Buenas tardes. Veis ahí en lo que acabo de poner en el título del vídeo, que es la duodécima clase. En principio debería ser la última, ¿no? Porque, bueno, por razones de calendario terminamos las clases antes de Navidad. Por mi parte, hoy no me va a dar tiempo a terminar el temario y, como no quiero dejar nada sin dar, si nos importa os emplazo al primer lunes después de las fiestas. Perdón, al primer martes, que me parece que es el 9 de enero. Esperad que os lo confirmo. 9 de enero, déjame que lo confirme. 9 de enero, ¿correcto? Entonces, el 9 de enero haremos una clase adicional, en esta misma hora, siendo martes, para que yo termine adecuadamente el temario, que si no lo vamos a hacer muy deprisa y corriendo y no me interesa. Será una clase como esta, la grabaré, la colgaré, podréis venir, podréis conectaros, podréis intervenir, exactamente igual. Y adicionalmente, al margen de esta clase que os voy a dar de más... Para terminar el temario, si desde ese día hasta el día del examen necesitáis que repasemos algo, necesitáis que vayamos otro día, bueno, me lo decís. Miramos de un día que podamos venir aquí, media hora, una hora, lo que sea y, bueno, pues hacemos un repaso, hacemos una resolución de dudas o lo que queráis, ¿vale? Me adelanto también a... A la despedida, que tendremos luego. Durante estas vacaciones sigo siendo vuestro tutor, así que si continuáis estudiando y os surge alguna cuestión, sabéis dónde encontrarme, sabéis cuál es mi correo electrónico, el personal y el de la UNED, me podéis consultar cuantas cosas sean, ¿vale? Que nadie se corte en ese sentido. Bueno, ya por último, continuamos con lo que veíamos el otro día. Hoy vamos a terminar este tema y vamos a ver prácticamente entero el siguiente porque vais a ver la causa, ¿vale? Vais a ver la causa. Bueno, terminamos con este tema que era única y exclusivamente... Vale. Única y exclusivamente un tema... Lo que nos quedaba era la recopilación, ¿no? Las conclusiones, si estamos hablando de la pena de muerte. Y veíamos dos grandes conclusiones, a modo de repaso lo que vimos el otro día. La pena de muerte, en primer lugar, había sido protagonista en diversos ciclos, en ciclos de gran represión de carácter político a lo largo del siglo XIX, en ciclos de gran insurgencia y contrainsurgencia, también sobre todo a lo largo del siglo XIX, de los carlistas, de los absolutistas, también de los republicanos, es decir, de todo tipo de orientaciones de carácter político. Y por último, evidentemente, hay un agigantamiento brutal en el uso de esta técnica, si queréis, durante la guerra y la posguerra. Y en segundo lugar, hay que señalar que... Hay que señalar que se está construyendo una nueva estructura doctrinal y argumentativa respecto a la figura de la pena de muerte, con una evolución lenta, con una evolución muy pareja a la historia y con una evolución que ha llevado al proceso de la abolición en un primer momento de forma que ni siquiera llega a estar vigente durante la primera república, en un segundo momento de únicamente dos años durante la segunda república y en el momento actual, que como os dije, no tiene ningún sentido. Y, por último, hay que señalar que, como os digo, lleva fuera de licencia en el ordenamiento jurídico desde la Constitución de 1978, aunque continúa abierta la vía a su reincorporación mediante los caminos que expresamos el otro día. Una pequeña recapitulación y continuamos. ¿Alguna pregunta sobre esto? No, no. Eso es lo que habíamos visto el otro día. Hombre, disculpadme. Gracias. ¿Perdón? Gracias. Vale. Bueno. Vale. Entonces, visto esto, queda una pequeña recapitulación de lo del otro día y no tiene mayor importancia. Vemos este tema, ¿no? El tema 12. Historia del delito político en la España contemporánea, 1808-1977. Este tema es el que os digo que vamos a ver completo en el día de hoy. Lo vamos a ver completo por una sencilla razón, y es que en este tema repasamos, recaemos y volvemos a ver, remiramos, asuntos que ya conocíamos, asuntos que ya hemos visto. Por eso se insiste tanto en todo el aspecto histórico en los primeros días, porque este es un tema puramente histórico. Básicamente, lo que vamos a ver son los vaivenes históricos en España de 1808 a 1977. Como nosotros sabemos ya cómo funciona, sabemos esta etapa del Tour de Francia, que os cuento siempre, ¿no? El primer tercio del siglo XIX, sabemos cómo funciona después, el sexenio y todas estas cosas, nos va a parecer muy sencillita. Y por eso lo vamos a ver muy rápido, porque no vamos a necesitar demasiadas reflexiones. Este tema es muy sencillo. Es un regalito, ¿vale? Os lo comenté, como vuestro manual le ejecutan diferentes autores, pues se repiten un montón de cosas y nosotros nos aprovechamos de ello, ¿vale? Idea fundamental, prácticamente la única nueva que tenemos en este tema y que va a ser la que guíe todo lo que vamos a argumentar en los siguientes minutos. Difícil, frontera difícil. Difícil, delimitación entre derechos políticos y delitos políticos. Es decir, difícil frontera entre una determinada ideología y la conceptualización de esa ideología como un delito. Difícil frontera que además es una frontera cambiante, es una frontera muy influenciada por la ideología de cada uno. Y muy influenciada por la ideología de cada momento. Rara vez va a aparecer en el ordenamiento la expresión delito político precisamente por lo insatisfactoria de su delimitación, pero sí que va a aparecer o van a aparecer caracterizados los delitos políticos. Es decir, no vemos una definición. Pero sí vemos cómo concurren. Básicamente, ¿de qué estamos hablando? Estamos hablando de eso. Cuando unas determinadas ideas comienzan a ser perseguibles por parte del Estado de Derecho. Y evidentemente, o mejor dicho, por parte del Estado, porque vamos a hablar también de época del absolutismo. Muy evidentemente, esto tiene una enorme identidad. una enorme evolución relacionada con el propio con la propia evolución histórica del Estado ¿Vale? Claro lo vemos por aquí ¿no? el delito político de la formación del Estado liberal evidentemente las transformaciones estatales son transformaciones penales y las transformaciones estatales vienen de transformaciones filosóficas el paso de súbdito a ciudadano conlleva el paso del antiguo régimen al Estado liberal conlleva un aumento en las posibilidades o en las libertades de carácter ideológico que puede exigir si así lo desea el que ya es un ciudadano ¿Vale? Lo cual no significa que estas libertades sean infinitas no tengan ningún límite más aún este paso del antiguo régimen al Estado liberal resulta extremadamente complicado en toda Europa y en concreto en el caso español que es el que más estudiamos por diversas razones ¿Vale? En nuestro caso concreto, en nuestro caso específico la violentísima caída del antiguo régimen y por violenta caída me refiero a que la primera desaparición del antiguo régimen en España se produce vía la guerra de independencia española y en segundo lugar la inestabilidad de las primeras décadas del liberalismo en España con continuos altibajos que se extienden prácticamente durante 60 años porque durante más del medio siglo va a haber tres guerras carlistas que en realidad son dos, pero bueno la guerra de sucesión perdón, la guerra de independencia española diversos golpes de Estado diversas vueltas al al absolutismo gobiernos más a la izquierda y más a la derecha etcétera, etcétera por lo tanto está eh, hasta eh gritar por ejemplo viva la Pepa vale, viva la constitución de Cádiz de 1812 a la cárcel por ello ehm de tal forma que por ejemplo en la década ominosa 1823 1833 unas 20.000 personas serán expedientadas por sus ideas políticas incluyendo antiguos héroes de la guerra de independencia española como la CII, Spocimina, Riego, etcétera, etcétera ojo lo cual no significa que la persecución por las ideas políticas hubiese cesado durante el trienio liberal sí que es verdad que se atenúa sí que es verdad que ehm se siguen criterios mucho más racionales pero el trienio liberal también persigue a sus enemigos vale con menos crueldad sí, con menos saña sí en menor número sí considera que hay gente que son disidentes sino enemigos pues también pero no se teme a un bruto pero el trienio liberal también hace esto al no haber una definición cerrada de lo que es delito político eh se iba legislando a capricho en cada momento y además cada gobierno cada orientación política tomaba de esta idea lo que más le gustaba a esto hay que sumar que el último momento reaccionario de Fernando VII evidentemente no gustó a los liberales porque les mató pero es que tampoco gustó a los más conservadores de tal forma que las fuerzas más conservadoras se agrupan en torno a una idea que se da en llamar cabellismo y se produce otra contienda bélica vale, otra contienda bélica con eh consecuencias directas en todo este aspecto del de los delitos políticos en tanto en cuanto entra una nueva ideología que será considerada como delito político que es la del cabellismo etc digo siempre cabellismo existía antes de esto porque en el fondo estamos hablando de ultracarolicismo y ultraconservadores etc vale, todo esto ayuda a que continúe la indefinición la indefinición siempre es muy cómoda para el para el poder en tanto en cuanto puede moldear a capricho vale eh a partir de 1848 lo que se parece o lo que se intenta es limitar estos delitos políticos a delitos de estado es decir reducirlos a los llamados delitos de sedición y rebelión vale sedición y rebelión lo cual nuevamente siendo importante es decir poco en tanto en cuanto sedición y rebelión podemos extenderlas o o encerrarlas o encarcelarlas tanto como queramos sumemos otro punto adicional de problemática y es la propia figura del sedicioso y del rebelde la propia figura del sedicioso y del rebelde que desde la revolución francesa de 1830 aparece contenida en un aura de romanticismo lo que había significado Lord Byron para la independencia de Grecia se auto intitulan como significantes un montón de paisanucos por toda Europa y todas las tendencias políticas además normalmente ultraconservadores y así por ejemplo el romanticismo en España es un movimiento reaccionario ¿qué es lo que pasa? que esta figura los carlistas se ponían a denominar un movimiento romántico la figura del carlismo es evidentemente romántica y ahí están los cuadros y ahí están las manifestaciones de carácter literario y ahí está la idea de su malacarre y es casi común fíjate vamos a hacer una comparativa muy sencilla y perdón que este era una respuesta muy larga y enlazamos la figura del rebelde en esta época del que va contra el Estado se identifica con la figura de una persona que exacerba la libertad individual y que por lo tanto tiene que ser tratada con suavidad por parte del poder hay esa dicotomía el poder puede establecer los límites del delito político donde quiera pero a la vez tiene esa cosa y decías tú lo de los carlistas un ejemplo muy sencillo la figura de los carlistas adquiere tintes románticos exactamente igual que hay tintes románticos en lo que el viento se llevó no aparecen los del sur como los caballeros casi chapados a la antigua pero con este sentido de la caballería y de la nobleza es exactamente lo mismo vale se puede ver en cualquier manifestaciones de tipo pictórico y de tipo literario en la época y viene mucho de el carlismo propiamente dicho yo no digo que no hubiera el carlista romántico pero lo que más había en el carlismo y lo que más se acaba manifestando es casi un bandolerismo semi organizado cuando Juan Martínez empecinado no sería romántico si también es una figura romántica porque es contra el poder es todo este asunto una figura tan vinculada al romanticismo entre otras cosas porque al ser anterior el romanticismo todavía no existe en España el romanticismo en España es un romanticismo muy tardeo y es un romanticismo muy del régimen liberal muy de a partir de la década de 1860 que fallece 50 años después o 60 años después que lo han empecinado vale entonces bueno es otro rollo se lleva casi un siglo de desventaja con respecto al primer romanticismo inglés el de Shelley y al romanticismo alemán se lleva siglo y pico no es exactamente no es exactamente igual vale pero bueno que tampoco son matices esto con respecto a la formación del Estado liberal en los primeros intentos de democratización es decir en el sexenio democrático lo primero que se hace es no definir los delitos políticos se vuelven a no definir los delitos políticos ¿por qué? porque es muy cómodo vale hay momentos cambiantes se reduce el número se reduce la denominación en los textos etc, etc los liberales van a acabar también reprimiendo este sexenio igual que ellos reprimieron exactamente igual aquí en Cantabria tenemos algunos casos de gente de su pueblo porque los liberales les reprimen por sus ideas por sus ideas políticas vale, durante la restauración se aprueba en un primer momento se sigue con esta indefinición porque la restauración empieza terminando con otra guerra calista y la restauración empieza también saliendo de intentando superar lo que consideraba algarabas semianarcoides a resultados de la primera república entonces sigue habiendo indefinición porque la restauración quiere poder meter mano donde quiera y además en 1896 ya perfectamente establecida se va a aprobar la llamada ley de represión del anarquismo que presenta una nueva idea de lo que es el delito político en tanto en cuanto lo que busca es despolitizar el delito político la ley de represión del anarquismo lo que busca es tratar al anarquista única y exclusivamente como un delincuente común es decir despojarle por completo de su intencionalidad política vale en este momento también en el tránsito entre siglos en las primeras dos décadas del siglo XX se va a abusar mucho del estado de excepción o de guerra por ejemplo en manifestaciones para reprimir huelgas e incluso va a haber un momento muy paradigmático que es la gran represión de la huelga de 1917 convocada CNT en agosto con casi 100 muertos en toda España todo esto evidentemente se agudiza con la dictadura de Prima Rivera cuando la jurisdicción militar va a poder entrar a conocer delitos comunes vale siempre estamos hablando aquí de delitos ideológicos de delitos políticos vale con la segunda república la llegada de la segunda república propuna o propulsa o aprueba una amnistía muy amplia a personas que eran reos de los considerados delitos políticos que insisto sin estar perfectamente delimitados y seguimos sin saber dónde llega la ideología hasta dónde llega la ideología y dónde empieza lo delictivo como os digo la segunda república propugna esa muy amplia amnistía pero a su vez eh percibido por ejemplo si tú no hacías manifestación de esa ideología y se sabía que tú eras una persona era delito aunque no hicieras ningún acto porque son delitos políticos es que esa es la cosa por eso por eso lo de la ley de represión del anarquismo lo que busca es vender que el anarquista lo único que hace es le pone bombas sin nada alrededor aquí de lo que estamos hablando es de gente que va a la cárcel o que es castigada de diversas formas por sus ideas única y exclusivamente por sus ideas el proselitismo por sus ideas y por eso lo que digo es ese difícil limes entre ideología y delito político hasta qué punto es perseguible por ejemplo una ideología que sea delictiva yo puedo tener una ideología X pero me tienen que perseguir por ello entonces depende de cómo hagamos esto y evidentemente depende del momento histórico y político esto se va a resolver de una forma o de otra con una coda muy clara y es la intensa relación entre libertad en relación a los delitos políticos y libertad de imprenta bueno como os decía la llegada de la segunda república hace una amnistía muy grande para presos políticos pero a su vez crea otra categoría nueva de presos políticos en cuanto la segunda república juzga y condena tanto al antiguo monarca Alfonso XIII como muchos de sus ministros y como lo diría yo cooperantes necesarios ¿vale? lo cual no deja de ser otra manifestación de delitos políticos porque no deja de juzgar y condenar a alguien por sus opiniones políticas es una cosa muy muy muy llamativo nuevamente en el código penal republicano los delitos políticos quedarán sin definir los delitos políticos quedarán sin enumerar hay constante o mejor dicho paz doctrinal respecto a la sedición y la rebelión pero es lo de siempre donde empieza una, donde empieza la otra hasta que punto se pueden extender etc etc durante la república hay diferentes movimientos sociales y diferentes conflictos sociales se van a aprobar diferentes leyes como la ley de orden público la ley de defensa de la represión para acallar estos movimientos y se va a producir una evolución que como os digo ya hemos visto en otros temas veis que todo lo que estamos hablando ya lo hemos visto la segunda república es la misma mentalidad no, la misma mentalidad no en muchas ocasiones el problema de la segunda república desde el punto de vista actual cuando la estudiamos primero es solo un lustro es muy difícil sacar conclusiones segundo, pensamos en la segunda república como un todo uniforme y la segunda república tiene tres gobiernos muy diferenciados sobre todo entre el primero y el segundo hay una distancia ideológica abismal y tercero en muchas ocasiones a la segunda república bien desde un punto de vista ideológico bien desde otro se la pone en los altares o se lo baja a los infiernos con una cierta descontextualización de su ámbito cronológico y espacial es decir, qué estaba pasando por todos los sitios me refiero a que esté quien esté el que no está contra mí el que no está conmigo está contra ti por lo tanto es delito me refiero a la misma que no se avanza nada a ver si estás en contra de quien gobierne ya es delito si se avanza en tanto en cuanto quiero decir aunque digamos que la segunda vamos a ver como lo explico aunque digamos que la segunda república condena a los ministros de os ofrece y todas estas cosas no tiene ni punto de comparación al grado represivo que tenía el régimen anterior y luego el del régimen posterior y evidentemente no es algo perfecto nosotros aquí mismo por ejemplo cuando hablamos de las reformas del régimen penitenciario hablábamos de cómo Victoria Kent entra, tiene un montón de ideas muy buenas pero rápidamente se echa atrás la echan atrás entre todos y también dijimos que parte de esas ideas aunque ella no estuviera se acaban adoptando, parte no el problema es hacer, cuando hacemos análisis muy gordos y muy y muy y muy simplistas que yo en ocasiones los hago para facilitar la comprensión o porque yo soy muy a mi me gusta mucho tirar de anécdotas porque creo que son muy nanotecnicas para nosotros pero en otras sí que intento bajar el detalle para no caer en estas cosas, un análisis muy gordo y muy simplista que nos resulta válido es lo que viene después de la segunda república la barbaridad que es el delito político en la represión franquista como no va a resultar válido esto porque estamos hablando de una represión ideológica general una represión ideológica general que además funciona con efecto retroactivo porque la ley de responsabilidades políticas del 39 se arroga en capacidad de juzgar actos producidos desde octubre de 1934 y una represión general que además continúa en su grado más agudo hasta julio de 1948 que es cuando termina el estado de guerra en España la guerra terminó en 39 el estado de guerra continúa hasta el 48 y por lo tanto hasta el 48 la justicia militar digamos que campa con completa impunidad es el momento en el que se crea y se utiliza con suma fruición la ley de fugas es el momento en el que se cree y se utiliza con suma fruición la ley de represión de la masonería del comunismo que es por sí misma una ley declarada contra los delitos políticos porque aquí te castigan por ser mason y comunista vale, aquí no hay ni trampa ni cartón y... ... y evidentemente este primer momento va evolucionando un poco a partir del año 1963 el tribunal especial de represión de la masonería y el comunismo pasa a llamarse el tribunal de orden público pasa a llamarse a raíz del llamado caso Grimao que es un señor que en 1963 bueno, en los años 60 es condenado por haber organizado durante la guerra civil 30 años antes casi la checa de Barcelona además es condenado sin pruebas y a raíz de eso cambia el nombre y se cambia a tribunal de orden público que sigue funcionando con la misma virulencia y sigue funcionando con la misma idea que no deja de ser sino el castigo ideológico el castigo por causas ideológicas mejor dicho, a todo esto se suma que en los últimos momentos de la dictadura tal y como vimos con respecto al tema de la pena de muerte se produce un recrudecimiento en formas y modos que desde un punto de vista apresurado y simplón podemos identificar con la aparición y aumento en la gravedad del terrorismo de los actos terroristas pero que en realidad tiene muchos factores como las dictaduras siempre en los últimos momentos tienden a ser más a radicalizarse porque también hay una serie de leuchas intestinas etc, etc después de esto se producen amnistías amnistías a los presos políticos lo vimos en su momento vimos como los presos comunes se quejaron porque consideraban que las amnistías a presos políticos eran injustas en tanto en cuanto la delincuencia común también tenía una base de carácter sociológico y tal después se producen las diferentes descripciones de la banda terrorista ETA desde las manifestaciones ya puramente ideológicas y otras que continúan manteniendo la violencia en el mundo en un estatus como de arma política si queremos verlo así y la evolución en los últimos años con el asunto de los delitos y de la libertad ideológica sigue estando vigente porque entre otras cosas porque es muy difícil de delimitar lo que decíamos antes vale, entonces conclusiones y terminamos con esto que ya veis que es un tema que hemos pasado prácticamente de puntillas sobre él porque ya le conocíamos conclusiones primero, delito político como una figura muy poco precisa consecuencia a lo anterior esa falta de precisión favorece que el gobierno de turno se reprima en uno u otro sentido se reprima en su orientación ideológica de cara a su orientación ideológica y por último intensa relación entre la evolución histórico-política y la evolución y sobre todo manifestación de estos delitos políticos vale ya os digo que tampoco me quería detener mucho sobre esto porque cuando dediqué un montón de tiempo en los primeros temas hablaros de historia en la actualidad el delito político está definido lo que es difícil de definir son los matices y los límites que establecen esos tipos penales vale durante el franquismo no había ningún tipo de límites, ni de matices ni de nada por el estilo pero es complicado en tanto en cuanto la propia tipificación penal se hace en un momento la sociedad va cambiando es muy complicado es que es muy complicado no por pitar temas que hemos visto todos en el en la tele que es el enaltecimiento del terrorismo hasta que punto el enaltecimiento del terrorismo es delictivo o no es delictivo solamente porque a mi me parezca bien el terrorismo eso es delictivo o es delictivo porque yo con mi parecer bien sobre el terrorismo pueda empujar a otros a cometer, justificar o ver de otra manera un acto terrorista no sé si entiendes lo que quiero decir vale que a mi me parezca bien algo que objetivamente está mal es censurable moralmente o no pero es censurable penalmente o solamente será censurable cuando el hecho de que a mi me parezca que está bien algo que moralmente puede empujar a otros a sentirse apoyados fíjate no estoy hablando ni siquiera de una cooperación necesaria no estoy hablando de alguien que en un periódico diga el juez Pepito Pérez debería desaparecer de la paz de la tierra vale evidentemente eso no estoy diciendo pues veo que esto me parece políticamente defendible eso o no o sea me lo censuras o no pero puede ser objeto de una censura de carácter penal hasta que punto si lo dice otro político es menos grave se supone que está haciendo la voz de oposición si lo dice un youtuber si es esterito pero si lo dice otro político pues no está en el ejercicio de su ejercicio de la libertad de expresión es el mismo para todos otra cosa es que se manifieste de una forma u otra entonces por eso es tan difícil que el derecho a la libertad de expresión es el derecho más difícil de establecer sus límites pero es el más fácil de ver cuando se elimina porque es muy fácil de eliminar vale y estoy hablando de la libertad de expresión es decir macroeconómicos no las chorradas de es que ahora ya no puedo ni decirle a una tía que está buena es que estamos limitando la libertad de expresión no hablo de esas tonterías y de esas aberraciones que tanto se escuchan y de esos razonamientos que a mi me parecen ridículos estoy hablando de eso de libertad de expresión tal cual mi libertad de expresión acaba donde empieza la tuya pues igual no acaba donde empieza tu capacidad para ofenderte pues igual no igual en mi libertad de expresión entra la posibilidad de ofenderte mejor oye me tienes que atacar puede haber una respuesta jurídica pero no tiene que ser una respuesta penal ¿sabes lo que te quiero decir? pero por otra parte si yo estoy escribiendo y digo que me parece muy bien que una determinada una barbaridad una determinada persona esté amenazada si yo lo escribo porque es mi ideología a lo mejor con eso estoy amparando que otras personas se vean justificadas en esos actos y puedan concurrir y puedan aumentar en el futuro ¿sabes lo que te quiero decir? no es fácil por cierto, no es fácil y yo no tengo respuesta a eso un político ha dicho que otro político un día el pueblo le va a formar detención y ahora se ha retratado te han denunciado por conocida del terrorismo vale, yo el tipo el tipo penal concreto no te puedo decir dónde traje ¿eso es incitar a la violencia? no ¿puedes decirme que sí o que no? si me lo razonas yo encantado quiero decir Franco no perseguía a los comunistas y familiares o amigos porque pensaban que se desestabilizaban el Estado represión ideológica, Franco no perseguía a ETA ni le interesaba bueno, no sé yo hay una persecución y hay una represión ideológica muy fuerte no solamente en ETA sino en todo en general en todo el movimiento nacionalista vasco vale pero bueno, eso tampoco lo que te decía a mí no digo si me lo razonas tú si alguien me lo razona me dice esto de lo de estar colgado por los pies si alguien me razona y dice no, es que esto ese tío ha figurado, no sé qué el ánimo Yocardi famoso vale, me lo razonas y te digo vale, guay o me razonas lo contrario y te digo vale, guay pero es que es complicado de momento ya te digo, y yo no tengo una solución a estas cosas, entre otras cosas porque no soy especialista en libertad de expresión que son quienes quienes pueden hablar con más criterio sobre estos asuntos vale tengo claro lo que me parece a mí parece a mí desde un punto de vista personal desde luego es un tema apasionante desafortunadamente no tenemos mucho tiempo para abordarlo pero si se comenta lo hace una persona que no está en el dinero político sí hubiera sido interito es que no lo sé no lo sé y además no sé si debería serlo nada y además no sé si es lo mismo que lo diga una persona que tiene un altavoz o que lo ponga alguien en Twitter y tampoco sé si es lo mismo que lo diga alguien que no tiene criterio ninguno o que lo ponga alguien a quien siguen muchas personas cuando digo que no lo sé, sí lo sé y yo sé lo que pienso yo pero no sé si es la respuesta adecuada es complicado en el momento, no lo sabes y ya con esto acabamos esto es como la mesa que cogea en el momento que empiezas a cortar las patas porque la mesa cogea y te vas quedando sin patas porque siempre te va a cojear de otra pata ¿vale? entonces en el momento que metes mano a la libertad de expresión corres un peligro muy grande ahora tampoco es infinita la libertad de expresión ¿vale? y adicionalmente no está mal no tener la respuesta sobre todo parece que tenemos que tener una respuesta clara sobre todo lo que pasa en todo momento y que tenemos que tener la misma respuesta hoy y mañana ¿vale? el mundo del derecho es un mundo de dudas y de reflexiones y de argumentaciones entonces bueno, pues no pasa nada por dudar por reflexionar y por argumentar por re-argumentar pero bueno, ya nos hemos ido no pasa nada para cinco minutitos empezamos nada más este último este penúltimo tema el próximo día os dije el martes 9 de enero tendremos una clase adicional a esta misma hora martes a esta misma hora y terminaremos con las dos últimas con las dos últimas clases con los dos últimos temas, por cierto penúltimo tema que ya lo hemos visto le vamos a ver a toda leche porque ya lo hemos visto cárceles de mujeres en España contemporánea un enfoque histórico social ya lo hemos visto os acordáis que hemos dedicado tres temas a las cárceles femeninas vale tres temas, no, pero bueno y luego veremos el último tema que es un tema muy chorra pero muy divertido que es el de los duelos vale nada, una pequeña introducción y lo dejamos aquí, vale prisiones femeninas históricamente muy poco estudiadas algunos estudios originales en Estados Unidos y en Gran Bretaña y más tarde una visión aún construyéndose en Francia, en Italia y en España precedentes históricos las llamadas casas galera las casas galeras eran los sitios donde se mandaban a las mujeres porque no se las podía mandar a galeras o porque no se las mandaba a galeras vale, básicamente establecimientos disciplinarios sitios donde se encerraban las mujeres vale fundamentalmente con idea de hacer una reconversión de tipo relacionada con la honestidad de la mujer es decir, una reconversión de tipo religioso en tanto en cuanto delito y pecado estaban completamente unidos y en el caso femenino aún más vale, así que en las casas galeras se encerraban las mujeres y se intentaba hacerlas, se intentaba reconvertirlas por el orden moral entonces había rezos continuos había trabajos de hilo de hilado no había nada de ocio porque el ocio todo el mundo sabe que es la fuente del pecado si no tienes tiempo para pensar en tus cosas pues evidentemente no hay vicio donante que te alcance y todo ello siempre en cámaras en habitaciones en estancias de carácter cerrado vale, en una reclusión la metáfora del buen hogar la metáfora esta de Santa Teresa el verso este que siempre os he dicho el de Dios está en los fogones no también claro crueldad y maltrato en tanto en cuanto se disciplinaba el alma a través de la presión del propio cuerpo vale como os digo lo dejamos aquí después de venir de navidades el día 9 tendremos en principio la última sesión si no me da tiempo a acabarlo la alargo un poco más porque voy a tener tiempo entonces la sesión de una hora y cuarto una hora y veinte, no pasa nada y adicionalmente lo que os decía al principio primero durante todas las navidades sigo siendo vuestro tutor si tenéis alguna duda me mandáis un mensaje si queréis que os conteste más rápido me lo mandáis a mi correo electrónico personal, ya os dije y segundo nosotros tenemos otra clase para terminar el temario el día 9, si después de esa última clase tenéis alguna duda, queréis repasar algo queréis que comentemos alguna cosa que veamos yo que sé el tema 10 de nuevo y tal, me lo decís vosotros me lo decís y yo no tengo ningún problema me vengo un día aquí o invito un día desde casa y os podéis conectar hacemos un Teams, nos lo grabamos lo subimos exactamente igual que si fuera una clase estándar y perfecto pero eso, no os quedéis con ninguna duda porque no queremos quedarnos ninguno con ninguna duda y por último que lo paséis muy bien en estas vacaciones que estudiéis un poco y que os divirtáis también un poco, porque sin una cosa no puede llegar la otra ¿vale? así que nada, venga a disfrutar, muchas gracias