuentas de pasivo y neto. Las cuentas de mayor que son las temporales, las que van a resultados, compras y gastos y ventas e ingresos. Tenemos la cuenta de compras con saldo deudor y la cuenta compensadora de compras que tiene saldo acreedor. Y la variación de existencias que es cuenta a la cual van a fluir la diferencia entre las iniciales y las finales. Y bueno, en base a toda esta información estamos ya en condiciones de calcular o determinar el estado de resultados y la cuenta de pérdidas y ganancias. Vamos con los resultados. Año 2003. Teníamos unas ventas de mercaderías de 8000. El coste de ventas o consumo, como lo calculo, iniciales menos finales más compras netas partiendo de esta ecuación. Las compras netas 2100. Las iniciales menos las finales, pues vemos que las compras netas serían las 2100. Y en menos la devolución de compras. Puntualizo esto, que es importante, que es relevante. Estas serían las compras netas. Y la variación de existencias que serían las iniciales menos las finales. Como había más iniciales que finales, es 4500 aquí con signo positivo. Por tanto el coste de ventas ¿cuál será? 2100 menos 1000 más 4500, 5600. El resultado bruto en ventas 2400. Esto menos esto. Y calculo, perdón, expreso aquí las demás partidas de gastos que me afectan. Gastos que no son de tipo comercial. Que ascienden a 4993 y veis que el resultado del ejercicio es una pérdida de 2593. Pérdida que figurará en balance, minorando el patrimonio neto de la compañía. Bien, aquí tenemos los resultados contables principales. La cuenta de resultados, visión dinámica, un periodo. Y el balance de situación, visión estática, una fecha. La cuenta de resultados nos analiza o nos expresa cómo ha evolucionado el patrimonio neto de la empresa derivado de la actividad de explotación y financiera de la misma durante un periodo, un año. Y el balance nos da una imagen estática. O una foto de la composición de la estructura económica y financiera de la empresa en una fecha determinada. Bueno, ya para terminar. Preguntas de examen. ¿Qué es un instrumento de patrimonio? Cuatro respuestas posibles, una válida. ¿Es una inversión financiera a largo plazo? Pues no. Una inversión financiera a largo plazo será un activo financiero. Acordaros que los instrumentos financieros pueden ser activos financieros. Pasivos financieros e instrumentos de patrimonio. ¿Un contrato que da lugar simultáneamente a un activo y un pasivo? Esto será un instrumento financiero, pero no un instrumento de patrimonio. ¿Una participación social en el capital social de algunos mercantiles? Efectivamente. Esto es un instrumento de patrimonio. Lo he comentado hoy al iniciar la clase. Esto es un instrumento de patrimonio. Y no confundáis instrumento de patrimonio... ...con instrumento financiero. No es lo mismo. El instrumento de patrimonio es un tipo de instrumento financiero. Pregunta 17. ¿Qué asiento ha de hacerse para contabilizar el descuento en una entidad bancaria... ...de una letra de cambio de 15.000 euros de valor nominal y vencimiento a tres meses... ...al 12% de interés anual y una comisión del 5 por mil del valor nominal? Yo esto lo haría por exclusión. Cojo un papel, me veo en el examen. Un papel de estos de borrador. Y empiezo a hacer mis cálculos. El nominal, 15.000 euros. Por tanto, la voy a descontar. Tendré que registrar si hay un descuento, un pasivo... ...es decir, una deuda con la entidad financiera. Porque en caso de impago deliberado me la va a exigir a mí. Por tanto, en el asiento a la fuerza tiene que haber deudas por efectos descontados... ...por importe de 15.000. Esto no podría ser. Registraría un abono en efectos comerciales a cobrar si hago el asiento de reclasificación... ...y cargo efectos comerciales descontados. Pero lo que tengo que registrar a la fuerza es el registro de un pasivo. Por tanto, respuestas posibles. La C y la D. Vamos a ver cuál es la correcta. Me van a descontar. Una comisión de 5 por 1.000 de valor nominal. 5 euros por cada 1.000. Por tanto, por 15.000 me van a descontar 75. Por tanto, aparece tanto en la C como en la D. Esto no me sirve. Y un interés del 12% anual. El 12% anual sobre 15.000 son 1.800 euros. En un año. Pero la letra tiene un vencimiento a tres meses. Me van a anticipar solamente tres meses. Por tanto, la cuarta parte de un año. Serán 450 euros. Esta es la respuesta clave. El banco no me va a cobrar 1.800 euros por interés de descuento. Porque me va a anticipar tres meses, no doce meses. De ahí que la única respuesta válida será la respuesta C. Bien, pasamos ya rápidamente al siguiente tema. Que es el tema número 11. Introducción a la contabilidad. Fundamentos de contabilidad. Y ahora vamos a hablar de cuentas con el personal e impuestos. Aquí vamos a hablar fundamentalmente, lo más importante es la contabilización de la nómina. Luego también nociones básicas del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre valor añadido. En el tema anterior analizamos el proceso contable relativo a los créditos originados por la venta de exigencias comerciales o la prestación de servicios. Así como las deudas derivadas de la adquisición de los impulsos usados por la empresa en su actividad ordinaria. Ahora vamos a analizar. La problemática contable de los créditos otorgados y deudas contraídas por la empresa con dos grandes agentes económicos. Como son los trabajadores y las administraciones públicas, Seguridad Social y Hacienda Pública. Bien, dentro del epígrafe personal vamos a incluir a todos los empleados. El conjunto de empleados, visión amplia. Por tanto todas las categorías laborales y profesionales. Todos aquellos sujetos. Aquellas personas que están vinculadas a la empresa por un contrato de trabajo fijo, eventual, a tiempo parcial, a tiempo completo. Y toda esa masa es el personal. Y la notabilidad de las retribuciones en favor de estas personas constituye la nómina. Y aquí hablamos de conceptos fijos y conceptos variables de todo tipo. Destajos, comisiones. Pluses. Se llame como se llame. El conjunto de todas esas partidas son los gastos de personal. Es la nómina, el gasto salarial para la empresa. Y además la empresa debe afrontar otra partida de gasto adicional que es la cotización a la Seguridad Social. Por tanto los gastos de personales tienen dos partidas fundamentales. El importe de la nómina. Hablamos de importe bruto. Importe líquido, por lo tanto importe bruto de la nómina. Más la Seguridad Social cuota empresa. ¿Qué cuentas reflejan los hechos contables derivados de las relaciones entre las empresas y sus trabajadores? Hay tres tipos de cuentas. Cuentas de gastos. Que contablemente afiguran en el plan general de contabilidad en el subgrupo 64. Sobre todo sueldos y salarios, la 640. Y Seguridad Social a cargo de la empresa, la 642. Hay diferentes partidas también. En caso de dirección por despido, la 641. 649 para otros gastos sociales. Pero las fundamentales son la 640 y la 642. Cuentas de activo. Cuando concedemos un crédito al personal. Un anticipo que me piden los trabajadores. En las cuentas del subgrupo 46, la 460. Esta es una cuenta de activo. Y cuentas de pasivo. Deudas que tengo con los trabajadores por salarios de vengados no pagados. La 461. Que es una cuenta de pasivo para la empresa. Y deudas que tengo con la Seguridad Social y Hacienda. En el subgrupo 47. Dentro del epígrafe 475. Hacienda pública credulada por IVA. Retenciones. Impuestos a sociedades. Y tendríamos también la cuenta 476. Que es la que no aparece. Que sería organismo de la Seguridad Social acreedores. En las cuentas del grupo 47. Tenemos las deudas con las administraciones públicas. Y también los derechos de cobro frente a las administraciones públicas. En el caso de que tengamos un saldo de deudor. Cantidades a devolver por parte de Hacienda o de la Seguridad Social. Bien. Tres componentes principales de la partida de gasto de personal. La más relevante. Sueldos y salarios. ¿Qué incluimos aquí? Las remuneraciones fijas o variables devengadas. Directa o indirectamente por el personal fijo o temporal de la empresa. Es el importe íntegro o bruto de la nómina. Sueldo, base, complementos, horas extras, pagas de resultados, comisiones. De este sueldo bruto. La empresa como colaborador social con Hacienda y la Seguridad Social. Está obligado a detraer. Dos partidas. La primera. La cotización del trabajador a la Seguridad Social. Porque no solamente cotizan las empresas. Sino que también cotizan los trabajadores o cotizamos los trabajadores. La cuota obrera. La detrae la empresa de la nómina y la transfiere posteriormente a la Seguridad Social. Juntamente con un importe de las cotizaciones de la propia empresa. Y la segunda gran partida que detrae. Es la retención acumulada. La cuenta de impuestos o la renta de las personas físicas. Esto va en función de las retribuciones de cada trabajador y de su situación personal. Por tanto. Una cosa es el gasto. Que es el importe íntegro. Eso es el coste salarial de los diferentes trabajadores y trabajadoras de la empresa. Y otra cosa es lo que esta gente percibe. El líquido. El líquido sería el importe íntegro o bruto. Menos. Estas dos detracciones que aquí aparecen. La cuota obrera y la retención de esa cuenta IRPF. Que para la empresa son cuentas de pasivo. Porque las detrae de las percepciones de los trabajadores. Pero está obligada a transferirlas a Hacienda y Seguridad Social. O a Seguridad Social y Hacienda respectivamente. Segunda gran partida. La cuota patronal. Seguridad Social a cargo de la empresa. La cotización que tiene que realizar la empresa. Por sus trabajadores. Desde el año 2014. Estas cotizaciones tienen que estar detalladas en la nómina o recibo de salarios. ¿Vale? Por tanto, la empresa tiene siempre dos grandes partidas de gasto. El sueldo bruto y la cuota patronal a la Seguridad Social. Y la empresa está obligada a liquidar, a transferir a la Seguridad Social. Su cuota patronal más la cuota obrera que ha descontado la nómina. Y también está obligada a transferir a la Agencia Tributaria. Las retenciones que aplica en nóminas a los trabajadores. Aquí tenéis una nómina, un recibo de salarios. Recibo tipo. Todos los que estéis trabajando en activo. Pues percibiréis a final de mes. Os harán entrega de forma manual o virtual. De un recibo con esta información. Y desde el año 2014 hay que detallar la cotización de la empresa a la Seguridad Social. Y la tercera gran partida que puede aparecer en los gastos de personal son otros gastos sociales. Aquí incluimos otras retribuciones. En dinero en especie, a cargo de la entidad de empleadores. En beneficio del personal por cumplimiento de alguna disposición legal o bien de forma voluntaria. Subvenciones a economatos. Comedores. Gasto de transporte. Becas de estudio. Cursos de reciclaje. Primas por contrato de seguro de vida. Excluidas las cotizaciones a la Seguridad Social. Primas por cualquier tipo de seguro, de vida, accidentes, etc. Bien, vamos a ver un ejemplo. Nos dice lo siguiente. El desglose de los gastos de personal contraídos por la empresa X en el mes de enero es el siguiente. Importe bruto o íntegro. Que sea la primera partida de gasto. 900.000. Seguridad social cuota obrera. La voy a poner aquí. La voy a detraer de esta partida de gasto para pagársela a los trabajadores. Para pagarles la diferencia. Y esta cuota la tengo que pagar a la Seguridad Social. Por tanto, no es gasto para la empresa. Retención a cuenta de IRPF de los empleados. 159.000 que tampoco es gasto para la empresa. La empresa, el gasto que tiene es 900.000. Y los trabajadores van a percibir líquidos. 900.000 menos 54 y menos 169. Otra partida de gasto para la compañía. Sin ninguna duda es la cuota patronal. 225.000 euros. Bien, por tanto, registramos esta operación. Este asiento de nómina. Y tendríamos dos cargos en cuentas de gastos. El importe bruto. 900.000. Y la cuota patronal. 225.000. Por tanto, cargo. Sueldos y salarios por 900.000. Y Seguridad Social por 225.000. Estas dos partidas son el gasto de personal. Esta y esta. La Seguridad Social, la contrapartida que va a ser una obligación de pago frente a organismos social acreedores. Es un pasivo corriente con la Seguridad Social. De los 900.000, que es el sueldo bruto, descuenta a los trabajadores 54.000, que es la cuota patronal. Obrera. Y 189.000, que es las retenciones de IRP. Y estas también son cuentas de pasivos. Deudas que tiene la empresa con Seguridad Social y Hacienda. ¿Y qué perciben los trabajadores? El líquido, el neto, de los 900.000, que es el gasto. Estos son las partidas de gasto. Los trabajadores van a percibir 657.000. Eso es el líquido. ¿Vale? Podríamos refundir estos dos asientos en un único asiento. De esta forma. 900.000, sueldos y salarios. 225.000, Seguridad Social, cuota empresa. Se puede registrar así, directamente. Y veis que la deuda con la Seguridad Social es de 269.000. Que serían los 225.000 de la cuota patronal. Más los 54.000 de la cuota obrera. Pero tendríamos deuda con Hacienda por retenciones 189.000. Y el líquido, lo que perciben los trabajadores, 657.000. E incluso podríamos... Lo que pasa es que hay efectos de información. En cuenta de explotación es bastante cutre la expresión. Condensarlo en una única partida gasto de personal. Bien. Si la empresa incurre en algún tipo de gasto de carácter social. Por ejemplo, el transporte de los empleados hasta el centro de trabajo. Y esta partida corre a cargo de la empresa y asciende a 100.000 euros. Imaginémonos que le contratan un servicio de transporte externo a la empresa. Para llevar a los trabajadores desde el centro de la ciudad a su factoría que está en este radio. Pues nada, registraría un cargo como otros gastos sociales. Con estos 100.000. Y estarían pendientes de pago. Cuando los pague cancelaría el pasivo. Pero inicialmente estarían pendientes de pago acreedores por transportes. Por la empresa de transporte por 100.000. Esto sería gasto. Y esto sería una deuda o un pasivo. Si los presta directamente con un autobús de la empresa. Con un conductor asalado de la empresa. Pagando el combustible. Y todo el mantenimiento del autobús. Pues en este caso, ¿cómo lo va a registrar? La empresa tendrá registrado su contabilidad en diferentes partidas de gasto. La amortización del autobús. El combustible del autobús. El mantenimiento del autobús. El sueldo del conductor del autobús. La seguridad social del conductor del autobús. Todo eso iba a explotación como gasto. ¿Vale? Pero para que quede recogida correctamente. Tiene que registrar. El gasto de ese autobús. Por todos los conceptos, mes a mes. En una cuenta de otros gastos sociales. Porque es un gasto relacionado con el transporte exclusivamente del personal. Desde el centro de la ciudad a la factoría ida y vuelta. Y vuelta de la factoría al centro de la ciudad. Y registraría un gasto social. ¿Pero qué pasa? Me diréis. Claro, es que así está contabilizando dos veces. Uno. Todos los conceptos en una partida de otros gastos sociales. Y dos. Por separado las diferentes partidas que componen el gasto de este autobús. La amortización. El combustible. El seguro. La nómina del conductor, etcétera, etcétera. Bien, pues para neutralizar todo esto. Registraríamos una cuenta de ingresos. Ingresos por servicios al personal. Aquí no tengo una deuda con nadie. Por el servicio directamente de prestar el transporte al personal. Sino que ese servicio lo da la empresa. Tendrá deudas por el mantenimiento del autobús. Por la gasolina. Si no las paga el contador, etcétera, etcétera. Por la nómina del conductor. Pero claro. Para que el gasto por naturaleza quede correctamente imputado. Tiene que estar imputada una cuenta de gasto al personal. Y esta cuenta de ingresos por servicios al personal. Me viene a neutralizar de alguna forma en explotación. Todas las partidas de los gastos relacionados con el autobús. Todos estos que hemos indicado anteriormente. Así mismo. Si la empresa concede un anticipo o un crédito. Un préstamo. Hablando en román padrino. A un trabajador. Ese derecho de cobro también. Queda recogido en cuentas de créditos al personal. El anticipo de las remuneraciones es una cuenta de crédito a corto plazo. Anticipo una, dos o tres mensualidades. Les puedo dar facilidades de pago. Pero evidentemente no es un crédito. No es un préstamo que le voy a conceder. Y en algunos casos excepcionales la empresa también puede financiar. A lo mejor un apuro. O a un trabajador excepcional. Darle una ayudita. Y a lo mejor concederle un crédito. A dos o tres años vista en ese caso. Registraríamos también ese derecho de cobro. En una cuenta de créditos al personal a largo o corto plazo. En cuanto a las deudas. Vienen originadas principalmente de deudas con el personal. Por dos motivos. Retribuciones devengadas y vencidas que están pendientes de pago. La nómina del mes. Que no hayan pagado el día 31 o el día 30. Y la pago al mes siguiente. O bien retribuciones devengadas. Pero no vencidas. Por ejemplo las pagas extraordinarias. Que se van devengando mes a mes. Pero hay que atenderse a la normativa. A los trabajadores que dice que hay dos pagas extraordinarias. Al convenio colectivo si establece alguna adicional. O incluso a la normativa de empresa o los pactos individuales. Pero claro la exigibilidad de una paga extraordinaria. Si vamos a la normativa estándar. Se liquida durante los 20 primeros días de los meses de junio. De julio perdón. Y de diciembre. La de verano y la de navidad. Se devengan mes a mes pero no son exigibles. Si se devengan mes a mes. Tengo que calcular y registrar contablemente ese gasto. Ese gasto por la paga extraordinaria. La parte proporcional. Y queda la pendiente de pago. La contrapartida es una cuenta pasiva. Bien vamos a ver un ejemplo. Tenemos aquí una nómina de una compañía. Correspondiente al mes de julio. Y nos facilitan la siguiente información. El importe íntegro. Excluidas las retribuciones en el precio 80.000. Se va a asociar al cuota albea 3.200. Retención de IRPF 16.000. Y se va a asociar al cuota patronal 20.000. ¿Vale? Por tanto las partidas de gasto de la empresa serán 80.000 y 20.000. En la nómina se descuenta 5.000 euros por año. Anticipos concedidos a los trabajadores. Por tanto anteriormente haber registrado un anticipo de remuneraciones en el debe con abono a salida de tesorería. En el haber caja o bancos. ¿Vale? Y nos dice que además el importe líquido resultante se transfiere a los trabajadores excepto 9.000 euros. Que quedan pendientes de pago. Porque a un trabajador le gusta cobrar en efectivo. Y está de vacaciones. Y además nos dice que la empresa ha entregado mercancías a algunos de sus empleados. Por importe de 50.000 euros. Operación que está pendiente de contabilizar. Y así mismo el importe bruto de la paga de esta Navidad. Que corresponde al segundo semestre del año. Ascenderá a 750.000 euros. Con lo cual en julio tendré que devengar la parte proporcional. Parte proporcional que será una sexta parte. Bien, ¿cómo registro esto contablemente? Bien, el importe bruto de la nómina son 80.000. Para calcular el líquido le descuento. Si voy a asociar cuota obrera y retención a cuenta de IRPF. Descuento también, ojo, un anticipo de 5.000 euros que estaba registrado en balance. En el activo. Y quedarán pendientes de pago 9.000 euros. Por tanto esto me figurará como un pasivo. Por tanto lo que voy a pagar serán en total 46.800. Registro sueldos y salarios. Gasto 80.000. Si voy a asociar a cargo de empresa. Gasto 20.000. En el haber tengo. Hacienda pública quedada por retenciones. Pasivo por 16.000. Lo que le descuento a cuenta de IRPF a los trabajadores. Anticipos de remuneraciones que estaban en el activo lo abono por 5.000. Descuento del líquido. Anticipos que ya habían realizado los trabajadores por este importe. Me quedan pendientes de pago 9.000 euros de un trabajador que estaba de vacaciones. Esto sería incremento de pasivo. Esto sería reducción de activo. Y aquí tendría también incremento de pasivo. Y veis que me aparece organismo de seguridad social acreedora por 23.200. Y aquí recojo la cuota obrera, 3.200. Más estos 20.000 de la cuota patronal. El pasivo que tengo con la seguridad social es de 23.200. 3.200 que es lo que le descuento al trabajador, cuota obrera. Y 20.000 que es la cuota patronal. Y por otra parte tengo aquí el líquido que es lo que le pago a los trabajadores por 26.800. Veis que en el asiento 4. Dos partidas de gastos, cuota patronal y sueldo bruto. Diferentes partidas patrimoniales de activo y pasivo. Deudas con seguridad social por la cuota patronal y la obrera. Deudas con hacienda por retenciones. Deudas con personal por algunas nóminas que están pendientes de pago. Reduzco también el crédito que tengo por el anticipo facilitado de los trabajadores. Y la diferencia es lo que les pago efectivamente. Y luego me decía que había una entrega de mercancías por importe de 50.000 euros. Pendiente de contabilizar. Y además el importe bruto de la paga es 3 de 750.000. Bien, ¿qué pasa con la mercancía? Si la entrego al trabajador tendré un gasto social por estos 50.000 euros. La mercancía la tendré que regularizar en mis inventarios. Y la contrapartida registraría pues un consumo de esta mercancía cuando haga, si llevo inventario periódico o la variación de existencias. Y para no imputar dos veces en explotación genero una venta de mercaderías como un ingreso que me compense ese consumo que voy a imputar vía variación de existencias. Vale, y en cuanto a la paga extra pues imputo una sexta parte de la paga extra de navidad. 125.000 euros, sueldos y salarios gasto a remuneración expediente de pago que es un par. Bien, pues así está. Así se registra una nómina. Hablamos rápidamente de los tributos. Los tributos son unas figuras que sirven para registrar exacciones, es decir, obligaciones de pago que tienen los diferentes sujetos pasivos con la agencia tributaria. Los tributos son de tres tipos. Impuestos, que son tributos exigidos sin contraprestación directa y de pago obligatorio. El IRPF, tengo que pagarlo. Hacienda no me da nada a cambio. Las tasas, que son tributos que se pagan en contraprestación de algún servicio especial proporcionado por una administración pública. Por ejemplo, la tasa de recogida de pasuras por un servicio de limpieza y ayuntamiento. Y las contribuciones especiales, que son tributos exigidos de forma obligatoria para obtener un beneficio especial o cuando tienen un beneficio especial algún colectivo o algún grupo de personas. Por ejemplo, una contribución especial que me puede exigir el ayuntamiento por implementar mejoras o hacer obras de urbanización o de saneamiento en una determinada área de la ciudad. Una área expansiva y eso va a ocasionar un incremento del valor de los solares. Esto me va a beneficiar, evidentemente, como propietario. Girará en una contribución especial para costear parte de estas infraestructuras. En el ámbito de la contabilidad empresarial destacamos dos categorías de impuestos. Los impuestos directos sobre la renta, IRPF y sociedades. Y el impuesto indirecto sobre valor añadido, que grava casi todas las compras de bienes y servicios, así como las ventas y la mayoría de los ingresos que facturan las compañías. En cuanto al impuesto a sociedades, ya lo conocéis, ya lo hemos visto en temas anteriores. Se contabiliza como gasto del ejercicio antes de formular las cuentas anuales. Calculamos el resultado antes de impuestos. La suma del resultado de explotación y el financiero. Y sobre esa base de resultados, si es positiva, calculamos el impuesto sobre sociedades a pagar. Y si es negativa tendríamos un crédito a compensar. Esto se estudia en cuenta de la Financiera Superior frente a la Hacienda Pública. Por tanto, en el escenario normal habitual, resultado positivo, calculamos la cuota tributaria del impuesto. Esa cuota va a ser el gasto contable. Registramos un impuesto sobre beneficios, cargo la cuenta de gastos y la contrapartida, un pasivo Hacienda Pública acreedora por impuesto a sociedades. Posteriormente se cancela este pasivo cuando se presenta la declaración modelo 200 y se efectúa el pago a la agencia tributaria. Sin embargo, la normativa fiscal establece dos procedimientos que permiten a Hacienda Pública percibir parte de dicho impuesto durante el ejercicio. Que son las retenciones y los prejuicios. Las retenciones las realizan entidades que pagan a la empresa determinados rendimientos. Por ejemplo, intereses de cuentas corrientes, bancos, dividendos que puede percibir la empresa como accionista de otras compañías. Como titular de activos financieros en estas compañías. Y esas retenciones se registran en una cuenta Hacienda Pública deudora por retenciones. Una cuenta de activo de la empresa privada. Porque la empresa genera, devenga unos ingresos financieros, pero no los percibe en su totalidad. Sino que hay una parte que el pagador le retiene e ingresa a Hacienda Pública. El pagador está obligado a ingresar, a transferir ese importe a la Hacienda Pública. Tendrá un pasivo, pero la empresa que beneficiaría de esos ingresos. Pues a no percibirlos tendrá un crédito frente a la Hacienda Pública. Ese es el mecanismo de las retenciones. Y otro mecanismo son los pagos a cuenta. La propia compañía auto liquida tres pagos a cuenta durante el ejercicio. Antes del día 20, los meses de abril, octubre y diciembre. Tres pagos a cuenta. Que auto liquida y presenta el modelo 202. Y efectúa este pago a cuenta de la liquidación definitiva del impuesto de sociedades. Y tiene también otro activo, otro crédito frente a la agencia tributaria. Bien, si cuando se liquida definitivamente el impuesto sobre sociedades. El gasto es superior a las retenciones y a los pagos a cuenta. Estas son cuentas de activo corriente o circulante. Pues la diferencia será un pasivo. Hacienda pública acreedora. Y si las retenciones superan al gasto por impuestos o beneficios. La empresa tendrá un activo, un crédito fiscal. Hacienda pública acreedora por impuestos o beneficios. Le pedirá a la agencia tributaria que le devuelva ese impuesto. Aquí tenéis un pequeño resumen con los asientos típicos. Asientos tipo. El devengo y pago de la nómina. De la seguridad social a cuota patronal. Del pago de retenciones QRPF y cuotas de la seguridad social. Cuando cancelamos estos pasivos. Cancelo pasivo y pago líquido a la agencia tributaria y a la seguridad social. Por la concesión del crédito a un trabajador. Crédito personal de tipo remuneraciones. Por la cancelación mediante descuento en nómina. Cancelo este anticipo. Cancelaría también. Si es un crédito que me iban pagando fuera nómina. En diferentes cuotas. Aquí veis cancelo el crédito. Y me tienen que liquidar la parte del crédito más los intereses de crédito. Que es ingreso financiero. Para la empresa que concede el crédito. Sueldos devengados y beneficios cuyo pago se difiere. Aquí aparecería remuneración pendiente de pago. Sueldos devengados a fecha de cierre de ejercicio. La paga extra. Hemos visto antes. Y la cancelación de estas deudas. Cargamos el pasivo. Y registramos la salida tesorería. Es un resumen de lo que acabamos de ver. En cuanto a las retenciones practicadas por terceros de la empresa. Por ejemplo. Intereses de nóminas. Intereses financieros. De un plazo fijo que puede tener la compañía. Percibe un importe inferior al ingreso financiero. Y registra aquí la retención que le aplica el banco. En origen. En cuanto a los pagos a cuenta. Los auto liquida la empresa. Transfiere el importe a la agencia tributaria. Y tiene aquí un derecho de compensación con la liquidación definitiva. Si el gasto de impuestos o beneficios. Supera las retenciones y pagos a cuenta. Hacienda pública creadora pasivo. Y si es inferior. Hacienda pública deudora activa. Bueno. Ya llevamos bastante tralla. Quería. Ver este ejercicio. Pero ya no nos va a dar tiempo. Porque la próxima semana. Es que nos quedan dos tutorías. Tenemos que ir bastante rápido. Porque. Nos tocará. Terminar el tema 11. Ver el tema 12. Y resolveremos y comentaremos rápidamente. La prueba de evaluación continua. Que habéis realizado hace unos días. Por tanto la próxima semana también. Sesión full time. Pues más rápido. Porque si no no me da tiempo. Terminamos el tema 11. Vemos el tema 12. Y. Resolvemos la PEC. Y nos queda una tutoría en enero. Para ver los temas 13 y 14. Sobre todo el tema 14. Es un tema muy teórico. En una sesión de dos horas nos va a dar tiempo a verlo. No os preocupéis por eso. Pero la semana que viene. Tenemos sesión intensísima. Nos vemos el próximo lunes. Adiós.