Hola, buenas tardes. Bienvenidos a esta segunda sesión de Contabilidad Financiera Superior. Esperemos que hoy no haya incidencias técnicas como la semana pasada, se pueda grabar con perfecta normalidad. Vamos a introducir y vamos a ver la primera parte del tema número dos, instrumentos financieros. Es un tema que se profundiza con bastante rigor en la catalogación y la contabilización de los instrumentos financieros. Instrumentos financieros también ya los habíamos revisado y analizado el curso pasado en la asignatura de Contabilidad Financiera. A ello le dedicábamos los temas 7, 8 y 9 de aquella asignatura. Y ahora vamos a profundizar un poquitín más en ellos, siguiendo. El nuevo manual del profesor Mariano González. El manual que tenéis que tener a vuestra mano para poder efectuar un seguimiento de asignatura. Asimismo, insisto que en el curso virtual está a vuestra disposición todos los índices legislativos necesarios. Entre otros, tenéis que manejar el Plan General de Contabilidad, las resoluciones del ICAR, normas internacionales de contabilidad y la Ley de Sociedades de Capital. Bien, en el tema número 2 desarrollaremos ampliamente lo que es la Norma de Registro y Valoración Nº 9 del Plan General de Contabilidad. Objetivos de este tema distinguir los distintos tipos de instrumentos financieros, saber catalogar activos financieros y cómo deben contabilizarse en distintos momentos temporales, cuando se dan de alta en balance, los ajustes que hay que realizar al cierre de ejercicio. Asimismo, veremos también en algunas carteras los detalles de los correspondientes y las bajas en balance. Y lo mismo veremos para los pasivos financieros y ya por último nos vamos a centrar en las coberturas contables y su tratamiento. Pasivos financieros y coberturas lo trataremos la próxima semana. Vamos a centrarnos hoy en la contabilización de los activos financieros. Bien, desde una perspectiva contable y a nivel internacional, pues la regulación sobre instrumentos financieros está logística. Está localizada en la NIC o NIF, la Norma Internacional de Información Financiera Nº 7 y 9 y en las NIC 32 y 39. En el Plan General de Contabilidad del 2007, como ya os he comentado, esto se desarrolla en la Norma de Registro y Valoración Nº 9 y en la resolución del ICAC sobre instrumentos financieros del año 2019. Bien, ¿qué es un instrumento financiero? Pues lo podemos definir simplemente como un contrato que da lugar a un activo financiero. Una compañía y de forma simultánea a un pasivo financiero o instrumento de patrimonio en otra empresa. Son la CAE, la CUT, el ACIL, ENVES. Yo registro un activo financiero y en cambio la compañía contraria que no emite pues va a tener o bien un pasivo financiero si por ejemplo se trata de un empréstito, de una obligación o de un bono o bien tendrá un instrumento de patrimonio si se trata de una acción. Lo que para mí es un activo para el ente emisor es un pasivo o un instrumento de patrimonio. Por tanto, estas tres grandes categorías. de patrimonio pasivo financiero y el activo financiero son todos instrumentos financieros. Un instrumento de patrimonio lo podemos definir como aquel negocio jurídico que evidencia o refleja una participación residual en los activos de la empresa emisora una vez deducidos sus pasivos. Contablemente, como sabéis, figuran dentro de los fondos propios en el patrimonio neto del palacio. Y los pasivos financieros los definiríamos como obligaciones contratuales con terceros que supongan entregar efectivo u otro activo financiero. En condiciones potencialmente desfavorables. Por tanto, nos van a generar en principio unas pérdidas. Contablemente, los pasivos financieros se agrupan tras la última reforma del año 2019 en dos grandes categorías y en dos grandes carteras. Los pasivos financieros a costa amortizado y los pasivos financieros a valor razonable con cambios de valor imputados en la cuenta de pérdidas y ganancias. Bien, los pasivos financieros a costa amortizado. Asimismo, podemos diferenciar los pasivos financieros procedentes de operaciones comerciales de aquellos que no proceden de operaciones comerciales. Las reclasificaciones de pasivos financieros o traspasos de un subgrupo de una cartera a otra están prohibidas, no así como veremos en los activos financieros. Pero vamos a centrarnos ya en los activos y ¿qué es un activo? Pues un activo financiero es cualquier activo por tanto de cumplir la definición de activo de marco conceptual. Un activo financiero es un activo que puede generar en efectivo un instrumento de patrimonio a otras compañías, por ejemplo una acción que yo compre en un mercado o un contrato que permita recibir efectivo u otro activo financiero en condiciones potencialmente favorables. Por tanto, que me venga, que me vaya a generar unas ganancias. También se incluyen como activos financieros los contratos que presenten condiciones favorables de liquidación y puedan liquidarse en un futuro mediante una entrega variable de instrumentos de patrimonio propios. ¿Cómo se clasifican? En carteras. Tras la reacción. En la reforma del año 2019 veremos que hay cuatro carteras, cuatro grandes subgrupos de activos financieros a efectos de valoración. La ascripción a una u otra cartera va a depender de la finalidad con la que adquiera y posea el activo financiero el inverso. La primera cartera serían activos financieros a valor razonable con cambios de valor imputados en las cuentas de pérdidas y ganancias. La segunda activos financieros a costo amortizado. La tercera activos financieros a valor razonable con cambios de valor imputados en el patrimonio neto. Y por último, activos financieros a coste. Aquí tenéis un pequeño resumen de estas cuatro carteras. Vamos rápidamente con ellas. La primera, activos financieros a coste amortizado. Aquí clasificaríamos aquellos activos que la empresa va a mantener como inversión para percibir los flujos de efectivo derivados de la ejecución del contrato. La valoración inicial de los activos financieros a coste amortizado. La valoración inicial será el valor razonable de la contraprestación más los costes de transacción directamente atribuidos. Por tanto, los costes forman parte del valor inicial. La valoración posterior a coste amortizado. Acordaros de este criterio de valoración. En el coste amortizado tenemos que calcular el tipo de interés efectivo y por tanto los intereses devengados se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias aplicando este método del tipo de interés efectivo. Dentro de los activos financieros a coste amortizado. Incluimos créditos por operaciones comerciales y créditos por operaciones no comerciales de carácter financiero puro. Segunda cartera, activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Aquí es la antigua cartera que se denominaba activos financieros mantenidos para negociar, una finalidad por tanto especulativa. Incluimos aquí aquellos activos que se compran y venden de forma activa y frecuente para ganar sus valías en el corto plazo. Por tanto finalidad especulativa con prohibiendo acciones en un mercado bursátil y también incluimos aquellos contratos derivados que no sean garantía o cobertura de otras operaciones. A diferencia de la cartera anterior, en este caso la valoración inicial va a ser a valor razonable de la contraprestación entregada. Los gastos de transacción directamente atribuibles se contabilizan como gasto financiero en pérdidas y ganancias. Por lo tanto no forman parte de la valoración inicial de los activos. Y la valoración posterior a valor razonable sin deducir los costes de transacción. Los cálculos son los activos financieros. Los cambios que se producen en el valor razonable se imputan directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias. Tercera cartera, activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Aquí incluimos aquellos activos que no se definan como una inversión para negociar sino que tampoco se incluyan como activos a costa amortizada. Por tanto incluíamos aquí por ejemplo los instrumentos de patrimonio de otras compañías y no se hayan clasificado como activos para negociar. De forma que los cambios en la valoración en lugar de ir a pérdidas y ganancias van a ir a patrimonio neto. Valoración inicial pues a valor razonable que será el valor razonable de la contraprestación más los costes transaccionales. Los costes transaccionales también forman parte de este precio inicial y así mismo hay que tener en cuenta, si los hay, los derechos de suscripción preferente y similares que haya habido que aplicar. Valoración posterior a valor razonable sin deducir los costes de transacción. Los cambios de valor, de valor razonable inicial a valor razonable final en lugar de imputarse en pérdidas y ganancias se registran directamente en el patrimonio neto. Y la última cartera activos financiados al coste que antes se denominaba, antes de la reforma del 2019, inversiones en empresa de grupo, multigrupo y asociadas. Aquí ¿qué registramos en esta categoría? Las inversiones en el patrimonio de empresa del grupo. Y también las inversiones en instrumentos de patrimonio u otros activos financieros cuyo valor razonable no se pueda determinar con fiabilidad. Valoración inicial a coste y este coste incluye el valor razonable de la contraprestación más los costes de transacción directamente atribuibles más los derechos de suscripción preferentes. Y la valoración posterior sigue siendo a coste y menos la corrección por deterioro que afectaría esta cartera si, a lugar de... En cuanto a las reclasificaciones de los activos financieros, pues esto lo explica con cierto detalle en la página 32 del manual. Así como en los pasivos están prohibidas las posibles reclasificaciones, pues bueno, aquí hay una cierta libertad o una práctica totalidad para la reclasificación. Lo único que hay que tener en cuenta es una serie de salvaguardas cuando efectuamos las reclasificaciones. Por ejemplo, no se va a conseguir la reclasificación cuando un instrumento de patrimonio o una cobertura deja de serlo y haya que incluirlo en alguna de las categorías de activo financiero que acabamos de mencionar. Tampoco lo se da si un activo lo sacamos de esas categorías y lo incluimos como instrumento de cobertura. Pero eso sí, los efectos contables de este cambio siempre van a ser prospéticos, nunca retrospectivos. Bueno, leer la página 32 y esto no tiene mayor complicación. Bien. Continúa el manual. Hablando de otros instrumentos financieros, que serían los instrumentos derivados, compuestos e híbridos. Aquí tenéis las definiciones. Un instrumento derivado desde una perspectiva contable ha de cumplir tres características. Su valor es función de los cambios de otras variables, por tanto deriva de esos cambios y estas variables se denominan subyacentes porque puede ser un tipo de interés, un precio de las acciones, un índice, etcétera. Segunda categoría de los derivados, su inversión inicial es inexistente, muy pequeña y en tercer lugar se liquidan en fecha futura. Los derivados se podrán clasificar como activo o pasivo en función de la liquidación favorable o desfavorable. Si la liquidación es favorable activo, si es desfavorable pasivo y se valoran a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Ahora bien, si el derivado tiene como variable de referencia un instrumento de patrimonio propio y cuando la liquidación vaya a ser mediante la entrega de una cantidad fija de estos instrumentos. Entonces se contabilizaría de forma excepcional como instrumento de patrimonio. Bien, como instrumentos financieros compuestos aquí incluiríamos otros instrumentos no derivados que incluyen componentes de pasivo financiero para el emisor y activo financiero para el tenedor y de patrimonio simultáneamente. Instrumentos para el emisor se clasificarían como pasivo financiero por el contrato principal de deuda, como instrumento de patrimonio por la posibilidad futura de adquirir otros instrumentos de patrimonio o transformar la deuda en patrimonio y el tenedor, que sería el inversor, lo registraría como un instrumento financiero híbrido. Y esto nos sirve ya para definir el tercer tipo de instrumentos financieros, otros instrumentos financieros además de los que hemos catalogado hace un momento. Los híbridos son aquellos que combinan un contrato principal no derivado y un derivado financiero denominado derivado implícito, que no puede transferirse de forma independiente ni tiene contraparte distinta al instrumento. El instrumento contable va a depender del tipo de contrato principal, por tanto diferenciaremos si el contrato principal es un activo financiero, pues lo clasificaríamos como activo financiero a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias y si no es un activo financiero habría que registrar por separado el contrato principal y los derivados implícitos. El primero según sus características y el segundo a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Vamos a hablar ya directamente del tratamiento contable después de esta introducción teórica de los activos financieros y para ello voy a seguir el ejemplo que tiene el manual, que es el ejemplo de la Sociedad Anónima Finanza. Vamos a ver una valoración inicial en las distintas carteras. Por tanto, tomamos este ejemplo. Y nos dice, el 1 de julio del 2010 la Sociedad Anónima Finanza realiza las siguientes inversiones. Primera inversión, compra 100 acciones de la sociedad Sorna, 15 euros por acción en un mercado organizado como una inversión para negociar gastos de la operación y 50 euros. Vale, ¿cómo clasificaríamos esto? Pues en qué cartera, con los datos que nos facilita, en activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. La finalidad es negociación, es una finalidad especulativa, por tanto lo registramos como tal. ¿Y cuál va a ser la valoración inicial? A valor razonable, sin tener en cuenta los gastos, los gastos los contabilizamos directamente como observáis en el ejercicio en una cuenta de gasto financiero, en la 669. Por tanto, vamos a liquidar 15 euros por 100 acciones, que son 15.000 más 50, perdón, 15 euros por 100, 1.500 más 50, 1.550. 1.500 más 50, 2.500 más 50, y registramos una dotación en el haber, y registramos los gastos de 50, con cargo a la cuenta de gasto financiero. Por tanto, el activo financiero para nosotros es un activo financiero a corto plazo. Grupo 5 cuenta 540 inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patentes. Lo veis que está valorado a valor razonable sin gastos por 1.500 euros. Segundo componente de los activos financieros nos dice. Compra en la emisión. bonos emitidos por Terna de un valor nominal 10, emitidos y reembolsables a la par, que pagan un cupón anual compuesto del 4,04 y vencen dentro de tres años. La empresa los mantendrá en cartera hasta su vencimiento. Por tanto, la finalidad no es especulativa. La empresa quiere mantener hasta vencimiento estos títulos y tiene la potestad de hacerlo. Por tanto, ¿en qué cartera los clasificaríamos? Pues lo vamos a clasificar en la cartera de activos financieros a coste amortizado. Fijaros que en el primer caso yo tengo un activo financiero, empresa finanza, y el emisor emite un instrumento de patrimonio, las acciones. Y en el segundo yo tengo un activo financiero, empresa finanza, y Terna emite un pasivo financiero en obligaciones o bonos. ¿Cómo valoramos esta operación en la contabilidad de finanza? ¿Cómo la vamos a valorar? Pues bueno, la valoraríamos a... El valor de adquisición a valor razonable, que en este caso serían 100 bonos por 10. No nos dice nada de gastos. Por tanto, registraríamos, como veis, un desembolso inicial de 100 euros. De 100 euros no, perdón, de 1.000 euros. 100 por 10, 1.000 euros. Y la contrapartida, valor de representativos de deuda a largo plazo, que es la cuenta 251. ¿Veis que es una cuenta 251? Por lo tanto, es una operación que estaría recogida en el activo no corriente de la actualidad financiera y movida al estado financiero, porque la finalidad es mantenerlo hasta el vencimiento, y el vencimiento es a tres años visto. Vamos con la tercera operación, que es una venta a crédito a un cliente. Tenemos aquí una operación ya con un carácter comercial. ¿Vale? Y nos dice, venda a crédito a un cliente por importancia... Importe de 16.749,69. El cliente hará efectiva su deuda dentro de tres años por un importe total de 20.000. Por lo tanto, le doy un aplazamiento a más de 12 meses. Tengo que registrarlo pues a la fuerza de valor razonable y me va a pagar 20.000 euros. ¿Vale? Pues bueno, vamos a registrar esta operación. ¿Y cómo lo registraríamos? Pues lo registraríamos de la siguiente forma. Tendría pues una venta de mercaderías. Inicialmente la voy a valorar a el precio de 16.749,69, que es el valor a fecha presente. El valor actual, aunque posteriormente cobre los 20.000, tendré que ir actualizando esta valoración, pero inicialmente lo registro a este valor razonable. Por tanto, veis que registro 16.749, es una venta de mercaderías y la contrapartida es un crédito a largo plazo de la actividad comercial. Cuenta también del grupo 2. En este caso, la cuenta 252. Créditos a la fecha y a largo plazo comerciales. Cobraré, no 16.000, 16.000 es el valor ahora mismo, a 1 de julio del 2020. Cobraré a 1 de julio del 2023 20.000 euros. Y la cuarta operación que se nos indicaba. ¿Cuál era? Nos dice, compra 200 acciones de Junsa a 19 euros por acción. En un mercado organizado con el objetivo de mantener las ventas en cartera. Por tanto, no hay finalidad especulativa. Gastos de la operación 50 que son abonados por transferencia bancaria. ¿En qué cartera clasifico esta operación? Es un instrumento de patrimonio, compra acciones, instrumento de patrimonio para el emisor, activo financiero para el inversor y no se adquiere con una finalidad especulativa. Por tanto, lo voy a catalogar en la cartera activo financiero a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. ¿Cuál será el valor inicial? Pues será el valor razonable más gastos. A diferencia de las acciones de Sorna, las acciones de Junsa no tienen una finalidad especulativa. Por tanto, estos 50 euros forman parte del precio de adquisición inicial, forman parte del valor razonable inicial del precio de alta, para ser más precisos. Y el precio de alta serán estas 200 acciones por 19, que serían 3.800 más 50 euros, 3.850 euros. Aquí veis que lo recojo, 3.850 euros. Es lo que pago y lo registro. También una cuenta de Grupo 2, la 250, inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio. Y ya por último tengo unas acciones de una empresa que no cotiza. ¿Qué nos decía el enunciado? Adquiere 80 acciones de una compañía que no cotiza por 20 euros de acción, pero no puede asignar un método de valoración fiable. Entonces, ¿en qué cartera la pongo? Pues en activo financiero a coste. La valoración inicial será 80 por 20 valoraciones. Por lo tanto, a un importe de 1.600 euros. Y también lo registro en una cuenta 250 de largo plazo. Bien, ya hemos visto las valoraciones iniciales. Vamos a ver ahora cómo continúa evolucionando este ejercicio de Finsa. Vamos a introducir ahora el concepto de valoración posterior, que teóricamente lo hemos visto analizando aquel cuadro que figuraba en mi presentación. Bien, ¿cuándo se hace la valoración posterior? Al menos tenemos que efectuar una valoración posterior a cierre del ejercicio. Y se va a efectuar en función de la tipología del activo financiero analizado. Vamos a verlo con el ejemplo. Habíamos adquirido estos activos financieros a 1 de julio del 2020. Nos situamos ahora a cierre del ejercicio, 31 de diciembre del 2020. Y nos dice lo siguiente. Las acciones de Sorna cotizan a 18 euros por acción. Las había comprado 15. Los bonos de Terna no han sufrido detención. ¿Qué nos dice el enunciado? Al menos tenemos que tener en cuenta que el cliente de largo plazo mantiene su calidad precrediticia y no existe deterioro. Y las acciones de Junsa cotizan a 21 euros por acción y no presentan deterioro. Las acciones de la compañía que no cotiza siguen sin poder estimarse con fiabilidad su valor y tampoco se estima deterioro alguno. Veis que hablamos de deterioro. En los bonos de Terna, el cliente de largo plazo, en las acciones de Junsa y en las acciones de la compañía que no cotiza. ¿Y por qué hablamos de deterioro en esas operaciones y no en las acciones de Sorna? Porque el deterioro, cuando lo comentemos, que lo vamos a ver también en este ejercicio, solamente afecta a las carteras. Activos financieros a costa amortizado, activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto y activos financieros a costa. Es decir, los activos que están clasificados en la cartera, activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de PIG, no se deterioran porque se ajustan directamente y ya se lleva a pérdidas y ganancias. Por tanto, el cambio de valor va directamente a la cuenta de resultados. No hay que deteriorar. En la cartera, activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de PIG. Las demás carteras, cada cierre de ejercicio hay que analizar como mínimo el deterioro de las mismas. Bueno, pues vamos a proceder En este caso, la valoración posterior va a ser de valor razonable. Como es superior al valor razonable inicial, ajusto el valor y ese ajuste lo llevo a pérdidas y ganancias. En este caso, es un ajuste positivo. Por tanto, cargaré incremento de la valoración de la cuenta 540 debido por 300, que serían estos 3 euros de diferencia en la valoración por el número de títulos. Quedan 3 por 100, por tanto, 300 euros y lo registro como un beneficio que iría al resultado financiero, cuenta 763. En el caso de que el valor razonable fuera inferior al valor razonable inicial, pues registraría una pérdida. Ajustaría, abonaría la cuenta 540 con cargo a una cuenta 663 que también iría, en este caso, como gasto al resultado financiero. Bonos de Terna. ¿Qué nos decía el ejercicio? Los bonos no han sufrido ningún tipo de deterioro. Entonces, no hay que hacer ningún ajuste, pero ojo, ¿qué tenemos que hacer hacia el ejercicio? A la fuerza, el devengo. Porque estamos hablando de unos bonos que nos rentaban. Hay unos cupones que, aunque se liquiden anualmente, hay que recoger en el ejercicio 2020 el devengo correspondiente a los mismos. Estamos hablando de un cupón anual compuesto del 4,04, que este sería el tipo de interés anual. ¿Qué tiempo ha transcurrido desde 1 de julio a 30 de diciembre? Ha transcurrido 6 meses. Aunque no se liquiden los cupones, hay que registrar el devengo de estos intereses. Por tanto, registro el devengo de intereses, que serían 10 euros, que es el nominal de los títulos, por 100 bonos, por el 2%, y el 2% sería el interés semestral. Interés semestral. Que lo tendríamos aplicando reglas de matemática financiera, muy sencillas. Creo que os aparece calculado en el ejercicio. Si lo tenéis en la página 38, es la equivalencia entre el interés anual, porque se calculaba 1 más el interés anual, que era el 4,04%, elevado a 6 doceavos, 6 meses sobre 12, menos 1. Y esto nos da el 2%. Por tanto, el interés semestral es el 2%, 2% por 100 bonos por 10 euros. Lo calculo siempre sobre el nominal de los títulos y me da unos ingresos financieros devengados, abonos, 7, 6, 1, de 20. No los pago. ¿Cómo lo registraría? En una cuenta independiente de la valoración del activo. En una cuenta de corto plazo, 5, 4, 1. Como interés a corto plazo de valor respetativo. Quedan pendientes de pago a 1 de julio del año siguiente. Y no hago nada más porque no hay que proceder al deterioro. ¿Qué sucede con el cliente a largo plazo? ¿Qué me decía el enunciado? El cliente a largo plazo mantiene su calidad crediticia y tampoco existe deterioro. Bueno, no existe deterioro, pero tengo que ajustar la valoración del activo porque le he conseguido un aplazamiento y hay unos intereses. Acordaros que había vendido por 16.749,69 y voy a cobrar dentro de 3 años 20.000. Por tanto, tengo que calcular el tipo de interés de la operación y el cliente, el tipo de interés de la operación lo podría calcular mediante la función TIR porque igualaría esas corrientes de fondos. 16.749,69 hoy ha de ser igual a la actualización de la operación. El tipo de interés que me actualice 20.000 euros dentro de 3 años, pues bueno, sería la tasa externa de retorno que me daría un 6,09%. Hay una forma de cálculo también más sencilla que os aparece en la página 36. Por lo tanto, el tipo de interés es un 6,09% anual. 6,09% anual. ¿Pero qué sucede? Pues que ese tipo de interés anual lo tengo que pasar a semestral y es el 3%. El 3% es semestral, haría igual que en la ejercicio anterior y el 6,09% sería el anual. ¿Y el semestral cómo lo calculo? Pues sería 1 más 0,0609 elevado a 6 doceavos menos 1. Y esto me daría el 3%. Y ves que aplico el 3% interés semestral porque estoy registrando el devengo desde el 1 de julio del 2020 al 31 de diciembre del 2020. ¿Vale? Y registro, abono la cuenta de ingresos e incremento la valoración de mi activo financiero, que es el crédito que le he concedido, es el crédito comercial a mi cliente. Lo pillamos. ¿Vale? Vamos con la siguiente cartera, acciones de junsa. ¿Qué nos decía con las acciones de junsa? Vamos allá, vamos a denunciado. Las acciones de junsa cotizan a 21 euros y no presentan deterioro. Por lo tanto, no hay que hacer ajuste por el deterioro. Cotizan a 21 y ¿por cuánto las había comprado? Las había comprado a 19, ¿no? Más los gastos. Por tanto, ¿qué es lo que tengo que hacer? ¿Cuánto había pagado por las acciones? Pues había pagado 19 más gastos porque los gastos forman parte de la valoración. Realmente me salía un precio de acción de 19,25 porque si vamos al registro anterior, veis que había liquidado 3.850, 3.850 por 200 acciones. Cogemos la calcu. Me da un precio de 19,25 por acción y, por tanto, las tengo valoradas a 19,25. Me dice que valoran, están, las acciones estas valen 21 euros. Bueno, pues tengo que ajustar el valor, valor razonable. Pero, ojo, ¿la diferencia dónde la llevo? ¿En qué cartera estoy? Estoy en activos financieros a valor razonable con cambios en patrimonio neto. En lugar de llevar una cuenta de ingreso financiero, no, la llevo en la cuenta de patrimonio neto. En este caso, la cuenta 133. Es una cuenta que figura en el balance. En la segunda agrupación, debajo de los fondos propios. Por tanto, veis que incremento la valoración de la cartera, pero este ajuste lo llevo abonando a la cuenta 133. Y este resultado, este ajuste de valoración se pasaría a explotación cuando se proceda a dar de baja o a deteriorar esta caja. Bien, y ¿qué más teníamos? Nos decía, tan, tan, tan, que para las acciones de la compañía que no cotiza, sigue sin poderse estimar con claridad su valor y no se estima interior alguno. Por tanto, no hacemos nada. Bien, continuamos con nuestro ejercicio. Y nos da una información adicional. A 1 de julio del año 2001, por tanto, ya nos situamos a un año desde la fecha de adquisición. La Sociedad Finsa cobra el rendimiento de los bonos y, posteriormente, el 1 de octubre, compra 50 bonos más de Terna. Aquí hay un pequeño error en el libro. Los bonos son de Terna. Cuando cotizaban al 101% y los vende el 1 de diciembre al 101%. Bueno, vale. Primero vamos a contabilizar a 1 de julio. ¿Qué sucede a 1 de julio? A Acordaos que hemos registrado el devengo de los intereses correspondientes a los meses del año 2020. En concreto, teníamos correspondiente a seis meses. Habíamos devengado, habíamos abonado la cuenta de ingreso financiero con cargo, en este caso una cuenta de interés excedente de cobro de grupo 5. ¿Vale? ¿Qué tenemos que hacer ahora? Registrar el devengo de los intereses de los 6 primeros meses de este año. Como ya lo he dicho, lo julio del 2021. Por tanto, es de vengados entre 1 de enero y 30 de junio. Estamos hablando de que estos intereses van a ascender. Teníamos 100 bonos. El tipo de interés semestral es el 2%. Por tanto, 100 bonos por el 2% por 10, que es el valor nominal, más el 2% sobre 10, que son los intereses de vengados en el semestre anterior. Y esto nos daría un total de 20,40. Y el registro que hago es similar al anterior. Abono las 6-1 e incremento la cuenta de intereses a corto plazo, que es una cuenta independiente de la cuenta del activo financiero. Y luego me sitúo y procedo al cobro de estos intereses, que eran 20 euros de vengados en el año 2020, más 20,40 de vengados anteriores. En el año 2021. Por tanto, la 5-4-1 tiene un saldo deudor de 40,40. Abono este saldo y cobro. Por tanto, me entra a tesorería, anoto en el DBE 40,40. Hasta aquí bien, ¿no? Bien, vamos a contrarizar ahora la operación que se realiza el 1 de octubre. Y nos dice, el 1 de octubre compra 50 bonos más. 50 bonos más, 50 bonos más de CERNA. Cuando cotizaron al 101%. Bien, pues los compra 50 bonos cotizando al 101% sobre 10, ¿qué es lo que va a pagar por estos bonos? Va a pagar 505 euros. Pero, ¿qué sucede? Aquí entra en juego el concepto del cupón corrido. Cuando yo, cuando yo, cuando compro estos bonos, estos bonos que compro en el mercado secundario, tienen de vengados cupones, intereses. Bien, por tanto, se habla de cupón corrido. Tienen de vengados estos 50 bonos el interés desde el 1 de julio del 2001 al 1 de octubre del 2001. Por tanto, estamos hablando de un trimestre de intereses. De ahí que efectúe una equivalencia y calcule, calculo la tasa de los bonos para, bueno, un trimestre. Por tanto, la tasa de los bonos trimestrales. Y si el anual era del 4,04, la trimestral va a ser del 0,995. El cupón corrido, el cupón que llevan incorporado estos bonos cuando los compro, es de 10 euros por bono por el 0,995. Por tanto, 0,0995 euros. De ahí que el precio de compra sin que si los compró el 101%. El 101% será 10,10. Le quito el cupón y realmente los tengo que valorar a 10,0005. Por tanto, tendré que registrar una compra de bonos de Eterna el día 1 de octubre. 50 bonos por esto 10,005, que son 500,002. ¿Y qué pasa con los cubanos? pones corridos, los contabilizo, los segrego, los contabilizo aparte. ¿En qué cuenta? En la cuenta 541. Tanto en la cuenta 541, registro 4,91. ¿Vale? Efectuó esta segregación de valor. Continúo. Me dice que estos bonos los vende el 1 de diciembre del año 2001 al 101%. La finalidad de esta adquisición es puramente especulativa. ¿Qué sucede? Que desde el 1 de octubre hasta el 1 de diciembre pasan dos meses. Tendríamos que calcular nuevamente la tasa de dos meses para periodificar los intereses y poder estimar el coste amortizado a la fecha de venta. La tasa de los bonos a dos meses nos va a dar un 0,75,89. ¿Cuál es el valor a coste amortizado? Pues será 10,005 más 0,995. Acordaros que es el cálculo que hemos hecho anteriormente. ¿Vale? 0,995 era el cupón corrido. O sea, sería el precio de compra sin cupón más el cupón corrido más el precio de compra sin cupón más el cupón corrido por este tipo de interés que es el tipo de interés bimestral. Y esto nos da 10,17 centímetros. Realmente estaríamos aquí multiplicando el 10,10 por 1 centímetro. Bien, por tanto, vendo los bonos al 101% del nominal, que es lo que me dice. Vendo el mismo precio que he pagado, a 505 euros. No tengo aquí ningún tipo de, teóricamente, de ganancia. Veis que me entra esto en tesorería. Estoy de baja en las 5,41 los intereses de vengados, los cupones corridos. Que había registrado anteriormente. Veis que lo tenía aquí en las 5,41. Pues al dudor lo voy a abonar. Registro los intereses de vengados de estos dos meses, de los 50 bonos. Por tanto, el interés de vengados es de 3,84 a las 7,61. Doy de baja los bonos por el precio que había registrado esa adquisición, por el precio que tengo en balance. 500,02. Abono la 2,51. Y la diferencia es que son unas pérdidas. Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable. Ajusto directamente y llevo esta carga a pérdidas, que son pérdidas que realmente son del mismo importe que los ingresos que había de vengado, porque es que no hay cambio de valoración. Los ingresos que había de vengado, porque es que no hay Y los he vendido al ciento. Pero diferenciamos cada cosa para no efectuar esta compensación de ingresos. Continuamos con el ejercicio y nos situamos ahora a 31 de diciembre. Bien, 31 de diciembre. ¿Y qué nos dice 31 de diciembre? Nos dice la sociedad Finca dispone de la siguiente información sobre sus activos financieros. Las acciones de SORNA cotizan a 17 euros por acción. Acordaros que los activos financieros que estaban en la cartera, activos financieros abarrozonables con cambios en pérdidas y ganancias, pues no se deterioran. Ajustaríamos directamente la valoración de los títulos. Para los bonos de Eterna, se estima que todos los flujos futuros esperados sufrirán una merma del 5% como consecuencia del empeoramiento de la calidad crediticia de Eterna. Bueno, aquí ya vemos que sucede que si hay una pérdida de la calidad crediticia, pues potencialmente vamos a tener que hacer un deterioro. Los bonos de Eterna, vemos una consecuencia, una merma de la calidad crediticia de Eterna. El emisor, y esto vamos a tener que tenerlo en cuenta frente al valor de los activos. Pero vamos a hacer lo más sencillo y lo más complicado. Empezamos con las acciones de SORNA. Las acciones de SORNA, tras el ajuste del año 2000, las teníamos contabilizadas a 18 euros. Las habíamos comprado a 15, las teníamos contabilizadas a 18, para la acción de cierre del año 2000. Y ahora la acción de cierre del año 2001 pasa a 17. Hay una caída en el valor de estas acciones. Por tanto, tenemos que registrar esta caída de un euro, un euro por 100 acciones, serán 100 euros, abonando, reduciendo la valoración de los títulos. Y en este caso tendremos un gasto de naturaleza financiera que llevaríamos con cargo a la cuenta 6-6-3, que sería el resultado financiero de la compañía. Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable. Vamos con los bonos, aquí sí que ya hay un poquitín más de miga. En cuanto a los bonos, por una parte, tenemos la periodificación de los intereses desde el pago del cupón anterior, el pago del cupón anterior se hizo el 1 de julio, estamos en el 31 de diciembre, no sobre los 50 bonos que compramos y vendimos, sino sobre los 100 bonos que teníamos en cartera. Por tanto, el interés de vengado tendríamos que registrarlo a 31 de diciembre. El interés de vengado que sería el 2% sobre el nominal, 0,20 euros por bono. Por tanto, los intereses, 0,20 euros por 100 bonos serán 20 euros, abonando a 5-6 bonos, es un incremento de la valoración de la cuenta, incremento de la valoración, no. Cargo la cuenta 5-4-1, es una cuenta independiente que registra los intereses de estas obligaciones de vengados y no pagados, no forman parte, por tanto, de la valoración de los títulos. Y bien, analizo lo siguiente, analizo lo siguiente. Tengo que comprobar si existe deterioro de valor a partir de los flujos de caja esperados que faltan por devengado. Se puede vender hasta el vencimiento de las obligaciones. Las obligaciones, ¿cuándo van a vencer? Las he adquirido el 1 de julio, a su emisión del 2.000. Irán a 3 años, vencerán el 1 de julio del 2023. Y estoy a 31 de diciembre del año 2001. Ha pasado año y medio y falta otro año y medio. Por tanto, pues, Pues, tengo que efectuar la evaluación de estos títulos porque me dicen que hay una merma potencial del 5%, decía el enunciado, ¿no? Por tanto, merma del 5% de los flujos esperados. ¿Y qué flujos espero? Pues espero los cupones que voy a cobrar en julio de 2002 y los cupones más el principal que voy a cobrar en julio del 2003. ¿Vale? Por tanto, pues efectúo este ajuste y será el 95% de los cupones que voy a cobrar en julio del 2002 por título. El cupón por título era 0,0404. Serían 0,20 de vengados en el 2021 y el resto, 0,24 de vengados en el 2022, en el primer semestre. Cobraré el 95% y esto, como veis, lo voy a actualizar durante 6 meses porque estoy a 31 de diciembre y esto lo cobro cuando lo cobro a 1 de julio del X2. Por tanto, lo cobro a 1 de julio del X2. Lo voy a llevar a este momento. Por tanto, lo actualizo. Utilizo el tipo de interés anual y lo actualizo semestralmente. Y luego voy a cobrar 10,044 en el año 2003, el 1 del 7 del X3. Y esto lo llevo a 31 de diciembre del 2001. ¿Cuántos meses pasa? Pues 18 meses. Trabajo con el tipo de interés anual y en este caso son 18 meses sobre 12. ¿Vale? Y voy a cobrar el 95%. El 95% de este tipo. Los 10 euros que es la devolución del principal. No hay prima de reembolso en este caso y los intereses de vengados. ¿Vale? Por tanto, voy a cobrar a fecha de hoy, valorado a fecha de hoy, 0,3763 más 29,56. 9,6719 por título. Por título. ¿Vale? Por tanto, ¿qué sucede? Esto, tras el ajuste. Más que el ajuste, la información que me han dicho, que va a haber una merma crediticia. Solo que lo haré en el 95% de los grupos. En lugar de cobrar 10,20 euros por título, que es lo que tengo registrado, si es costo amortizado del bono, la valoración de costo amortizado, voy a cobrar 9,67. Pues bueno, aquí hay una diferencia y por potencia evaluativa tengo que registrar un deterioro. ¿Cómo lo hago? Pues cargo la cuenta 696. Pérdidas por deterioro con abono directamente al valor del título de la 251. Y en bonos, por este ajuste de valor por título, 52,81. ¿Veis que estos deterioros, a diferencia de los deterioros que conocéis, que se utilizan tanto en las valoraciones de los inmovilizados materiales intangibles como en las valoraciones de las existencias? Pues, entre otros, no se utiliza cuenta compensadora. Registro de deterioro. Registro de deterioro financiero cargando la cuenta de gasto con abono directamente a la cuenta de gasto. Con respecto al cliente a largo plazo, ¿qué me decía el ejercicio? Aquí lo tengo. El cliente a largo plazo también ha perdido calidad crediticia y se estima un flujo de caja final de 19.000 euros. En lugar de los 20.000, se estiman 19.000. Bueno, 19.000. Esto es el 31 de diciembre. ¿A qué fecha? A 1 del 7 del X3. Por tanto, de aquí a aquí hay 18 meses. ¿Vale? Bien. Primero, ¿qué tengo que hacer en el crédito? Tengo que registrar también el devengo de los intereses. Los intereses eran el 6,09% por la valoración inicial más los intereses devengados en el periodo anterior. Por tanto, 1.050 euros. El coste, la valoración del crédito a costa amortizado será 16.749 más 502, que son los intereses de 2.000, más 1.050, que son los intereses del 2.001. Total, 18.302,84 euros. Y lo contrasto con lo que se denomina el importe recuperable. El importe recuperable serían estos 19.000 euros que voy a recuperar dentro de 18 meses, pero valorados a fecha de hoy. Por tanto, los actualizo al tipo de interés anual y, bueno, pongo la equivalencia, 18 meses que faltan sobre 12, que es la base de cálculo. Por tanto, me daría 17.300. Como el coste amortizado es superior al importe recuperable, por prudencia ajusto a la baja mi crédito y registro un deterioro. Los intereses, veis que los contabilizo como antes, ¿eh? Gasto financiero a incremento del crédito. Pero ahora este crédito está deteriorado porque el importe recuperable es menor que la valoración a coste amortizado. ¿Y cómo registro esta diferencia de 915,15? Valoro a la baja el crédito y cargo una cuenta de pérdida por deterioro por operaciones comerciales. En este caso es la 694, en el caso anterior acordaos que era la cuenta 696. Pero el sistema de descontabilización es idéntico. En cuanto a las acciones de Junsa, ¿qué nos decían en el enunciado? Ha caído un 50% con respecto al precio de cierre del ejercicio anterior. Bien. Y esto os lo explica el libro en la página 41. En el caso de activos financieros, ha hablado razonable con cambios en el patrimonio neto, que son estas acciones. Estas acciones están catalogadas en esa cartera. La finalidad no es especulativa. Al menos al cierre del ejercicio debería estimarse el cambio en la asistencia del deudor y si este produce un deterioro. En caso afirmativo, las pérdidas acumuladas… se llevarán a resultados, las pérdidas acumuladas en patrimonio. El rendimiento de deterioro es diferente en función del tipo de activo. Si el activo es un instrumento representativo de deuda para el emisor, por tanto un pasivo financiero, se estima deterioro como la diferencia entre el valor razonable y el coste amortizado y supone el traspaso de los cambios de valor acumulados en patrimonio neto a la cuenta de resultados. Si posteriormente se produce una reversión de deterioro, también se imputarán a la cuenta de resultados. En cambio, si el activo financiero para el inversor supone un instrumento de patrimonio para el emisor, el deterioro se estimará por variación del valor del mercado y supone el traspaso de los cambios de valor desde el patrimonio neto, si están en la cuenta 1.233, a resultados financieros. Y si posteriormente se produce una reversión, se llevará directamente, en este caso, contra patrimonio neto y no contra resultados. ¿Qué se entiende por patrullado? ¿Qué es la variación del valor de mercado? Bueno, se estima, se considera un posible indicador de que el instrumento sea deteriorado cuando exista una caída durante un año y medio, durante 18 meses, en el precio o bien en un 40% de su cotización. En este caso nos dice que ha caído un 50% respecto al precio de cierre, al precio de cotización. ¿Vale? Por tanto, nos acogemos al segundo caso y si supera el 40% de la cotización, hay que estimar el deterioro. Pues vamos a ello. Acciones de Junsa, activo financiero a valor regional con cambios en el patrimonio neto, activo financiero para el inversor, instrumento de patrimonio para el emisor. Por tanto, nos dice que cae un 50%. Las tenía registradas tras el ajuste del año pasado a 21 euros por acción. Si cae un 50% quedan a 10,5. 200 por 10,5 son 2.100 euros. Por tanto, caen a la mitad de lo que estaban registradas. Acordaros que es el último ajuste. 2.000 euros. Es que habíamos ajustado aquí a la alza 350 euros. A sumar a los 3.850 euros iniciales. Estaban registradas por 4.100 euros, ¿no? 4.200 euros. 4.200. Pues ahora caen a la mitad. Caen a la mitad. Por tanto, tengo que... Ajustar a la baja. 2.100 euros. El 50% de 200 acciones por 21. Quedan a 10,5. Ajusto la baja. Eso es lo que había en la cuenta 133. Acabamos de verlo. ¿A qué ajuste va la acción del 31 de diciembre del 2000? Pues si procede deterioro, lo tengo que anular. Por tanto, cargo la cuenta 133 porque el ajuste que tengo que hacer supera estos 250 euros. Tengo que hacer un ajuste de 2.100 euros, por tanto, cargo la 133 y la diferencia la llevo a pérdidas y ganancias, como me dice la norma de valoración. Por tanto, tengo una pérdida de 1.750 euros. También tendría una pérdida de 2.100, pero claro, ¿qué pasa? Que en el ejercicio anterior el ajuste de valoración positivo no lo llevaba al resultado, sino que lo llevó a patrimonio neto. Por tanto, ahora me cargo de alguna forma este ajuste de valoración negativo. El ajuste que figuraba en patrimonio neto y imputo en pérdidas y ganancias es 1.750, que sería la diferencia entre los 15 euros iniciales de valoración y los 21 euros que vale ahora. Y en cuanto a las acciones que no cotizan, no hay que contralizar nada, ya que su situación es la misma. Bien, continuamos con el ejercicio anterior. Continuamos avanzando y nos situamos ahora el 31 de diciembre del año 2002. Y vamos a analizar aquí otros ajustes por reversión de los deterioros. Nos dice que el 31 de diciembre del año 2002, la sociedad Finsa dispone de la siguiente información sobre sus activos financieros. Las acciones de SORNA cotizan a 20 euros. 20 euros por acción. Y las habíamos ajustado el año anterior a 17. Por tanto, aquí hay un incremento. 3 euros por acción, por 100 acciones, 300 euros. Como están precificados los activos financieros a valor razonable con cambios en P&G, no hay deterioro y directamente también te ajusto valor. Ingreso financiero por 300, abono, incremento de la valoración de los títulos financieros por el mismo importe de cargo, la 540. Bonos Eterna. Han pagado íntegramente su cupón correspondiente al 1 de julio y al cierre se estima que el deterioro ha desaparecido en su totalidad. Por tanto, tenemos que registrar operaciones en dos momentos temporales. Primero han pagado íntegramente su cupón al 1 de julio. Habrá que registrar el devengo de los intereses de 1 de enero a 30 de septiembre y el cobro de ese cupón. Por tanto, los intereses devengados, el 2% sobre 10,20 por 100 bonos, 20,40. Cargo en la cuenta ínteres a corto plazo y luego proceder al cobro. Esto es 20,40 más los 20 que estaban devengados el año anterior, 40,40. Abono la cuenta 541 y registro la entrada de tesorería por 40,48. Vale. Nos vamos a hacer el ejercicio. La cuenta 541 dice que el deterioro ha desaparecido en su totalidad. Por tanto, hay que volver. En primer lugar, tenemos que hacer dos cosas. Periodificar los intereses de 31 de julio a 31 de diciembre y luego reversiones del periodo. Los intereses devengados ya conocemos cómo se calculaban. El 2% sobre 10,0,20. Por tanto, 0,20 por 100 títulos, 20 euros. Los intereses devengados aquí los tenemos. Abono a 361 con cargo la 541 y vamos a ver qué pasa con el deterioro. ¿Cuál es el valor a coste amortizado del bono sin deterioro? Serían los 10 euros más 0,20. 10,20. Y me dice que... Se ha recuperado en su totalidad y el deterioro ha desaparecido. Me voy al escenario del año anterior y a cómo estaba la valoración de los bonos. Estaba a 9,6719. Ahora esto ha desaparecido. Por tanto, vuelve a estar valorado los bonos a 10,20. Pues ahí tengo que efectuar una reversión del deterioro por la diferencia entre el valor esperado por el bono y el coste amortizado. Así de sencillo. Efectúo el registro de esta reversión del deterioro. 100 bonos por 10,20 menos 9,61,17 serían 52,81. Por tanto, incremento la valoración del 2,51 y registro aquí una cuenta 7,96 que es una cuenta de ingresos que me vendría a neutralizar al ejercicio siguiente en el 2002 el deterioro registrado en el 2000. En cuanto al cliente a largo plazo. Nos dice... Pagará el 98% de su deuda de forma que la calidad crediticia ha mejorado. Por tanto, ojo. Sigue habiendo aquí una merma la calidad crediticia pero en lugar de ser de un 5% va a ser solamente de un 2%. Bien, lo primero que tenemos que hacer es contabilizar el devengo de los intereses del ejercicio 2002. Los intereses devengados al 6,09 se devengan sobre la valoración inicial más los intereses del 2000 más los intereses del 2001. Por tanto, se devengan sobre esta cantidad, sobre esta suma. Los intereses ascienden a 1,114,64,29. La valoración de este crédito a coste amortizado sin contar el deterioro sería 16,749 más 502,92. O sea, 1,050 más 1,114. Serían 19,417,48. Considerando el deterioro que he registrado en el ejercicio anterior que ascendía a 915,15. La valoración a coste amortizado con deterioro es de 18,502,334. Y la he de contrastar con el importe recuperable. ¿Cuál será el importe recuperable? Me dice que voy a recuperar el 98% de... El importe estimado inicialmente, de los 20.000. Pero ojo, estoy a 31 del 12 del X2. Y esto lo recuperaré a 1 de julio del X3. Por tanto, dentro de 6 meses tendré que actualizar el 98% de 20.000 6 meses al 6,09%. Y esto equivale a 19.029,1262. Veo que el importe recuperable es mayor... ...que el coste amortizado con deterioro del cliente. Bueno, pues puedo proceder a revertir. Pero ojo, ¿qué me dice la norma? Puedo revertir el deterioro siempre y cuando la valoración del activo... ...no sea superior a la que tendría si no hubiese deteriorado. El coste amortizado sin deterioro es 19,417. Y el coste amortizado sin deterioro es 19,417. Y el coste amortizado con deterioro es de... Perdón, el importe recuperable es 19,029. Por tanto, revierto hasta como máximo el mínimo de estas dos cantidades. Las voy a marcar ahora. Cogería el mínimo... ...de esta cantidad del coste amortizado sin deterioro... ...o bien del importe recuperado. Por tanto, veis el mínimo de estas dos. ¿Y cuál sería el mínimo? El coste amortizado... Perdón, el mínimo sería el importe recuperable. Por tanto, por la diferencia entre el importe recuperable y el coste amortizado con deterioro... ...que es el valor por el cual tengo registrado esa cartera a fecha 31 de diciembre... ...revierto el deterioro. Efectuó una reversión de 19,029 menos 18,502. 526,7918. ¿Cómo registro la reversión? Pues abono la cuenta 794... ...y incremento la valoración del crédito a largo plazo. Aquí no hay cuentas concesadoras. Y previamente, evidentemente, tengo que registrar el devengo de los intereses. Este es el devengo de los intereses del crédito que ya habíamos calculado anteriormente. Esto es 1,114,64. Acordaos que los intereses no forman parte de la valoración del activo sino que lo registró... ...en este caso sí que forman parte de la valoración del activo. Ojo, porque es un crédito comercial. En este caso sí que formaría parte de la valoración del activo. En cuanto a las acciones de Junsa... ...nos decía que se situaban a 12 euros y se estima que el deterioro ha revertido completamente. Tras el último ajuste del año anterior, del 2001... ...las acciones de Junsa... ...nos decía que habían caído un 10,5 respecto al precio de cierre de la acción anterior. Por tanto estaban a 10,5. Y ahora se sitúan en 12. Por tanto... ...de 10,5 se sitúan a 12. ¿En qué carteras habíamos clasificado? En activos financieros a valor razonable con cambios en patrimonio neto. Por tanto, como se trata de instrumentos de patrimonio... ...en este caso no iría al resultado sino directamente contra el patrimonio neto. Esto lo comentamos hace unos momentos. Los activos financieros que están clasificados a valor razonable con cambios en patrimonio neto... ...el reglamento del deterioro es diferente en función del tipo de activo. En el caso de instrumento representativo de patrimonio para el emisor... ...si posteriormente se produce una reversión del deterioro... ...decíamos que se lleva directamente contra el patrimonio neto. Por tanto, esta reversión del deterioro... ...esta reversión de 1,5 euros por acción... ...1,5 euros por 200 acciones, 300 euros... ...¿veis? Incremento el valor de la 250 pero no lo llevo a una cuenta 76... ...sino a patrimonio neto, la cuenta 133. Y por último, las acciones que no cotizan no hay que contralizar nada... ...porque en principio su situación es idéntica a la del ejercicio anterior. Quedamos terminando. Llegamos al final de este ejercicio tan largo. ¿Y qué nos dicen? A 1 de julio. A 1 de julio Finsa continúa con los títulos y dispone de la siguiente información. Continúa hasta el 1 de julio. El 1 de julio procede de la siguiente forma. Vende las acciones de Sorna a 23 euros por acción. Parece que se ha vuelto un poco loco. Las vende a 23 euros por acción... ...y acordaros que tras el último ajuste las tenía... ...a 20. Por tanto, hay un incremento. Va a tener aquí una plusvalía en la venta de 3 euros por acción. Ok, por tanto, las vende a 23 euros por acción... ...23 por 100 acciones dentro de la tesorería 2300... ...las tenía registradas a 20, doy de baja la 540 por 2000... ...y generamos un beneficio 763... ...por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable. 300 euros de beneficio, que es la diferencia de valoración. De 23 a 20 por las 100 acciones. Los bonos de Terna. Tras cobrar el cupón correspondiente al 1 de julio del 2003... ...tendremos que devengar, por tanto, los intereses entre 1 de enero y 30 de junio... ...se amortizan sin más. Por tanto, registramos los bonos de Terna. En primer lugar, el devengo de los intereses 761 a 541... ...y posteriormente voy a cobrar los intereses devengados... ...desde 1 de julio del 2002, por tanto, 40,40... ...que están en la cuenta 541, abono a la cuenta 541... ...20 más 20 con 40. Doy de baja los bonos por su valor de balance... ...que es 100 bonos por 10 euros, 1000... ...y veis que la diferencia es la que percibo. 500 centígrados. No genero ningún tipo de beneficio porque... ...¿qué pasa? Que en el ejercicio anterior había revertido el deterioro... ...y estaban valorados al mismo precio inicialmente previsto. Y en cuanto al cliente a largo plazo, nos dice... ...abona la cuantía en su totalidad. Acordaos que habíamos estimado el año anterior, a cierre... ...que había una merma en la calidad del crédito de un 2%. Llamábamos que cobraríamos solamente un 98%. Bien, primero, 31 a 1 de julio del 2003. ¿Qué tengo que registrar? El devengo de los intereses correspondientes... ...al apazamiento, a mi favor, como titular de activo financiero... ...de esos 6 meses, de 1 de enero a 30 de junio. Los intereses devengados eran el 6,09 anual... ...equivalente es el 3% semestral. El 3% sobre el valor inicial más los intereses del año 2000... ...más los intereses del año 2001, más los intereses del año 2002. Por tanto, 552,85. La valoración al coste amortizado sin deterioro sería... ...esta suma de aquí, más los 582. Serán los 20.000 euros. ¿Vale? Y... ...coste amortizado con deterioro... ...serían los 20.000 menos los deterioros que tengo registrados. 915... ...es menos 915... ...menos la reversión que hice el año pasado, 526. ¿Vale? Me daría un valor de 19.611,65.06. Bien, el importe recuperable, 20.000. No hay ninguna duda que es 20.000 porque voy a recuperar lo inicialmente previsto. Valor máximo de la reversión, ¿cuál será? Pues cogería el mínimo del coste amortizado sin deterioro, que es 20.000... ...y el importe recuperable, que es 20.000. Por tanto, 20.000. Como tengo registrado por 19.611... ...puedo revertir la diferencia de 388,3552. Y así procedo a ello. Registro inicialmente los intereses devengados... ...procedo a la reversión del crédito de deterioro... ...abono la sección número 4 con cargo al 252... ...y por último cobro los 20.000 euros porque en la cuenta 252 quedará un saldo de 20.000. Y me interesa el tesoro. Y en cuanto a las acciones de Juntsa nos dicen que se ceden a un tercero... ...que recibe el control, vale. Pues si recibe el control y puede enajenarlas... ...yo contablemente las doy de baja en el activo de la compañía. Las tengo que dar de baja en el activo financiero. ¿Vale? Por tanto... ...las cedo a un tercero que en el control las puede vender... ...recibo 16 euros por la acción cuando la última valoración fue de 12 euros por acción. Esto supone que todos los cambios de valor recogidos en el patrimonio neto... ...ahora se traspasan a resultados. Bien, ¿qué tengo recogidos en la cuenta de patrimonio neto 133? 300, por tanto la carga. Percibo por esta cesión 200 acciones por 16. 3.200 euros. Las tenía registradas... ...por 12 euros. Perdón, las tenía registradas... ...200 acciones por 12 euros, sí, por 12 euros. Por tanto, las tenía registradas por 2.400. ¿Y qué sucede ahora? Que afloro un beneficio... ...de... ...4 euros por acción... ...16 menos 12... ...más las partidas que tenía recogidas en la cuenta 133 en patrimonio neto. Por tanto, 1.100. Estos serían 16 menos 12 por las acciones... ...más los 300 euros que estaban en la cuenta 133. Por tanto, el beneficio en lugar de ser de 800 es de 1.100. Y en cuanto a las acciones a coste nos dice que ya pueden valorarse a valor razonable y se reclasifica. Si vais a la norma número 9... ...o a la página 32 del manual... ...habla de las posibles reclasificaciones de activos financieros... ...y nos dice que la reclasificación entre activos financieros a coste y activos financieros a valor razonable... ...tendrá lugar cuando la empresa emisora ya no pertenezca... En el instante de reclasificación, la diferencia entre el valor razonable y el coste se imputará a pérdidas... ...y ganancias si opta por catalogar el activo a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. O lo registrará en Patrimonio Neto si decide clasificarlo como activo a valor razonable con cambios en el patrimonio. Pues ese es el segundo caso. Hay un cambio de valor, ya se puede valorar con fiabilidad... ...a valor razonable y que es lo que nos decía el enunciado... ...que se pueden valorar a 21 euros por acción... ...y se reclasifican como activos a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Por tanto, esa diferencia de valor entre los... ...20 euros y los 21... ...lo llevamos a la cuenta 1-3-3. 80 acciones por 1 euro, 80 euros... ...abona la 1-3-3 e incrementa la 2-5. Bueno, pues por hoy ya lo dejamos aquí. La próxima semana veríamos el tratamiento de los pasivos financieros... ...y bueno, nos queda un buen ramo del tema. Tendríamos que ver los pasivos financieros... ...que es más cortito, más sencillito... ...y luego veríamos el tratamiento contable de las coberturas... ...y evidentemente ejemplos para asentar todos estos conceptos. Por tanto, terminamos el tema número 2 la próxima semana. Adiós. ¡Gracias!