Hola, buenas tardes y feliz año y ánimo, ya estamos a puntito de los exámenes, bueno todavía nos queda, ya está, al final estamos, que día soy, el 9, ¿no? 9 de enero, bueno queda un poquitín. Vale, os comento una cosa antes de nada, nos queda dar tema inerio, ¿vale? Yo es la última clase que voy a dar, que está bastante bien, pero no me va a dar tiempo a acabar todo. Entonces, ¿qué es lo que voy a hacer? Como me va a quedar igual... Me he de venir otro día y haceros conectar, desplazaros y tal. Y como además es el último tema que es este que os digo de los vuelos, lo que voy a hacer es mañana directamente me grabo esos 20 o 30 minutos en mi casa y luego los voy a subir a Inteka, ¿vale? Entonces vais a tener una cosa, estamos en esta clase que tenemos ahora, es la decimocuarta, y vais a tener una cosa que es decimoquinta clase. Ahora sí, no os vais a poder conectar, no os vais a poder hacer preguntas, pero bueno, no tiene más importancia porque yo os digo que va a ser una cosa de 20 o 25 minutos, no creo que más, pero... Es lo que os digo siempre. Es que estaba repasando esta mañana la clase de hoy y me daba la impresión que lo podía hacer en una hora, pero que iba a quedar todo un poco acelerado. Entonces, como no quiero hacerlo y no me importa grabar mañana eso, mañana intentaré subir esta clase que estamos grabando ahora e intentaré subir también la otra. ¿Vale? Como tarde, mañana es miércoles, como tarde los jueves tenéis todo. Y tenéis el temario en 15 horas o en 14 horas y media o en 14 horas y 20 minutos o lo que sea. Ya os digo que mi idea es que no quería hacerlo mal o lo que yo considero que es mal. Vale, lo habíamos dejado, si os acordáis, tema 13, cárceles de mujeres en España contemporánea, un enfoque histórico y social, ¿os acordáis? Lo hemos hecho un poco más que una introducción, ¿no? Las casas galeras, todo este rollo. Continuamos a partir de donde lo dejamos con toda la tranquilidad y empezamos a hablar de la identificación entre delito femenino y pecado. La confusión, podríamos decir, incluso entre delito femenino y pecado, que tiene dos causas principales. En primer lugar... Y esto va a ser una causa, una idea que vamos a repetir un montón de veces en este tema. La consideración de la mujer no como un ser autónomo, sino como un ser dependiente del hombre. ¿De acuerdo? De lo cual se deriva el hecho de que la sanción a un ser subordinado debe de ser una sanción no sólo de carácter jurídico, sino también de carácter religioso y moral. ¿Vale? Está todo perfectamente intrincado. ¿Por qué? Porque la mujer cuando comete un delito no solamente está cometiendo un delito sino que también está pecando en tanto en cuanto la mujer está eliminando su virtud. Esto es una auténtica chorrada, evidentemente, pero bueno. De tal forma que la mujer delincuente a lo largo de la historia ha tenido una doble sanción de carácter humano y divino. La mujer delincuente ha tenido que ir, entre comillas, a la cárcel pero es que además en la cárcel lo que está esperando es la sanción definitiva que es el averno. ¿Vale? No tiene mucha lógica, pero bueno. De ahí que... Las, los espacios donde se llevaban a cabo esas sanciones eliminadas o huelidadas ya, las casas galeras, fueron espacios eminentemente religiosos gobernados por órdenes religiosas. Las llamaban las casas de misericordia, las casas de corrección, las casas de caridad, etcétera, etcétera. Recordad que las casas galeras también eran espacios religiosos. En cuanto a lo que se buscaba, sus recogimientos, de redención de tipo religioso. ¿Vale? Decíamos, las casas de misericordia, los hospicios, las casas de reclusión y las casas de corrección. Las casas de corrección... Que paradójicamente, aparecen en el siglo XIX y paradójicamente van a ser el primer paso o un paso muy primitivo que intenta saltar desde la respuesta religiosa a los delitos femeninos a una respuesta civil a los delitos femeninos. Es el antecedente de esa secularización de la delincuencia femenina. En 1847 se establece, se crea, el reglamento de casas de corrección de mujeres. A partir de ahí se elimina el término casagalera y en principio estas casas de corrección, digo en principio por las cosas que vamos a ver, se van a equiparar a las cárceles masculinas. Nuevamente en principio, y otra vez os digo en principio por lo que vamos a ver después, es una ficción, las mujeres van a pasar de ser pecadoras a ser únicamente delincuentes. Y ahora sí, las dos cosas por los asuntos que vamos a ver. Siempre las mujeres van a tener... una visión, hasta la actualidad más actual, van a tener una visión más religiosa y más moralista señalar que las casas de corrección están dirigidas y gestionadas por órdenes religiosas, ¿vale? Eran espacios de reflexión, espacios de reconsideración y espacios de religiosidad, no espacios de reeducación, no se incidía en la educación de las reclusas ¿vale? La evolución de estas casas de corrección será la penitenciaría central de Alcalá de Henares, que tiene un origen antiguo desde 1879 para el internamiento de presas que hubiesen cometido delitos especialmente graves. En 1913 se establece esta penitenciaría central femenina como la única y va a estar vigente hasta los años 70. En el mejor de los casos podemos decir que era un híbrido entre prisión y convento. ¿Vale? Desde 1880 la dirección de esta penitenciaría central de Alcala de Henares estaba orientada estaba dirigida a la redundancia por las hijas de la caridad de San Vicente de Paula que lo que buscaban es la religión y la corrección o la religionalización y la corrección moral de las presas ¿Vale? ¿Qué se olvidaba? Se olvidaba de los aspectos meramente materiales Había una enorme Bueno, ¿Cómo intentaban primero? ¿Cómo intentaban esa remoralización, esa religiosidad en las presas? Bueno, pues mediante una sobreabundancia de religiosidad. Todo era religión dentro de Alcalá de Henares. Había las habitaciones, los espacios de reclusión estaban consagrados a distintos santos. Había un rezo, evidentemente obligatorio, diario. No había, evidentemente, libertad de culto. Había una plática semanal por parte del capellán. Y los hijos que estaban con las presas en un primer momento de hasta siete años y posteriormente de hasta tres años, eran educados, sobre todo en el aspecto religioso. Evidentemente educados y segregados. Claro, todo esto no siendo esencialmente negativo, sí que acababa siendo pernicioso si tenemos en cuenta que se olvidaba de todo lo demás. Había la educación, había el artismo de reinserción y además había aspectos materiales muy deficitales en esta penitenciaria. Por ejemplo, la superpoblación. La superpoblación que se aumentaba exponencialmente porque ahí era donde arrojaban, había escogido el verbo, a las llamadas quincenarias. Las quincenarias eran presas. de la llamada pena de 15 días los 15 días de pena de lo que establece establecían sobre todo a mujeres que ejercieran la prostitución pero por ejemplo en la ciudad de madrid a cualquier mujer que estuviese sola en la calle más allá de la una de la madrugada vale crea una superpoblación la penitenciaría y además creado un problema adicional que es la mezcla de mujeres que en algunos casos no habían cometido ningún delito, en otros casos habían cometido delitos muy menores, en otros casos eran prostitutas, evidentemente las únicas que iban a la cárcel eran las prostitutas, no eran ni los prosenetas ni los clientes, y las mezclaban con otro tipo de presas. Había superpoblación y además había una desindividualización absoluta porque había ahí lo que es un batiburrillo, una Macedonia brutal de donde no podía salir, evidentemente, nada bueno. En el marco internacional la idea era muy parecida dentro de los países católicos. En los países no católicos sí que existía un marco mucho más laico a la hora del... los encierros femeninos pero en estos países no católicos podríamos contemplar diversos errores de base, de raíz que concurrían igualmente en los países católicos por ejemplo, la mayoría la inmensa mayoría de los trabajos que realizaban las mujeres o que se proporcionaban o que se ofrecieron a las mujeres eran trabajos de corte y confección ni más ni menos ¿vale? Eso con respecto a la práctica. Con respecto a la teoría, el monstruo femenino es del positivismo alombroso. Bueno, de Chésar el Alombroso, que estudiamos en otras asignaturas de la carrera, adelante, estudiamos en otras asignaturas de la carrera y además yo creo que no suena. Bueno, a estas alturas todos sabemos que era un antepasado. Chésar el Alombroso era el paisano este que pensaba que te medían la cabeza y a partir de cómo tuvieras la forma de la cabeza y la frente, pues ya se sabía si eras un violador, un pederasta o volvías a ser una bellísima persona. Lo cual seguramente queda... O sea, no hubiese tenido que irse muy lejos para ver este tipo de cosas, para ver que era una tontería, viendo los lazos de consanguinidad de las diferentes familias reales europeas y cómo quedaron los mismos monstruos para ver que, bueno, pues estas mediciones caían en la estupidez más absurda. Una duda, que lo del positivismo cuando lo he leído no lo he entendido muy bien, porque se llama positivismo jurídico. Positivismo jurídico, porque era lo que él seguía. Es hijo del positivismo jurídico de Timonón Rico y por eso aparece ahí. Me ha sonado a lo visto en ética en el pasado, pero lo del positivismo... Pero es que depende, si lo has visto en ética tiene otro significado. Desde el punto de vista jurídico, nosotros aquí llamamos positivismo. Pueden ser dos cosas. Viene una corriente que sigue el derecho positivo en la actualidad, es decir, el derecho vigente, o viene el positivismo jurídico, lo que antes he dicho, que es sobre todo el simonónico, que lo que establece es que el único derecho que existe es el derecho vigente en un determinado momento en un determinado lugar. ¿Vale? Entonces yo puedo ser un positivista porque me dicen, no, tú eres un positivista porque soy una persona que solo atiende a la letra de la ley. O me pueden decir, no, tú eres un positivista y tiene otro punto, otro matiz que dice, no, no es que solo atienda a la letra de la ley, sino que pienso que no hay nada fuera de la ley. O sea, si la ley me dice una barbaridad, yo digo, no, tío, es que es la ley. Exactamente, por eso Lombroso está encuadrado dentro de ese positivismo y por eso aparece aquí O sea, es como un positivismo científico Exactamente, la idea del positivismo jurídico es crear un positivismo científico, ni más ni menos lo que pasa es que tú lo has podido ver desde otro punto de vista bueno, has podido ver como el positivismo de Auguste Comte o como el positivismo científico, porque es un movimiento generalizado y que además, como te digo hay otra corriente filosófica que es la de Comte que aboga por el que se llama igual y que no tiene asuntos a la vez, que a veces nos confunden. Entonces Lombroso que como digo era un auténtico idiota viene aquí para comentarnos lo que piensan las mujeres y lombroso nos dice, aparece en vuestra manual y yo creo que está muy bien para que cuando estudies a lombroso en otros contextos que no me digo gilipollas nos dice que dos cosas, la mujer delinque menos que el hombre entonces dice oye guay lombroso, un tío avanzado para su esposa, ¿por qué delinque menos la mujer que el hombre? porque es más tonta entonces al ser más tonta no le da la cabeza para delinquir nos dice lombroso, si la mujer fuera igual de lista que el hombre la mujer delinquiría más, porque ella de manera natural es un ser más caimado es un ser más cruel ¿vale? y nos dice lombroso, como no le da para delinquir mucho El delito más habitual o el delito más connatural para el género femenino, ¿cuál es? Pues un delito que necesita la otra persona que sí es malista aquella, que es la prostitución. ¿Vale? Y además, y ya nos añade Lombroso, para concluir el cuadro, nos dice, ojo, cuidado, el asesinato es un delito ajeno a las mujeres porque es contranatura, porque las mujeres han venido a este mundo a dar a luz, a parir niños, entonces la mujer que quita una vida, que arranca una vida, en vez de generar muchas más vidas teniendo patos cada 11 o 12 meses, pues es una cosa contra la natura. ¿Vale? Insisto, aparece en vuestro manual, no me lo estoy inventando y no lo saco aquí de forma aleatoria, pero me gusta mucho remarcarlo para cuando volvamos a ver al hombroso en otros espacios, que veamos que es un auténtico gilipollas y en otros espacios aparece. En filosofía del derecho aparece el hombroso, en algunos aspectos de sociología, de esta carrera de criminología aparece el hombroso, pues es un tío muy listo y es un tío que hizo cosas muy bien, pero tampoco pasa nada por decir que hizo cosas muy mal. Este tipo de asuntos. Vamos a ver el cuento completo. Vale, una vez pasados de Lombroso, bueno, avanzamos muy bien, ¿no? Lombroso en el siglo XIX, las rutinas punitivas en el siglo XX. La situación en el siglo XX, las rutinas punitivas. los problemas de la mezcla entre diferentes tipos de reas, etcétera, etcétera, es decir, va a seguir todo más o menos igual hasta que llegan las reformas republicanas. En un primer momento, como lo dijimos, las intentó hacer Victoria Kern, Victoria Kern introduce reformas basadas en un cuestionavismo, casi es una hija de la institución libre de enseñanza, Victoria Kern, ¿no? El clausismo decimonónico y también introduce una cierta sensibilidad femenina, o sea, Victoria Kern es consciente de que la situación en las cárceles femeninas es diferente a la de las cárceles masculinas e intenta introducir unas variaciones específicas en las cárceles. No consigue llevar a cabo su... no tiene apoyos y, bueno, podríamos decir que la limita, por así decir, y tras esto continúa existiendo un modelo, que es el que se había intentado modificar, pero que no se consigue modificar, que es un modelo que es más punitivo que rehabilitador. ¿Vale? Introduce cambios a la república, introduce cambios fundamentalmente a la aparición de un cuerpo de funcionarias de prisiones, podríamos decir, ¿no? La sección femenina auxiliar del cuerpo de prisiones. Que además tiene la particularidad de que, evidentemente, son mujeres, es una sección femenina, y tiene la particularidad de que es un cuerpo extraordinariamente bien preparado. A nivel de estudios, a nivel de preparación cultural, etcétera, etcétera. ¿Vale? ¿Por qué? Porque, evidentemente, para que una mujer accediera a este tipo de asuntos, tenía que ser una persona mucho más preparada. ¿De acuerdo? También hubo reformas en los establecimientos penitenciarios, aunque fueron insuficientes. Fueron insuficientes fundamentalmente. o no fundamentalmente, sino se mostraron como aún más insuficientes cuando se agrava todo el asunto con la represión de la guerra civil y de la posguerra. Vuestro manual nuevamente da unos datos que no necesitaríamos decir más. En 1964 hay 500 reclusas en España según estadísticas oficiales y en 1940 otra vez según estadísticas oficiales y podemos pensar lo que quedamos de las estadísticas oficiales de 1940 pero no te van a sumar más presas como muchos de las quitarán, ¿vale? Hemos pasado de 500 a 23.000, ¿vale? Con el mismo número de prisión. Por ejemplo, en la prisión de las ventas, en habitaciones o en celdas, pensadas para una o dos reclusas, se hacinaban siete o doce. Donde podía vivir una, metían siete, donde podían vivir dos, metían doce. ¿Vale? A esto sumamos la represión. Estamos hablando en un momento de ruptura de la civilización, como dijo Norbert Elías, entonces sumamos la represión, la represión que además es un... que además se fundamenta en un proceso fundamentalmente opaco. La parte pública intenta ser reformatoria, la parte pública intenta ampararse en la remoralización cristiana, pero la parte privada de puertas adentro no sólo porque sea deliberadamente distinta sino porque además estamos hablando de un sistema forzosamente caótico. Tú no puedes tener a 12 días en una celda pensada para dos, no puedes tener 100 celdas pensar para dos días cada una y tener en cada una 12 días y que aquello funcione aunque esté bien estructurado aunque no sea una barrabasada cultural y civilizatoria como fue aunque estuviera bien pensado sólo con eso hubiera sido caótico hubiera sido caótico porque porque en ese momento en primer lugar toda la cárcel era una cárcel de presas políticas la sobreabundancia de presas en la primera posguerra viene fundamentada por la muy gran apertura de manos para considerar lo que fue una ayuda a la república o no una ayuda a la república ¿Vale? Bastaba una denuncia para meter en la cárcel, una denuncia evidentemente de las fuerzas públicas del pueblo, ¿no? De la cura, de los nuevos que han entrado en el ayuntamiento, etcétera, etcétera. Pero también bastaba que se hubiese ayudado a la república, entre comillas lo ha ayudado, en aspectos que podríamos considerar extraordinariamente secundarios. O dicho de otra forma, si tú eras la que limpiaba el cuartel de la república durante la guerra, acababas en la cárcel. Si le habías vendido leche de tus vacas a los republicanos durante la guerra, podías acabar en la cárcel, etcétera, etcétera, etcétera. como los maestros, etcétera, etcétera, etcétera. A estas presas políticas sumemos las presas que también son políticas pero que están allí, no por haber colaborado con la República o entre comillas lo he colaborado, sino por su orientación sexual de amas o por tener o vivir una concepción, vivir voluntaria o involuntariamente una concepción de la familia tradicional. O dicho de otra forma, las madres solteras. ¿Vale? Padres solteros no había en la gama. En la cárcel. Por lo tanto, a lo que volvemos es a, si os fijáis, a unos límites prácticamente indefinidos entre delito y moral, a unos límites prácticamente indefinidos entre delincuentes y pecadoras. ¿Vale? Como hemos vuelto a esos límites prácticamente indefinidos entre delito y moral, lógicamente se recupera la antigua importancia de las órdenes religiosas en este régimen francés.