Hola, buenas tardes. Bienvenidos a la tutorial número 10. En esta tutorial lo que vamos a hacer es seguir hablando de lo que es el SAC. Recordamos de la tutorial pasada que es el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y dijimos que nace con la aplicación de la Ley 39 del 2006, del 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. La definición de la dependencia, recordamos que según el artículo 2.2 de la Ley de Dependencia dijimos que la dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que por razones de la enfermedad o la discapacidad y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. Estas actividades básicas de la vida diaria son el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad de objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas y que requieran el concurso de otra persona. La persona en situación de dependencia, es decir, para ser titular del derecho a las prestaciones que ofrece el SAT, tanto las prestaciones de servicios sociales como las prestaciones económicas, se tienen que reunir dos condiciones. Una de ellas es que la persona tiene que tener reconocida una situación de dependencia y en cualquiera de los grados por el órgano público competente, es decir, tanto por la administración del Estado o la comunidad autónoma y a esta persona se le tiene que aplicar un Maremo. Si es menor de edad, se le aplicará la escala de valoración, menor de edad no, perdón, menor de tres años, se le aplicará un Maremo que es la escala de valoración específica y si es mayor de tres años se le va a aplicar el Real Decreto 174 del 2011, del 11 de febrero. Este Maremo ha sido aprobado por la Ley 39 del 2006, es decir, por la Ley de Dependencia. No sé si comentamos la semana pasada quiénes eran los titulares del derecho a las prestaciones del SAT, pero sí que lo vamos a recordar. Según el artículo CRECELSAT, son los españoles y los extranjeros titulares del derecho a la prestación. Con respecto a los españoles, hemos dicho que serán sin límite de edad y tienen que cumplir unos requisitos. Uno de ellos es encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos y residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales estos deberán ser... inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. Si es menor de cinco años, este periodo de residencia se le va a exigir a quien ejerza su guardia y custodia. Para determinar la situación de dependencia, repetimos, de los mayores de tres años, pues se tiene que aplicar el Real Decreto 174 del 2011 y para determinar la situación de dependencia de los menores de tres años, se le tiene que aplicar el Real Decreto 174 del 2011 y se le tiene que aplicar un baremo concreto, la escala de valoración específica. ¿Qué requisitos tienen que reunir los españoles para poder ser titulares de las prestaciones del SAT? Por ejemplo, para determinar la situación de dependencia de los emigrantes españoles vamos a distinguir de los españoles no residentes en España y la de los emigrantes españoles que han retornado. Con respecto a los españoles no residentes en España, el Gobierno va a establecer las medidas de protección. Y con respecto a los inmigrantes españoles retornados, el Gobierno va a establecer, previo acuerdo del CTSS, del Consejo Territorial de Servicios Sociales del SAT, las condiciones de acceso al sistema de atención a dependencia. Es decir, la comunidad autónoma de residencia del español retornado va a valorar la situación de dependencia, va a reconocer el derecho y va a tener que dar la prestación del servicio pago. Esto es para los, repito, los inmigrantes españoles retornados. El coste de los servicios sociales y las prestaciones económicas van a existir. Y van a estar asumidas tanto por el Estado como por la comunidad autónoma. Otro de los requisitos que tienen que cumplir los españoles es que el beneficiario, para poder ser titular de este derecho a las prestaciones, pues tiene que participar según la capacidad económica que tenga en la financiación de las prestaciones reconocidas. La capacidad económica va a ser tenida en cuenta también para fijar la cuantía de las prestaciones económicas. ¿Sabéis cómo se reconocen las prestaciones? Pues las prestaciones se reconocen a instancia de parte. Y las prestaciones para los inmigrantes retornados se van a extinguir, pues cuando el beneficiario, por cumplir el periodo de residencia exigido en territorio español, pues pueda acceder a las prestaciones del SAT. Esto con respecto a los españoles. ¿Qué pasa con los exageros? Con los exageros también hemos dicho que pueden ser titulares del derecho a las prestaciones. Pero los que carezcan de la nacionalidad española se van a regir por lo establecido en la Ley Orgánica 4 del 2000, del 11 de enero, y por lo que dispongan los tratados, los convenios, los acuerdos o los instrumentos internacionales ratificados. Se tienen que hallar también en situación... ¡Ay, no sé si se me oye! Se tienen que hallar en situación... ...de residencia de larga duración, cinco años de residencia legal, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. La Orden TAS 2445 del 2007, del 7 de agosto, va a ser el que dicte las normas para poder aplicar los decretos que desarrolla la Ley de Dependencia en las ciudades. Con respecto a los exageros, tienen que tener su domicilio en estas ciudades y tienen que cumplir también con todas las condiciones establecidas para cada una de las prestaciones. Los menores que carezcan de nacionalidad española se van a estar a lo dispuesto en las leyes del menor vigentes tanto de ámbito estatal, autonómico y de los tratados internacionales. Para poder hablar de las prestaciones tanto de servicios sociales como las prestaciones económicas, quiero que recordemos también la clasificación de la situación de dependencia, los grados. El baremo de valoración de la dependencia en el DVD va a ser quien determine las situaciones de los grados de dependencia y es aplicable en cualquier situación de discapacidad... ...y en cualquier edad apropiada. Los grados son, grado 1, dependencia moderada, grado 2, dependencia severa y grado 3, gran dependencia. ¿Qué es el grado 1? Es cuando la persona, es decir, la dependencia moderada, es cuando la persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día... ...o tiene necesidades de apoyo intermitente. El grado 2 es cuando la persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador... ...o tiene necesidades de apoyo extenso para realizar las actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día. Para su autonomía personal. Va de 50 a 74 puntos. Y el grado 3 o gran dependencia es cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria pues varias veces al día... ...y también por su pérdida total de autonomía tanto física como mental, como intelectual y sensorial... ...pues va a necesitar el apoyo... indispensable e imprescindible y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. La puntuación es de 75 a 100 puntos, ¿vale? Cuando la persona es menor de 3 años, hemos dicho que se le va a clasificar con un valor muy específico, con la escala de valoración específica. Y los grados de dependencia son también moderada, severa y gran dependencia que se va a corresponder con la puntuación final de 1 a 3 puntos, ¿vale? El carácter de esta valoración no es permanente, ¿por qué? Porque va a tener este menor de 3 años revisiones, revisiones de oficio. Y periódico, y periódico. Revisiones a los 6 meses, revisiones a los 12 meses, revisiones a los 18 meses, revisiones a los 24 meses y revisiones a los 30 meses. ¿A los 36 meses qué pasa? Pues de nuevo van a ser evaluadas con el DVD, en el que hemos dicho 174 del 2011, del 11 de febrero, para mayores de 3 años. Una vez dicho esto... Ahora sí, vamos a pasar a hablar de cuáles son tanto las prestaciones de servicios sociales como las prestaciones económicas. Y para eso es importante que hablemos del régimen jurídico de las prestaciones y cómo se financian estas prestaciones, ¿de acuerdo? Si la aplicación del sistema de las prestaciones es progresiva, ¿vale? Y esto lo vamos a explicar a continuación. Tenemos que tener en cuenta, cuando hablamos del régimen jurídico de las prestaciones, vamos a pensar tanto en el Real Decreto 1050 del 2013, del 27 de diciembre, que nos habla sobre el nivel mínimo de protección del SAT garantizado por el Estado, que es el DNME, ¿vale? Nivel mínimo de protección del SAT. Y también tenemos que hablar del régimen jurídico de las prestaciones y tener en cuenta el Real Decreto 1051 del 2013, del 27 de diciembre. Y nos habla sobre la regulación de las prestaciones del SAT de la Ley 39 del 2006, del 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Es el DPD. Los niveles de protección de las prestaciones del SAT hay un nivel muy alto. Hay un nivel mínimo, que este nivel mínimo lo establece el Estado y la cuantía va a estar fijada, ¿dónde? Pues en los presupuestos generales del Estado. Hay otro nivel, que es el nivel de cooperación interadministrativa, que este nivel se acuerda tanto entre la Administración General del Estado y la Administración de cada una de las comunidades autónomas. La aportación de la cooperación de las comunidades autónomas, por lo mínimo, por lo menos, será cada año al menos igual a la aportación mínima que establezca el Estado. Luego también tenemos otro nivel de protección, que es el adicional, que es de protección íntegramente lo va a establecer cada comunidad autónoma respectiva. ¿Vale? Hablemos de la financiación de las prestaciones. Hemos dicho que a cargo de la Administración General del Estado está el nivel mínimo previsto anualmente en los presupuestos generales del Estado para transferirlo a la comunidad autónoma y la cuantía será actualizada según el IPREM, el Indicador Público de Rentas. El nivel mínimo, este nivel mínimo de protección, va a quedar condicionado al cumplimiento de los requisitos que se establezcan en la Ley de Independencia, es decir, va a ser iniciado a solicitud del interesado o del representante. Va a haber una valoración realizada mediante la aplicación del DVD, ¿vale? El DVD es el Real Decreto del baremo 174 del 2011 del 11 de febrero. Tiene que haber una certificación mensual de la efectividad del derecho y una incorporación al CISAR, es decir, grado de personas beneficiarias, prestación reconocida, fecha de la efectividad del derecho, la capacidad económica del beneficiario y la aportación que va a hacer. ¿De acuerdo? Esto es con respecto al nivel mínimo de protección. Hemos hablado también que hay otras financiaciones de las prestaciones, que es en la cooperación administrativa que va a cargo tanto de la Administración General del Estado y de cada una de las administraciones autonómicas, ese nivel de cooperación administrativa y luego el nivel adicional que es a cargo de los presupuestos de las comunidades autónomas. Y está determinada tanto por el número de personas que se encuentren en situación de dependencia y de los servicios y prestaciones previstos en el catálogo de la Ley de Dependencia. Va a ser estable, suficiente, sostenida en el tiempo y garantizada. ¿Y de qué depende la financiación? Pues depende tanto de la finalidad o de la disponibilidad presupuestaria como del grado de entendimiento o del Consejo. ¿Vale? Cuando hablamos que el sistema de las prestaciones, tanto las de servicios sociales como las prestaciones económicas tienen una aplicación progresiva. ¿Qué quiere decir esto? Pues que no nace en un único momento, en un solo momento, sino que se va a instaurar poco a poco. La efectividad del derecho a las prestaciones, tanto las de servicios sociales como a las prestaciones económicas se van a llevar a cabo siempre de forma progresiva. Y de forma gradual. Y se va a poner en práctica a partir del 1 de enero del 2007. Recordamos que la Ley de Dependencia es del 2006, ¿no? Pues la efectividad del derecho se empieza a poner en práctica a partir del 1 de enero del 2007. El SAT va a establecer dos clases de prestaciones que son las prestaciones de servicios sociales y las prestaciones económicas. Ambas prestaciones están destinadas a una finalidad. ¿Cuál es la finalidad? Pues la promoción de la autonomía personal y también sirven para poder atender las necesidades de las personas con dificultades para poder realizar las actividades básicas de la vida diaria. Estas, el objetivo y las normas generales de las prestaciones es que tienen que orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal. ¿Y qué queremos decir cuando los objetivos de las prestaciones es orientarse a la autonomía personal? Pues la autonomía personal no es otra cosa que es importante más que la capacidad para poder controlar, para poder afrontar, para poder tomar por propia iniciativa decisiones personales acerca de cómo vivir, las preferencias propias y también cómo desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. Entonces los objetivos de estas prestaciones tanto de las económicas como las de servicios sociales es que tienen que facilitar esa existencia autónoma a los beneficiarios ¿vale? En su medio habitual todo el tiempo que la persona en situación de dependencia desee y le sea posible y también tiene que proporcionarle un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad. Las prestaciones de servicios sociales están incluidas en un catálogo de servicio tienen un carácter prioritario es decir que tienen carácter prioritario con respecto a las prestaciones económicas y estará determinado tanto por el grado como por el nivel de dependencia que hemos dicho que desaparecieron en el 2012 y a igual grado por la capacidad económica del solicitante y se va a atender a la renta y al patrimonio del solicitante. Estas prestaciones de servicios sociales están integradas en la red de servicios sociales de las respectivas comunidades autónomas y la red de centros va a estar formada por los centros públicos de las comunidades autónomas de las entidades locales los centros de las comunidades autónomas los centros de referencia tanto el estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia y ahora vamos a nombrar cuáles son las prestaciones del USAD las prestaciones sociales y vamos a hablar de los objetivos de las finalidades que necesitan estos prestaciones en primer lugar están los servicios de prevención de dependencia y de promoción de autonomía personal servicio de teleasistencia también es una prestación de servicios sociales servicio de ayuda a domicilio servicio de centro de día y de noche servicio de atención residencial y centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y atención y cuidado de situaciones de dependencia las prestaciones económicas se llevarán a cabo cuando no sea posible su atención en uno de los centros o servicios de la red de servicios sociales esta prestación económica está destinada a la cobertura de los gastos del servicio previsto en el programa individual de atención y cuando no haya podido acceder a los servicios por aplicación del régimen de prioridades al no estar la red de servicios todavía implantado la capacidad económica del beneficiario también va a ser tener en cuenta para poder determinar qué cuantía va a percibir el beneficiario de las prestaciones económicas se pueden extinguir las prestaciones pues por supuesto siempre que lo disponga la normativa autonómica cómo se pueden extinguir las prestaciones y cómo se pueden suspender el derecho a estas prestaciones en las ciudades de Ceuta y Melilla pues en primer lugar cuando se pierda la condición de residente en estas ciudades o también porque se traslade de residencia fuera del territorio español por un tiempo superior a 30 días también se puede extinguir o se puede suspender este derecho a las prestaciones porque haya habido una mejoría de la situación de dependencia que determine esta mejoría pues que el beneficiario ya no se encuentra en esta situación de dependencia y por lo tanto no necesita ese tipo de prestación se puede extinguir también porque el beneficiario haya incumplido alguna de las condiciones o algunos de los requisitos que se exijan para determinar ese derecho que tuvieron a cada una de las prestaciones y también por incompatibilidad de una prestación de prestación o ayuda incompatible con otra del régimen de las incompatibilidades hablaremos no régimen sino de las ayudas por ejemplo de la prestación de servicios sociales que son recibir una prestación social por ejemplo de residencia permanente pues con un servicio de teleasistencia o ayuda a domicilio aquí sí que hay una incompatibilidad en estas prestaciones y otra cosa por fallecimiento del beneficiario también se puede extinguir también por servicio del beneficiario se puede extinguir y suspender el derecho del beneficiario y por sustitución de una prestación reconocida pues por otra prestación como gestionan las prestaciones de los servicios sociales y las prestaciones económicas pues las van a gestionar pues las respectivas normativas de cada comunidad autónoma excepto que ciudades porque a ellas estas ciudades les corresponde el acceso esta gestión a través de las direcciones territoriales y que orden tienen en cuenta para gestionar las prestaciones del SAT pues la orden TAS 2455 del 2007 del 7 de agosto el régimen de las series sociales y las prestaciones económicas están fijados para cada beneficiario en donde se fijan este régimen de servicio pues se fijan en el PIA en el programa individual vale cada beneficiario tiene un programa individual de atención y qué es el PIA pues es un documento que como os comento fija tanto los servicios sociales que requieren como las prestaciones económicas a las que tiene derecho el beneficiario según el grado reconocido en la resolución que dicte la administración sobre este reconocimiento de las situaciones de dependencia y el derecho a qué prestaciones tiene tienen obligaciones los beneficiarios de los servicios y las prestaciones del SAT pues claro que tienen eh obligaciones en primer lugar mmm tienen que facilitar directamente o a través de su representante vale si no eh pudieran ellos pues tienen que facilitar pues toda la la información y todos los datos que tengan en su poder eh valorar el grado de dependencia y poder reconocer o mantener el derecho a las prestaciones este dinero esa prestación económica que les ha sido reconocida pues tienen que eh la finalidad es destinar esa prestación económica a las que fueron reconocidas y tienen que justificar que su aplicación vale las prestaciones económicas tienen que ser justificada de que se han llevado a cabo para esa finalidad otra de las obligaciones de los beneficiarios es que tienen que efectuar el pago de su participación porque hemos visto que y hemos dicho que tienen que colaborar en con su economía a los eh servicios sociales o sea en temas efectuar el pago de su participación en el coste de los servicios que reciba comunicar los traslados de residencia temporales superiores a 30 días o definitivos si son en la misma localidad si son en otra comunidad o si son en el extranjero y también tienen que comunicar cualquier variación de circunstancias que pueda afectar al derecho al contenido o a la intensidad de las prestaciones en el plazo de 30 días es la comunicación qué pasa si incumplen con los con la obligación los beneficiarios de estas prestaciones de servicios sociales y de estas prestaciones económicas pues si se incumple la consecuencia es la perfección de cuantías indebidas una participación insuficiente en el coste de los servicios tendrán que reintegrar o hacer o abonar la diferencia que corresponda vale sí pues ahora una vez hemos comentado que existen prestaciones de servicios sociales prestaciones económicas en la extinción la suspensión cómo se gestiona cuáles son las obligaciones de los beneficiarios y vamos a hablar de qué tipo de prestaciones que existen en el catálogo de servicios y cuáles son sus fines en primer lugar hemos hablado de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía vale y atención de la autonomía personal vale e con respecto del servicio de ayuda a domicilio contiene tanto la atención a las necesidades del hogar como a los cuidados personales los centros de día servicio de centro de día y de noche hablamos del centro de día para mayores hay un centro de día para menores de 65 años hay un centro de día de atención especializada ya un centro de noche el servicio de atención residencial es una residencia para personas mayores en situación de dependencia y hay un centro de atención a personas en situación de dependencia en razón de los e distintos tipos de discapacidad vale los servicios sociales se integran en la red de servicios sociales de las respectivas comunidades autónomas las comunidades autónomas van a ser las gestoras de la red de centros el consejo territorial del sap va a ser el que fije los criterios comunes de acreditación de centros y planes de calidad del sap la red de centros está formada tanto por los centros públicos de las comunidades autónomas y las entidades locales como por los centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia por los centros privados concertados debidamente acreditados es decir comunidades autónomas régimen jurídico y condiciones de actuación y por los centros privados no concertados debidamente acreditar vale los poderes públicos con respecto a la prestación de servicios sociales para ser quienes promuevan tanto la colaboración solidaria de los ciudadanos con las personas en situación de dependencia como pues a través de la participación de las organizaciones de voluntarios y de las entidades del tercer sector también los poderes públicos van a determinar las cualificaciones profesionales idóneas para poder ejercer las funciones que correspondan con el catálogo de servicios y también los poderes públicos van a fomentar la colaboración entre las distintas administraciones públicas competentes en materias de educación sanitaria laboral y de asuntos sociales y cómo funciona el régimen de incompatibilidades en la prestación de servicios sociales que están incluidas en este catálogo de servicios pues dicen que el servicio de atención residencial permanente es incompatible con el servicio de teleasistencia con el de ayuda a domicilio y con el del centro de noche en los demás servicios se va a estar a lo dispuesto en la normativa de la comunidad autónoma ahora sí vamos a empezar de cada una de las prestaciones de servicios sociales vale en primer lugar los servicios de prevención de la situación de dependencia y de promoción de la autonomía personal cuál es la finalidad de estos servicios de prevención pues prevenir y qué es lo que van a prevenir pues la aparición o el agravamiento de enfermedades o discapacidades y la secuela y cómo lo van a hacer pues desarrollando de forma coordinada entre los servicios sociales y de salud actuaciones de promoción de condiciones de vida saludable van a hacer programas especiales de carácter preventivo y de rehabilitación que van a estar dirigidos a personas mayores ya personas con discapacidad y hospitalizados complejos el consejo territorial del SAT va a acordar criterios recomendaciones y condiciones mínimas de estos planes de prevención los planes de prevención de las situaciones de dependencia y su agravamiento para Centra y Melilla se van a establecer mediante programas de promoción de condiciones de vida saludable cuál es la finalidad pues la finalidad es que van a poder con estos programas de prevención con estos servicios de prevención para poder desarrollar y van a poder mantener la capacidad personal para poder controlar afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con la con las normas y con las preferencias propias así como para facilitar la ejecución de las actividades de la vida diaria ¿qué es lo que van a hacer? tanto va a haber un asesoramiento una orientación asistencia y formación en tecnologías de apoyo va a haber una habilitación y una terapia ocupacional ¿y cuál va a ser la intensidad? pues va se va a intentar adecuar a las necesidades de personales de promoción de la autonomía personal a la infraestructura de los recursos y a las normas de las respectivas comunidades autónomas eso esos servicios de promoción de la autonomía personal van al grado uno es decir a dependencia moderada va a haber una habilitación y terapia ocupacional atención temprana estimulación cognitiva promoción mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional administración psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual apoyos personales y cuidados en alojamientos especiales y la concreción de la intensidad se va a fijar en el programa de individual de atención ¿qué más? el servicio de la asistencia es otra prestación de servicios de apoyo el servicio de asistencia sirve para poder facilitar a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación una respuesta inmediata pues ante situaciones de emergencia o inseguridad soledad o aislamiento en el que se encuentre el beneficiario y puede funcionar independientemente o de forma complementaria al servicio de ayuda a domicilio como veis aquí no hay ninguna incompatibilidad otra prestación de servicios sociales vamos a hablar de el servicio de ayuda a domicilio el servicio de ayuda a domicilio es el conjunto de actuaciones que se van a llevar a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia ¿con qué fin? pues con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria prestada por entidades o empresas ¿qué servicios están relacionados con el servicio de ayuda a domicilio? los servicios relacionados son atención personal en la realización de actividades de la vida diaria ¿vale? con la atención de las necesidades domésticas o del hogar y también con la intensidad del servicio ¿esto qué quiere decir? las horas de atención esta es una pregunta de examen otra prestación de servicios sociales de la que vamos a hablar es el servicio de centro de día y de noche estos servicios lo que ofrecen es una atención integral durante todo el periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia ¿y cuál es el objetivo de estos centros? pues otra cosa no es más que mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a familias o cuidadores ¿a qué están destinados estos servicios? pues están destinados a las necesidades de asesoramiento para poder prevenir rehabilitar orientar y habilitar como atención asistencial y personal la tipología para este tipo de servicios de centro de día y de noche es que hay centros de día para mayores centro de día para menores de 65 años y centros de día de atención especializada y centros de noche otra prestación de servicio social que vamos a hablar es el servicio de atención residencial y este servicio de atención residencial se presta en centros residenciales y esos centros residenciales están habilitados al efecto y según el tipo de dependencia que tenga es decir en qué grado va a tener tanto de la dependencia moderada la dependencia severa o la gran dependencia de cuidados que precise la persona va a tener estos servicios de atención residencial va a tener un carácter permanente cuando el centro residencial se convierta en la residencia habitual de la persona del beneficiario y también puede tener un carácter temporal pues cuando se atienda estancias temporales de convalecencia o también durante las vacaciones o fines de semana periodo de descanso que tengan los cuidadores no profesionales vale otra prestación de servicios sociales son el centro de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y atención y cuidado de situaciones de dependencia qué tipos de centros de referencia estatal existen pues por una parte está el CEPAP que es el centro estatal de referencia de autonomía personal y de ayudas técnicas hay otro centro estatal que es el CEADAC que es el centro estatal de referencia de atención al daño cerebral otro centro es el centro estatal de referencia para la atención a personas con grave discapacidad y para la promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia en San Andrés del Rabanero que esto se encuentra en León otro centro es el centro estatal de referencia para la atención a personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias que se encuentran en Salamanca y el centro estatal de atención a personas con enfermedades sanas y sus familias que se encuentra en Bury vale y hasta aquí hemos hablado de las prestaciones de servicios sociales que se encuentran en el catalón vale y ahora si os parece vamos a hablar de las prestaciones económicas vinculadas al servicio y aquí vamos a hablar tanto de los cuidadores profesionales como de los no profesionales en primer lugar diremos que las prestaciones económicas ya dijimos en su momento que tienen un carácter periódico y solamente se van a reconocer las prestaciones económicas cuando no sea posible el acceso eh a un servicio público o concertado de atención y cuidado en función del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario ¿qué pasa en las ciudades de Ceuta y Melilla? pues en las ciudades de Ceuta y Melilla se va a considerar inexistencia de un centro residencial cuando concurran dos circunstancias una de ellas es cuando no se disponga de plaza adecuada en ninguno de los centros públicos o privados acreditados en la red del incerso ¿vale? y otro requisito también se considerará inexistencia de un centro de día o de noche cuando no se disponga de transporte o la lejanía del centro desaconsejen el desplazamiento del beneficiario desde su domicilio ¿vale? la prestación económica para cuidados en el entorno familiar es de lo que vamos a hablar a continuación tanto de los cuidadores no profesionales como de los cuidadores profesionales vamos a empezar por los cuidadores no profesionales ¿vale? esta prestación económica estará atendido por su entorno familiar por cuidadores no profesionales y cuando será posible esta situación pues siempre que se den las condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo disponga el programa individual de atención tiene que haber un acuerdo tanto por una parte del consejo territorial del servicio social y el SA que va a determinar el acceso a las prestaciones según el grado de dependencia y según la capacidad económica del beneficiario el cuidador no profesional va a estar sometido a las normas de afiliación alta y cotización a la seguridad social ¿vale? quienes pueden ser cuidadores no profesionales el cónyuge parientes por consanguinidad afinidad o adopción hasta el tercer grado y tienen que ser designados en el PIA ¿qué requisitos tiene que cumplir el cuidador no profesional? pues puede ser repetimos un familiar hasta el tercer grado tanto de afinidad consanguinidad o adopción tiene que tener una capacidad física y psíquica suficiente para poder ejercer las funciones y tiene que tener un tiempo de dedicación suficiente en las ciudades de Ceuta y Melilla los requisitos son los siguientes la persona el cuidador no profesional tiene que ser mayor de 18 años tiene que residir legalmente en España tiene que tener idoneidad para poder prestar servicio no tiene que estar vinculado al servicio de atención profesionalizada y pueda obtener servicios al menos tres meses seguidos incluidos en el régimen general y de seguridad social y hay un convenio especial de carácter voluntario y podrá ser suscrito entre el cuidador no profesional y la tesorería general de la seguridad social las cotizaciones a la seguridad social serán a cargo exclusiva del suscriptor del mismo y los requisitos para poder acceder a este convenio especial tiene que haber una copia de la resolución que conceda la prestación para cuidados en el entorno familiar y la documentación que acredite el parentesco vale esto como hablando de los cuidadores no profesionales y qué pasa con los cuidadores profesionales pues los cuidadores profesionales serán contratados por instituciones públicas o entidades privadas cuando la prestación reconocida por el SAT sea la económica vinculada al servicio cuando la prestación reconocida por el SAT sea de asistencia personal de gran dependiente y se harán incluidos en el régimen general si trabajan por cuenta ajena y si lo hacen por cuenta propia en el régimen especial de trabajadores autónomos las prestaciones económicas hay una ayuda económica de asistencia personal y la promoción es la finalidad es la promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia en cualquier grado y cuál es el objetivo de esta ayuda económica de asistencia personal pues es contratar a un asistente personal durante un número de horas para poder facilitar a los beneficiarios el acceso tanto a la educación como al trabajo a la vida más autónoma en las actividades básicas de la vida diaria el consejo territorial del SAT va a ser quien establezca las condiciones específicas de acceso a la prestación y qué pasa con CEU de Melilla pues el beneficiario será valorado en el grado de gran dependiente la capacidad de determinar los servicios que requiera ejercer su control e impartir instrucciones al asistente personal de cómo llevarlas a cabo y determinación del día de la adecuación de la presentación qué más decir está la condición de la subvención y están destinadas a apoyar a las personas con ayudas técnicas o con instrumentos para el normal desenvolvimiento de su vida ordinaria y poder facilitar la accesibilidad de adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de desplazamiento en la vivienda cuál es el régimen jurídico de las prestaciones económicas pues la cuantía va a estar acordada por el consejo territorial y aprobada por el gobierno y actualizada por el IPREM los requisitos y condiciones de acceso a la prestación estarán establecidas por las comunidades autónomas o por la administración competente el importe se va a aplicar a la cuantía vigente para cada año un coeficiente reductor según la capacidad económica del beneficiario y qué deducciones va a tener pues si es titular de cualquier otra prestación del régimen público de protección social del importe a reconocer se van a deducir atención que esto es pregunta de examen se va a deducir el complemento de gran invalidez de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 75% también por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva establecida tanto en la ley general de seguridad social y el subsidio de ayuda a tercera persona previsto en la ley de integración social de minusvalía vale el régimen jurídico común de estas prestaciones económicas es que se va a abonar en 12 mensualidades anuales y existe el régimen de incompatibilidades por supuesto con los servicios del catálogo hay una excepción vale con los servicios de prevención de las situaciones de dependencia de promoción de la autonomía personal y de teleasistencia y los servicios serán incompatibles entre sí excepto el servicio de teleasistencia que va a ser compatible con el servicio de prevención de las situaciones de dependencia de promoción y de la ayuda de la autonomía personal y de ayuda a domicilio y de centro de día y de noche vale esto son las el régimen hemos hablado de todo el régimen jurídico de las prestaciones vale creo que por hoy ya no voy a dar mucha más información y la semana que viene hablaremos de la última lección es muy sencilla es el procedimiento para el reconocimiento de las situaciones de dependencia y del derecho de las prestaciones lo que es la revisión y es interesante porque en la última clase la última tutoría la vamos a dedicar hemos corregido las PEC muchos alumnos me piden que por favor conteste de forma coherente a las preguntas es decir que una vez ha pasado la PEC que os explique cuál sería la respuesta correcta antes del examen y eso lo dedicaremos a la última tutoría y la última tutoría también la vamos a dedicar a contestar una serie de preguntas que han salido en exámenes anteriores y así abordaremos una especie de resumen tanto de seguridad social como de sanidad como de servicios sociales y ahora sí me despido de todos vosotros os recuerdo que tengo que recuperar una tutoría y esa tutoría recuperada la daremos imagino que el jueves de la semana que viene daré cuatro clases vale y vosotros tendréis la tutoría el jueves de recuperación o sea que la semana que viene prácticamente terminaremos las tutorías pues nada sin más que deciros agradeceros vuestra presencia espero haberos ayudado con estas presentaciones y repito si tienes alguna duda por favor escribidme a mjfernandis arroba palma punto net punto es muchísimas gracias y nos vemos la semana que viene gracias