y la posibilidad de que todo salga bien segundo esta clase la estamos grabando exactamente igual que todas las demás, que las que hacemos todos los días lo que no sé es cuándo podré subirla porque como sabéis estamos teniendo algún problemilla también con el internet y tal y cual, entonces bueno, pues tenemos esas contingencias siempre las subo al día siguiente no sé si será el día siguiente, dentro de dos o tres y tercero undécima clase sí que voy a acabar el temario en las horas establecidas en tanto en cuanto hoy voy a ver hoy vamos a ver la administración territorial o local administración de justicia hacienda y ejército lo veis por vuestra cuenta y y las dos últimos temas que son los de la restauración y segunda república franquismo, etcétera pues los veremos también entre hoy y la semana que viene ¿Vale? Estamos llegando al final de la asignatura, estamos acercándonos al examen debemos tener ya una cierta idea y aunque tengamos una cierta idea os voy a dejar por aquí mi correo electrónico para plantearme todas las dudas que hay ¿Vale? Ahí hasta el mismo día del examen Entonces, ¿de qué vamos a hablar hoy? Bueno, pues vamos a verlo. Primero la administración territorial en la España del siglo XIX o lo que es lo mismo la creación de las provincias ¿Vale? Desde el final del siglo XVIII existía la certeza de que había que tenía que establecerse una reforma de la administración territorial en lo que ya era España lo que ya era la... la monarquía española ¿Vale? Y existía esa certeza porque todavía andábamos si os acordáis con la división administrativa y territorial de principios de finales del siglo XV ¿Vale? Los corregimientos de los reyes católicos Sí, se habían incorporado las intendencias cuando llegaron los borbones pero en el fondo la circunscripción básica a nivel territorial no dejaba ese el corregimiento ¿Vale? Bueno, entonces la idea era, como digo, hacer una reforma y para hacer esta reforma que acabaría dando lugar a la división provincial que es muy parecida a la que tenemos hoy en día, para hacer esta reforma se llevan a cabo diferentes intentonas a principios del siglo XX que van de la mano de estos altibajos a nivel político entre absolutismo y liberalismo. Entonces eso que os expliqué el primer día de esta asignatura, mejor dicho el primer día de la segunda parte de esta asignatura pues que son los altibajos históricos en el primer tercio del siglo XIX en España pues nos van a servir bastante. Como digo. Hay una idea de hacer estas cosas o hacer esta reforma territorial ya desde el final del siglo XVIII pero bueno, hay un pequeño proyecto de Florida Blanca que no tiene mayor importancia. De facto, a principios del siglo XIX continuamos con los corregimientos. Continuamos también evidentemente con los señoríos jurisdiccionales. En algunos casos. Es decir, a principios del siglo XIX había sitios donde al paisano, al alcalde de los pueblos todavía lo ponía un paisano de gas. un paisano que era el duque no sé quién, el conde no sé cuánto, ¿de acuerdo? El primer intento fáctico por cambiar esto viene prácticamente a la vez de la mano de José I Bonaparte, del Estatuto de Bayona y de la mano de la Constitución de Cádiz. Siempre que hablamos de estos dos elementos hablamos de que básicamente o de forma muy generalizada pues resulta que están haciendo las mismas cosas, ¿vale? Están buscando los mismos objetivos, lo que pasa es que desde trincheras podríamos decir distintas y en ambas ocasiones decimos lo mismo. En el caso del Estatuto de Bayona lo más que se tiene son avances a nivel teórico porque en la práctica no se aplica prácticamente, no va a dar redundancia a nada y en el caso de la Constitución de Cádiz lo que tenemos es una aplicación muy corta, ¿por qué? Porque la Constitución de Cádiz está únicamente en vigor dos añitos antes de que retorne Fernando VII el felón y reimplante el absolutismo. Entonces en esos dos añitos ¿qué es lo que se hace? Se hace una división provincial, ¿vale? La división de Bayona, del Estatuto de Bayona había sido inicialmente prefectural perdón, inicialmente departamental y después prefectural. Era una división, inicialmente departamental y después prefectural, me refiero a que cambian los nombres, cambia el nombre de la circunscripción. Es lo único que cambia. Era una división basada en lo que podríamos denominar el racionalismo más extremo. Y era una división basada en la nueva división territorial que surge en Francia a raíz de la Revolución Francesa. Sabéis que Francia se divide en departamentos y se dividen departamentos que huyen de toda referencia histórica. La clave de los departamentos es que tengan todos un tamaño homogéneo, que tengan una serie de fuentes y materias primas suficientes, que desde ningún sitio... Ya está la capital, se tarde más de un día de camino, que administrativamente estén organizados de una determinada manera, etcétera. Es por eso por lo que en Francia, por ejemplo, aún hoy en día, que se ha seguido manteniendo esta división, el país vasco-francés está dividido en tres departamentos distintos. Eso se intenta hacer en España también y lo que se realiza es un mapa que queda únicamente... ...a nivel teórico. que no se aplica nunca, por lo que os he comentado siempre, ¿no? El Estatuto de Ballena no tiene aplicación porque realmente surge en un país en guerra, también en parte en guerra civil, en parte en guerra contra los invasores, etcétera, etcétera. Entonces, bueno, pues tiene interés casi a nivel, si queréis, de curiosidad, pero no tiene un interés más grande, ¿vale? Bien, lo que sí tiene interés es la división provincial que plantea la Constitución de Cádiz. Cádiz establece en su articulado, la Constitución de Cádiz, que la división básica territorial en España será en provincias constitucionales. Y hay un primer intento de dividir, se hace un primer proyecto que es un mapa que la hace Felipe Bauzá y que queda en suspenso precisamente por lo que decíamos antes, ¿no? Por la vuelta del Borbón, por la vuelta de Fernando VII. Porque entre 1814 y 1820 se produce el sexenio absolutista y vamos a retornar a los corregimientos, vamos a retornar a los corregidores, vamos a retornar a los señores jurisdiccionales, etcétera, etcétera, etcétera. En el trienio... Lo que os digo siempre, ¿no? Los dientes de sierra, los altos y bajos, la etapa del túnel. En el trienio se van a llevar a cabo, siempre os digo también, ¿no? En el trienio se hacen muchas cosas porque da la impresión de que ellos, es como que supieran que iban a durar poco, que iban a estar poco tiempo en el poder. Entonces intentan hacer muchas cosas muy rápido, que por otra parte era lo que necesitaba el país, ¿no? Muchas reformas muy rápidas. Y una de esas reformas es una reforma de carácter territorial. Y se divide España, y se dividen provincias constitucionales. Se dividen 52 provincias, ¿vale? Distintas a las de hoy en día. Hay una provincia de Jativa, una provincia de Villafranca del Bierzo, una provincia de Calatayud, me parece también, ¿no? Creo que sí. Ahora, ahora, se me... Se me ha ido. Bueno, son provincias que, o mejor dicho, es una circunscripción, es una división de carácter territorial que sigue bastante... Perdón. Intentan no seguir bastante las divisiones históricas tradicionales. Es decir, intentan ser una división de carácter racionalista. No llega a ser tan racionalista, evidentemente, como las divisiones francesas, pero sí que intenta, ¿no?, abstraerse de todo este rollo de las divisiones, de las fronteras tradicionales e históricas y hacer provincias más o menos homogéneas, ¿vale?, más o menos homogéneas. Con todo, ¿esto llega a estar vigente?, ¿esto llega a estar vigente? ¿Tiene mucho funcionamiento en la práctica? Pues más bien poco, ¿no?, porque sucede lo que señalamos, ¿no?, los dientes de sierra, los cien mil hijos de San Luis, Fernando VII, que vuelve con todo su absolutismo y entramos en la década ominosa. Entre 1823 y 1863, en España sigue habiendo corregimientos, igual que con Isabel I, Isabel la Católica, en España sigue habiendo señalos jurisdiccionales. Bla, bla, bla. En 1833, cuando muere Fernando VII, en uno de los mayores sacrificios por la patria que hizo, seguramente fue lo mejor que hizo en todo su reinado, él muere en septiembre, si no me equivoco, y en noviembre de ese mismo año, el recién nombrado ministro de fomento publica un real decreto que divide a España en 49 provincias. ¿Vale? Cosas. Primero, el ministro de fomento... No es el ministro de Fomento que entendemos hoy en día, no es el encargado de las carreteras y de los trenes y tal. Es el encargado de eso, pero también es el encargado de lo que llamaríamos hoy en día el Ministerio Interior, también es el encargado de Agricultura y Pesca, también es el encargado de Justicia. Es, por así decirlo, un ministro prácticamente plenipotenciario con la excepción de guerra, asuntos exteriores, etcétera, etcétera. Este ministro en aquel momento se llama Javier de Burgos. Javier de Burgos es un antiguo, mejor dicho, es un liberal que estuvo exiliado durante un tiempo. Primero, si no me equivoco, en Inglaterra, después estuvo exiliado en los Pirineos por la persecución que llevó a cabo Fernando VII sobre los liberales y que, como digo, nada más fallece Fernando VII, es nombrado ministro de Fomento y en apenas dos meses publica este importantísimo... importantísimo Real Decreto que divide a España en provincias constitucionales. Evidentemente, no hizo el Real Decreto en dos meses, sino que le sacó de un cajón porque eso estaba más que hecho, más que apalabrado, por así decirlo, podríamos decir. ¿Por qué lo hace tan pronto? Lo hace tan pronto por un sentimiento de... con una intención puramente práctica. Puramente práctica. Porque es lo que quiere. Porque dentro de esta idea del liberalismo, de la uniformidad a nivel normativo, a nivel gubernativo y a nivel administrativo en todo el reino, él lo que quiere es plantear un espacio territorial en el cual gobiernen unas figuras que se llaman los subdelegados de fomento, que con el paso del tiempo acabarán denominándose los gobernadores civiles y que son en pocas palabras los paisanos que gobiernan sobre un territorio determinado. Un territorio determinado que serán las provincias. Es decir, provincia constitucional tal y como la entiende Javier de Burgos, en un primer momento no deja de ser sino el espacio en el cual gobierna un determinado subdelegado. Y por eso él hace esta división o publica tan rápidamente esta división que, ojo, inicialmente está prevista que sea temporal. ¿Qué es lo que pasa? Que como hemos visto que ocurre en ocasiones con las constituciones, como hemos visto que ocurre con los códigos, esta división temporal que debía ser modificada y matizada posteriormente, es, a grandes rasgos y con muy pocas excepciones, la división provincial que tenemos ahí. La única diferencia es que España aparece dividida, en el mapa de Javier de Burgos, en 49 provincias, porque las Islas Canarias son una única provincia. Las Islas Canarias pasarán a ser dos provincias en la década de los años 20 del siglo XX. Por lo demás, total y absoluta identidad entre aquel mapa provisional que surge en 1863 y el que tenemos hoy en día. La única diferencia es que hoy en día tenemos comunidades autónomas, pero las provincias, en número, en identidad y a grandes rasgos, en extensión, linderos, amojonamientos, etcétera, etcétera, a grandes rasgos, porque luego se van. Muy difícil. Y matizando cositas, ese mapa provisional es el que tenemos a día de hoy. Y que, insisto, surge ¿para qué? Para generar un espacio de gobierno. Un espacio de gobierno. Un espacio de gobierno que además coincidirá en el tiempo. Sobre todo a partir de la década de 1840, aunque su origen es anterior, con otra identidad, con otro... Con otra filosofía, pero su origen es anterior. Pero a partir, sobre todo, de 1840, coexistirá con las llamadas diputaciones provinciales. Las diputaciones provinciales son órganos colegiados presididos por jefe supremo, jefe político, subdelegado de fomento, como se llame en cada momento, cuyos miembros son elegidos mediante sufragio y que tienen capacidades muy importantes en materia financiera, en supervisión, creación y supervisión de los ayuntamientos, en educación, en economía, en beneficencia. Tienen enormes... Tienen enormes atribuciones, pero un gran problema, que es la materia económica. Hasta que en el último tercio del siglo XIX las diputaciones provinciales cojan auténtica importancia, auténtico fulgor, económicamente van a estar asfixiadas y todo lo que teóricamente pueden hacer no van a poder llevarlo a cabo, porque no tienen pasta para ello. ¿Vale? Entonces, durante... Este siglo y pico nos vamos a mantener en ese doble gobierno en el cual coexiste el gobierno real, el gobierno derivado del centralismo, que es el del jefe político, el del gobernador civil, el del subdelegado de fomento inicial, que es unipersonal, es una figura unipersonal y es otra figura colegiada, es otra figura con elementos variados, perdón, con un número variable, que no gobierna, pero sí tiene atribuciones en algunos aspectos realmente importantes. ¿Vale? Aspectos que además irán cambiando en el tiempo, etcétera, etcétera. Bien, eso en cuanto a la administración territorial. Insisto, 1873 y seguimos, continuamos igual hasta la siguiente gran reforma que es la creación de las comunidades autónomas. En cuanto a la administración local, básicamente el siglo XIX es el siglo de la aparición de los ayuntamientos constitucionales y es el siglo... El siglo de los ayuntamientos municipios constitucionales y es el siglo del liberalismo, de la uniformidad, ¿vale? cuando se consolida el municipio constitucional cuando las viejas juntas los viejos valles los antiguos concejos deriven en municipios constitucionales los mismos estarán vinculados directamente a las diputaciones provinciales ¿a quienes deberán rendir cuentas? ¿vale? cuando se creen esos ayuntamientos esos municipios constitucionales existirá la obligación de erigir un municipio, un ayuntamiento en todos los lugares cuya población supere los mil vecinos ¿vale? lo cual tiene un reverso es la obligación de erigir municipios en todos los sitios con más de mil personas pero no hay una prohibición para que no concurran o no se erijan o no soliciten la creación de ayuntamientos en los lugares con menos de mil personas la dicen muchos y sobre esto habría mucho que hablar Esta sobrenumeración municipal que existe hoy en día en España, donde tenemos ocho mil y pico municipios, insisto, sobre esto habría mucho que hablar y no es un debate fácil, no es un debate directo, tiene su origen aquí. En el siglo XIX prácticamente cualquier población podía erigirse en ayuntamiento. En tercer lugar, estos nuevos municipios constitucionales suspenden los oficios concejiles perpetuos y suspenden también las formas de designación tradicionales. ¿Por qué? Suspenden también los oficios particulares. Eso de que un pueblo tenga unas normas, unas ordenanzas concejiles y el de al lado unas completamente distintas se elimina. Y se elimina mediante la elaboración de un cuerpo de ordenanzas municipales común para todo el país. Un cuerpo en el cual... Tú solamente tienes que ir poniendo y rellenando... los espacios en blanco. El pueblo de no sé qué, papapá, con tantos vecinos, papapá, y dependiendo del tamaño, de la extensión, etcétera, etcétera, pues tendrá una serie de oficios municipales, otros o no. ¿De acuerdo? Oficios que además deberán ser idénticos en sus atribuciones para toda España. Pueden existir oficios municipales particulares en los pueblos. ¿Vale? Básicamente, ¿qué es lo que queremos? Queremos uniformizar. Antes un consejo podía tener unas ordenanzas concejiles y el de al lado unas ordenanzas concejiles completamente distintas. Un consejo podía tener unas normas y el de al lado otras completamente distintas. Un consejo podía tener unas normas y el de al lado otras completamente distintas. Un consejo podría tener X cargos concejiles y el de al lado X cargos concejiles completamente distintos. ¿La idea cuál es? La idea es, con esto terminamos la administración municipal, la idea es uniformizar. Os adelanto nuevamente, vuestro manual se queda en las grandes ciudades, en las grandes poblaciones. En la práctica... Esto sigue funcionando. seleccionando. Tendremos ordenanzas concejiles uniformes en toda España, pero en algunos sitios se sigue aplicando el derecho consultorinario y se sigue viviendo exactamente igual. Y lo que antes eran cargos concejiles ahora se llamarán de otra forma, pero seguirá habiendo regidores, seguirá habiendo fiel de fechos, seguirá habiendo mayordomos, seguirá habiendo cotoneros, seguirá habiendo mesagueros. Y esto va a durar hasta hace cuatro días. Y va a durar hasta hace cuatro días porque la inmensa mayoría del país es un ámbito puramente rural, vinculado y orientado, única y exclusivamente casi a lo agropecuario, donde las formas de aprovechamiento tradicional del terreno son las que se han revelado como válidas. Desde siempre. Y siglos y siglos y siglos. ¿Vale? Ni siquiera podrá terminar con todas estas particularidades el intento más fuerte de uniformización principal, que será la figura del secretario de Ayuntamiento. La figura del secretario de Ayuntamiento que viene a sustituir a los antiguos escribanos y que Este parte, en el último tercio del siglo XIX, con una serie de características propias. No pueden ser naturales de ese territorio. Su labor es aplicar única y exclusivamente el derecho nacional, el derecho común. Tienen que responder ante instancias superiores, no ante los vecinos. Digamos que la idea es descontextualizar completamente ese escribano para conseguir una intención de objetividad. Intención de objetividad. Una objetividad que nuevamente viene dada por la idea de intentar uniformizar, liberalizar todas las administraciones del país. Lo cual se consigue de forma regular. Porque nuevamente esta figura... del secretario del ayuntamiento, tuvo una aplicación muy exitosa en las ciudades, pero tendrá una aplicación mucho más... titubeante mucha más complicada en los pequeños pueblos dicho de otra forma a veces en los pequeños pueblos el secretario de Ayuntamiento bien deja pasar cosas que sabe que no debería dejar pasar o bien se opone a ellas y los habitantes los vecinos del pueblo siguen haciéndolas sin ningún tipo de problema ¿vale? ¿por qué? porque insisto el aprovechamiento del terreno es eminentemente consuetudinaria y es consuetudinaria porque se considera que es lo que ha funcionado desde la antigüedad ¿vale? bien, como os digo con esto yo doy por terminado el siglo XIX mejor dicho la España del liberalismo los otros aspectos fiscal militar jurisdiccional los aspectos se estudias por vuestra cuenta y me planteáis todos los los problemas los las dudas que tengáis. ¿Vale? ¿Alguna pregunta, alguna cuestión de esto que hemos visto ahora? Vale. Entiendo que nada. Vale, pues entonces empezamos o continuamos con los dos temas. Disculpad. Con los dos temas estos finales que se incluyeron en el temario hace un par de años y que tratan sobre, bueno, pues digamos todo lo que viene después del liberalismo hasta la entrada en democracia. ¿De acuerdo? El primero de estos temas nos habla de la restauración, la dictadura de Primo Rivera y la Segunda República. El segundo de estos temas nos habla sobre las normas durante la dictadura franquista. ¿Vale? Entonces vamos a empezar con el primero de ellos. Seguramente no nos dé tiempo a acabarlo, pero bueno, nos vamos a ir avanzando y la semana que viene pues lo veremos todo y lo conseguiremos. ¿De acuerdo? Bien. Nos situamos. ¿Vale? Sexenio democrático, 1868-1874. empieza con la Revolución Gloriosa, se expulsa Isabel II y se divide en varios segmentos temporales y cronológicos. Fundamentalmente la monarquía, el reinado de Amadeo de Saboya que se pira y se abre el primer experimento republicano en la historia de España que es la Primera República, que se sucede entre 1873 y 1874 y que acaba de una forma muy fea, como el Rosario de la Aurora, con distintas guerras civiles porque hay guerras cantonales y también hay abierta lo que se llama la Tercera Guerra Calista, etc. Esto o a esto se pone fin a raíz de un golpe de Estado. ¿Vale? De un golpe de Estado que da el general Serrano, perdón, que da el general Pavia y que el general Serrano se queda allí como dictador. ¿De acuerdo? Y de allí sale la evolución hacia un nuevo régimen que se va a llamar el Régimen de la Restauración. El ideólogo del Régimen de la Restauración es Antonio Canovas del Castillo, que es un político conservador malagueño, que... Que está espantado por todo lo que ha visto durante la República y que lo que quiere es reimplantar una monarquía de cariz más parlamentario que la anterior, es decir, donde... el poder ya sea de las cortes y no del monarca, etcétera, etcétera, una monarquía más, perdón, sí, una monarquía constitucional más moderna. Y para eso se fija en la figura de Alfonso XII, la figura del hijo de Isabel II, que tiene muy buena fama, que es jovencillo, que tiene un cierto gracejo y un cierto aire lánguido, y que además, y esto es muy importante, primero, ha estudiado en Londres, luego está bastante espabilado con los asuntos del liberalismo, y segundo, ha estudiado y ha tenido una formación política de la mano de Cánovas. Entonces, Cánovas sabe que no le va a dejar en la estacada. A esto se le llama el régimen de la restauración, ¿vale? Y es un régimen... Es un régimen que contempla unos primeros años de cierto éxito, ayudado por elementos externos, como por ejemplo la estabilidad europea en esos años, como por ejemplo la relativa pacificación interna en España también en esos años, pero para alcanzar esos objetivos, Este régimen de la restauración lo que hace es cepillarse, follarse por completo cualquier atisbo de lo que podríamos denominar auténtica democracia en España. Ya no es solamente que el sufragio siga siendo censitario, aunque cada vez más amplio, sino que directamente se establece un régimen llamado el turnismo, ¿vale? Un régimen llamado el turnismo que lo que garantiza es una manipulación indisimulada del poder. Que otorga victorias electorales una vez al Partido Conservador de Cánovas y a la siguiente al Partido Liberal de Praxedes Mateos Agasta. ¿Cómo se consigue esto? A partir del caciquismo, es decir, de la articulación a nivel personal de diferentes poderes locales que prácticamente controlan la vida política de una determinada zona. Si a eso añadimos que las elecciones son en aquel momento por circunscripciones unipersonales, Es decir, que si uno, imaginaos que se presentan dos personas a una elección en la circunscripción de Cagüernia, por ejemplo, aquí en Cantabria. Si una tiene el 51% y la otra el 49%, los votos del del 49% no sirven para nada. ¿Por qué? Quien ha ganado va para allá. Es lo mismo que tenemos hoy en día en el sistema británico, en el sistema inglés, mejor dicho. Así que no nos echemos las manos a la cabeza, o sí, o sí. Sí. Entonces, mediante el caciquismo, mediante el control político, sin necesidad en la mayoría de las ocasiones de llegar a puchelazos, de llegar a intervenciones directas, a robos, se consigue un control más o menos exacto de lo que va a suceder en cada una de las elecciones. Claro, esto tiene una serie de problemas. El primer problema que se plantea... Llega muy pronto, en 1885, que es cuando muere Alfonso XII. Es un problema que se soluciona rápido, porque esa muerte no rompe el espíritu. ¿Vale? Se produce el llamado Pacto del Pardo, mediante el cual Canovasce del gobierno asalasta bajo la regencia de María Cristina. ¿Vale? En ese momento la reina viuda... Está embarazada y en lugar de... proclamar como reina a María de las Mercedes que es una hija que ya tienen esperan unos mesucos a ver si hay entre comillas suerte y tienen un hijo varón y efectivamente tienen un hijo varón que será el futuro Alfonso XIII y durante ese tiempo mientras dura la minoría de edad hasta que cumple 16 años el chaval pues se produce esta regencia ya os digo el espíritu sigue vigente pero se produce un deterioro posterior en este día de la restauración se produce un deterioro posterior en primer lugar por la propia artificiosidad de la propuesta es una propuesta que funciona o que puede funcionar en un primer momento cuando se viene de un estado de entiéndase la expresión de caos estamos en guerra civil, insisto en varias guerras civiles venimos del sexenio venimos de mogollón de cambios de gobierno etcétera, etcétera entonces una cierta tranquilidad puede ser bien vista pero no deja de ser algo artificioso no deja de ser algo artificial ese turnismo no deja de ser algo bueno pues ajeno en segundo lugar este régimen de la restauración se deteriora por las diferentes guerras coloniales que tiene España afuera. Guerras que se cristalizan en el desastre del 98, lo que se llama el desastre del 98, y guerras que continúan después en Marruecos. La de Marruecos es una guerra colonial muy potente, es una guerra colonial muy jodida, muy dura, que va a contribuir más que ninguna otra cosa al deterioro de la restauración. Y además se produce también un deterioro paralelo a las diferentes peticiones que una clase emergente como es el proletariado va haciendo a través de huelgas, a través de... de intervenciones, etcétera, etcétera. ¿Vale? Como os digo, en 1902 Alfonso XIII ciñe la corona y se muestra desde el primer momento, desde el primer día que ciñe la corona como un rey intervencionista. En ese momento ya no están... ya no está Cánovas, que ha sido asesinado, ya no está Sagasta, ya no hay ningún político con asistencia ascendencia clara que le pueda parar los pies al joven rey. Que insisto, desde el primer día hace uso de unas prerrogativas antiguas que tenía para nombrar oficiales en el ejército que su padre jamás había utilizado y que él, para marcar paquete, para marcar intenciones, pues el mismo primer día las utiliza. Entonces, claro, si tenemos un régimen que se va deteriorando, y tenemos un rey intervencionista, tenemos un rey que no solamente no cuida ese régimen que se va deteriorando, sino que además lo utiliza para sus propios chanchullos, para sus propias golferías y para sus propias sinvergonzonadas, claro, tenemos una tormenta de mierda perfecta. Tormenta de mierda que se agudiza a partir de 1917. Mejor dicho, podemos ver que el agudizamiento absoluto, que viene a partir de 1917, cuando se van a ir encadenando, ya desde un lustro antes, el asesinato de diferentes líderes políticos como Canadejas y Dato, la gran huelga en Barcelona de 1917, el desastre de Anual, todo ello de forma... podríamos decir casi acrítica por parte de muchos sectores que sabían perfectamente lo que ocurría, pero no hicieron nada por evitarlo, acaba desembocando en 1993, el 13 de septiembre de 1923, en un golpe de estado. Un golpe de estado que da el capitán general de Cataluña, que es Miguel Primo de Rivera. Miguel Primo de Rivera da un golpe de estado y amenaza con convertir ese golpe de estado, que inicialmente triunfa pero no en todos los sitios, que inicialmente es asumido, insisto, acríticamente por muchos, pero no por todos. Bueno, pues Miguel Primo de Rivera amenaza con convertirse, con convertir ese golpe de estado en una guerra civil y el rey, Alfonso XIII, decide otorgar el mando supremo a la nación de forma totalmente inconstitucional, es decir, el rey se salta de la constitución, abjura de la constitución, aunque oficialmente él no la delaba. Pero la constitución ya no funciona porque el rey se la ha cepillado y se la ha cepillado para poner al frente... frente a la nación con plenos poderes a Miguel Primo de Rivera. Miguel Primo de Rivera que lo primero que hace es suspender las cortes y formar un directorio militar, es decir, formar un gobierno compuesto única y exclusivamente por militares, por soldados. Soldados evidentemente no, por canales y toda esta gente. Con el paso del tiempo ese directorio militar pasará a ser un directorio civil, que es como se le llama cuando se incorporan civiles. Aunque sigue habiendo una gran importancia numérica del ejército. Ese directorio es el gobierno en el cual no hay ministros, porque Miguel Primo de Rivera se nombra a sí mismo ministro único supremo, es decir, dictador pleno y potenciario. Miguel Primo de Rivera suprime los partidos políticos, no vaya a ser que alguien quiera elecciones, y Miguel Primo de Rivera crea un único partido político de su creación, que se llama Lanzarote. La Unión Patriótica. Aquí se muestra inocente o directamente gilipollas porque faculta para que la filiación a esta Unión Patriótica sea voluntaria. Y a la Unión Patriótica no se afilia nadie. Porque es un partido... sin ninguna historia, es un partido sin ninguna ideología, más allá que la de ser el partido de Miguel Primo Rivera. Con todo, los dos primeros años de esta dictadura, y es una dictadura, no nos engañen con gaitas, se producen diversas acciones, fundamentalmente en el orden público interno y fundamentalmente en la guerra externa con Marruecos, que resultan bastante populares. Dicho de otra forma, se pacifica y se derrota. Entonces, estos dos primeros años, la dictadura tiene, y entiéndase, en la expresión, una cierta buena cara, una cierta buena fama. Vamos, que no se le odie a la calle. Claro, el problema llega cuando esta dictadura temporal que anuncia Primo Rivera, porque él siempre dice que está ahí obligado, yo no quiero, yo no quiero, esto es temporal, a mí y yo queremos irme a mi casa. Esta dictadura temporal... Se extiende. Y entonces, se revela que lo de la temporalidad no deja de ser una ficha. Es más, esta dictadura temporal, coño, quiere hacer su propia constitución. Hay un proyecto constitucional en 1929 que hubiera regalado a España, entre comillas lo he regalado, una constitución perfectamente fascista. Una constitución, en algunos casos, cercana o directamente coincidente con los totalitarismos. Por ejemplo, hay una soberanía del Estado y no una soberanía nacional o popular. Es decir, el Estado por encima de todas las cosas. No el pueblo, no las personas. Una constitución, un proyecto constitucional que exhibía... ...un amplísimo catálogo de derechos, pero derechos que todos ellos debían de ser desarrollados posteriormente en materia legislativa. O dicho de otra forma, exhibía un amplísimo catálogo de derechos que no tenían validez. Por lo tanto, exhibía un amplísimo recorte de derechos. Y un proyecto constitucional que, mira, esto sí, planteaba un sufragio... ...universal, masculino y femenino. Más cosas, confesionalidad católica de la nación, obligada. Más cosas, un Estado unitario, centralista, evidentemente. este proyecto constitucional no se aprueba porque en 1929 Primo Rivera estaba ya muy quemado estaba ya muy contestado también dentro del ejército también dentro del ámbito castrense así que en vista de que su proyecto fracasa ese proyecto constitucional fracasa él lo retira dimite como dictador y se autoexilia a Francia donde además fallece a los muy pocos días ¿vale? bien, si queréis lo dejamos aquí estamos en 1929 la semana que viene continuamos a partir de aquí y vemos la segunda república el final el final del reinado el infame reinado de Alfonso XIII segunda república y franquismo ¿de acuerdo? ¿alguna pregunta, alguna cuestión, alguna cosa? ¿nada? ¿vale? pues entonces por mi parte nada más y os subo esto en cuanto pueda ¿vale? venga ánimo que ya queda poco